Spelling suggestions: "subject:"colectiva"" "subject:"colectivo""
11 |
Efectos del cambio del régimen del artículo 14 letra B) al régimen del artículo 14 letra A) o viceversa frente a un proceso de fusión por incorporaciones de sociedades : situaciones no reguladas y controvertidasBobadilla Orellana, Javiera, Veliz Fuenzalida, Rodrigo 03 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Javiera Bobadilla Orellana [Parte I],
Rodrigo Veliz Fuenzalida [Parte II] / Con fecha 29 de septiembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial la Ley
Nº20.780, la cual introdujo modificaciones al sistema de tributación de nuestro
país, entre los cuales se encuentra la incorporación de dos regímenes de
tributación, establecidos en el artículo 14 letra A) y B) de la Ley de Impuesto a la
Renta, (en adelante “LIR”). Posteriormente, con fecha 8 de febrero de 2016, se
publicó la Ley Nº20.899, la cual simplifica el sistema de tributación a la renta y
perfecciona otras disposiciones legales tributarias. Al respecto, con ocasión del
cambio de régimen de imputación parcial de créditos a un régimen de tributación
sobre renta atribuida o viceversa en el contexto de una fusión por incorporación se
suscitan variados efectos tributarios. Sin embargo, se han detectado aspectos no
regulados o controvertidos:
1.- Primeramente, el Servicio de Impuestos Internos, en la Circular Nº49 del año
2016, a propósito de conversión, fusión y división, tanto en el régimen de renta
atribuida e imputación parcial de créditos, indicó que los saldos pendientes de
deducción de la Renta Líquida Imponible provenientes del pago voluntario referido
no podrán ser transferidos, atendido su carácter personal y especialísimo, por lo
que sólo puede ser utilizado por el titular a favor de quien se otorga. Esta situación
tiene una enorme importancia práctica, dado que puede ser determinante para
llevar a cabo un proceso de fusión por incorporación u otro proceso de
reorganización. Al respecto, se pretende realizar un análisis de los fundamentos
que hacen concluir lo anterior para, posteriormente, emitir una opinión
fundamentada al respecto. Si bien el estudio se realizará a partir del caso de
fusión por incorporación, las conclusiones serán de aplicación general.
2.-Finalmente, en el proyecto de la Ley Nº20.780 se incluyó al definir abuso,
específicamente en el artículo 4 ter del Código Tributario, la fusión y los procesos
de reorganización empresarial, y, posteriormente, en la norma definitiva no fue
incorporado. En consecuencia, no existe claridad acerca del alcance de la norma
general anti elusiva en un proceso de fusión, en concreto con ocasión de lo
planteado anteriormente, respecto a la imposibilidad de solicitar PPUA, toda vez
que una solución es distribuir dividendos previo al proceso de fusión de
sociedades para obtener PPUA. En consecuencia, el problema radica en la
factibilidad de aplicación de la norma general anti elusiva, toda vez que ese paso,
esto es la distribución de dividendos, no tendría otro efecto más que tributario. Lo
anterior tiene una gran importancia práctica, toda vez que se erige como un
antecedente trascendental al momento de analizar la conveniencia de realizar
ciertos actos que tengan incidencia tributaria, pretendiéndose tomar un criterio alrespecto. Si bien el estudio se realizará a partir del caso de fusión por
incorporación, las conclusiones serán de aplicación general para las
reorganizaciones empresariales.
En atención a lo anterior, se pretende dar respuesta o análisis para establecer una
posición fundamentada respecto de las situaciones no reguladas y controvertidas,
explicadas precedentemente.
En consecuencia, las hipótesis sostenidas son las siguientes:
1.- Es posible determinar la razonabilidad que los saldos pendientes de deducción
de la renta líquida imponible proveniente del pago voluntario de impuesto de
Primera Categoría no puedan ser transferidos, en atención a su carácter de
personal y especialísimo.
2.- Es posible determinar la aplicación de la norma general anti elusiva en un
proceso de reorganización, a través del caso en que previo a una fusión en que se
cumplan los requisitos para generar PPUA, el contribuyente reparte un dividendo
con el solo fin de generar un PPUA, en atención al cambio de normativa.
Asimismo, como objetivos particulares se busca otorgar posibles soluciones,
aportes o respuestas a las situaciones no reguladas y controvertidas, expuestas
precedentemente.
En cuanto al estado de la cuestión, cabe indicar que, las problemáticas planteadas
no han sido tratadas o simplemente enunciadas, en atención a la reciente fecha de
publicación de las leyes abordadas y la magnitud del cambio realizado. Cabe
destacar que los regímenes de tributación establecidos en el artículo 14 A) y B) de
la ley de impuesto a la renta comenzaron a regir a partir del 1 de enero de 2017.
Todo lo anterior, con excepción del carácter personalísimos de los créditos, si bien
no se trata en particular sobre el saldo pendiente de deducción de la renta líquida
imponible del pago voluntario del impuesto referido, si sobre otros créditos.
Finalmente, respecto a la metodología a desarrollar implica seguir un método de
inferencia deductivo, en el que se comenzará aproximando a los precedentes y
concepto de armonización, para, posteriormente, dar cuenta, en forma general, de
las normas de armonización de los nuevos regímenes de tributación en Chile,
establecido en el artículo 14 A) y B), centrándose en los efectos del cambio entre
ambos regímenes, y la aplicación de las normas de armonización en el proceso de
fusión, para seguir, de manera particular, con los efectos de utilización de créditos,
aplicación de norma general antielusiva y situación del saldo de cantidades
pendientes de deducir de la renta líquida imponible (en adelante “RLI”),
provenientes del pago voluntario de impuesto de primera categoría (en adelante
“IDPC”), todos en el proceso de fusión por incorporación
|
12 |
El arbitraje potestativo en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo: análisis crítico y propuestas de mejoraOsorio Véliz, Rosa Valeria 31 August 2017 (has links)
La presente investigación versa sobre el arbitraje potestativo como mecanismo de resolución de
conflictos económicos, institución controvertida que se encuentra en permanente evolución,
mediante modificaciones normativas como a través de los laudos que emitidos en su práctica.
Con la promulgación del Decreto Supremo No. 014-2011-TR, que modifica el artículo 61° de la
Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (LCRT), se formaliza el establecimiento del arbitraje
potestativo, abriendo paso a una nueva discusión: ¿el arbitraje potestativo del artículo 61º es de
origen causado o incausado? A partir de este contexto, es necesario realizar un análisis
constitucional y crítico que reafirme la naturaleza potestativa e incausada del arbitraje
contemplado en la LRCT, así como resaltar algunos problemas prácticos en su procedimiento
y, a su vez, proponer soluciones para ellos. El trabajo contiene tres capítulos. El Capítulo I tiene
como objetivo establecer el marco teórico en el que se desarrolla el trabajo de investigación,
esto es, los conflictos colectivos de derecho del trabajo en el sector privado. El siguiente
capítulo busca plantear diversos aspectos respecto a los antecedentes del arbitraje potestativo
en nuestro país, llegando a la conclusión de que el mismo siempre tuvo naturaleza potestativa e
incausada desde la promulgación de la LRCT. Así, este capítulo se ocupa de analizar la
constitucionalidad de esta institución con respecto a la normativa internacional y de la normativa
interna. El tercer capítulo trata –básicamente- de analizar el procedimiento del arbitraje
potestativo. En ese sentido, a través del análisis del procedimiento en base a los dispositivos
normativos sobre la materia, así como de lo verificado en casos reales, se realizan ciertas
propuestas de mejora. Finalmente, se concluye con ciertas reflexiones en torno al uso del
arbitraje potestativo incausado, y la necesidad de una regulación del mismo. / Tesis
|
13 |
La regulación del arbitraje potestativo, a propósito de la última modificación al reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, Decreto Supremo Nº 009-2017-TRRodríguez Rios, Sandra Milagros 14 February 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación pretende realizar un análisis sobre la incidencia
generada en el ámbito de la negociación colectiva, en particular, del arbitraje potestativo, a
raíz de la publicación de la última modificación al Reglamento de la Ley de Relaciones
Colectivas de Trabajo, el Decreto Supremo N° 009-2017-TR. Este tema resulta sumamente
relevante, toda vez que, se comprende al arbitraje como un medio de solución pacífico de
controversias, cuyo fin es impedir que el conflicto se mantenga abierto y que las partes
lleguen a negociar. En virtud de lo señalado precedentemente, la modificación a las reglas
previstas para el arbitraje potestativo, puede crear un escenario distinto que no
necesariamente conlleve a las partes al resultado esperado. / Trabajo académico
|
14 |
Reconocimiento constitucional del derecho a la negociación colectiva de los servidores públicosGonzales Melquiades, Danny Grimaldo 14 February 2018 (has links)
El reconocimiento de los derechos colectivos del trabajo ha tenido una evolución desde su aparición, y en el caso de los servidores públicos, dicha evolución ha sido más pausada; incluso, en nuestro país existen autores que señalan que la negociación colectiva no está reconocida a nivel constitucional a los servidores públicos. Por ello, el presente trabajo parte de hacer un recuento de las normas vinculadas al reconocimiento del mencionado derecho a favor de los trabajadores del sector públicos, para luego analizar tanto las posiciones doctrinarias al respecto como los pronunciamientos de la jurisdicción constitucional emitidos por el Tribunal Constitucional como máxime intérprete de la Constitución; con el objetivo de establecer si en el sector público los trabajadores gozan del derecho a la negociación
colectiva. Con dicha información, este trabajo ha permitido desterrar cualquier duda respecto de la titularidad del derecho a la negociación colectiva de los servidores públicos, y no solo porque esta forma parte del contenido esencial de la libertad sindical, sino también por el reconocimiento general que hace el artículo 28 de la Constitución Política del Perú de los tres derechos colectivos laborales a favor de todos los trabajadores, incluyendo a los que prestan sus servicios al Estado. / Trabajo académico
|
15 |
Reconocimiento constitucional del derecho a la negociación colectiva de los servidores públicosGonzales Melquiades, Danny Grimaldo 14 February 2018 (has links)
El reconocimiento de los derechos colectivos del trabajo ha tenido una evolución desde su aparición, y en el caso de los servidores públicos, dicha evolución ha sido más pausada; incluso, en nuestro país existen autores que señalan que la negociación colectiva no está reconocida a nivel constitucional a los servidores públicos. Por ello, el presente trabajo parte de hacer un recuento de las normas vinculadas al reconocimiento del mencionado derecho a favor de los trabajadores del sector públicos, para luego analizar tanto las posiciones doctrinarias al respecto como los pronunciamientos de la jurisdicción constitucional emitidos por el Tribunal Constitucional como máxime intérprete de la Constitución; con el objetivo de establecer si en el sector público los trabajadores gozan del derecho a la negociación
colectiva. Con dicha información, este trabajo ha permitido desterrar cualquier duda respecto de la titularidad del derecho a la negociación colectiva de los servidores públicos, y no solo porque esta forma parte del contenido esencial de la libertad sindical, sino también por el reconocimiento general que hace el artículo 28 de la Constitución Política del Perú de los tres derechos colectivos laborales a favor de todos los trabajadores, incluyendo a los que prestan sus servicios al Estado.
|
16 |
El modelo de relaciones laborales en la industria de la construcción del Perú entre 1992 y 2015Mejía Alvites, Carlos Enrique 13 November 2018 (has links)
La presente investigación busca describir y analizar el proceso de cambios en el modelo de
relaciones laborales en la industria de la construcción del Perú entre los años 1992 y 2015.
Identificando las decisiones de los actores (trabajadores, empresarios y Estado) en el sector
económico estudiado, que han permitido el tránsito de un modelo restrictivo a un modelo
democrático de relaciones laborales.
Se trata de una investigación aplicada que trabaja con una metodología cualitativa. La misma
que consiste en el análisis de un conjunto de entrevistas semi estructuradas realizadas a
representantes gremiales de los trabajadores, de los empresarios y del Estado; así como el
análisis de la información cuantitativa sobre las relaciones laborales y la industria de la
construcción recopilada a través de diferentes bases datos nacionales e internacionales.
El tema de investigación resulta pertinente pues permite disponer de mejores herramientas en
el análisis de las relaciones laborales y en el diseño de las políticas laborales. El establecimiento
de un marco de relaciones laborales más equilibrado es de una importante relevancia social,
pues se consolida la institucionalidad democrática. De esta manera se benefician tanto los
trabajadores como los empresarios.
El resultado de la investigación identifica en el periodo de 1992 y 2015 cuatro “decisiones
estratégicas” tomadas por los actores que permiten establecer la eficacia de la negociación
colectiva por rama. La misma que ha logrado desarrollarse durante once años consecutivos y
resolverse en trato directo; siendo además la base para la elaboración de una “agenda
sectorial” para la industria de la construcción en donde participan empresarios y trabajadores
y tienen al Estado como contraparte, siendo esta una experiencia única en el ámbito de las
relaciones laborales del país. / This research seeks to describe and analyze the process of changes in the model of labor
relations in the construction industry of Peru between 1992 and 2015. Identifying the decisions
of the actors (workers, employers and the State) in the economic sector studied, which have
allowed the transition from a restrictive model to a democratic model of labor relations.
It is an applied research that works with a qualitative methodology. Which consist of the
analysis of a set of semi-structured interviews made to union representatives of workers,
employers and the State; as well as the analysis of quantitative information on labor relations
and the construction industry compiled through different national and international data bases.
The research topic is relevant because it allows for better tools in the analysis of labor relations
and in the design of labor policies. The establishment of a more balanced framework for labor
relations is of significant social relevance, since democratic institutions are consolidated. In this
way, both workers and employers will be benefited.
The result of the research identifies in the period of 1992 and 2015 four "strategic decisions"
taken by the actors that allow to establish the effectiveness of collective bargaining by branch.
The same that has managed to develop during eleven consecutive years and be resolved in
direct contact; being also the basis for the elaboration of a "sectoral agenda" for the construction
industry in which entrepreneurs and workers participate and have the State as a counterpart,
this being a unique experience in the field of labor relations in the country. / Tesis
|
17 |
Casación laboral No. 2864-2009-LimaValdivia Romero, Luis Manuel 14 February 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar todos los aspectos relevantes de la
extensión de beneficios de convenio colectivo suscrito por sindicato minoritario a
trabajadores no afiliados al ente colectivo, a partir de la primera sentencia de la Corte
Suprema de Justicia que consolidó un criterio afirmativo, que podría vulnerar sendos
derechos fundamentales (libertad sindical e igualdad) y constituir una aplicación o
interpretación incorrecta de la normativa socio laboral. / Trabajo académico
|
18 |
Negociación colectiva de los servidores públicos: alcances para una nueva propuesta normativaPaul Fernández, Diana Carolina 10 April 2017 (has links)
El derecho a la negociación colectiva es una herramienta valiosa para la mejora de los
beneficios laborales con contenido económico y no económico de los trabajadores en
general; sin embargo, el desarrollo de dicho derecho en el sector público ha encontrado
serias dificultades normativas, principalmente en las leyes de presupuesto que año a año
han venido restringiendo su ejercicio en materia remunerativa, línea que también se
siguió en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.
Ahora, con ocasión de la sentencia del Tribunal Constitucional (en adelante, TC)
conocida como “Caso Ley de Presupuesto Público”, en cuyo numeral 2 de su parte
resolutiva exhorta al Congreso de la República a aprobar una nueva regulación sobre
negociación colectiva para los trabajadores del sector público, es que el presente trabajo
pretende establecer, a partir del análisis de legislación comparada y lo señalado por la
Organización Internacional del Trabajo (OIT), una propuesta normativa que resulte
conforme al deber de fomento por parte del Estado del referido derecho fundamental, de
acuerdo a lo señalado en el numeral 2 del artículo 28 de nuestra Constitución Política. / Trabajo académico
|
19 |
El reconocimiento de legitimidad negocial de las organizaciones sindicales constituidas a nivel sub empresarialSueyoshi Narita, Milagritos 20 March 2019 (has links)
A través del presente trabajo de investigación se busca determinar si es que los niveles de
categoría, sección o establecimiento previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley de
Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2003-TR, y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-92-TR, son ámbitos distintos al de
empresa o forman parte de ella. En ese sentido, se busca determinar, desde una
perspectiva predominantemente analítica, si las organizaciones sindicales constituidas en
dichos niveles cuentan o no con capacidad negocial, así como legitimidad para entablar un
procedimiento de negociación colectiva. El tema que se pretende investigar adquiere
especial relevancia no solo porque aborda una interpretación garantista respecto a un
derecho constitucional como lo es la negociación colectiva, sino porque deviene en un
asunto sumamente actual al ser la mayoría de negociaciones colectivas entabladas en
nuestro país de ámbito empresarial. Adicionalmente, no existe un criterio establecido en
cuanto a la interpretación de las normas referidas al nivel de negociación. Por ello, la
finalidad de la tesis es dilucidar cuál es el mejor sentido que se puede dar a las
disposiciones referidas al ámbito negocial, de conformidad con los derechos reconocidos
tanto a nivel constitucional como internacional. Finalmente, se esboza una propuesta que
coadyuve a combatir los efectos naturales de acoger la postura planteada, a través de la
figura de la negociación articulada. / Tesis
|
20 |
“El fomento de la negociación colectiva y el Estado peruano”Meléndez Trigoso, Willman César, Núñez Therese, Pamela del Rocío 16 November 2017 (has links)
La presente tesis realiza una labor de introspección en el sistema jurídico
laboral vigente, a fin de determinar las posibilidades reales que este ofrece
para el ejercicio del derecho fundamental de libertad sindical en una de sus
expresiones: la negociación colectiva.
A tal objetivo los graduandos inician sentando las bases de lo que declaran
como filosofía e ideología jurídica: el Estado Constitucional de Derecho.
Desde este paradigma se da lectura al conjunto de normas que regulan la
negociación colectiva de modo directo o sucedáneo.
Del mismo modo, se repasan los datos actuariales que plantean una visión
estadística del tema tratado, permitiendo contemplar la evolución o
involución de la materia.
La mixtura de los datos jurídicos y actuariales permite concluir en un estado
deficiente en cuanto a la obligación de fomento de la negociación colectiva
que detenta el Estado peruano. Esta conclusión genera una nueva labor en
los graduandos: una propositiva.
La labor propositiva se erige a razón de cada uno de los estancos en los
que se detectan fallas susceptibles de mejora en el sistema, siempre
orientados con el logro del objetivo inicial: el fomento de la negociación
colectiva. / Tesis
|
Page generated in 0.271 seconds