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Teletrabajo en Chile : perspectiva actual desde los tratados internacionales, el derecho comparado, normas del ordenamiento jurídico interno y el proyecto de Ley que modifica el Código del Trabajo en materia de trabajo a distancia : (Boletín no. 12.008-13)

Escobar González, Javier Roberto. January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / El Convenio Nº177 y la Recomendación Nº184, ambos de 1996, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), marcaron un hito en cuanto al reconocimiento internacional del trabajo a domicilio. Si bien es cierto, no hay en dichas regulaciones una mención expresa al Teletrabajo, es a partir de las características del trabajo a domicilio que comienza conceptualizarse el Teletrabajo, por lo cual se han utilizado las directrices que exponen dichos instrumentos internacionales para perfilar las regulaciones locales de diferentes países en materia de Teletrabajo. Más reciente es el Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo (AMET), que estableció una normativa de carácter plurinacional vinculante para los miembros de la Unión Europea, dejando cuestiones específicas a la regulación interna de cada país. Este estudio también se adentra en la reglamentación que tienen sobre la materia algunos países americanos y España, donde es posible advertir ciertos criterios comunes en su tratamiento. Luego, se analiza el caso de Chile, a través del examen de los proyectos de ley que se han presentado para regular el Teletrabajo, con énfasis en el último; de la ley N°20.940 que introdujo los pactos especiales de trabajo; y de la jurisprudencia administrativa y judicial, que por aplicación de lo establecido en el artículo 22 y en el Título VI del Código del Trabajo, han reconocido la existencia del Teletrabajo en el ordenamiento jurídico interno. Finalmente, se formula e intenta responder a la pregunta: ¿El Teletrabajo llegó para quedarse?
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La extensión de beneficios en acuerdo individual y la vulneración a la libertad sindical

Villegas Bazignan, Tomás January 2017 (has links)
Tesis (Magíster en Derecho del Trabajo y Seguridad Social) / Actividad Formativa Equivalente (AFET)
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Influencia de las normas de extranjería en la precariedad laboral de migrantes

Carriman González, Camila, Flores Bustos, Nicolás. January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta tesis buscara demostrar la situación de vulnerabilidad que producen las normas de extranjería en el ámbito del derecho laboral y la seguridad social a los trabajadores migrantes, en especial a los que se encuentran en una situación migratoria irregular. Para esto, abordaremos las normas nacionales y tratados internacionales que regulan el ámbito jurídico del trabajador migrante que se encuentra en Chile; también los problemas laborales y previsionales que se generan por la aplicación de las normas de extranjería en el ámbito del trabajo y de la seguridad social; realizaremos una exposición sobre el conflicto entre las normas aplicables, y como esto se puede observar respecto del principio de no discriminación y del derecho a la libertad de trabajo. Por último, las conclusiones que se pueden determinar mediante esta investigación, y las propuestas que ofrecemos como fórmulas para dar solución a estas problemáticas y contradicciones. Deseamos que este humilde trabajo sea un aporte para el actual debate, referido a la migración en Chile.
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El teletrabajo, su naturaleza jurídica, principios y regulación

Rojas Espinoza, Jorge Ernesto 04 1900 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / Este trabajo pretende indagar la nueva forma de relación laboral que se da en el teletrabajo planteando la tesis que esta nueva modalidad laboral, propia de la era de la informática, requiere de una normativa especial para ser mantenida bajo la protección de la legislación del trabajo, ya que su naturaleza jurídica la inclina a quedar en una zona intermedia entre la prestación de servicios independiente y el trabajo subordinado. Esta modalidad surgió en la década de los 70 del siglo XX en los EEUU como una forma de aminorar costos y mantener o aumentar la producción en época de desaceleración económica. Se habló así de un nuevo concepto acuñado especialmente para esto: flexibilidad. Aunque en un principio se creyó que esta modalidad se extendería con rapidez, porque está directamente asociada al progreso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, en la realidad no ha tenido el impacto esperado. Sin embargono 15 obsta lo dicho que, posiblemente, sí tenga gran incidencia en la organización económica y productiva en el futuro. Esta memoria sostiene y trata de demostrar, la tesis de que esta modalidad de trabajo supera los márgenes conceptuales que el derecho del trabajo clásico mantiene. Porque así como en su tiempo se pudo identificar una nueva clase de derechos colectivos dentro del derecho del trabajo, cuyas normas se dieron en reconocer intermedias entre el orden público y el orden privado, el teletrabajo es una forma de prestación laboral que opera a través del mundo virtual de la web, donde se producen relaciones sociales muy diferentes a las del mundo real-presencial. En este sentido el potencial desarrollo del teletrabajo como modalidad de trabajo, dará origen a relaciones de producción económica que quedarán reguladas por normas informadas por principios diferentes de los que actualmente reconocemos en el derecho laboral. Al ser el derecho del trabajo un sistema surgido y formado de las relaciones de producción propias de la Era Industrial que surgen en el siglo XVIII y se consolidan en el siglo XIX, las nociones de dependencia, subordinación, principio de protección son elementos propios de la forma 16 de producción industrial. El advenimiento de la Informática origina otra forma de relaciones sociales entre las personas que vaporizan las relaciones presenciales y las reemplazan por relaciones en un “mundo virtual”. En este mundo se replican las relaciones humanas de amistad, comerciales, jurídicas, etc. Sostenemos que el teletrabajo al ser potencialmente una relación no presencial, debilita o, mejor, desvirtúa la relación de dependencia y subordinación entre empleador y trabajador. El teletrabajo así, queda en una zona de suburbios del sistema normativo laboral, manteniéndose dentro por expresa aplicación del principio de protección que se hace extensivo a esta nueva forma de trabajo. Indagaremos la naturaleza jurídica de este nuevo instituto, y cómo incidirían en él los principios del Derecho del Trabajo. En el capítulo 1 hago un relato expositivo del origen de la noción de naturaleza jurídica. Su derivación para la doctrina del Derecho desde los conceptos de esencia y naturaleza incubados en el pensamiento griego, el modo en que fue entendido por la escolástica tomista, concluyendo que para los sistemas jurídicos naturaleza es la ratio essendi, entendida esta como razón de ser de una 17 institución, como movimiento con finalidad determinada. Naturaleza abriga la idea de entidad originaria, no reducible a otra, y lleva en sí una funcionalidad esencialmente propia. Se analiza el concepto de principio comentando su origen en la lógica filosófica, su uso conceptual en las ciencias como axioma o verdad evidente e intuitiva, caracterizándolo como proposición normativa que da forma y orientación teleológica a un conjunto de normas, como norma precedente; y también como proposición normativa procedente de un conjunto de normas, y que se deduce a partir de la funcionalidad de éstas. Se sigue con una exposición acerca de los principios generales del Derecho. El numeral 4 del capítulo hago una revisión conceptual acerca de los principios del Derecho del Trabajo. En el capítulo 2 trata la conexión entre el empleador y el trabajador y se centra en la revisión y análisis del concepto de subordinación. Se remarca que el concepto es propio de las relaciones laborales de la producción industrial, que fue precedido por formas de relación laborales basadas en la esclavitud (en que predomina una relación de sujeción entre persona y cosa). Los primeros 18 estertores de la relación, posiblemente estén en las relaciones entre maestro y compañero u oficial de los gremios medievales. Hago una descripción breve de la posible desaparición de esta característica de la relación laboral moderna. El capítulo 3 analiza el concepto de Teletrabajo, describe las formas de teletrabajo escogiendo principalmente tres formas funcionales a la intención de la tesis de este trabajo, en el sentido de mostrar el debilitamiento y, en algunas modalidades de teletrabajo, la desaparición de la subordinación y dependencia en esta forma de trabajo. El capítulo 4 visualiza teóricamente el papel de algunos derechos fundamentales propios del derecho laboral en esta nueva modalidad de trabajo. Expone cuatro categorías de estos derechos: a) La libertad de asociación y la libertad sindical; b) Eliminación definitiva de toda forma de trabajo forzoso u obligatorio; c) Abolición efectiva del trabajo infantil; y d) Eliminación de discriminación en materia de empleo y ocupación. Como nota importante se analiza el derecho de huelga que eventualmente podría ejercer el teletrabajador. Trata el 19 derecho de sindicalización, sus orígenes, su desarrollo, caracterizándolo como un derecho colectivo, social. Que se define a través de los Convenios de la OIT sobre sindicalización y negociación colectiva. Las dificultades para concretarlo y erigirlo como una herramienta eficaz para igualar contractualmente a trabajadores y empleadores y en ese marco el lugar que posiblemente ocuparía el teletrabajador como un factor productivo en sus diferentes facetas de trabajador independiente a subordinado. Analiza la definición de trabajo infantil y su adecuación a la posibilidad de algunas actividades asalariadas de un menor como teletrabajador. Las formas que podría tomar la discriminación laboral en el teletrabajo. Una exposición acerca de las características del trabajo forzoso y su relación posible con el teletrabajo. En el capítulo 5 se expone una definición de algunos principios del derecho del trabajo clásicos y su aplicabilidad a una actividad como el teletrabajo en el sentido de informar las normas que pudieren regular esta actividad. El capítulo 6 muestra la relevancia que la privacidad del teletrabajador adquiere en su modalidad de trabajo. El 20 cómo se incrementa la vulnerabilidad a su vida privada en esta actividad y la protección conjunta tanto a ésta como a los derechos laborales fundamentales. Finalmente el capítulo 7 hace una revisión sucinta de la conceptualización que el teletrabajo ha adquirido como actividad laboral en países europeos como: Polonia, Hungría, República Checa, Portugal; Francia, Bélgica y Luxemburgo; Alemania, Dinamarca, España e Italia. Con directrices, orientaciones comunes o directrices, con un cierto papel jugado por los actores sociales: Reino Unido, Países Bajos, Suecia, Finlandia. Se agrega los conceptos que sobre esta modalidad de trabajo se han forjado en España, Perú y Argentina
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Perdon de la causal. Análisis jurídico de la institución y de su aplicación por los tribunales de justicia

Rodríguez Lizana, Pablo January 2014 (has links)
La presente memoria busca realizar un análisis jurídico que profundice en el estudio de la institución del perdón de la causal, como argumento de defensa del trabajador en la reclamación contra un despido disciplinario. Esta figura, hasta el momento, no ha sido objeto de un mayor desarrollo teórico que permita establecer cuáles son los fundamentos y criterios que la jurisprudencia ha desarrollado para darle legitimidad en la senda de la protección de los trabajadores. El proceso de desarrollo de esta institución se encuentra plasmado en numerosos fallos de nuestros Tribunales Superiores de Justicia, y por ello, esta memoria pretende identificar en forma detallada los elementos que hacen posible su aplicación conforme a derecho y a los principios propios del Derecho del Trabajo
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Indemnidad laboral, la nueva garantía de la reforma laboral : "concepto, alcance y análisis jurisprudencial"

Abarca Martínez, Constanza Beatriz January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso completo a texto completo de su documento
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Valoración del medio de prueba "declaración de parte" en los procedimientos laborales

Vergara Lagos, Héctor Alejandro January 2019 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo busca investigar el medio de prueba “declaración de parte” y cuál debe ser su valor probatorio en los procedimientos laborales, particularmente cuando es rendido por trabajadores. Este es un medio de prueba escasamente tratado en la doctrina nacional, presumiblemente debido a que no se encuentra recogido en las normas procesales de nuestro país. Si bien las teorías que se estudiarán acerca de valoración de este medio probatorio pueden ser usadas a otros procesos en donde se utiliza la sana crítica, se decidió aplicarlo a los procedimientos laborales debido, entre otras razones, a las características especiales que presenta la declaración del trabajador, especialmente en lo referido a las emociones que probablemente sentirá al presentar su testimonio, de acuerdo a la teoría del “contrato psicológico”. Luego de estudiar dos de los principios base que rigen actualmente los procesos reformados, como son la sana crítica y la libertad de prueba, y un breve análisis de los trabajadores en Chile y como sus características especiales pueden influir en su relación, se examinan las dos principales teorías modernas de valoración de la prueba, de Jordi Nieva Fenoll y Jordi Ferrer Beltrán. Posteriormente estas teorías se aplican a dos casos laborales ocurridos en Chile, para ver cómo se desenvuelven en la práctica. Al constatar que estas teorías no responden una de las interrogantes que motivaron esta investigación, como es si la declaración de parte puede ser suficiente para probar un hecho si no existen otros medios de prueba que lo corroboren teniendo en consideración el interés de la parte en el resultado del juicio, se esbozará una teoría propia que responda a esta interrogante.
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Análisis de la conciliación en el procedimiento de tutela laboral

Álvarez Vera, Ignacio Andrés, Mallea Figueroa, Francisca María January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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La omisión del análisis de la prueba en el procedimiento monitorio laboral chileno

Pino Espinoza, Carlos Ignacio, Mayolafquen Martínez, Edson Rodrigo January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Mediante la presente memoria intentaremos realizar un análisis respecto de las exigencias y la necesidad de fundamentar las sentencias judiciales a la luz de la garantía del debido proceso y en particular respecto de la garantía que recae sobre toda sentencia de ser debidamente fundamentada, toda vez que en nuestra legislación, el artículo 501 inciso 3º del Código del Trabajo, se faculta al juez para omitir de la sentencia la síntesis de los hechos y las alegaciones de las partes, así como el análisis de la prueba rendida, los hechos probados y el razonamiento que condujo al juez a fallar de una u otra manera. Esto lo realizaremos a lo largo de cuatro capítulos en los que abordaremos los aspectos más relevantes. En primer lugar, analizamos la fundamentación de las sentencias desde el debido proceso, su contenido y las garantías que lo comprenden, además de revisar la recepción normativa de esta garantía en el derecho internacional y el ordenamiento nacional. En segundo lugar, se determina cual es el contenido de la Motivación de la sentencia, así como las funciones endoprocesales y extraprocesales de la misma. En tercer lugar, daremos un breve repaso al procedimiento monitorio en materia laboral, respecto de sus características, naturaleza jurídica, así como a sus etapas y veremos algunos problemas anexos al tema en estudio respecto del mismo. Por último, en el capítulo final de este trabajo, analizamos, en base a todo lo anterior, los problemas y los alcances que se derivan de la omisión del análisis de la prueba y la fundamentación de la sentencia dentro del procedimiento monitorio.
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La garantía de indemnidad su acogida en la jurisprudencia nacional

Retamal Rojas, Eugenio Rodrigo January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La Garantía de Indemnidad tiene un reconocimiento tardío en la legislación laboral chilena. Su acogida formal en nuestro ordenamiento parte con la dictación de las leyes N°19.759 y N°20.087, dentro del proceso de reconocimiento y protección de derechos constitucionales dentro de la relación laboral. Este trabajo tiene por objetivo describir en qué grado se ha acogido en nuestra jurisprudencia la garantía de indemnidad y las características de este proceso. Primero, se avoca a la descripción de la garantía de indemnidad, sus características y alcances. En una segunda parte, mediante una investigación descriptiva, se revisa una serie de reclamos judiciales por violación de la indemnidad, mediante la elección de una muestra de causas para observar la forma en eran falladas o terminadas, tabular el resultado de esas causas y describir algunas correlaciones, como las diferencias que caracterizan las causas de indemnidad con un grupo de control, para finalizar analizando los fallos que resolvieron los reclamos que invocaban violación a la garantía de indemnidad. Se pudo concluir que la mayoría de los juicios por tutela esgrime gravísimas causales de vulneración, como amenazas al derecho a la vida o acoso laboral; terminan en acuerdo en su mayoría y, las pocas que llegan a fallo, son rechazadas en una alta vi proporción. Mejor suerte corren las causas por violación de la garantía de indemnidad: del total de la muestra estudiada, una de cada cuatro demandas invocó violación de la garantía de Indemnidad. Estas, en su mayoría eran falladas a favor del trabajador, pero con una observación, obtenían en las acciones subsidiarias por despido injustificado y marginalmente, por la acción de indemnidad. Finalmente, mediante un diseño exploratorio, se recopilaron 22 sentencias, de tribunales de toda la República, la mayoría ejecutoriadas, en un periodo de 7 años, que tutelaron efectivamente esta garantía. De ellas, se extraen caracteres y definiciones doctrinales de gran interés para el desarrollo de esta materia.

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