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El establecimiento del precedente judicial vinculante como manifestación de la idoneidad en el cargo de Juez Supremo

Angeludis Tomassini, Cristian Guillermo 25 May 2016 (has links)
La reforma de la administración de justicia en el Perú, es una lucha de la que muchos de nosotros hemos sido solo testigos desde las aulas universitarias. Sin embargo, aún mucho antes de iniciar la presente investigación hemos podido descubrir que dicha reforma aún era más antigua, y podemos remontarnos hasta el gobierno militar de la década de los 70 o, inclusive, hasta la década del 20 o 30. Algo que también pudimos descubrir, es que todos esos intentos de reforma, plagados de buenas intenciones, no sólo eran impulsados por gobiernos en su mayoría autoritarios, sino que, además, eran tan sólo intentos de institucionalizar mecanismos de subordinación de los gobiernos de turno sobre el Poder Judicial. Es evidente que con esos objetivos, toda reforma de mejora de la administración judicial estaba destinada al fracaso y, más aún, dejando la sensación de que en el Perú vivimos en una permanente e inacabada reforma judicial. Así pues, es el motivo del presente trabajo dejar de ser testigos de esa reforma del Poder Judicial frustrada y frustrante, y tratar de descubrir la verdadera problemática de tantos problemas que agobian a nuestra administración de justicia, para así plantear una propuesta concreta que ayude a contribuir, desde la investigación, a una mejora palpable del Poder Judicial. Pues bien, el presente trabajo parte de encontrar un mecanismo para combatir dos problemas de la administración de justicia, cual es la falta de legitimidad del Poder Judicial ante la sociedad, y la sujeción del que ha sido este frente a los otros poderes del Estado, inclusive frente al Consejo Nacional de la Magistratura, más aún bajo el modelo inicial de los procesos de ratificaciones propuesto por la Constitución de 1993.
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El precedente laboral : aplicación y ejecución inmediata a través de la extensión de los efectos de sentencias de casación

Vásquez Flores, Luis Angel 03 September 2014 (has links)
El interés que motivó la presente investigación está concentrado en la verificación del cumplimiento del objetivo fundamental de un proceso judicial, el cual es servir de herramienta para resolver todas aquellas situaciones jurídicas en conflicto y que son llevadas ante un órgano jurisdiccional. Para ello, partimos de la siguiente premisa: Reconocer en el proceso un instrumento, cuya importancia se ve reflejada primordialmente en la utilidad y validez de su resultado, la sentencia. Igualmente, otro elemento de la presente investigación se concentra en la intención de que el proceso laboral sea cada vez más útil y eficaz, pues es uno de los que requiere de mayor celeridad, en atención a la desigualdad de la relación material, entre otros aspectos, como veremos más adelante. Con ese fin, fue necesario analizar diversas instituciones procesales, las cuales conformarían un mecanismo procesal laboral adicional y mucho más eficiente que el actual; que a pesar de basarse primordialmente en la reducción y cohesión de etapas, tiene una naturaleza completamente novedosa y compatible que la Nueva Ley Procesal del Trabajo1 . Pues ésta última no elimina ni perjudica todas las garantías inherentes al debido proceso conforme el ordenamiento peruano y se ajusta a los principios allí contenidos.
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El precedente constitucional vinculante y su aplicación por el Tribunal Constitucional del Perú : análisis jurisprudencial de la última década 2005-2015

Morales Saravia, Francisco Humberto 15 February 2017 (has links)
El estudio se refiere a la configuración y emisión de los precedentes constitucionales vinculantes efectuada por el Tribunal Constitucional del Perú (TC) durante los años 2005 a 2015. Se pretende demostrar que la opción interpretativa del artículo VII del Título preliminar del Código Procesal Constitucional desarrollada por el TC es equivocada en relación a los modelos estadounidense y colombiano, que se caracterizan por su flexibilidad. En nuestro país el precedente constitucional vinculante es rígido y autoritario y más se parece a un tipo de legislación general que a la técnica del precedente de casos específicos. También, se analizan de manera global los 48 precedentes dictados por el TC según los criterios cronológico, temático, por sus efectos y según se trate de interpretaciones constitucionales o legales. El resultado de dicha evaluación nos indica que el Pleno de los años 2005 a 2007 dictó 30 precedentes (62.5%), tendencia que disminuyó en los siguientes años con el Pleno de los años 2007 a 2014 que emitió 14 precedentes (29.1%) y el actual que sólo ha dictado 4 precedentes (8.33%). Se ha comprobado que la emisión de los precedentes constitucionales vinculantes se ha caracterizado por abordar temas coyunturales y de poca relevancia constitucional, demostrándose que la mayoría de temas regulados son de carácter legal. Se propone respetar y garantizar algunos criterios constitucionales para la emisión de los precedentes vinculantes: la función del TC de intérprete supremo de la Constitución, el acceso a la justicia, la finalidad de los procesos constitucionales, el recurso efectivo para la protección de los derechos fundamentales y la independencia judicial. Se concluye que el TC debe cambiar su interpretación y práctica para pasar de un precedente rígido y autoritario a uno de tipo flexible y que se circunscriba a temas constitucionales, según los modelos de referencia (EE.UU., Colombia).
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La aplicación de la teoría del precedente vinculante norteamericano en el Perú y sus repercusiones jurisprudenciales

Ruiz Riquero, José Humberto January 2012 (has links)
La explicación de los precedentes vinculantes en el ordenamiento constitucional peruano importa una labor en la cual se avizoran distintos contextos: de un lado se ha ido afianzando como categoría normativa dentro del sistema de fuentes que comunica la jurisdicción constitucional peruana y de otro lado, ha distinguido una estructura de suma polémica entre los jueces del Poder Judicial, en tanto se ha avispado su carácter de coerción y restricción como categoría sui generis respecto de la interpretación jurídica en general. Pese a este pormenor, suele afirmarse persuasivamente, que las sentencias del Tribunal Constitucional son vinculantes; sin embargo, no siempre quedan claros los alcances y matices de esta expresión. La presente investigación científica cualitativa está estructurada en tres partes. La primera parte dedicada a la interpretación constitucional y el neoconstitucionalismo como un nuevo modelo institucional del derecho. La segunda parte está dedicada a la teoría argumentativa general del precedente vinculante y sus aspectos conceptuales básicos. Y finalmente, la tercera parte de la tesis se denomina: exploración al precedente constitucional vinculante a partir de la exégesis del Código Procesal constitucional y la interpretación del Tribunal Constitucional peruano: marco legal y jurisprudencial. En definitiva, la visión del TC se deduce de toda una doctrina muy presente en la literatura jurídica contemporánea denominada neoconstitucionalismo, que se refleja en la llamada constitucionalización del ordenamiento jurídico.
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La inaplicación del principio de predictibilidad en los procedimientos administrativos por parte del Indecopi ante los riesgos que enfrentan las entidades bancarias

Pantigozo Villafuerte, Liliana 06 August 2019 (has links)
El presente trabajo de investigación surge ante el análisis de resoluciones en materia de protección, en temas bancarios, emitidas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. El problema se origina en las instancias administrativas que no mantienen criterios uniformes, evidenciando una falta de aplicación del principio de predictibilidad que debe regir en todos los procedimientos administrativos sancionadores. La rigurosidad que demanda un adecuado desarrollo del mercado en el sector bancario, requiere de entidades de intermediación financiera con criterios no sujetos a variaciones, debido a que las modificaciones imprevistas por parte de la Autoridad Administrativa inciden directamente sobre la forma de ejercer sus relaciones contractuales con los clientes. El resultado de la revisión de algunos casos resueltos durante el transcurso de años, demuestra que no se viene aplicado el principio de predictibilidad y esto induce a incrementar los riesgos que enfrentan diariamente las entidades bancarias, repercutiendo negativamente en las relaciones de consumo de un sector sensible para la economía como el bancario. De las resoluciones materia de análisis se puede constatar la urgencia de una elaboración de Lineamientos más profundos y específicos en áreas del sistema de protección al consumidor en temas bancarios que vayan de la mano con los productos, actualmente caracterizados por su innovación. / Trabajo de investigación
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Informe jurídico sobre la Sentencia Interlocutoria emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente N° 4565-2019-PA/TC

Smith Arias, Paola Fernanda 19 August 2022 (has links)
El objetivo principal del presente informe jurídico consiste en delimitar el alcance y contenido de los criterios que emplean los jueces al momento de declarar improcedentes las demandas de amparo, sustentando su decisión en la causal referida a la existencia de procesos ordinarios específicos e igualmente satisfactorios, para la tutela del derecho constitucional cuya vulneración o amenaza de vulneración se alega. El análisis del alcance de dichos criterios tendrá como punto de partida la Sentencia Interlocutoria recaída en el Expediente N° 4565-2019-PA/TC. En dicha Sentencia, el Tribunal Constitucional (en adelante “Tribunal Constitucional o TC”) desestimó el recurso de agravio constitucional (en adelante “RAC”) interpuesto por la demandante, en tanto la cuestión de derecho invocada habría contravenido las reglas establecidas como precedente vinculante en el caso “Elgo Ríos Núñez”. Así pues, en el presente estudio se empleará un método de investigación dogmático jurídico (o documental), puesto que analizaremos lo que ya se ha dicho en doctrina y en la jurisprudencia nacional respecto del tema que nos ocupa. A partir de ello, concluiremos que en tanto los criterios empleados por la judicatura constitucional para declarar la improcedencia de una demanda de amparo sobre la base de la causal referida a la existencia de procesos específicos e igualmente satisfactorios al proceso de amparo, establecidos en el caso “Elgo Ríos Núñez”, contienen conceptos generales, indeterminados y abstractos, existe la necesidad de que dichos criterios sean dotados de contenido, cuanto menos, suficiente, a fin de que sean empleados por la judicatura de manera razonable, adecuada y justificada, evitando de esa manera la vulneración del derecho fundamental de acceso a la justicia. / The main objective of this legal report is to delimit the scope and content of the criteria used by judges when declaring amparo suits inadmissible, basing their decision on the cause referred to the existence of specific and equally satisfactory ordinary proceedings for the protection of the constitutional right whose violation or threat of violation is alleged. The analysis of the scope of such criteria will have as a starting point the Interlocutory Judgment issued in Case No. 4565-2019-PA/TC. In said Judgment, the Constitutional Court (hereinafter "Constitutional Court or TC") dismissed the constitutional grievance appeal (hereinafter "RAC") filed by the plaintiff, inasmuch as the question of law invoked would have contravened the rules established as binding precedent in the "Elgo Rios Nuñez" case. Thus, in this study we will employ a dogmatic legal (or documentary) research method, since we will analyze what has already been said in doctrine and national jurisprudence regarding the issue at hand. From this, we will conclude that the criteria used by the constitutional judiciary to declare the inadmissibility of an amparo claim on the basis of the cause referring to the existence of specific and equally satisfactory processes to the amparo process, established in the "Elgo Rios Nuñez" case, contain general, indeterminate and abstract concepts, there is a need for such criteria to be endowed with at least sufficient content, so that they may be used by the judiciary in a reasonable, adequate and justified manner, thus avoiding the violation of the right of access to justice.
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Los hechos en el precedente : fundamentos para una reconstrucción racional del precedente constitucional en el Perú

Ramírez Figueroa, Jim Leofel 28 August 2018 (has links)
Con la puesta en vigencia del Código Procesal Constitucional se introdujo al sistema jurídico peruano la figura del precedente constitucional vinculante. A la luz de dicha regulación, el Tribunal Constitucional ha emitido un sin número de precedentes vinculantes, los cuales demuestran ausencia de racionalidad en la formación de estos, principalmente por los siguientes aspectos: formación abstracta del precedente constitucional, esto es, un precedente creado al margen de los hechos del caso concreto; y a partir de la ausencia de conexión entre el precedente y los hechos, se fijan como extremos vinculantes aquellos razonamientos que no son la ratio decidendi. Bajo este contexto, cabe preguntarse: ¿Es racional el modus operandi del Tribunal Constitucional en la formación e identificación del precedente constitucional? ¿Se pueden interpretar los artículos VI y VII del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional de manera distinta a la interpretación efectuada por el Tribunal Constitucional? Pues bien, con la expresión «precedente vinculante» se alude a la obligación que tienen los jueces y tribunales de seguir decisiones anteriores al tomar una decisión posterior. La doctrina del precedente, surgida en la tradición del common law, gira entorno a los hechos del caso particular. Así, las categorías que influyen en la comprensión de su significado y alcances -ratio decidendi, obiter dicta, distinguishing u overruling- solo pueden ser comprendidas a la luz de los hechos que configuran el caso en el que es creado, así como los hechos del caso en el que debe ser aplicado. A partir de ello, el precedente no es otra cosa más que la ratio decidendi construida para decidir un caso particular. Por eso, sin hechos no hay precedente. / With the enactment of the Constitutional Procedural Code, the figure of the binding constitutional precedent was introduced to the Peruvian legal system. In light of this regulation, the Constitutional Court has issued a number of binding precedents, which demonstrate absence of rationality in the formation of these, mainly by the following aspects: abstract formation of the constitutional precedent, that is, a precedent created regardless of the facts of the specific case; and from the absence of connection between the precedent and the facts, those arguments that are not the ratio decidendi are fixed as binding ends. In this context, it is worth asking: Is the modus operandi of the Constitutional Court rational in the formation and identification of the constitutional precedent? Can articles VI and VII of the Preliminary Title of the Constitutional Procedural Code be interpreted differently from the interpretation made by the Constitutional Court? Well, the term "binding precedent" refers to the obligation of judges and courts to follow previous decisions when making a subsequent decision. The doctrine of precedent, arising in the common law tradition, revolves around the facts of the particular case. Thus, the categories that influence the understanding of their meaning and scope -ratio decidendi, obiter dicta, distinguishing or overruling- can only be understood in the light of the facts that make up the case in which it is created, as well as the facts of the case in which it must be applied. From this, the precedent is nothing more than the ratio decidendi built to decide a particular case. Therefore, without facts there is no precedent.
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Informe Jurídico sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente No. 03525-2021-PA/TC

Niño de Guzmán Velásquez, Samantha Sofía 31 July 2023 (has links)
Este informe tiene como finalidad analizar la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente No. 03525-2021-PA/TC, a través de la cual, declara improcedente la demanda de amparo de Maxco S.A. sobre el inconstitucional cobro de intereses moratorios por supuestamente existir una vía específica igualmente satisfactoria para la tutela de la pretensión del accionante; y a su vez, se establece un precedente vinculante. A tal efecto, evaluaremos las instituciones jurídicas de vía previa, vía específica, vía igualmente satisfactoria y precedente vinculante; y aplicaremos el Código Procesal Constitucional y la Ley No. 27584, Ley que Regula el Proceso Contencioso, con la finalidad de determinar si para el caso concreto el amparo resultaba ser la vía idónea; o si por el contrario, el accionante debió acudir al proceso contencioso administrativo como lo ha señalado el Tribunal Constitucional. A su vez, determinaremos si la regla procesal del precedente vinculante establecida en la sentencia sublitis es constitucional, o si, por el contrario, vulnera el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva. / This report analyzes the ruling issued by the Constitutional Court in Case N° 03525- 2021-PA/TC, in which it declared the amparo lawsuit filed by Maxco S.A., regarding the unconstitutionality of the collection of late payment interest by the administrative tax entity, inadmissible and issued a substantive and procedural rule in this regard. This report analyzes the Constitutional Court's decision and whether the administrative litigation process was a specific and equally satisfactory remedy for the specific case as the amparo process. For this purpose, the Constitutional Procedural Code and Law N° 27584, Law that Regulates the Contentious-Administrative Process, are applied. Likewise, this report will analyze the constitutionality of the procedural rule established by the Constitutional Court, and whether or not it violates the effective jurisdictional protection of the plaintiffs.
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A vinculação dos precedentes judiciais como decorrência da racionalidade do discurso jurídico / Los precedentes judiciales como resultado de la racionalidad del discurso jurídico

Denise Maria Rodriguez Moraes 30 August 2013 (has links)
Coordenação de Aperfeiçoamento de Pessoal de Nível Superior / O sistema jurídico brasileiro está pautado em regras que, aparentemente, permitem aos órgãos judiciários proferir suas decisões com base, exclusivamente, em suas compreensões individuais acerca do significado do texto constitucional e das leis infraconstitucionais, sem que, amparados pela garantia da independência dos juízes e no princípio do livre convencimento motivado, devessem respeito aos precedentes judiciais fixados pelas instâncias que lhes são superiores. O desenvolvimento dessa postura individualista impede que o Poder Judiciário seja considerado um todo unitário, de modo que, ao invés de os juízes atuarem em conjunto para oferecerem uma solução jurídica adequada ao jurisdicionado, cada um deles se preocupe em lhe oferecer uma resposta que, em sua particular concepção, seja a mais correta, ainda que saiba que o seu sentido provavelmente virá a ser revisto em grau de recurso. Referida postura, a nosso sentir, equivocada, levou os nossos tribunais ao congestionamento e ao estado absoluto de caos jurisprudencial. Neste ensaio, nos propomos a discutir as razões por que essa postura, comum aos sistemas jurídicos de tradição civil law, foi desenvolvida, bem como a demonstrar os esforços da doutrina para efetuar uma releitura dessa liberdade concedida aos juízes, e dos legisladores para incutir no ordenamento uma cultura de respeito aos precedentes judiciais, a fim de que, em conjunto, possam tornar o sistema de prestação de justiça coerente. / El sistema jurídico brasilero está pautado en reglas que, aparentemente, permiten a los órganos judiciales pronunciar sus decisiones, basándose en sus pensamientos individuales acerca de la interpretación de la Constitución y de las leyes, amparados en la garantía de independencia de los jueces y en el principio de la libre convicción motivada, sin deber respecto a los precedentes judiciales establecidos por los tribunales superiores de justicia.‬‬‬‬ El desarrollo de esa postura individualista impide el Poder Judicial sea considerado como un todo unitario, por lo que, en vez de que los jueces actúen en conjunto para ofrecer una solución jurídica adecuada a los ciudadanos, cada uno de ellos se preocupa de ofrecer a ellos una respuesta que, en su percepción particular, sea la más correcta, a pesar de saber que su sentido probablemente será revisado en apelación. Esta postura, en nuestra forma de ver, es equivocada, pues no ha llevado nuestros tribunales a la congestión y a un absoluto caos jurisprudencial. En este ensayo, nos proponemos analizar las razones por las que esta postura, común en los sistemas jurídicos de tradición civil law, se ha desarrollado, así como demostrar los esfuerzos de la doctrina para lograr una re-lectura de esa libertad otorgada a los jueces, y, aún, de los legisladores para inculcar una cultura de respeto a los precedentes judiciales en nuestro ordenado jurídico, com la finalidade de que, en conjunto, puedan contribuir a la reanudación de la coherencia del sistema judicial.
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A vinculação dos precedentes judiciais como decorrência da racionalidade do discurso jurídico / Los precedentes judiciales como resultado de la racionalidad del discurso jurídico

Denise Maria Rodriguez Moraes 30 August 2013 (has links)
Coordenação de Aperfeiçoamento de Pessoal de Nível Superior / O sistema jurídico brasileiro está pautado em regras que, aparentemente, permitem aos órgãos judiciários proferir suas decisões com base, exclusivamente, em suas compreensões individuais acerca do significado do texto constitucional e das leis infraconstitucionais, sem que, amparados pela garantia da independência dos juízes e no princípio do livre convencimento motivado, devessem respeito aos precedentes judiciais fixados pelas instâncias que lhes são superiores. O desenvolvimento dessa postura individualista impede que o Poder Judiciário seja considerado um todo unitário, de modo que, ao invés de os juízes atuarem em conjunto para oferecerem uma solução jurídica adequada ao jurisdicionado, cada um deles se preocupe em lhe oferecer uma resposta que, em sua particular concepção, seja a mais correta, ainda que saiba que o seu sentido provavelmente virá a ser revisto em grau de recurso. Referida postura, a nosso sentir, equivocada, levou os nossos tribunais ao congestionamento e ao estado absoluto de caos jurisprudencial. Neste ensaio, nos propomos a discutir as razões por que essa postura, comum aos sistemas jurídicos de tradição civil law, foi desenvolvida, bem como a demonstrar os esforços da doutrina para efetuar uma releitura dessa liberdade concedida aos juízes, e dos legisladores para incutir no ordenamento uma cultura de respeito aos precedentes judiciais, a fim de que, em conjunto, possam tornar o sistema de prestação de justiça coerente. / El sistema jurídico brasilero está pautado en reglas que, aparentemente, permiten a los órganos judiciales pronunciar sus decisiones, basándose en sus pensamientos individuales acerca de la interpretación de la Constitución y de las leyes, amparados en la garantía de independencia de los jueces y en el principio de la libre convicción motivada, sin deber respecto a los precedentes judiciales establecidos por los tribunales superiores de justicia.‬‬‬‬ El desarrollo de esa postura individualista impide el Poder Judicial sea considerado como un todo unitario, por lo que, en vez de que los jueces actúen en conjunto para ofrecer una solución jurídica adecuada a los ciudadanos, cada uno de ellos se preocupa de ofrecer a ellos una respuesta que, en su percepción particular, sea la más correcta, a pesar de saber que su sentido probablemente será revisado en apelación. Esta postura, en nuestra forma de ver, es equivocada, pues no ha llevado nuestros tribunales a la congestión y a un absoluto caos jurisprudencial. En este ensayo, nos proponemos analizar las razones por las que esta postura, común en los sistemas jurídicos de tradición civil law, se ha desarrollado, así como demostrar los esfuerzos de la doctrina para lograr una re-lectura de esa libertad otorgada a los jueces, y, aún, de los legisladores para inculcar una cultura de respeto a los precedentes judiciales en nuestro ordenado jurídico, com la finalidade de que, en conjunto, puedan contribuir a la reanudación de la coherencia del sistema judicial.

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