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La intervención del Letrado de la Administración de Justicia en la Jurisdicción Voluntaria

Ludeña Benítez, Óscar Daniel 27 September 2019 (has links)
En este trabajo se aborda la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria desde el enfoque de la intervención de los Letrados de la Administración de Justicia, tanto en cuanto a su labor de impulsor de la tramitación como en su función, en ciertos casos, de decisor; con todos los interrogantes doctrinales que tal atribución plantea y el análisis de los aciertos y cuestiones mejorables que contiene. La LJV regula propiamente en su texto los expedientes tramitados por Jueces o Letrados de la Administración de Justicia y atiende en sus disposiciones finales aquellos otros asuntos que pasan a ser expedientes notariales y registrales, recogiéndose su regulación en otras leyes, y siendo competencia de Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles. La LJV pretende la modernización de una parte del “sistema positivo de tutela del Derecho Privado”, ofreciendo mayor coherencia a nuestro sistema procesal, para lo cual es imprescindible conocer los antecedentes prelegislativos y doctrinales de la actual Ley. Se analiza el concepto de jurisdicción y su alcance en la actuación del Letrado de la Administración de Justicia en este tipo de expedientes. Para ello, se estudia la parte general de la LJV, donde se analizan los aspectos procesales de la tramitación general del procedimiento. Seguidamente, se abordan los expedientes que son competencia exclusiva del Letrado de la Administración de Justicia y, por último, los que tramita y decide de manera concurrente con otros operadores jurídicos.
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The presence of the notary public in the Board meetings and his certiication of corporate minutes. Regarding the amendment of article 170 of the General Corporations Law / La presencia del notario en las sesiones de directorio y su certificación de las actas societarias

Peró Mayandía, Mariano 12 April 2018 (has links)
Corporate bodies are essential for the development of companies activities, and their minutes provide a means of evidence and proof of the deliberations and resolutions adopted therein. In certain conlict situations, the presence of a notary public is required in the meetings in order to verify the legality and validity of the resolutions adopted. This is why the General Corporations Law provides for the possibility that the notary public witnesses the general shareholders meeting, but omits it in the case of the board of directors. In this context, the amendment of article 170 of the General Corporations Law expressly incorporates the possibility of counting with the presence of a notary public in the board of directors in order to certify the authenticity of the resolutions and implement immediately the decisions adopted by both corporate bodies. / Los órganos sociales son esenciales para el desarrollo de las actividades de las sociedades y sus actas constituyen un medio de constancia y prueba de las deliberaciones y acuerdos adoptados en ellos. En ciertas situaciones confictivas, se amerita la presencia de un notario en las reuniones para dejar constancia la legalidad y validez de los  acuerdos adoptados. Por ello, la Ley General de Sociedades preveía la posibilidad de que el notario presencie las juntas generales de accionistas, pero lo omitía en el caso del directorio. En este contexto, la modiicación del artículo 170 de la Ley General de Sociedades incorpora de manera expresa la posibilidad de contar con la presencia de un notario en el directorio para certiicar la autenticidad de los acuerdos y poder ejecutar de inmediato las decisiones de ambos órganos sociales.

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