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Avaricia y agravio. : Motivaciones de la guerrilla colombiana según diferentes puntos de vista.

Oskarsson, Adriana January 2008 (has links)
<p>Colombia vive un conflicto armado desde hace más de cuarenta años, involucrando grupos guerrilleros, paramilitares y el gobierno. Los grupos armados ilegales están muy involucrados en actividades económicas ilícitas. Por eso resulta interesante investigar la tesis de Collier y Hoeffler de que las insurgencias son motivadas principalmente por avaricia, aplicándola al caso colombiano, ya que esta tesis ha influenciado mucho la discusión sobre los movimientos insurgentes en la última década.</p>
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Avaricia y agravio. : Motivaciones de la guerrilla colombiana según diferentes puntos de vista.

Oskarsson, Adriana January 2008 (has links)
Colombia vive un conflicto armado desde hace más de cuarenta años, involucrando grupos guerrilleros, paramilitares y el gobierno. Los grupos armados ilegales están muy involucrados en actividades económicas ilícitas. Por eso resulta interesante investigar la tesis de Collier y Hoeffler de que las insurgencias son motivadas principalmente por avaricia, aplicándola al caso colombiano, ya que esta tesis ha influenciado mucho la discusión sobre los movimientos insurgentes en la última década.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°1735- 2008-AA/TC, recurso de agravio constitucional de Shougang Hierro Perú contra la sentencia expedida por la Corte Superior de Justicia de Lima por improcedencia de amparo

Devoto Ykeho, Andres Yvan 14 January 2022 (has links)
El caso trata de la interposición de un Recurso de Agravio Constitucional contra la Resolución N° 2 de fecha 28 de enero del 2008 de la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima interpuesto por Shougang Hierro Perú. Dicha resolución se declaró la improcedencia liminar de la demanda de amparo contra la Ordenanza Municipal N° 006-2007-A/MPN que vulneraba según el demandante sus derechos a la libertad de empresa e industria, así como el derecho a la propiedad, al trabajo, al debido proceso y a la defensa. En un primer momento el 45° Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró improcedente la demanda. Consecuencia de la apelación presentada por Shougang es que en segunda instancia se vuelve a declarar improcedente. Este recurso de agravio constitucional presentado ante el Tribunal Constitucional fue resuelto en la Sentencia del 20 de mayo de 2008 recaída en el Expediente N° 1735-PA/TC. El Tribunal declaró procedente y fundada la demanda por haberse vulnerado el derecho a la libertad contractual de la demandante. El informe se justifica por la necesidad de analizar la procedencia de un amparo frente a la vigencia de normas urbanísticas. Asimismo, se requirió un análisis del proceso para la aprobación de planes urbanos mediante ordenanza de gobiernos locales. El informe tiene como objetivo determinar si la postura del Tribunal Constitucional es correcta a la luz del derecho constitucional y urbanístico peruano. Concluimos que la sentencia fallo de manera correcta respecto a la libertad contractual. No obstante, dada las graves deficiencias encontradas en el proceso de formulación y aprobación del plan urbano, falto un análisis respecto al debido proceso en su variante subjetiva.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica, demanda de amparo contra el Consejo Superior de Arbitraje del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. Caso No. 20929-2006

De la Villa Bayona, Jimena 20 March 2023 (has links)
El proceso de amparo contra laudos y el recurso de anulación de laudo son dos procesos cuya relación y aplicación ha cambiado intensamente en las últimas décadas. Ello, porque el proceso de amparo ha pasado de ser un proceso alternativo a uno subsidiario, y el recurso de anulación de laudo de ser una vía previa para interponer un amparo a una vía excepcional e igualmente satisfactoria a este. A partir de ello, el objetivo de este Informe es analizar si corresponde declarar nulo un laudo a partir de una presunta vulneración a la garantía de imparcialidad, tomando en cuenta la normativa y la jurisprudencia, que ha establecido criterios específicos para la aplicación del amparo y anulación de laudo. Por ello, la investigación detrás de este informe tiene por finalidad verificar la aplicación práctica de estos instrumentos a partir de su naturaleza jurídica, a efectos de determinar si es correcto el razonamiento de las instancias judiciales involucradas, o si, por el contrario, contradice la razón de ser del arbitraje. Como se concluye en este documento, la demanda de amparo es improcedente pues no correspondía un proceso de amparo, sino un recurso de anulación como vía excepcional e igualmente satisfactoria. Además, se determina que la decisión del Tribunal Constitucional sobre la existencia de una vulneración a la garantía de imparcialidad no considera adecuadamente los medios probatorios presentados, motivo por el cual sí está facultado para declarar la nulidad de su propia sentencia al evidenciarse vicios graves de motivación. Para efectos de este informe, estas decisiones y su fundamento nos permiten estudiar las instituciones jurídicas para la mejor resolución de casos posteriores.
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Los efectos de la reforma jurisprudencial del recurso de agravio constitucional: desnaturalización de este recurso y variación de las funciones del Tribunal Constitucional Peruano

Quispe Andrade, Yuliano 30 November 2021 (has links)
Conforme a la Constitución Política peruana de 1993, el Tribunal Constitucional (TC) no es solo el órgano predispuesto para controlar la constitucionalidad de las normas con rango de ley, sino que además –en símil a los Tribunales Constitucionales de Alemania y España– es un tribunal de «casos concretos» en cuanto debe conocer «en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de hábeas corpus, amparo, hábeas data, y acción de cumplimiento» (artículo 202.2 de la Constitución). Desde la vigencia del Código Procesal Constitucional (CPCo-2004) el medio para acceder a esa instancia es denominado recurso de agravio constitucional (RAC). Sin embargo, desde que entró en vigor el CPCo-2004 y de manera jurisprudencial, el TC ha modificado sustancialmente el alcance del RAC; por un lado, incorporando filtros tendientes a restringir su procedencia y, por el otro, ampliando su ámbito operativo. Ante tal escenario, la presente tesis tiene como objetivo determinar si las indicadas modificaciones del RAC son o no legítimas desde el punto de vista constitucional y si, a su vez, modifican o no las funciones encomendadas por la Constitución peruana al TC en lo que atañe al conocimiento de los procesos de hábeas corpus, amparo, hábeas data y cumplimiento. Para ello, se analiza al TC como tribunal supremo, se describen y analizan las experiencias reformadoras ocurridas en Alemania y España tendientes a restringir el acceso a los respectivos tribunales, y se analiza íntegramente el diseño procesal del RAC. Finalmente, sobre la base de tales análisis, se sustenta que la reforma jurisprudencial del RAC ha generado la desnaturalización del diseño constitucional que debe tener este recurso y, a su vez, la variación de las funciones del TC en los procesos constitucionales antes mencionados.
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Informe para la sustentacion del expediente: N° 00474-2016-PA/TC

Torres Coayla, Claudia Milagros 19 March 2021 (has links)
Luciana León y Cecilia León, interponen demanda de amparo alegando que sus derechos fundamentales de asociación e igualdad están siendo vulnerados por el Club Regatas Lima al privárseles el acceso a las instalaciones de la demandada y no permitir presentar la Solicitud para ser Asociadas Activas en su calidad de hijas de asociado, ello en el marco de las investigaciones que el padre de las accionantes Sr. Rómulo León Alegría estaría siendo involucrado en el caso popularmente conocido como “Petroaudios”. En la presente controversia, será el Tribunal Constitucional vía recurso de Agravio Constitucional quien resuelva el conflicto y determine si el derecho de asociación se vio vulnerado al negársele el acceso a sus hijas en calidad de socias accesitarias del padre, y, en consecuencia, determinar si se lesionó los derechos fundamentales de igualdad y de presunción de inocencia. / Trabajo de suficiencia profesional

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