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Derecho a la libre empresa y el tratamiento jurídico de protección al consumidor frente al Decreto Legislativo N° 1476

Pacheco Avendaño, Carlos Enrique January 2021 (has links)
El 4 de mayo del 2020, debido a la pandemia del Covid-19, el Congreso otorgó facultades al PoderEjecutivo para que legislara en materia educativa, ya que empezaban a existir conflictos entre los padres de familia y los proveedores del servicio de educación básica, respecto si se deberíabajar o no el monto de las pensiones y matrículas de los colegios debido a que ante las variaciones obvias de lo previamente pactado por el servicio educativo, muchos de los servicios que se podían antes brindar de forma presencial, en una modalidad virtual se harían imposible de cumplir Es así como se da el Decreto Legislativo N° 1476, el mismo que lejos de armonizarla relación de consumo, trajo mayores problemas, puesto que no parece ser lo que esperaban los padres, un control de precios por parte del Estado. La presente investigación es cualitativa, de tipo documental, haciendo un análisis del tratamiento de este Decreto Legislativo y su posible vulneración a la Libre Empresa criticando la transparencia de la información sobre las prestaciones y costos, la correspondencia entre las pensiones, los servicios brindados y otros, para finalmente determinar un equilibrio entre los Derechos a la Libre Empresa y el de Protección al Consumidor.
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Los límites legales a la protección al consumidor frente a la libertad de empresa. En el sector entretenimiento. Basado en el caso Cineplex vs Aspec

Cordova Pasco, Brian Alberto January 2021 (has links)
El 7 de febrero del 2017, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios, en adelante ASPEC denunció a Cineplanet (Cineplex) y Cinemark por una presunta infracción de la Ley N.° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, debido a que vendían sus productos (básicamente comida chatarra, es decir comida de poca calidad o baja en nutrientes que pueden causar enfermedades al aparato digestivo) hasta cinco veces más que el precio ofrecido en el mercado. Frente a ello, las denuncias fueron declaradas infundadas, tomando en cuenta el derecho de la libertad de empresa, es por eso que ASPEC apela y es la Sala Especializada en Protección al Consumidor del INDECOPI, quien se encarga de resolver lo declarado por la parte denunciada, consideró infracción a la norma del consumidor, en función a la restricción de ingreso de alimentos externos, así mimo se declaró infundado respecto al alto precio de los alimentos internos y la limitación de tipos de alimentos.
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Efectividad del libro de reclamaciones: análisis del procedimiento administrativo sancionador de la oficina regional del Indecopi durante los años 2019- 2021

Falla Arriaga, Lourdes Aracely January 2023 (has links)
El artículo científico titulado “Efectividad del libro de reclamaciones: análisis del procedimiento sancionador de la oficina regional del Indecopi durante los años 2019-2021” tiene como objetivo determinar los criterios jurídicos que deberán incluirse en las propuestas de modificación de las normas que regulan el uso del libro de reclamaciones hacia la protección del consumidor. En ese sentido, mediante las resoluciones emitidas por Indecopi durante el periodo 2019-2021 se ha comprobado que los agentes del mercado no le brindan el uso adecuado y prefieren recurrir a los procedimientos administrativos sancionadores. Asimismo, en la investigación se utilizó el enfoque cualitativo, dado que se realizó un análisis documental y para ello se utilizó la recolección de datos, debido a que su estudio se basó en la obtención y procesamiento de información de datos respecto a las denuncias presentadas ante el Indecopi durante el año 2019-2021, por posibles infracciones a las normas de protección al consumidor, a fin de analizar la realidad actual en materia de protección al consumidor. De los resultados se llegó a la siguiente conclusión: El Sistema de Protección al Consumidor les proporciona a los agentes del mercado mecanismos de solución de conflictos como es, el libro de reclamaciones, donde el consumidor puede establecer un reclamo o queja ante una disconformidad por el producto o servicio brindado por el proveedor. Sin embargo, mediante las resoluciones revisadas durante el año 2019-2021 del portal de Indecopi se ha logrado evidenciar que los sujetos intervinientes en la relación de consumo no consideran al libro de reclamaciones como una solución inmediata, sino que recurren a la autoridad para el inicio de un procedimiento administrativo.
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Corre INDECOPI, corre: ¿resulta eficaz el procedimiento sumarísimo de protección al consumidor?

Pacheco Gómez, Rosario de los Milagros 09 March 2017 (has links)
En la película “Corre, Lola, corre” del director alemán Tom Tykwer, dos amantes disponen tan sólo de unos minutos para cambiar el curso de sus vidas. Lola, la protagonista de la película, recibe una llamada desesperada de su novio Manni, quien acaba de perder una pequeña fortuna que pertenece a un jefe de la mafia para el que trabaja. Si Lola no consigue el dinero en veinte minutos, Manni sufrirá las consecuencias. Desde ese momento, Lola empieza (literalmente) una incesante y desesperada carrera en búsqueda del dinero que le permitirá salvar a su novio de la muerte.
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El concepto de consumidor y sus alcances a la luz de la jurisprudencia de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi

Escudero Alarcón, Luis Enrique 01 June 2017 (has links)
A partir de la publicación del Decreto Ley N° 25868, se crea el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y la Propiedad Intelectual (en adelante, Indecopi), entidad encargada de proteger la propiedad intelectual, la promoción del mercado y la protección de los derechos de los consumidores. Esto es resultado de la modificación de nuestro marco normativo desde 1990, logrando definir las funciones del sector público y privado, enfocando mayor atención al agente que mueve el mercado: el consumidor. Es a través del Decreto Legislativo N° 716 que se crea un mecanismo efectivo (aunque aún prematuro) de protección al consumidor, reconociéndosele derechos y, por otro lado, estableciendo obligaciones para los proveedores, siendo el actuar de la jurisprudencia del INDECOPI, en base a la experiencia ganada al momento de resolver cada caso, lo que permitió generar el actual marco normativo que tenemos: La Ley N° 29571 – Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Codeco).
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Mecanismos de seguridad en establecimientos comerciales

Velez de Villa Yupanqui, Cindy Marleny 11 May 2017 (has links)
El 13 de octubre de 2013, a las 19:30 horas, el menor de iniciales A.G.C.D. acudió, acompañado de sus dos hermanas, y del señor Miguel Ángel Huamán Zevallos (amigo de su hermana mayor; en adelante, el señor Huamán), al establecimiento comercial Plaza Vea, del Centro Comercial Real Plaza de Chiclayo, con la finalidad de comprar unas golosinas. Luego de haber cancelado el precio de los productos y cuando se disponían a retirarse del local, se activó el sensor de la alarma de la salida del establecimiento, lo que motivó la intervención de un agente de seguridad; quién registró al menor de edad en medio del público, no encontrándole ningún producto. Después comunicó a otro agente la situación, quién dispuso que el menor fuera conducido al baño para hacerle una nueva revisión donde le despojaron de sus prendas de vestir hasta quedar en ropa interior, también se registró su boca y cuerpo y se le realizó preguntas impertinentes. Posterior a la revisión, y al no encontrarle ningún objeto, el personal de seguridad pidió al menor que se vistiera y se retire. En dicho momento, la señorita Cornejo reclamó al personal por el maltrato recibido ; pese a ello, la denunciada se negó
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El desistimiento como forma de conclusión anticipada del procedimiento de oficio promovido por denuncia de parte en materia de protección al consumidor ¿Puede concluir un procedimiento administrativo sancionador?

Sandoval Valer, Jeysson January 2018 (has links)
Conforme a las modificatorias introducidas a través del Decreto Legislativo N° 1308, el numeral 1 del artículo 107-A, incorporado al Código de Protección y Defensa del Consumidor, señala que el desistimiento del procedimiento podrá formularse hasta antes de la notificación de la resolución que agota la vía administrativa, situación que se encuentra contemplada como una forma de conclusión anticipada del procedimiento de oficio promovido por denuncia de parte, bajo este contexto, se puede apreciar que el desistimiento ha sufrido diversas variaciones respecto a sus efectos, en un primer momento se discutía el carácter sancionador del procedimiento administrativo, siendo que bajo este supuesto no era posible el planteamiento del desistimiento por parte del denunciante, no obstante, en otro momento se planteó el carácter mixto de este procedimiento administrativo (sancionador y trilateral), ante este supuesto si era procedente el desistimiento; finalmente ante esta modificatoria normativa, ha prevalecido esta última posición, más aun si tomamos en cuenta que en la redacción del artículo 107 del Código de Protección y defensa del consumidor, a raíz de la modificatoria introducida por el Decreto Legislativo N° 1308, suprime en su enunciado la denominación de “Sancionador” al procedimiento administrativo, lo cual refuerza la idea de este procedimiento administrativo mixto; partiendo de esta premisa, el presente trabajo tiene por objeto analizar la pertinencia del desistimiento como una forma de conclusión del procedimiento, introducido a través del Decreto Legislativo N° 1308, y a partir de ello, demostrar que el desistimiento planteado por el denunciante, no puede tener por efecto concluir el procedimiento administrativo sancionador, teniendo en cuenta que él que lo plantea, no es parte de dicho procedimiento, y a partir de ello, entender que para aplicar adecuadamente estas modificatorias, es necesario apartarse del carácter sancionador del Procedimiento Administrativo, en materia de Protección al Consumidor.
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El Procedimiento de Protección al Consumidor que se sigue ante el Indecopi por denuncia de parte debe ser trilateral y no sancionador

Ghianella Arlette, Liza Ferrari 22 May 2019 (has links)
La presente investigación, se dirige en el marco general del Derecho Administrativo y especialmente en el Derecho de Protección al Consumidor. En ese sentido, partiendo de la finalidad que cumple el Sistema de Protección al Consumidor en adelante el “Sistema” y por tanto el Código de Protección y Defensa de los consumidores, en adelante el “Código”, se analiza cuál debe ser la naturaleza del procedimiento de protección al consumidor que se sigue ante el Indecopi por denuncia de parte. Es así que, la investigación se divide en introducción, 4 capítulos, problema de investigación, conclusión y bibliografía. En la parte introductoria se desarrolla, la pregunta principal, objetivos de la investigación, planteamiento del problema de manera general, hipótesis, justificación del tema, así como las fuentes analizadas.. Asimismo, se desarrollan cuatro capítulos. En el primer capítulo se analiza la finalidad del Sistema y la Política Nacional de Protección al Consumidor, que son las bases de la protección al consumidor. En el segundo capítulo se analiza de forma general la aplicación de la Ley del procedimiento Administrativo General. En el tercer capítulo, se analiza la situación actual del procedimiento, a fin de dar conocer sus características y herramientas con las que se cuenta normativamente. En el cuarto capítulo, se plantea la solución al problema y se brinda argumentos por los que el procedimiento trilateral sería el más idóneo en el caso de denuncia de parte en procedimientos de protección al consumidor. De acuerdo a ello, se demuestra que el procedimiento administrativo que se sigue ante el Indecopi por denuncia de parte en procedimientos de protección al consumidor, debe ser trilateral y no sancionador, considerando al procedimiento sancionador, sólo una herramienta más con las que cuenta la Administración Pública para disuadir conductas infractoras y no el fin en sí mismo del referido Sistema.
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La aplicación de la teoría de las cargas probatorias dinámicas para casos médicos en materia de protección al consumidor

Terrazas Cosio, Bresia Rosalid 08 May 2017 (has links)
La teoría de la carga probatoria dinámica, jurisprudencialmente reconocida y aplicada en el Perú -especialmente en casos médicos en materia de Protección al Consumidor- fue utilizada discrecionalmente a criterio de los Colegiados del INDECOPI y, respecto a su momento de aplicación, recién planteada en las resoluciones finales de las denuncias presentadas por los consumidores. Al respecto, en el presente trabajo se propone la fijación de ciertos requisitos mínimos que permitirían un mejor entendimiento y aplicación de la teoría en mención en nuestro país, valiéndose de la doctrina res ipsa loquitur. Asimismo, se plantea que el juzgador ponga en conocimiento de las partes la aplicación de la teoría de la carga probatoria dinámica antes de la emisión de la resolución final, con el fin de no vulnerar el derecho de defensa de las mismas y para salvaguardar el principio de seguridad jurídica reconocido en nuestro ordenamiento jurídico.
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La carga de la prueba en el procedimiento administrativo sancionador de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD. Comentarios a la resolución No 066-2016- SUSALUD/TRI-SSE

Zanelli Ramón, Carla Lizeth January 2018 (has links)
El presente artículo tiene como objetivo analizar la carga de la prueba en el procedimiento administrativo sancionador de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, a propósito de la Resolución N° 006-2016-SUSALUD/TRI-SSE, emitida por el Tribunal de SUSALUD, que versa sobre infracciones presuntamente cometidas por una Institución Prestadora de Servicios de Salud – IPRESS pública. La justificación de dicha investigación se encuentra en los cambios en la normativa de protección al consumidor en materia de salud, que le otorgó competencia a SUSALUD para conocer las infracciones cometidas por las entidades prestadoras de servicios de salud públicas. Se parte de la hipótesis de que la distribución de la carga de la prueba en la Resolución N° 006-2016-SUSALUD/TRI-SSE es distinta a la que tenía el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, para efectos de las infracciones cometidas por los prestadores de servicios de salud privados. Se concluye enunciando los aciertos y desventajas de la concepción que tiene SUSALUD en la Resolución, desde una óptica de protección de los usuarios de los servicios de salud.

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