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Informe jurídico sobre la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 07577-8-2014: ¿Fusión por beneficios tributarios? Un acercamiento hacía la simulación para obtener beneficios tributariosTuesta Pasamar, Adrian 30 July 2024 (has links)
¿Cuáles son los parámetros que existían en la Norma VIII del Título Preliminar del
Código Tributario a fines de 1990 e inicios del siglo XXI? ¿La SUNAT podría calificar la
realidad económica de los actos de los contribuyentes para aplicar un hecho imponible?
En el marco de la RTF Nº 07577-8-2014 la administración tributaria calificó de simulada
una fusión, por considerar que únicamente buscaba un beneficio tributario otorgado por
la Ley Nº 26283. Una aproximación preliminar sería que SUNAT no podía argumentar
fraude a la ley, por lo que utilizó la herramienta a su alcance para cuestionar la
reorganización corporativa. No obstante, no pudo demostrar con solidez lo anterior.
Se buscará responder si efectivamente hubo una simulación, y si es que habían otras
herramientas jurídicas que se podrían haber aplicado al caso, aplicando el el fraude de
ley como principio general del derecho. Si bien es cierto, hay autores que respaldan la
postura, lo propuesto es que no existía un abuso de derecho y se utilizaron mecanismos
legales válidos en el momento del caso. Asimismo, se agrega un aporte de cómo se
hubiera resuelto el caso materia del informe bajo la existencia de la Norma XVI como
norma antielusiva y los mayores requisitos societarios bajo la Ley General de
Sociedades Nº 26877, en contraposición a la negativa de aplicar el fraude de ley en
dicho momento determinado. / What were the parameters of Norm VIII of the Preliminary Title of the Tax Code at the
end of the 1990s and the beginning of the 21st century? Could SUNAT evaluate the
economic substance of taxpayers' actions to apply a taxable event? In the context of
RTF Nº 07577-8-2014, the tax administration characterized a merger as simulated, on
the grounds that it was aimed solely at obtaining a tax benefit granted by Law Nº 26283.
A preliminary approach suggests that SUNAT could not invoke fraud against the law,
thus utilizing the available tool to challenge the corporate reorganization. However, it
failed to demonstrate this assertion robustly.
This report aims to determine whether there was indeed a simulation and whether other
legal mechanisms could have been applied to the case, invoking fraud against the law
as a general legal principle. While some scholars support this position, the proposal
asserts that there was no abuse of rights and that valid legal mechanisms were employed
at the time of the case. Furthermore, the report provides an analysis of how the case
would have been resolved under the existence of Norm XVI as an anti-avoidance
provision and the more stringent corporate requirements under the General Corporations
Law Nº 26877, as opposed to the rejection of applying fraud against the law at that
particular time.
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Fundamento jurídico y económico de las medidas de mitigación impuestas por el Tribunal de la Libre Competencia en procesos consultivos : análisis y sistematizaciónArecheta Baleta, Rodolfo January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene por objetivo principal efectuar una revisión de los fundamentos jurídicos y económicos de las medidas de mitigación impuestas por el Tribunal de la Libre Competencia en procesos consultivos, enfocadas en aquellas establecidas con ocasión de las operaciones de concentración horizontal sometidas a su conocimiento. Lo anterior, con la finalidad de consolidar los criterios tradicionalmente utilizados por los operadores del sistema de control de concentraciones en nuestro país. Para dichos efectos, este trabajo se divide en dos Secciones: La primera de ellas, servirá de marco teórico a este estudio, por lo cual se exponen los alcances de la potestad consultiva del Tribunal de la Libre Competencia como encargado del sistema de control de operaciones de concentración, así como sus características, finalidad y posibilidades frente a una consulta (aprobación pura y simple, aprobación sometida a medidas de mitigación o rechazo); posteriormente, se analizan los fundamentos económicos en los que tradicionalmente se ha basado el Tribunal de la Libre Competencia para inclinarse por una u otra hipótesis; y, finalmente, se elabora una conceptualización de las medidas de mitigación, así como los principios doctrinarios y jurisprudenciales que orientan su aplicación. En la segunda Sección, se emplearán los conceptos estudiados en la primera parte para realizar una sistematización de las medidas de mitigación impuestas por el Tribunal de la Libre Competencia en procedimientos consultivos, así como una revisión crítica de las mismas, esfuerzo sin precedentes dentro de la literatura jurídica nacional
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Criterios para la aplicación del principio de causalidad en los casos de fusión de persona jurídicas para la asignación de la responsabilidad ambiental aplicada por el OEFA en el subsector mineroFlores Alva, Karen Giselle 06 March 2019 (has links)
El desarrollo del presente trabajo pretende brindar los criterios para la aplicación del
principio de causalidad esbozado en el numeral 8 del artículo 230 de la Ley del
Procedimiento Administrativo General en el marco de los procedimientos administrativos
sancionadores seguidos por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental ante
el incumplimiento de las obligaciones ambientales en el ámbito administrativo respecto
de titulares de la actividad de gran y mediana minería, en los casos de fusión de personas
jurídicas que implican la extinción de las mismas. Hasta la fecha, en los supuestos de
extinción y fusión de personas jurídicas, el Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental aplica la sucesión procesal de personas jurídicas y continúa los procedimientos
sancionadores contra la persona jurídica subsistente del proceso de fusión. Al respecto,
considero que esta acción puede ser perfeccionada. De esta manera, como se desarrollará
en el presente trabajo, considero que existen documentos elaborados por los órganos de
este organismo que deben ser considerados para la configuración del pasivo contingente
en la transferencia de patrimonio en bloque y universal que implica la fusión de las
personas jurídicas. Específicamente, se está hablando del informe de supervisión y del
informe final de instrucción. Ambos documentos deberían ser considerados en el pasivo
contingente para así evitar la elusión de la responsabilidad administrativa por parte de las
personas jurídicas subsistentes.
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