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Informe sobre Resolución N° 2758-2019/SPC-INDECOPIAceijas Silva, José Luis 23 February 2021 (has links)
El presente Trabajo desarrolla un análisis jurídico sobre la Resolución Nº 2758-
2019/SPC-INDECOPI, la cual versa sobre la denuncia realizada, en el año 2018, por la
Asociación de Consumidores Indignados Perú contra el restaurante La Rosa Náutica, por
cometer actos de discriminación hacia las consumidoras mujeres que acudían a su local,
al entregarles Cartas – Menú sin precios; la cual fue declarada fundada con un voto
dirimente del Presidente de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del
INDECOPI, luego de haber quedado empatados los votos de los Vocales de la misma.
Esta Resolución propone un enfrentamiento entre conceptos de paralela importancia y
relevancia en los ámbitos jurídico y social, como lo son la libertad de empresa y los
derechos humanos de la persona; lo cual responde a la justificación del desarrollo del
presente. Ante esto, se propone un conjunto de críticas sobre los Fundamentos que realizó
la Sala. Además, con el desenvolvimiento y la estructura planteadas en el presente, se
analizan diversos conceptos jurídicos y sociales, como: la diferencia entre trato
diferenciado y discriminación, el cambio de criterio sobre el entendimiento de
discriminación en el consumo realizado en el año 2019 por el INDECOPI, la adecuación
y pertinencia de las sanciones, el rol de las asociaciones de consumidores, entre otros;
profundizando tanto en doctrina como en la legislación pertinente, para demostrar que el
mencionado restaurante si cometió actos de discriminación contra las mujeres que
acudían a su local
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Informe sobre la Resolución N°2758-2019/SPC-INDECOPITrefogli Wong, Franchesca Nicolle 15 February 2022 (has links)
La Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor en su artículo 1d reconoce el
derecho de todo consumidor a “un trato justo y equitativo en toda transacción comercial y a
no ser discriminados por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición
económica o de cualquier otra índole”, por lo tanto, prohíbe expresamente que los proveedores
discriminen a los consumidores, precisando que todo trato diferenciado debe responder a
causas objetivas y razonables; en ese sentido, no todo trato diferenciado es discriminación sino
precisamente el que no se fundamente en causas objetivas y razonables.
En ese contexto, el presente informe se desarrollará la figura de discriminación en el consumo
a partir del análisis a la Resolución Final N° 2758-2019/SPC-INDECOPI (Asociación de
Consumidores Indignados Perú contra el restaurante La Rosa Náutica S.A.) en la cual la Sala
Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi declaró fundada la denuncia
interpuesta en contra del restaurante la Rosa Náutica, pues este último habría incurrido en
discriminación por haber entregado cartas diferenciadas a las mujeres, en las cuales se omitía
la información de los precios, siendo que este actuar no estaría fundamentado en motivos
objetivos y racionales.
En ese sentido, en el presente informe se analizará la argumentación desarrollada por el
Indecopi para resolver la denuncia por discriminación en el consumo, así como las políticas
internas alegadas por el restaurante la Rosa Náutica para entregar cartas diferenciadas a sus
comensales. Finalmente, se cuestionará la sanción impuesta por la Autoridad. / Law 29571: Consumer Protection and Defense Code, in article 1d, recognizes the right of every
consumer to “fair and equitable treatment in all commercial transactions and not to be
discriminated against on the basis of origin, race, sex, language, religion, opinion. , economic
condition or of any other nature ”, and, consequently, it expressly prohibits suppliers from
discriminating against consumers, specifying that all treatment must obey objective and
reasonable causes; In this sense, not all differential treatment is discrimination, but precisely
that which is not based on objective and reasonable causes.
In this context, this report will develop the figure of discrimination in consumption based on
the analysis of Final Resolution No. 2758-2019 / SPC-INDECOPI (Association of Indignant
Consumers Peru against the restaurant La Rosa Nautica SA) in the which the Indecopi
Specialized Room for Consumer Protection founded the complaint filed against the Rosa
Nautica restaurant, since the latter would have incurred discrimination for having delivered
differentiated letters to women, in which the price information was omitted, being that this act
would not be based on objective and rational motives.
In this sense, this report will analyze the arguments developed by Indecopi to resolve the
complaint of discrimination in consumption, as well as the internal policies alleged by the La
Rosa Nautica restaurant to deliver differentiated menus to its guests. Finally, the sanction
imposed by the Authority will be questioned.
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La necesidad de prohibición de reserva del fallo condenatorio en las sentencias por el delito de Agresiones contra las MujeresGallardo Bardales, Augusto David 24 March 2023 (has links)
La violencia contra las mujeres viene siendo abordada por tanto por el marco
jurídico supranacional, a través de los sistemas regionales y universales de
derechos humanos, como en el marco legislativo peruano con la sanción de
diferentes leyes, que de manera sucesiva luchan contra la violencia de género.
Es así que en los últimos años se ha tipificado el delito de Agresiones contra las
Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en el artículo 122-B del Código Penal;
no obstante, estos esfuerzos no han significado la erradicación de esta forma de
violencia contra mujeres, niñas y adolescentes. La persecución penal de estos
hechos, la norma penal prevé como una forma de ejecución de la pena la
posibilidad que su pronunciamiento sea reservada, esto es, que a pesar de que
en un juicio oral se ha corroborado responsabilidad del acusado, el Juez se
reserva el pronunciamiento de una condena en tanto los requisitos del art. 62 del
Código Penal, generando que el imputado no registre antecedentes penales por
el hecho demostrado en juicio en desmedro de los derechos de la mujer víctima.
El objetivo de este trabajo es presentar el desarrollo normativo de la violencia de
género en el Perú bajo un enfoque de derechos humanos, para luego analizar
las consecuencias de la reserva del fallo condenatorio sobre los derechos de las
mujeres víctimas y presentar la necesaria modificatoria del art. 62 del Código
Penal para excluir esta forma de ejecución de pena para las condenas por este
ilícito. / Violence against women have been regulated in international law, through
regional and universal system of human rights. Also, it has been regulated in
Peruvian law through different acts aimed to fight gender based violence. In the
last years, violence against women and domestic violence has been incorporated
to the Peruvian Criminal Code, article 122-B; however, these efforts do not
eradicated gender based violence against women, girls and teenagers. Criminal
Code includes concealment of the prison sentence which means that Judge does
not record a sentence based on article 62 of Criminal Law. This produces a
negative impact on women rights who are victims of gender based violence. This
research aims to present the development of Peruvian legal frame against gender
based violence under a human rights approach, then to analyze consequences
of concealment of the prison sentence over women rights, and, to present the
need of amend Criminal law.
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La naturaleza jurídica de las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en el marco de las comunicaciones individualesChávez Albujar, Gabriela Carolina 25 May 2020 (has links)
La presente publicación se realiza en el marco de la incertidumbre existente respecto del
trato que se le debe dar a las recomendaciones adoptadas por el Comité para la
Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. A la fecha, el Perú ha sido llevado ante
el referido Comité solo en una oportunidad, el caso referido a L.C. y la negativa de aplicar
el aborto terapéutico. En esa oportunidad, el Comité determinó que el Perú violó los
derechos humanos de L.C. Si bien es el único caso visto por el Comité antedicho, al
Estado peruano le tomó aproximadamente seis años dar cumplimiento parcial a las
recomendaciones emitidas. Durante esos años, las víctimas (L.C. y su madre) han
continuado buscando insistentemente el cumplimiento de las reparaciones sugeridas por
el Comité, lo que hizo que el propio Estado se cuestione sobre la obligatoriedad del
cumplimiento de las mismas. Como resultado se obtuvieron dos opiniones oficiales, el
primero, por parte del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, el segundo, por el
Poder Judicial, ambas entidades concluyeron que las referidas recomendaciones son
vinculantes. No obstante, considero que no existe fundamento jurídico para tal afirmación
y que, en su lugar, lo que es vinculante no son las recomendaciones, consideradas como
fuente auxiliar (doctrina), sino más bien la Convención en sí misma puesto que ha sido
ratificada soberanamente por el Estado peruano.
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El género como motivo de discriminación en la protección al consumidor: roles y estereotiposAlvarez Tapia, Andrea Valeria 10 May 2021 (has links)
Los estereotipos de género son una de las principales causas de la violencia que sufre la
mujer en nuestro país; sin embargo, no toda la sociedad es consciente de su existencia,
magnitud y los perjuicios que pueden generar. Por ende, los objetivos del trabajo son los
siguientes: El objetivo principal: Analizar el nivel de eficacia de las acciones tomadas por
la autoridad de protección al consumidor para combatir la discriminación por género en
el ámbito de consumo y, proponer medidas que amplifiquen las potencialidades actuales
del sistema de consumidor. Los objetivos específicos: i) identificar el espectro total de las
prácticas que perpetuan estereotipos realizadas por los proveedores de bienes o servicios
que afectan los derechos de las consumidoras; ii) demostrar que existen prácticas lesivas
al mandato de no discriminación que la autoridad desconoce y; por ende, no fiscaliza ni
sanciona; ii) Identificar métodos eficaces para proteger el derecho a la igualdad y no
discriminación de la consumidora sin trasgredir los derechos de otros actores del
mercado. El supuesto es el siguiente: ¿Cuál es el nivel de eficacia de las actuales medidas
de prevención y erradicación de la discriminación en materia de protección al consumidor
y, cómo pueden potentenciarse las mismas, sin trasgredir los fundamentos económicos
constitucionales?
La conclusión propuesta es, si bien es cierto, se han advertido aspectos positivos por parte
de la Comisión de Protección al Consumidor y de la Sala de Protección al Consumidor,
que estarían contribuyendo con la prevención y erradicación de los estereotipos de género
que fomentan la discriminación estructural contra las mujeres. Es recomendable capacitar
a los funcionarios que ven estos casos en género y discriminación y, no sólo desde una
perspectiva de mercado.
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Derechos sexuales y reproductivos: problemas y desafíosCarhuaricra Huamán, Melvy Tatiana 02 June 2020 (has links)
Recientemente vemos cómo la teoría de género viene incorporándose en el estudio del
derecho y en la implementación de políticas públicas. Cada vez más abordamos problemas
que antes no nombrábamos o nombrábamos de otro modo. El derecho se torna insuficiente,
tiene que justificar, tiene que definir ámbitos que hasta hace poco ignoraba. Lo que no se
nombra no existe, y sí. Pero ya se nombra, ahora hace falta que el lenguaje jurídico y el
sistema jurídico incorpore asuntos que en muchos casos corresponden al ámbito más íntimo
del ser humano, como la sexualidad, por ejemplo. Porque el feminismo y la teoría de género
nos enseña también, que lo personal es político.
Necesitamos de políticas públicas que aborden temas como el aborto, la educación sexual
integral o la violencia obstétrica, para eso es necesario dotar de un amparo legal, jurídico
cada uno de estos conceptos. Tenemos, por lo pronto, lo que se ha venido a llamar derechos
sexuales y reproductivos, que, como veremos, no se trata de un solo derecho, sino de dos,
diferentes, ambos con un potencial enorme para justificar y amparar legalmente temas como
los antes señalados. Este trabajo solo dará cuenta de las limitaciones de nuestro sistema
jurídico cuando de los derechos sexuales y reproductivos se trata y de la necesidad de un
desarrollo teórico más completo e individualizado de estos.
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El sujeto pasivo del delito de feminicidio según el Acuerdo Plenario N°001-2016/CJ-116: cuestionamiento a la no inclusión de las mujeres transFabián Terreros, Yhasira Elisa 14 September 2021 (has links)
En el presente artículo, se cuestiona la exclusión de las mujeres trans como
sujetos pasivos del delito de feminicidio en el Acuerdo Plenario N°001-2016/CJ-
116. A fin de promover su inclusión, se propone consider al término mujer como
elemento normativo del tipo, lo que implica adoptar un concepto amplio de mujer.
Este deberá tomar en cuenta la dimensión dinámica del derecho a la identiad y
la identidad de género. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el
Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y en la
misma línea de lo resuelto por los tribunales de Colombia y Argentina. Asimismo,
el artículo resalta que una interpretación como la propuesta no es completamente
contraria a la línea jurisprudencial de la Corte Suprema. / In this article, the exclusion of trans women as passive subjects of the crime of
femicide in the Plenary Agreement Nº 001-2016 / CJ-116 is questioned. In order
to promote their inclusion, it is proposed to consider the term woman as a
normative element of the criminal offense, which implies adopting a broad
concept of woman. This should take into account the dynamic dimension of the
right to identity and gender identity. The foregoing in accordance with the
provisions of the Constitutional Court and the Inter-American Court of Human
Rights, and in the same line as that resolved by the courts of Colombia and
Argentina. Likewise, the article highlights that an interpretation such as the
proposed one is not completely contrary to the jurisprudential line of the Supreme
Court.
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Nunca más tendrán la comodidad de nuestro silencio: análisis de la respuesta institucional de la PUCP ante casos de acoso sexualSantos Peralta, Lucía Mariel 02 July 2020 (has links)
La presente investigación tiene como objetivo determinar si la respuesta institucional de
la Pontificia Universidad Católica del Perú ante casos de acoso sexual se ajusta a los
criterios establecidos y desarrollados en el marco internacional de los Derechos
Humanos para casos de violencia de género. Para este propósito, en primer lugar,
aborda las bases teóricas sobre la que se ha construido e interpretado la figura del acoso
sexual, determina que se trata de una expresión de violencia de género que gracias a
fenómenos virales como el #MeToo y el acceso a las nuevas tecnologías se ha hecho
cada vez más visible, y esboza algunas de las particularidades del acoso sexual en el
ámbito universitario. En el segundo capítulo, recoge y analiza el marco internacional de
los derechos humanos para determinar cuáles son los criterios establecidos en los
instrumentos convencionales y de soft law atinentes a situaciones de violencia de
género y luego contrastar éstos con lo dispuesto en el marco normativo nacional.
Finalmente, analiza las medidas implementadas por la Pontificia Universidad Católica
del Perú para hacer frente a la desigualdad de género y al acoso sexual al interior de la
comunidad universitaria y determina que la respuesta institucional de la PUCP no se
ajusta a los criterios establecidos por los instrumentos vinculantes y de soft law del
marco internacional de los Derechos Humanos.
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