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Informe Jurídico sobre la Resolución N.° 2633-2015- SUNARP-TR-L

Lliuya De la cruz, Adelguiza Nélida 18 October 2024 (has links)
En el contexto actual, donde las operaciones económicas empresariales buscan ser más dinámicas y competitivas, es fundamental garantizar una posición sólida en el mercado. Esta investigación aborda la transformación de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) en situación irregular, debido a la falta de transferencia de derechos del titular fallecido a sus herederos dentro del plazo estipulado por el artículo 34 del Decreto Ley N.° 21621. El análisis se centra en la viabilidad jurídica de que los Registros Públicos admitan la inscripción de la transformación de la E.I.R.L., considerando que el estado de disolución automática no necesariamente extingue la capacidad jurídica de la entidad. Se exploran argumentos que apoyan la posibilidad de que el negocio continúe bajo una nueva estructura societaria, basados en una interpretación flexible de la normativa. La investigación concluye que la inscripción es viable, dado que los herederos inscribieron la declaratoria de herederos en el Registro de Sucesiones Intestadas y, antes del plazo de cuatro años, optaron por una de las alternativas permitidas por el artículo 31 del Decreto Ley N.° 21621. Esto asegura la continuidad de la empresa bajo una nueva forma societaria, respetando las disposiciones legales y protegiendo los derechos de los herederos. / In the current context, where business economic operations seek to be more dynamic and competitive, it is essential to ensure a solid market position. This research addresses the transformation of an Individual Limited Liability Company (EIRL) in an irregular situation, due to the failure to transfer the deceased owner’s rights to their heirs within the deadline stipulated by article 34 of Decree Law No. 21621. The analysis focuses on the legal viability of the Public Registries admitting the registration of the EIRL's transformation, considering that the state of automatic dissolution does not necessarily extinguish the entity's legal capacity. Arguments are explored that support the possibility of the business continuing under a new corporate structure, based on a flexible interpretation of the regulations. The research concludes that the registration is viable, as the heirs registered the declaration of heirs in the Intestate Succession Registry and, before the four-year deadline, opted for one of the alternatives permitted by article 31 of Decree Law No.21621. This ensures the continuity of the business under a new corporate form, respecting legal provisions and protecting the heirs’ rights.
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Tratamiento, problemática e importancia de las SACS desde el año 2018 al 2021: Aportes para su mejora aplicativa

Diaz Saldaña, Jorge Cesar 12 October 2023 (has links)
En nuestro país desde el año 2018, siguiendo la corriente de implementación de sociedades por acciones simplificadas existente en la región, también se ha implementado la Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada no obstante hasta la fecha no se advierte una aplicabilidad ni el logro de los fines esperados ya que tal como esta sociedad ha sido legislada no viene siendo aplicable en nuestro país, por lo que corresponde evaluar el tratamiento y analizar la importancia de las SACS respecto a su aplicación a la problemática de la informalidad económica y empresarial que agobia a la economía del país desde el año 2018 en la que ha sido promulgada así como sugerir aportes para su mejora aplicativa a partir de preguntas respecto a su aplicabilidad, la experiencia en otros países propuestas para su mejora del Decreto Legislativo 1409. Para tal efecto en el presente trabajo se analizará la Ley Modelo sobre Sociedad por Acciones Simplificada de la OEA, el reglamento del decreto Legislativo 1409, la actual Ley general de sociedades, el Anteproyecto de la Ley General de Sociedades y la Exposición de Motivos del Decreto Legislativo N° 1409 así como también doctrina nacional y comparada a fin de que analizándola y evaluando sus características conforme a la naturaleza simplificada que ostenta se compare frente a la legislación de la región que se ha tomado por conveniente en el presente trabajo para determinar similitudes, diferencias y carencias de nuestra SACS frente a demás sociedades simplificadas. Ello nos permitirá determinar que toda sociedad anónima simplificada idónea debe cuando menos tratar sobre la unipersonalidad, la pertinencia de incluir personas jurídicas como socios y la idoneidad de tomar como patrimonio para su constitución a bienes no inscribibles o inscribibles, un objeto social indeterminado y otros alcances así como también constatar que esta ley debe guardar consonancia con el anteproyecto de la ley general de sociedades para no generar futuras contradicciones ni colisiones legales. A tal efecto se han revisado los pocos trabajos de investigación y tesis que existen respecto del tema que es materia del presente trabajo con los cuales compartimos algunas similitudes cuando analizamos y evaluamos una problemática jurídica común que existe a la fecha, siendo que el presente trabajo se diferencia de los anteriores primeramente en la medida que generalmente los ya existentes han realizado un análisis teórico a partir del poco tiempo de entrada en vigencia de la norma bajo análisis, más el presente trabajo además de ello verifica que en la practica la nueva sociedad no viene siendo aplicada en nuestra realidad jurídica de allí que el análisis de solución del problema, sus propuestas y conclusiones toman un matiz distinto y más profundo. Además, se ha buscado en el presente trabajo aplicar el método comparativo con países distintos que los realizados en trabajos anteriores, así como también se ha buscado comparar con otro tipo de sociedades e incluso con la EIRL para deslindar ideas que puedan confundir en temas relevantes como la unipersonalidad. Todo lo indicado nos lleva a concluir que el diseño legislativo reflejado en el decreto Legislativo N° 1409 no permite avizorar mayor o mejor ventaja aplicativa alguna respecto a otras sociedades anónimas existentes en el país como es el caso de SAC, EIRL e incluso la SRL más allá de la posibilidad de constitución sin intervención notarial y del procedimiento digital de constitución simplificado.

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