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El autocontrato : el consentimiento previo del representado en la regulación de los conflictos de intereses en los corredores de bolsa

Hernández Avendaño, Diego Maximiliano Cristóbal Felipe January 2010 (has links)
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo. / Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta obra tiene por finalidad tratar el principio del consentimiento previo del representado en el autocontrato como un mecanismo preventivo de los riesgos y peligros que pueda ocasionar la autocontratación a los intereses de quien ha confiado el desarrollo de una determinada gestión a otra persona. Asimismo, se analizará la aplicación de este principio que informa el autocontrato en el mandato a otros contratos distintos de éste, pero que presentan la misma estructura de gestión de intereses ajenos e idénticos peligros que el mandato. Finalmente, se tratarán las consecuencias jurídicas provenientes de la vulneración del principio del consentimiento previo, especialmente la responsabilidad civil de los gestores. Para ello, en un primer nivel se analizará la estructura de los contratos de administración de patrimonio ajeno, los problemas y beneficios de agencia, y la función que debe gobernar la toma de decisiones del agente. En un segundo nivel se presentará la institución del autocontrato y las distintas posturas que han existido en torno a ésta, para luego adoptar una postura propia respecto del mismo. También en este segundo nivel, se verá el conflicto de interés como el problema que presenta el autocontrato, y el deber de lealtad emanado de la relación de confianza creada entre el representado y su representante, el cual básicamente consiste en que la gestión del representante debe tener por finalidad la satisfacción de los intereses de su representado, no los propios. En la segunda parte de esta obra, se estudiarán los rasgos distintivos del mandato que hacen extensible y necesaria la aplicación del principio del consentimiento previo a otros contratos que presenten esos mismos rasgos. Postulamos que en todos aquellos contratos en que se gestione intereses ajenos bajo una estructura similar a la del mandato, se cubrirá el riesgo de perjuicio que puedan sufrir los intereses del principal frente al actuar oportunista de su agente. Además, se analizará la autocontratación que realice el comisionista y el corredor de bolsa, particularmente en la administración de cartera de inversión de su cliente. Se verán distintos conflictos de intereses que presenten una mayor relación con las actuaciones de los corredores de bolsa en el mercado de valores, y se tomará partido por el principio del consentimiento previo del cliente como un mecanismo regulatorio efectivo, que se expresa en una fórmula contractual que determina sus alcances y delimita el actuar del agente. Por último, frente a la autocontratación de un gestor sin el consentimiento de su representado considero que la sanción jurídica será la nulidad relativa, cuando nos encontremos frente a contratos de intercambio, o bien, será absoluta en aquellos casos en que el interés del incapaz se vea comprometido por la actuación del gestor de sus intereses, tal como ocurre en las guardas. Además, por un lado se verá el tema de la responsabilidad civil de los agentes en general, a partir de las normas establecidas en el contrato de mandato al respecto, como también brevemente expondré la responsabilidad civil general de los corredores de bolsa, y la proveniente de la autocontratación de los mismos. De esta manera, la autocontratación de los corredores de bolsa se rige tanto por un marco general de normas legales, como las que rigen el mandato, como por un marco especial de regulación dado principalmente por la Ley de Mercado de Valores. En definitiva, se concluye que el fundamento del principio del consentimiento previo radica tanto en la obligación gestora que exige actuar por cuenta e interés de otra persona, como en el principio de la buena fe que informa todo el derecho civil patrimonial. La buena fe opera como un soporte normativo del cual emanan deberes de lealtad y cuidado que deben observar los gestores en el desarrollo de la función gestora, y además permite fundar la responsabilidad civil de los gestores. Asimismo, a partir de los riesgos envueltos para el representado en la gestión de intereses ajenos, se concluye que el principio del consentimiento previo que informa la regulación de los conflictos de intereses del autocontrato en el mandato, también es aplicable a otras relaciones gestoras, particularmente a la comisión mercantil y al corretaje bursátil.
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Revisión bibliográfica: consentimiento informado y participación del profesional de enfermería

Madueño Gil, Danielle Cecilia January 2019 (has links)
Objetivo: Determinar los conocimientos sobre la importancia en la ejecución del Consentimiento Informado de la práctica por parte del profesional de Enfermería, en la realización de los procedimientos y cuidados brindados, a partir de la evidencia científica. Método: Es un estudio cualitativo, por medio de una búsqueda bibliográfica desde el año 2009 al 2019, de artículos que dominen en los siguientes descriptores y palabra claves: Consentimiento Informado, conocimientos, participación de Enfermería, Enfermería; alojados en bases de datos como: Scielo, ScienceDirect, Pubmed, Redalyc, Dialnet. Principales Resultados: Se obtuvieron un total de 20 artículos predominantes; que cumplieron los criterios de inclusión para la incorporación del presente estudio. Alcanzando evidenciar 4 categorías temáticas identificadas como: El Consentimiento Informado: importancia, cumplimiento e incumplimiento; Participación de Enfermería en la aplicación del Consentimiento Informado; Autonomía, información y Consentimiento informado; y Legibilidad del Consentimiento Informado. Conclusión: La participación del profesional de Enfermería en el tema del Consentimiento Informado, es de gran relevancia para la aplicación de procedimiento y actos del cuidado brindados a la persona, estableciendo la relación interpersonal enfermero-paciente, profundizando los principios éticos para el desempeño profesional; sin embargo, sus conocimientos son deficientes, existiendo una gran necesidad de formar y capacitar a dicho profesional, para que pueda ejecutar de manera correcta el documentos en todos los aspectos de las intervenciones del cuidado hacia los usuarios.
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Configuración actual del consentimiento informado en la lex artis y como garantía de los derechos constitucionales; presupuestos de la responsabilidad civil ante su vulneración

Ortiz Fernández, Manuel 17 September 2020 (has links)
La evolución de la profesión sanitaria y de la sociedad han dado lugar al abandono del paternalismo clásico y al nacimiento de la etapa de toma de decisiones compartida. La manifestación más directa de este cambio de paradigma ha sido el reconocimiento del derecho al consentimiento informado. En nuestro país, la plasmación del mismo se produjo con la aprobación de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. En suma, se concreta en un derecho de configuración legal que supone el reconocimiento, a todos los pacientes, de dos facultades íntimamente conectadas: de un lado, poder conocer el estado de su salud y las implicaciones de la intervención que, en su caso, deba llevarse a cabo; de otro, tras recibir esta información, decidir lo que estime más adecuado en este ámbito. Además, como tuvo ocasión de destacar nuestro Tribunal Constitucional, el consentimiento informado tiene implicaciones constitucionales en tanto en cuanto opera como una garantía del derecho a la integridad física y moral (art. 15 CE). Asimismo, lo cierto es que también pueden verse comprometidos otros derechos constitucionales como la libertad o la dignidad. De esta suerte, la tutela del consentimiento informado aparece como imprescindible, ya que, de otro modo, los usuarios de los centros de salud no podrán desarrollar su facultad de autodeterminación y su autonomía de la voluntad. En este sentido, entendemos que la responsabilidad civil merece ser repensada a la luz de los mandatos de nuestra Carta Magna, ofreciendo un sistema de reparación que sea respetuoso con los mismos.
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El consentimiento informado en el acto médico

Astorga Tobar, Jorge Manuel January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La doctrina nacional no ha revisado la figura del consentimiento informado, su naturaleza jurídica, alcance e importancia en el desarrollo del acto médico. Esto resulta preocupante si apreciamos que hoy se acusa un quiebre en la relación médico – paciente, reconociéndose además el abandono del ideal de medicina paternalista, y que en la actualidad las personas tienen más fácil acceso a la información relativa a sus dolencias o enfermedades y conocen mejor los derechos que les asisten especialmente en materia sanitaria. En este escenario, en los últimos años se ha observado un fenómeno de “judicialización de la medicina”, en cuya virtud los pacientes ya no permanecen pasivos respecto de la actuaciones médicas que les causan daño. En el presente, el actuar profesional de los médicos es habitualmente cuestionado. Por ello, la adecuada comprensión del consentimiento informado puede determinar la suerte de los litigios civiles y penales iniciados por las supuestas víctimas contra los profesionales de la salud.
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Análisis sistemático de la ley no. 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud

Ibarra Fuentes, Constanza Andrea Rita January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Han transcurrido casi dos años desde que la Ley N° 20.584 entró en vigencia y aún quedan interrogantes que resolver respecto a la manera en que se entiende cumplido el derecho al consentimiento informado de un paciente en la esfera de la salud. El consentimiento informado en salud es un derecho en sí mismo, pero que requiere para su ejercicio, del cumplimiento del deber de informar por parte del personal médico. La ausencia de cualquiera de estos, es una infracción a la lex artis médica, que actualmente ha incorporado a ambos dentro de sus usos.
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Derechos y deberes de las personas en los sistemas de salud. Análisis bioético de la ley no. 20.584

Cornejo Plaza, María Isabel January 2014 (has links)
Memoria (magíster en derecho) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Este trabajo analiza los antecedentes históricos y sociopolíticos relacionados con el nacimiento y desarrollo de la teoría de los derechos y deberes de los pacientes, a la luz de los principios y declaraciones bioéticas pertinentes. Lo cual se considera un real aporte al bioderecho, desde que constituyen principios generales del derecho.
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Investigación científica en personas que no pueden manifestar su consentimiento : un análisis de la normativa chilena desde el bioderecho

Araneda Alcaino, Álvaro José, Cabrales Ferrer, Camila Ignacia January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene por objeto analizar y criticar la actual normativa chilena, en lo referente a la investigación científica en seres humanos que no pueden manifestar su consentimiento. Para este efecto, en la Introducción, se presentará la actual legislación como problemática y se justificará la presente investigación. Posteriormente, por su relevancia, se analizará el concepto de Autonomía y sus implicancias. Luego, presentaremos el método de trabajo. En el Capítulo 1° se abordará el concepto de Bioderecho, identificando sus fuentes y los nuevos derechos y daños que se identifican en esta doctrina, para luego señalar por qué es necesario un enfoque biojurídico para la mejor resolución del problema planteado en este trabajo. El Capítulo 2° tiene por objeto revisar los principios del bioderecho, su posible aplicación y a la luz de ello, determinar si puede investigarse en personas que no pueden manifestar su consentimiento y en qué condiciones. En el Capítulo 3°, se analizará la recepción de los principios en diferentes instrumentos internacionales y la errónea aplicación que se hizo de éstas en la actual normativa. Finalmente, en el Capítulo 4° se realizará una crítica a la actual ley y presentaremos una vii propuesta que a nuestro juicio subsana los problemas identificado
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La oferta como elemento del consentimiento en las relaciones de consumo a próposito de la conducta comercial del proveedor

Alvarado García, Francisco Javier January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / Tradicionalmente en las relaciones de consumo la discusión sobre la formación del consentimiento ha sido focalizada en la adhesión del consumidor como forma de aceptación. Sin embargo, el presente trabajo tiene por objetivo proponer un análisis del consentimiento en las relaciones de consumo desde el punto de vista del proveedor, es decir, analizando cómo éste formula ofertas de contrato. Dicho esto, la pregunta que se origina en un análisis de lege lata es si las relaciones supuestamente contractuales, entre proveedor y consumidor, pueden ser calificadas como tales. Para ello, se propone como método un análisis doctrinal y jurisprudencial respecto de la formación del consentimiento en las relaciones de consumo focalizado en la oferta de bienes o servicios, en la conducta comercial del proveedor para formular tales ofertas y en el impacto de la publicidad en la formación del consentimiento. De la ejecución de este análisis, en términos generales, se logra constatar el rol que la voluntad y el consentimiento cumplen en las relaciones de consumo, las formas en que el proveedor realiza ofertas a los consumidores en la práctica y cómo su conducta comercial manifiesta un ánimo serio de obligarse. Adicionalmente, es posible verificar un impacto de la publicidad en la formación del consentimiento entre proveedor y consumidor que permite explicar efectos del contrato de consumo, como el llamado principio de integración contractual publicitaria. Finalmente, a pesar de cómo la voluntad es expresada, ya sea por proveedores o consumidores, es posible catalogar estas relaciones como contractuales
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El cuasi consentimiento en el derecho penal peruano: ¿Límites al consentimiento o solo un cuasi consentimiento en el derecho penal?

Senisse Anampa, Carlos Alberto January 2015 (has links)
El documento digital no refiere asesor / Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Manifiesta si es dogmáticamente aconsejable interpretar como casos de cuasi consentimiento aquellos supuestos típicos en los que la doctrina, por el contrario, afirma que existe un consentimiento, aunque limitado. El problema central es determinar un concepto de aquiescencia sobre la base de la relación entre el bien jurídico y el titular del mismo quien lo emite, el cual no dependa de simples consideraciones legales y que nos permita establecer cuándo se presenta una aquiescencia (consentimiento, voluntad) y cuándo un cuasi consentimiento. Bajo tal consideración, la tarea principal consiste en determinar la relación entre el bien jurídico, el titular del mismo y los principios constitucionales que les dan contenido. A partir de lo cual, se ha asumido un concepto de aquiescencia circunscrito a su relación con el principio de lesividad, esto es, un concepto con efectos atipificantes y, por tanto, con función crítica. Tras ello, se puede constatar que diversos problemas que se analizaban como problemas de limitaciones de la aquiescencia, eran más bien casos de cuasi consentimiento, sea porque no se habían configurado todos los requisitos de la aquiescencia, o porque el legislador ante determinadas circunstancias así lo presumía iure et de iure. Con relación a los métodos usados en el presente trabajo de investigación, se aplican los métodos dogmático, sistemático, analítico, sintético y descriptivo. / Tesis
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Experiencias de los padres sobre consentimiento informado para los procedimientos de enfermería en el cuidado a niños hospitalizados en pediatría-Lambayeque. Perú 2017

Wam Serrano, Isela January 2018 (has links)
La presente investigación, es cualitativa, enfoque estudio de caso; buscó describir, analizar y comprender las experiencias de padres sobre consentimiento informado para los procedimientos de enfermería en el cuidado a niños hospitalizados en el servicio de pediatría. Hospital Regional Lambayeque. Se sustentó teóricamente en: Karol Wojtyla (experiencias), Jean Watson (cuidado), y Nancy Páez Pinilla (consentimiento informado). La recolección de datos fue a través de la entrevista semiestructurada, aplicada en el momento del alta a 10 padres de familia, muestra delimitada por saturación, y tratadas con el análisis de contenido (Bardin), generando cinco categorías: tipos de consentimiento informado identificados en la experiencia de consentir el cuidado de salud en sus hijos; Limitaciones experimentadas por los padres para otorgar el consentimiento informado; la intervención explicativa de la enfermera genera confianza en la decisión tomada y motiva la participación activa en el cuidado; la experiencia de consentir, reconocida como un derecho, aun en la adversidad y el consentimiento informado, resguardo de la práctica legal y ética del cuidado, son consideraciones finales, entre otras : los padres consideran que la observancia del CI por parte de las enfermeras, a pesar de ser verbal, es muy importante en la generación de confianza en sus decisiones y participación en el cuidado de sus hijos, hospitalizados en el servicio de pediatría del HRL. La investigación estuvo resguardada por los principios bioéticos de E. Sgreccia y Científicos de J. Morse. producto de la investigación la autora propone un formato de CONSENTIMIENTO INFORMADO, para procedimientos de enfermería en pediatría. / Tesis

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