Spelling suggestions: "subject:"empresas eléctrica"" "subject:"empresas eléctricos""
161 |
Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 005-2006/CLCGuzmán-García Trigoso, Alfredo Sebastián 04 October 2022 (has links)
El presente informe jurídico analiza, en dos momentos, el procedimiento de autorización de la concentración entre INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA S.A. E.S.P – ISA y Consorcio Transmantaro ante la Comisión de Libre Competencia del INDECOPI. En una etapa inicial, este trabajo estudia el procedimiento de autorización de la concentración per se, incluyendo el análisis realizado sobre el impacto de la operación en el sector eléctrico. Además, el presente informe también evalúa el pedido presentado por ISA, años después de finalizada la concentración, para revisar algunas de las decisiones inicialmente hechas por la autoridad.
Los objetivos de este trabajo incluyen (i) analizar críticamente la metodología empleada por INDECOPI para definir los efectos en la competencia de una concentración en el sector eléctrico, (ii) evaluar si el procedimiento de evaluación fue conducido conforme a las reglas del Derecho Administrativo, y (iii) revisar los mecanismos legales al alcance de los agentes económicos para —años después— solicitar la reevaluación de las conclusiones del INDECOPI sobre los efectos en la competencia de una operación de concentración. Además, se describe brevemente el marco constitucional que faculta al Estado Peruano a implementar un régimen de control de concentraciones.
Este trabajo concluye que INDECOPI ha desarrollado una metodología de evaluación consistente con la normativa peruana y las mejores prácticas internacionales, pero que no ha logrado el mismo nivel de éxito para calibrar correctamente los efectos de sus decisiones a lo largo del tiempo.
|
162 |
Influencia de la tarifa, el pago de compensaciones y el tipo de empresa sobre la calidad del suministro eléctrico por interrupciones en el sistema de distribución de media tensión urbanoAcevedo Wogl, José Luis 09 August 2018 (has links)
La Norma Técnica de la Calidad de los Servicios Eléctricos y otras normas
complementarias establecen los estándares de calidad del suministro eléctrico
urbano en media tensión así como las compensaciones por su afectación. En caso
el prestador del servicio infrinja las citadas normas al brindar un mal servicio este
debe realizar un pago por compensación al usuario afectado. La presente investigación determina mediante un modelo econométrico la influencia del Valor Agregado de Distribución (VAD), el pago por compensaciones a los usuarios y el tipo de propiedad de la empresa regulada en la calidad del suministro eléctrico. El modelo utilizado es de efectos fijos y el estimador empleado es el LSDV (Least Square Dummy Variable), considerando los factores de la calidad: SAIFISAIDI. La evidencia empírica en el periodo de estudio (2010-2016) muestra que el mecanismo de pagos por compensación no es el mejor medio disuasivo para que las empresas mejoren la calidad del suministro, en tanto que el Valor Agregado de Distribución (VAD) y el tipo de propiedad de la empresa suministradora, en forma relativa, son incentivos para mejorar la calidad del suministro eléctrico / The Technical Standard for the Quality of Electric Services (NTCSE) and other
complementary standards establish the quality standards of the urban electrical
supply in medium voltage as well as the compensations for their affectation. In case
the service provider infringes the aforementioned rules when providing a bad service, he must make a payment for compensation to the affected user. The present investigation determines by means of an econometric model the influence of the Added Value of Distribution (VAD), the payment by compensations to the users and the type of property of the company regulated in the quality of the electrical supply. The model used is of fixed effects and the estimator used is the LSDV (Least Square Dummy Variable), considering the factors of quality: SAIFISAIDI. The empirical evidence in the study period (2010-2016) shows that the mechanism of compensation payments is not the best deterrent for companies to improve the quality of supply, while the Value Added Distribution (VAD) and the type of property of the supplying company, in a relative manner, are incentives to improve the quality of the electricity supply / Tesis
|
163 |
Sobre la aplicación del régimen de responsabilidad subjetiva en procedimientos sancionadores de Osinergmin. Estudios de casoEscalante Rosadio, Silvia Milagros Coralito 09 October 2022 (has links)
En el presente trabajo se realiza el análisis de la aplicación del régimen de
responsabilidad subjetiva en los procedimientos sancionadores en materia de
hidrocarburos, con énfasis en un estudio de casos referido a los incumplimientos a
normas de control de calidad de combustibles líquidos, control metrológico y SCOP. Se
analiza el régimen de responsabilidad subjetiva aplicada a casos concretos a fin de
verificar el cumplimiento de los fines del procedimiento sancionador en los casos
concretos, como acción de respuesta del Estado ante la cantidad de infracciones
verificadas en las supervisiones efectuadas. El trabajo parte de la importancia de
analizar la aplicación del Principio de Culpabilidad no solo desde la óptica de los
administrados, sino también desde la óptica del debido ejercicio de las funciones
sancionadoras de Osinergmin, las cuales buscan desincentivar los incumplimientos
detectados en las supervisiones.
En esta línea, se concluye del estudio de casos que la aplicación del régimen de
responsabilidad subjetiva en los procedimientos sancionadores tramitados por
Osinergmin por los incumplimientos analizados no incentiva el cumplimiento de los
fines del procedimiento administrativo sancionador, esto es cumplir con las
obligaciones normativas, ni los objetivos públicos de las normas del subsector
hidrocarburos, pues al considerar la debida diligencia del infractor, se tendría supuestos
en los cuales a pesar de haber incumplido la norma y no cumplirse los objetivos
públicos de la misma, el administrado puede liberarse de responsabilidad si acredita su
diligencia. / In the present work, the analysis of the application of the subjective responsibility regime in
sanctioning procedures in hydrocarbons is carried out, with emphasis on a case study referring
to quality control standards for liquid fuels, metrological control and SCOP. The regime of
subjective responsibility applied to specific cases is analyzed in order to verify compliance with
the purposes of the sanctioning procedure in specific cases, as a response action by the State to
the number of infractions verified in the supervisions carried out. The work is based on the
importance of analyzing the application of the Principle of Guilt not only from the point of view
of the administrators, but also from the point of view of the due exercise of Osinergmin's
sanctioning functions, which seek to discourage breaches detected in the supervisions.
In this line, it is concluded from the case study that the application of the subjective liability
regime in the sanctioning procedures processed by Osinergmin for the analyzed breaches does
not encourage the fulfillment of the purposes of the administrative sanctioning procedure, that
is, to comply with the normative obligations, nor the public objectives of the regulations of the
hydrocarbon subsector, since when considering the due diligence of the offender, there would
be cases in which, despite having breached the regulation and not fulfilling its public objectives,
the company can be released from responsibility if it proves your diligence.
|
164 |
La Inversión Privada en la Actividad de Distribución Eléctrica en el Perú: Situación Actual y Propuestas de MejoraOrtega Bustamante, César 08 May 2021 (has links)
A pesar de los objetivos planteados en el marco normativo general del sector eléctrico donde
se busca una participación activa del sector privado y un rol subsidiario del Estado, la
actividad de distribución eléctrica en el Perú cuenta con una participación de empresas
predominantemente públicas, las cuales se encuentran encargadas de brindar el servicio
público de electricidad y que a la luz de los resultados arrojados no brindan un servicio de
calidad, tal como lo exige nuestra regulación. Por ello, resulta pertinente analizar nuestro
marco jurídico para encontrar las razones que han imposibilitado la participación de agentes
privados en la distribución, lo cual será un punto de partida para plantear propuestas de
mejora, a fin de impulsar la inversión privada y con ello lograr que todos los usuarios puedan
tener un servicio eléctrico de calidad.
|
165 |
Informe jurídico sobre la Resolución Directoral N° 138- 2014-EM/DGEPodesta Gutarra, Alejandra Michelle 07 August 2024 (has links)
Este trabajo analiza la controversia por la superposición de concesiones de
distribución de energía en la zona de Olmos entre la empresa Electronorte S.A.
(ENSA) y la empresa Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. (COELVISAC).
COELVISAC obtuvo una concesión de distribución sobre esta zona el 22 de
enero de 2014 que le fue otorgada por la Dirección Regional de Energía y Minas
de Lambayeque a través de la Resolución Gerencial Regional N° 004-2014-
GR/LAMB/GRDP. Sin perjuicio de ello, con fecha 07 de abril de 2014 ENSA
obtiene una ampliación de la concesión de distribución por la misma zona a
través de la Resolución Suprema N° 019-2014-EM emitida por la Dirección
General de Electricidad (DGE) del MINEM.
Es así que COELVISAC presentó un recurso de reconsideración ante la DGE
con el objeto de que se declare la nulidad de la Resolución N° 019-2014-EM. Al
revisar este recurso, identificamos los siguientes problemas que analizaremos
para determinar si la concesión fue otorgada correctamente: i) si el MINEM tenía
competencia para emitir dicha Resolución, ii) si alguna de las partes tenía un
mejor derecho para recibir la concesión, iii) si el procedimiento de ampliación se
realizó adecuadamente y iv) si se vulneró el principio de subsidiariedad.
Se concluirá que no existen razones para sostener la nulidad de la Resolución
N° 019-2014-EM, ya que fue emitida por la entidad competente, el MINEM.
Asimismo, ENSA tenía un mejor derecho, el procedimiento seguido fue conforme
a Derecho y el principio de subsidiariedad no se ha vulnerado. / This paper analyzes the controversy surruounding the overlapping concessions
of energy distribution in the Olmos area between Electronorte S.A. (ENSA) and
Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. (COELVISAC). In this case, COELVISAC
obtained a distribution concession for this area on January 22, 2014, granted by
the Regional Directorate of Energy and Mines of Lambayeque through Regional
Managerial Resolution No. 004-2014-GR/LAMB/GRDP. However, on April 7,
2014, ENSA obtained an extension of the distribution concession for the same
area through the Supreme Resolution No. 019-2014-EM issued by the General
Directorate of Electricity (DGE) of the MINEM.
COELVISAC then filed a motion for reconsideration with the DGE, seeking to
nullify Resolution No. 019-2014-EM. Upon reviewing this motion, we identified
the following issues to determine whether the concession was granted correctly:
i) whether MINEM had the authority to issue this Resolution, ii) whether either
party had a better right to receive the concession, iii) whether the extension
procedure was carried out properly, and iv) whether the principle of subsidiarity
was violated.
It will be concluded that there are no reasons to uphold the annulment of
Resolution N° 019-2014-EM, as it was issued by the competent authority,
MINEM. Furthermore, ENSA had a better right, the procedure followed was in
accordance with the law, and the principle of subsidiarity was not violated.
|
166 |
Modelo y evaluación de la gestión del conocimiento en organizaciones del clúster energéticoMejía Lara, Jennifer Vanessa 17 January 2022 (has links)
Durante el 2000 al 2021, las investigaciones, evaluación y desarrollo de la
“gestión del conocimiento” (GC) se ha enriquecido y desarrollado desde las
propuestas iniciales de Nonaka y Takeuchi [26], hasta los algoritmos
desarrollados para implementar la inteligencia artificial en ordenadores y
sistemas robotizados.
Se precisa que el “capital intelectual” en una organización como la composición
de “activos intangibles” que incluyen la GC de los trabajadores, la facultad de
comprender, interiorizar, “adaptarse”, relacionarse con las personas al interior y
exterior de la estructura organizacional como “clientes y proveedores”, la imagen
empresarial, productos, procesos internos, innovación y desarrollo; que generan
o generarán valor a futuro, originando una ventaja competitiva de acuerdo al
autor Sanchez, Melián & Hormiga [31], cuyas últimas investigaciones corroboran
la interrelación de los elementos mencionados con las investigaciones del autor
Todericiu & Serban [36].
En la investigación de Sanchez, Melián & Hormiga [31], se define la composición
del “capital intelectual” basado en el aspecto “humano, estructural y relacional”,
en la cual se afirma que el concepto de capital intelectual comenzó a tener
importancia, junto con la teoría de los recursos, desarrollado por la Ref. [22] ,
cuyo eje focal considera que la empresa, no se manifiesta a través de sus
actividades en el mercado del producto o servicio, sino como una sola
combinación de recursos tangibles e intangibles.
El conocimiento puede ser considerado como una “evolución epistemológica”
[16]. En el 2015 la GC tuvo un importante aporte en la comunidad científica, con
la definición del autor Demchig: “Actividades deliberadas sistémicas que
manejan los recursos de la organización de una forma más eficiente para obtener
mejoras y lograr un mejor desempeño a través de disponibilidad, accesibilidad y
uso efectivo del conocimiento; lo cual permite a las compañías estimular la
innovación, con base al cliente y activo intangible para la excelencia en el
negocio” [10].
Como conclusión a la presente tesis, se induce que las organizaciones que
proporcionan los espacios e invierten en el uso efectivo del conocimiento, son las más innovadoras y presentan una amplia diferenciación (valor agregado),
respecto a otras de su mismo rubro.
En el año 2012, el autor Songsangyos nos presenta el conocimiento en 2
categorías: (1) Conocimiento tácito, en el cual está incorporado en la mente de
las personas y es adquirido de sus propias experiencias, (2) el conocimiento
explicito el cual transforma el conocimiento tácito en la forma de reporte como
libros, CD-ROMs, bases de información, entre otros [32]. Al respecto, pienso que,
al promover la creación de conocimiento explícito en los estudiantes, a partir de
sus experiencias, permitirá no solo un desarrollo más dinámico del aprendizaje
en las instituciones, sino que también se promoverá el desarrollo de personas
más creativas y preparadas para la solución de conflictos de la sociedad.
Hoy en día, el conocimiento en las organizaciones es considerado una de las
fuentes de producción, una fuente sostenible de ventaja competitiva que agrega
valor en la organización en las instituciones educativas. Se evidencia que existen
situaciones que inciden en el conocimiento para impedir o posibilitar el trato como
información y no como conocimiento; en conformidad por las investigaciones de
los autores Rowley (2000) y Balderas (2009), ambos concluyen que las
universidades están en el negocio del conocimiento, ya que están involucrados
en la creación de conocimiento, difusión y el aprendizaje, por tanto las
organizaciones de desarrollo de tecnologías hasta las empresas burocráticas
con mercados monopolizados con ingresos fijos establecidos, han de estar
llenas de ejemplos de éxito y mejores prácticas, avanzando en el aprendizaje y
enseñanza, investigación y servicios de consultoría a través de la creación de
conocimiento y aplicación del mismo.
En las organizaciones del clúster de energía, los resultados son mejorables tanto
en eficiencia como en calidad, pues no consideran los requerimientos de la
sociedad en su integralidad. Asimismo, deben tener conciencia que tienen
fortalezas en ciertas áreas y que pueden ser más eficientes trabajando en
equipo, promoviendo el trabajo cooperativo inter-institución. Bajo este contexto,
en el 2015, el autor Demchig considera que la GC organizacional es una
“disciplina” joven y nueva en concepto. Por lo tanto, no se limitan a artículos de
investigación científica y discusiones acerca de cómo utilizar la GC de acuerdo
al autor Fullan en el 2001 [13]; en donde se busque mejorar la práctica de la
14/363
institución educativa, mediante mejoras en la implementación de la malla
curricular, procesos de enseñanza y aprendizaje.
La presente tesis ha permitido:
- Presentar el fundamento teórico y experiencias en la gestión del
conocimiento, limitantes y metodologías.
- Desarrollar el modelo de GC en empresas de energía.
- Validar el “modelo propuesto” para las empresas de energía.
- Evaluar el “modelo de gestión del conocimiento para empresas de
energía”. / In the last twenty years, the analysis of knowledge management (KM) has been
enriched and developed. The initial proposals of Nonaka and Takeuchi in 1995,
till the algorithms developed to implement artificial intelligence in computers and
complex systems are the results of evolution in the KM field.
The intellectual capital in an organization is explained as a combination of
intangible that include the workers’ knowledge, the ability to learn, adapt, relate
to customers and suppliers, the business image, products, internal processes,
innovation and development generate the change in the organization or generate
future value, creating a competitive advantage according to the author Sanchez,
Melián & Hormiga (2007), whose latest research corroborates the interrelation of
the aforementioned elements with the author's research Todericiu & Serban
(2015).
In the research of Sanchez, Melián & Hormiga (2007), the composition of
intellectual capital is defined in: Human, structural and relational, which generates
the concept of intellectual capital joins to the resources theory, developed by the
author Mhedhbi (2013), whose focal point considers that the company does not
manifest itself through its activities in the creation of new assets or services, with
tacit and explicit knowledge.
Besides, the knowledge can be considered as an "epistemological evolution"
(Honderich, 1995). In 2015, knowledge management reached a consensus in the
scientific community according to the author Demchig (2015): "Deliberate
systemic activities that manage the resources of the organization in a more
efficient way to obtain improvements and achieve a better performance through
availability, accessibility and effective use of knowledge; which allows companies
to stimulate innovation, based on the client and intangible asset for business
excellence”
As a conclusion, the organizations that offer the spaces and invest in the effective
use of knowledge, are the most innovative and present a wide differentiation
(added value), with respect to others of the same category.
The author Songsangyos (2012) presents knowledge in 2 categories: (i) Tacit
knowledge, in which it is incorporated into people's minds and is acquired from
16/363
their own experiences, ii) explicit KM, allows to generate tacit in the form of
reports such as books, CD-ROMs, information bases, among others. In this
regard, I think that, by promoting the creation of explicit knowledge in students,
based on their experiences, it will not only allow a more dynamic development of
learning in institutions, however, it could endorse the expansion of more creative
and prepared people solving-conflicts in society.
Today, knowledge in organizations is reflected the sources of production, a
sustainable (as competitive advantage); that adds importance to the organization
in educational institutions. It is evident that there are situations that affect
knowledge to prevent or enable treatment as information and not as knowledge;
According with Rowley (2000) and Balderas (2009), both conclude about the
Universities “are in the knowledge business, since they are involved in the
creation of knowledge”, dissemination and learning, therefore and from
technology development organizations to bureaucratic firms with monopolized
markets with established fixed incomes, “must be full of successful examples and
best practices, advancing learning and teaching, research” and consulting
services through the origin of the knowledge “and application” of it.
In the energy cluster organizations, the results could be “improved both in terms
of efficiency” and quality, since they do not consider the requirements of society
in its entirety. Likewise, they must be aware that they have strengths in certain
areas and that they can be more efficient working as a team, promoting
cooperative inter-institution work. Under this context, the author Demchig (2015)
considers that organizational knowledge management is a young and new
discipline in concept. “Therefore, studies and discussions about how to use
knowledge management” are not limited according to the author Fullan (2001),
where it seeks to improve the practice of the educational institution, from side to
side improvements in the implementation of the curriculum.
This thesis has allowed:
- To present the theoretical foundation and experiences in knowledge
management, limitations and methodologies.
- To develop the knowledge management model in energy companies.
- Validate the proposed model for energy companies.
- Evaluate the knowledge management model for energy companies.
One of the key rewards, is the holistic approach to optimize business
performance to optimize the cost value and increase the effectiveness of actions
and objectives. “The end result is greater than the sum” of the parts when you
bring together information and operations technology, under the guidance of
deep industry experience, being the model a force multiplier for organizations,
looking to leverage their technology investments.
|
167 |
El régimen de financiamiento de la empresa estatal de Distribución Eléctrica: Análisis de su inclusión en el Sistema Nacional de Endeudamiento, a propósito del Artículo 60° de la Constitución Política del PerúCornejo Pareja, Vicky Daniela 26 September 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación analiza el régimen de financiamiento de la empresa
estatal de Distribución Eléctrica establecido en el Sistema Nacional de Endeudamiento.
Para ello, se verifica si las condiciones de su endeudamiento limitan el desarrollo de sus
inversiones en servicios públicos, debido a su estructura y modelo de negocio, sin
considerar la condición de igualdad en tratamiento legal respecto de las empresas
privadas establecido en el Artículo 60° de la Constitución Política del Perú. A partir de
este análisis, se concluye que la decisión del financiamiento de este tipo de empresa
debe comprender una autogestión a nivel de empresa/accionista (dotarla de
autonomía), con la finalidad de que el acceso al financiamiento para sus inversiones en
servicios públicos no sea complejo, ordinario, ni limitado; en cambio sea compatible con
el modelo regulatorio del negocio y sus características, que están enfocados al
cumplimiento de sus fines sociales y empresariales. En ese sentido, resulta prioritario
distinguir que la dinámica empresarial en la actividad de distribución eléctrica exige
inversiones de forma intensiva, por lo que se requiere procedimientos óptimos que
coadyuven su desarrollo económico y garanticen el suministro de conformidad con el
Artículo 58° de la Constitución Política del Perú. / Trabajo de investigación
|
168 |
Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°66-2012-TSC-OSINERGMIN, E- 2546: procedimiento de solución de controversias entre Compañía Minera Casapalca S.A. y Electroperú S.A. en relación a retiros de energía y potencia sin respaldo contractual en el mercado de corto plazoSolís de la Cruz, Valeria Victoria 10 October 2024 (has links)
El presente informe tiene como objetivo resolver los problemas jurídicos del expediente
66-2012-TSC-OSINERGMIN que contiene la controversia entre Empresa Electricidad
del Perú S.A y Compañía Minera Casapalca S.A ante los órganos de solución de
controversias del Osinergmin. La controversia bajo análisis versa sobre los retiros de
energía y potencia de Casapalca que el COES asignó a Electroperú en el mercado de corto
plazo. Electroperú reclama que los retiros sean pagados de acuerdo a las valorizaciones
del COES; mientras que Casapalca sostiene que el valor que le adeuda no es el que está
contenido en las valorizaciones del COES, sino aquel acordado en un contrato de
suministro que suscribió con un tercero generador y, en su defecto, con Electroperú.
Para la solución de los problemas jurídicos identificados, se explican los conceptos
técnicos del mercado eléctrico necesarios para el entendimiento completo de la
controversia. A partir de ello, se aplican las instituciones y conceptos jurídicos necesarios
que la doctrina y jurisprudencia nos brinda, para así lograr una posición razonable y
coherente sobre los problemas jurídicos, teniendo también en cuenta el contexto
normativo en el que se suscitó la controversia.
Luego del análisis realizado, se concluye que (i) los retiros valorizados por el COES no
tenían respaldo contractual; que (ii) las valorizaciones del COES son obligatorias para
todos los agentes del SEIN, incluyendo a Casapalca, siendo exigibles por Electroperú;
que (iii) Osinergmin sí es competente para resolver la controversia; y que, (iv) la acción
de Electroperú para reclamar el pago a Casapalca no prescribió.
|
169 |
Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 1356-129-2007 CCL, arbitraje seguido entre SERVICIOS GENERALES DON CARLOS EIRL y MINERA YANACOCHA SRL, sobre contrato marco de suministro y aplicación del Iura Novit Curia en el arbitrajeRivasplata Martínez, Ana Cecilia 25 June 2021 (has links)
En los últimos años, debido al crecimiento en el mercado de la necesidad de establecer
relaciones duraderas y, a la vez, flexibles que permitan asegurar un ritmo producción y
actividades comerciales, así como disminuir la inversión de tiempo y dinero en las
negociaciones entre las partes, ha surgido en la práctica nuevas figuras jurídicas tales
como los denominados “contratos normativos” o “contratos marco”.
Teniendo en cuenta ello, en el presente caso nos encontramos frente a una controversia
surgida con relación a dos contratos suscritos por YANACOCHA y DON CARLOS
(Contratos CV-001/2004 y CV 003/2005), los cuales las partes denominan contratos de
“compraventa”. Sin embargo, luego de haberse sometido la controversia sobre dichos
contratos a arbitraje, el Árbitro Único - apartándose de la calificación de dichos contratos
alegada por ambas partes durante todo el proceso arbitral- determinó en el laudo que su
naturaleza no corresponde a la de “contratos de compraventa” sino a la de “contratos
normativos de compraventa”, los cuales no generan verdaderas obligaciones para las
partes, por lo que resolvió que no se incurrió en incumplimiento contractual alguno.
En ese sentido, el objetivo del presente informe es corroborar a raíz del caso presentado,
si se han configurado los denominados “contratos normativos” – y/o “contratos marcos”-
, así como determinar si de dichos contratos se derivan verdaderas obligaciones para las
partes. Asimismo, en cuanto al arbitraje, se analiza si es posible que el Árbitro Único haya
aplicado el principio Iura Novit Curia, en tanto resolvió en base a una calificación del
derecho que no fue alegada por las partes durante el proceso.
El método de investigación aplicado al presente trabajo será uno argumentativo, ya que
se centrará en la descripción de las posiciones desarrolladas en doctrina, para así, en un
segundo momento, analizar los hechos materia de controversia y determinar la naturaleza
de los Contratos CV-001/2004 y CV 003/2005, así como si corresponde la aplicación del
principio iura novit curia en el arbitraje. Finalmente, de dicha investigación,
concluiremos principalmente lo siguiente:
1. La naturaleza jurídica de los Contratos CV-001/2004 y CV 003/2005 corresponde
a la de “contratos marco de suministro”.
2. Es posible aplicar el principio de Iura Novit Curia en el arbitraje.
|
170 |
Diseño de una propuesta de gestión del conocimiento para liquidar administrativamente de forma más eficiente los proyectos de construcción de una empresa de transmisión eléctricaGirao La Rosa, Jorge Abraham 22 July 2021 (has links)
El presente trabajo de tesis está enfocado en diseñar una propuesta de gestión del
conocimiento para liquidar administrativamente de forma más eficiente los proyectos
de construcción de una empresa de transmisión eléctrica, como es el caso de Red
de Energía del Perú (REP). La liquidación administrativa es un proceso que forma
parte de la ruta crítica de la construcción de infraestructura para la transmisión
eléctrica y que es una de las actividades principales de REP. Dicho proceso se
ejecuta de forma tardía y demanda el reproceso de actividades por una inadecuada
gestión del conocimiento. Este escenario genera diversos efectos en la organización
como la utilización de horas hombres adicionales para poder completar la liquidación,
un impacto negativo contable y tributario para la empresa por no realizar
oportunamente el pago de impuestos, una gestión de inventarios deficiente debido a
no contar con información actualizada de los bienes que se van adquiriendo en el
proyecto y un retraso en el envío de información al Ministerio de Energía y Minas
(MEM) que podría generar multas con el Estado.
Para poder plantear las alternativas de solución de gestión del conocimiento se
utilizará la metodología CommonKADS donde primero se analiza a detalle el proceso
de liquidación administrativa y se identifican y clasifican los activos de conocimiento
más importantes. Luego se analiza el sistema actual de gestión del conocimiento del
proceso y finalmente, se identifican oportunidades de mejora con su respectivo
análisis de factibilidad de las soluciones propuestas.
|
Page generated in 0.1918 seconds