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Análisis crítico del rol del curador ad litem en la justicia de familiaGonzález Valderrama, Andrea Soledad January 2017 (has links)
Tesis (magíster en derecho) Universidad de Chile, 2017. / El artículo 19 de la Ley 19.968, recoge la idea de que los niños, niñas y adolescentes actúen en los procesos debidamente representados en juicio por un curador ad litem, en todos los casos en que se hallen comprometidos intereses de un niño, niña o adolescente, y carezcan de representante legal o sus intereses sean contradictorios o independientes a los de sus representantes legales.
La presente investigación, tiene por objeto delimitar las funciones y competencias del curador ad litem, más precisamente cual es su rol, analizando éste tanto desde el punto de vista teórico dogmático, como en una dimensión práctica. Desde el punto de vista teórico-dogmático, se hará un recorrido por sus antecedentes históricos, para luego entrar en el análisis de los principios que sustentan el derecho de los NNA a ser representados en los juicios de familia, teniendo como eje central la actual concepción del niño como sujeto de derechos. En otra esfera de la investigación, se realizará un análisis de campo, para conocer y determinar cual es el rol del curador ad litem en cuanto a su funcionamiento actual en la Justicia Familiar.
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Familias de acogida: evolución y perspectivasSalinas Prat, Daniela Carolina January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El cambio de paradigma respecto a la niñez a partir de la proclamación de la Convención
Internacional Sobre Los Derechos Del Niño deja atrás la concepción de la infancia y la adolescencia
como “objeto de protección”, constituyéndose en objetos de caridad por parte de los organismos
públicos y privados. En virtud de este nuevo marco, pasan a ser “sujetos de derecho” y titulares de
éstos, pudiendo exigir su respeto y cumplimiento a su familia, a la sociedad y al Estado.
El propósito del presente trabajo es establecer la responsabilidad que le cabe al Estado como
garante de los derechos de la infancia cuando éstos han sido violentados o se ven amenazados de serlo.
Los niños, niñas y adolescentes requieren vínculos estables que le brinden la seguridad y protección
necesarias para su desenvolvimiento personal. La misión de procurar la estabilidad y satisfacción de
sus múltiples necesidades está entregada a la familia como organismo fundamental de la sociedad.
Sin embargo, producto de diferentes situaciones, circunstancialmente hay familias que no pueden
brindar el ambiente seguro y estable que un niño o niña requiere para su desarrollo integral, debiendo
el Estado ejecutar medidas para el restablecimiento de los derechos vulnerados o amenazados.
Estas disposiciones son de diversa índole y grado de intervención. Si excepcionalmente se
requiriese la separación del niño o niña de su familia, se han establecido medidas de cuidado
alternativo como el acogimiento residencial o el acogimiento familiar; debiendo escogerse entre ellas
la más idónea para el interés superior del niño y la observancia de sus derechos.
Las repercusiones y efectos que estas providencias tienen en los niños y niñas son objeto de un
estudio multidisciplinario, debiendo recurrir a otras áreas del conocimiento para su análisis, en especial
sobre los beneficios entregados por el acogimiento familiar frente a las otras modalidades. Read more
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El Rol de la Escuela frente al Maltrato Infantil - Sistematización del Proyecto Infancia Segura en ColinaVilches Suárez, María Paz January 2008 (has links)
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Interceptaciones telefónicas de conversaciones entre abogado defensor e imputadoBown Intveen, Waldo January 2017 (has links)
Tesis (magíster en derecho) Universidad de Chile, 2017. / En Chile se realizan interceptaciones telefónicas entre abogados defensores y sus clientes
imputados en procesos penales. Lo anterior debido, en gran medida, a que el Ministerio
Público así lo ordenó a sus fiscales en un Instructivo General de la Fiscalía Nacional (Nº
060-2014). Aunque la ley prohíbe expresamente la simple interceptación de las llamadas
entre el imputado y su abogado, en la práctica se interceptan cientos de estas llamadas.
La mayoría de estas comunicaciones se graban, después se escuchan, y luego, siguiendo
el instructivo de la Fiscalía Nacional, debe determinarse por el fiscal del caso si las
materias conversadas entre abogado defensor y cliente son “materias propias del ámbito
de defensa”. Hecho esto, y si se trata de materias de defensa según el criterio del fiscal,
éste debe informar al Juzgado de Garantía; y, si se trata de eventuales delitos cometidos
por parte del abogado, puede iniciar una investigación penal en su contra. Los funcionarios
del Ministerio Público y las policías saben que la conducta de “interceptar” comunicaciones
entre abogados y sujeto defendido, existiendo una autorización judicial para interceptar las
comunicaciones del imputado, es una conducta prohibida legalmente y reprochable
jurídicamente, pero aun así se hacen, contando además con una instrucción de la máxima
autoridad persecutora que respalda dicho accionar. Se analizará y determinará si esa
conducta, prohibida por el legislador pero autorizada por el Fiscal Nacional, es
inconstitucional e ilícita. Además, se evaluará si esa conducta puede ser constitutiva de
delito. Finalmente, se propondrán soluciones al problema. Read more
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La introducción de la entrevista investigativa videograbada de niños, niñas y adolescentes, víctimas de delitos sexuales en el juicio oral : pugna entre el derecho a defensa del imputado y el interés superior del niñoTorres Hermosilla, Javiera Paz January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / Esta investigación tratará la introducción de la Entrevista Investigativa Videograbada, realizada a niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos sexuales y otros delitos graves, en el juicio oral, como una forma de adecuar el proceso penal en dichos casos, con el objetivo de erradicar la victimización secundaria sufrida por aquél grupo de menores en su paso por el sistema de justicia, especialmente en reemplazo de su comparecencia en juicio, y la posibilidad de que ello vulnere el debido proceso y el derecho a defensa del imputado, en contraposición a la contingente predominancia del interés superior del niño. Esto, en el marco de la reciente publicación de la Ley N° 21.057 en Chile y de la masiva implementación de la Entrevista Investigativa Videograbada en el derecho comparado.
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