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Por el interés del niño : discursos y prácticas institucionales

Espinoza Vergara, Milton Rodrigo January 2013 (has links)
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Al mirar al pasado del tratamiento jurídico de la infancia desde la cúspide de la Convención de los Derechos del Niño, se revela que el proceso de descubrimiento-invención de la niñez había sido la marcha de construcción de una categoría de individuos distintos, más bien débiles, por ende, objetos de imposición, mas no sujetos de derechos. Dicha injerencia abusiva se articuló bajo un discurso de corte modelador respecto de la infancia, legitimado ideológicamente bajo figuras paternales y proyectado bajo la ‘retórica del interés’. Al escudriñar en el pasado los mecanismos y fines por los cuales se procuró silenciar la subjetividad de la infancia, se descubre que aun después de la sanción de la Convención de los Derechos del Niño, las fuerzas inerciales del pasado reciente tensionan, ‘por’ el interés del niño, los discursos y prácticas institucionales del programa de acción del nuevo paradigma. En tal razón, teorizar la subjetividad de la infancia, impone una necesidad: realizar un estudio diacrónico que arroje luces respecto del instrumental argumentativo, el proceso de conceptualización y las preferencias ideológicas que condicionaron las posibilidades materiales de surgimiento del discurso jurídico del nuevo paradigma de la "Protección Integral", con objeto de apuntalar el significado profundo de la Convención de los Derechos del Niño y su necesidad actual.
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Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. Su rol como organismo internacional, y el análisis de su influencia en la legislación chilena como promotor de los derechos del niño

Mardones Díaz, Carolina Andrea January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto cmpleto de su documento
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El contrato laboral del profesional de la educación : vigencia y extinción

Quiróz Domingo, Felipe A January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Durante los últimos años, se han ido produciendo diversas discusiones que, con mayor o menor rigor, abordan temáticas que dicen relación con la gestión del sistema educacional en Chile, con distintas estrategias de enseñanza y con medios didácticos tendientes a orientar la función docente. Sin embargo aún no ha existido un debate en torno a la situación laboral de los Profesionales de la Educación, los cuales se mantienen en un sistema que podría catalogarse como “Hibrido”, mezcla de los principios que rigen el Derecho Laboral con el legado del Derecho Público y la llamada “estabilidad en el empleo” que hasta la actualidad enmarcan las relaciones entre Empleador y Docente.- De esta manera, nos encontramos frente a una actividad que se encuentra regulada por un lado bajo el alero del Código del Trabajo y por otro, bajo las estipulaciones de la Ley Nº 19.070 más un conjunto de otras normas las cuales configuran el llamado “Estatuto Docente”. Normas, estas últimas, que derivan de los principios del Derecho Público que rigen a la Administración del Estado, y que se justifican dado la antigua dependencia de nuestra educación con el Estado, mediante el Ministerio de Educación, relación de dependencia que concluye en la década del ochenta. Por estos motivos el Profesional de la Educación ha debido convivir, desde la entrada en vigencia del “Estatuto Docente” y hasta nuestros días, con una regulación mixta, lo cual genera una serie de situaciones ambiguas o sobre las cuales se extiende un manto de duda respecto a su correcta y debida aplicación. Es esta dualidad de legislación la que me ha llevado a escoger este tema para mi trabajo de memoria. Bajo este marco, la presente investigación pretende analizar y criticar el actual sistema de contratación y de terminación de contrato que afecta al profesional de la educación, tanto en sus beneficios como en sus falencias, y como estos han sido tratados por la jurisprudencia nacional. Para esto será necesario el análisis de las diferentes formas de contratación vigentes según el tipo de empleador que se trata, es decir estudiando caso a acaso las situaciones de los establecimientos educacionales bajo administración de las Municipalidades, ya sea de manera directa o bien a través de las llamadas “Corporaciones de Educación”, por otro lado veremos el sistema de contratación de los establecimientos particulares, y las normas aplicables para cada caso. Respecto a la terminación de los mismos, será menester el análisis de las distintas causales contempladas para cada caso, y junto con ello el estudio de la aplicación de dichas normas por parte de los Tribunales de Justicia en la actualidad.-
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Violencia en la Araucanía. Investigación prospectiva sobre comunidades mapuches de la IX Región: período 2006-2008

Aránguiz Castel, Julia Patricia January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El conflicto de los pueblos originarios y en particular de los mapuche tiene su origen en la colonización de Chile por los españoles, quienes tras siglos de lucha nunca lograron establecer su dominio sobre este pueblo, llegando finalmente a un Tratado o Parlamento de Quillén, 1641, que reconoce como territorio autónomo en Chile las tierras ubicadas al sur del río Bío Bio. A partir de aquel acuerdo, se generaron sucesivos cambios finalmente 'estabilizados' en lo que se llamó “Pacificación de la Araucanía”, una campaña militar emprendida por el gobierno chileno a partir de 1888 cuyo objetivo final fue la ocupación del territorio mapuche, pese a lo cual estos pueblos lograron mantener sus particularidades, siendo víctimas a través de los años de una verdadera expoliación de sus tierras bosques, aguas, recursos costeros. Un cambio de mentalidad o intento por reparar la política anterior, debido a la presión ejercida por el movimiento mapuche, se produjo con el gobierno de Eduardo Frei Montalva (1964 a 1970), que recuperó 3,5 millones de hectáreas para devolvérselas al pueblo mapuche. El proceso se aceleró con el Presidente Salvador Allende, que en tres años alcanzó a restituir a los indígenas otros 6,5 millones de hectáreas. El proyecto integral fue interrumpido por el golpe de Estado que encabezó Augusto Pinochet.
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La contratación de actores a la luz de la realidad chilena, la jurisprudencia y del derecho comparado

Augant Vera, Roberto Eduardo, Osorio Caroca, Nicolás Sebastián January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene por objeto el análisis del estatuto legal de los trabajadores de artes y espectáculos, y la aplicación que han dado los Tribunales de Justicia en casos emblemáticos ad portas de cumplir 15 años de la publicación de la Ley N° 19.889. Para ello, en el primer capítulo se realiza un estudio pormenorizado de la legislación laboral chilena, principalmente el Código del Trabajo, y la interpretación que ha realizado la Doctrina, la Dirección del Trabajo y los Tribunales de Justicia de la aplicación de las normas supletorias y especiales que rigen a los trabajadores de artes y espectáculos. En el segundo capítulo, se hace un examen de dos casos emblemáticos de actores chilenos que decidieron demandar a una casa televisiva después de más 20 años sin haber escriturado ningún contrato laboral entre las partes, rigiéndose simplemente a través de boletas de honorarios y/o contratos entre sociedades civiles. En el capítulo tercero, se hace un estudio del derecho comparado de Estados Unidos de América, principalmente lo que se refiere a derechos colectivos garantizados por la secciones 151 a 169 del United States Code (National Laboral and Relation Act) y como ésta se ha plasmado en acuerdos colectivos particulares que rigen las diferentes industrias de actores. En particular, se estudia el acuerdo entre el sindicato de actores y la alianza de productores de cine y televisión (SAG y AMPTP respectivamente por sus siglas en inglés). 11 En el capítulo final se realiza una síntesis de las principales conclusiones del trabajo, realizando una crítica constructiva a la industria de los trabajadores de artes y espectáculos, la legislación y la jurisprudencia chilena.
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Análisis de la ley no. 19.889 que modifica el código del trabajo, incluido en el título II del libro I — artículos 145 letra A y siguientes

Baudrand Ossandón, Alejandro, Madrid Contreras, Javier, Requena Díaz, Rolando January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / En la presente investigación, nos dedicaremos a desarrollar un análisis de la temática relacionada a la realidad laboral de los trabajadores del arte y el espectáculo en Chile, tras la dictación de la ley 19.889 del año 2003, la cual entró a regular los derechos laborales de estos trabajadores y lo relacionado con la seguridad social de los mismos, específicamente en lo que atañe a la protección que les ofrece la legislación nacional vigente, fundamentalmente en lo que dice relación con el estudio de su normativa y el ámbito de su aplicación. Lo anterior lo explicaremos, a partir de que históricamente los trabajadores artísticos habían recibido un trato por parte de sus empleadores, los cuales principalmente han sido medios de comunicación o de espectáculos, un trato de personas que prestaban servicios en calidad de independientes, por lo cual sólo se encontraban prestando un servicio particular y por lo tanto, al no encontrarse en una relación de subordinación y dependencia (lo que en la práctica era lo que efectivamente acontecía), no se encontraban tutelados por el Derecho del Trabajo y por ello no contaban con las medidas mínimas de protección de sus derechos, adecuados a la realidad de las actividades que desempeñan
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Ley de responsabilidad penal adolescente. — Juventud, marginalidad y control social

Acuña Weisser, Oscar Miguel, Barraza Ortiz, Gabriela Patricia, Bonnemaison Medel, René Antonio, Escobar Parra, Alonso, Figueroa Tapia, Isabel Margarita, Gatica Lemaitre, Juan José, Heyer Alvarez, Helmuth Sebastián, López Garay, María Isabel, Martínez Serrano, Rufino Felipe, Pavez Farías, Denys Sebastián January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Es así, que en la conformación del mundo actual se han venido- de un tiempo a esta parte- generando nuevos procesos, con características particulares históricamente, lo que trasunta en ámbitos como las nuevas invenciones del progreso tecnológico, la potente masificación del acceso a la información, la hegemonía del mercado en la sociedad; hechos que no hacen sino constituir formas de trabajo y relaciones sociales especiales, determinados por éstas mismas. A consecuencia de ello, emerge una gama de problemáticas ignoradas hasta hoy, generando entonces la necesidad por parte de los Estados de implementar nuevas políticas y respuestas. De esta forma, se ha impuesto un capitalismo capaz de disciplinar desde la diversidad, o bien, dominar en forma sutil y difusa, con nuevos dispositivos y técnicas de control que operan desde ámbitos formales e informales. Y aunque el mundo sea muy distinto al de 20 o 30 años atrás, el Derecho Penal sigue siendo una institución esencial en lo que a control social significa, no obstante sus manifestaciones actuales implican algo más que meras características históricas. Es así, que nuevos paradigmas han entrado en acción, marcados significativamente por el debilitamiento de los principios liberales clásicos, que alguna vez sustentaron una ideología fuertemente reductora del poder punitivo del Estado frente a los particulares. Se relativizan garantías, funciones, objetivos del derecho penal, provocándose con ello un giro radical expresado en el paso de la noción del derecho penal como garantía para los ciudadanos, a un derecho penal erigido en dominio sobre los sujetos. De esta forma, queda el camino abierto para convertir al Derecho Penal en un potente instrumento institucional, capaz de legitimar la represión sobre conductas e individuos que consciente o inconscientemente se despliegan como amenazas al orden establecido. Se pasa así, de un derecho penal del hecho, a uno del autor
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Chile y el convenio 169 de la OIT

Hevia Kaluf, Ricardo January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo se desarrollará de la siguiente manera: en un primer capítulo se verá someramente, cuál es la historia de la legislación laboral en Chile y cuáles son los derechos individuales y colectivos del trabajo, así como la implicancia de los mismos respecto de los trabajadores indígenas; el siguiente capítulo lo constituye un análisis respecto al origen y alcance de las normas internacionales del trabajo, así como la naturaleza e importancia de la Organización Internacional del Trabajo en este campo. En especial, se verá el tema de la recepción por parte del derecho interno nacional de los convenios y recomendaciones de la OIT, así como ciertos casos comparados a nivel latinoamericano; el tercer capítulo trata sobre el Convenio Nº 169 de la OIT, sus orígenes, las principales materias que trata y su proceso de ratificación por parte del Congreso Nacional. El cuarto capítulo lo constituye un análisis respecto de la normativa laboral chilena, los pueblos indígenas, así como las disposiciones reguladoras y protectoras del Convenio en materia del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
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Conflicto mapuche y legislación antiterrorista. — análisis crítico para un estado de derecho democrático

Cayuqueo Pichicón, Alvaro, Montesinos Saavedra, Pablo, Saavedra Cea, Sebastián, Soler Guerra, Grethel January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Desde un punto de vista metodológico, y para un desarrollo adecuado del tema, hemos dividido nuestra investigación en dos partes, en función a los diversos aspectos que éste implica. Nos encontramos ante un asunto que requiere un tratamiento múltiple y no sólo dogmático-jurídico. En efecto, su análisis involucra, asimismo, aspectos sociales, históricos y culturales del pueblo mapuche, su relación tanto con el imperio español, como con el Estado chileno, que nos ayuden a lograr un real entendimiento de sus demandas y reivindicaciones. Por otra parte, no podemos omitir el interesante progreso doctrinal, legislativo y jurisprudencial de los derechos propietarios indígenas en el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos. En virtud de lo anterior, la primera parte corresponde al desarrollo de las causas y orígenes de la “Cuestión Mapuche”. Por otro lado, una segunda parte estará enfocada a un estudio estrictamente dogmático del tema.
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Contrato temporal y fuero maternal — conflicto jurídico entre ambas instituciones

Labra Videla, Consuelo Andrea, Ramírez Fernández, Carolina January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objeto de la presente Memoria es abordar el conflicto jurídico que se origina a partir de la coexistencia de dos instituciones en el Derecho del Trabajo; por una parte el contrato temporal de trabajo, que contempla las modalidades de contrato a plazo fijo y por terminación de obra o faena que tienen una duración limitada en el tiempo, sea por un plazo prefijado o implícito respectivamente, diferenciándose así de la regla general dada por la contratación laboral indefinida, y, por otra parte el fuero laboral maternal, instituto que cuenta con una larga trayectoria de reconocimiento en la legislación, y que a grandes rasgos otorga una inamovilidad temporal en el trabajo a sus beneficiarias y beneficiarios. Ambas instituciones tienen vigencia en nuestra legislación nacional, así como también se encuentran latamente reconocidas por el derecho internacional y la doctrina. Sin embargo, la aplicación conjunta de ambas instituciones a un caso específico, genera conflictos prácticos y jurídicos que intentaremos dilucidar a través del presente estudio. En Chile, la incompatibilidad entre la posibilidad que otorga nuestra legislación laboral en atención a permitir la celebración de contratos temporales y por otro lado la institución del fuero laboral, también reconocida en nuestro Derecho Laboral se resuelve por medio de una norma de rango legal a favor de la preeminencia del contrato temporal. En efecto, y según lo consagra el artículo 174 del Código del Trabajo, una persona beneficiada por el fuero laboral puede ser despedida en virtud del término del contrato a plazo fijo o culminación de obra o faena, previa autorización judicial

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