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Procedimiento de tutela laboral. Interpretación, aplicación y análisis jurisprudencial según el principio de proporcionalidad y ponderación de derechos fundamentalesPizarro Zúñiga, Pablo Alfonso, Torres Vargas, Lenin Esteban January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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Análisis dogmático y jurisprudencial de los derechos fundamentales en el procedimiento de tutela laboralAlvarez Subiabre, Bernardita, Giralt Medina, Felipe January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizado por los autores para ser publicada a texto completo / El presente estudio pretende indagar acerca de la diversidad de fuentes utilizadas por
nuestros tribunales del trabajo en su labor interpretativa de preceptos constitucionales que
consagran derechos fundamentales, contemplados en el procedimiento de tutela. Para ello se
elaborará un análisis comparativo del contenido de dichas garantías, teniendo en cuenta la
opinión de la jurisprudencia (constitucional, administrativa y laboral) y de la dogmática.
El análisis propuesto es principalmente de carácter práctico en una doble concepción, por
cuanto concentra su objeto tanto en el pronunciamiento de nuestros tribunales sobre los
referidos derechos fundamentales, como en los dictámenes emanados de la Dirección del
Trabajo, los cuales han ido asentando ciertas nociones básicas sobre garantías
constitucionales.
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Estudio crítico de la judicatura y los procedimientos ante los tribunales superiores de justicia en materia laboralÁlvarez Mercado, Cristián, Cortés Espejo, Ana María, Soto Gajardo, Mariano January 2000 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El trabajo se ha estructurado, para efectos metodológicos, de la siguiente forma. En primer lugar, un análisis teórico de las diferentes instituciones objeto de nuestro estudio, utilizando como criterios orientadores nociones de derecho histórico y comparado. En segundo lugar, un análisis de la legislación positiva cuyas disposiciones son contrastadas desde un doble punto de vista; a) con los principios que a nuestro entender deberían informar la materia, y b) en un segundo nivel, con la aplicabilidad de dichas normas mediante un análisis empírico respecto de su observancia o inobservancia. Para esto último nos hemos valido, principalmente, del estudio de causas tramitadas en materia laboral, pero también de entrevistas con jueces, ministros, abogados litigantes y académicos, como asimismo, de una nutrida cantidad de jurisprudencia y datos estadísticos.
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La búsqueda de la verdad en el proceso : una visión crítica del procedimiento laboral chilenoBilbao Bonomelli, Francisco Javier January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La presente memoria tiene por objeto analizar la conveniencia de la búsqueda de la verdad en el proceso, en procedimiento laboral chileno. La realización de este cometido se dividirá en cuatro capítulos: El primer capítulo tiene una función introductoria por medio de la cual se establece la premisa de por qué y de cómo es posible el conocimiento humano con lo cual se busca asentar la posibilidad de discutir sobre la verdad, para luego mostrar de forma referencial y catalogada en tres niveles de análisis, el teórico, el ideológico y el práctico, las consideraciones que se han realizado sobre la función que debe cumplir la verdad en el proceso. El segundo capítulo se sitúa en el ámbito teórico filosófico, con la finalidad de exponer el concepto de verdad que creemos debidamente fundado y aceptable. El tercer capítulo se expone a nivel ideológico los principios basales y finalidades que podrían atribuirse al proceso a través de los fundamentos que pregonan las escuelas procesales garantista y publicista, lo que nos permite concluir que elementos debiesen considerarse para la construcción de un “verdadero proceso”. En el cuarto capítulo se estudia la dogmática laboralista, con el objetivo de determinar la influencia ideológica que tienen estas doctrinas con respecto a la finalidad del proceso laboral, como al rol que juega la verdad en dicho contexto. Finalmente, se realiza a un análisis crítico aplicado al procedimiento laboral chileno, situándonos en un nivel práctico, con la finalidad de determinar la opción ideológica que ha asumido el legislador como asimismo el rol que ha atribuido a la búsqueda de la verdad en el proceso.
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Análisis crítico del principio de la buena fe en el procedimiento laboral chilenoGuerrero Retamales, Francisco Esteban January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta investigación consta de una memoria, la cual pretende examinar los fundamentos, expresión normativa y aspectos críticos del principio de la buena fe en los procedimientos laborales chilenos. En el primer capítulo nos aproximaremos al origen histórico del concepto de la Buena Fe, para esto será necesario hacer una mirada más amplia a la disputa argumentativa entre las corrientes publicistas y garantistas del proceso, viendo como la hegemonía una sobre otra es el fenómeno que propicia la inclusión en los distintos ordenamientos del concepto de la buena fe; en el segundo capítulo, veremos el sentido moralizante e ideológico del proceso que conlleva la existencia del concepto en comento, el carácter de concepto jurídicamente indeterminado, su lugar dentro de las distintas teorías del proceso, los deberes en los cuales se expresa y, especialmente el mecanismo de análisis propuesto por Damaska. En el tercer capítulo, identificaremos las manifestaciones normativas de este principio en el procedimiento laboral chileno actual, desde las más generales a normas particulares que lo consagren, desentrañando, a partir de los elementos avanzados en este trabajo, las ideas detrás de las normas y sus consecuencias prácticas. Se finalizará el presente trabajo con las naturales y lógicas conclusiones que correspondan.
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"Insuficiencia de las modalidades especiales del conflicto colectivo jurídico en la legislación procesal laboral peruana"Ciudad Reynaud, Adolfo Alberto 26 September 2017 (has links)
El problema que motiva esta investigación es la carencia de un conjunto sistemático de
modalidades especiales para procesar conflictos colectivos jurídicos cuando se afectan
intereses generales de un grupo genérico o categoría de trabajadores. Ello ha implicado
la práctica desaparición de las acciones colectivas de la jurisdicción laboral, y la preferencia
por las acciones individuales en lugar de una solución concentrada.
Para entender bien la naturaleza jurídica del conflicto colectivo se parte de la clasificación
de los conflictos laborales, con la ayuda de la doctrina procesal civil y constitucional
sobre el proceso colectivo en general, a la vez que se realiza un recuento de la evolución
normativa del proceso de conflicto colectivo en nuestro país desde inicios del
siglo pasado y su devenir por una etapa de solución administrativa hasta su desactivación
a finales de 1991, para luego analizar algunas normas de la Ley Procesal del Trabajo
de 1996 que restringieron la legitimación activa de los sindicatos para la defensa de
derechos colectivos. El examen de casos seleccionados dan cuenta de afectaciones colectivas
que se vienen resolviendo en forma individual con mayores costos para las partes
y para la jurisdicción laboral.
De otra parte se examina la normativa vigente, la Nueva Ley Procesal del Trabajo de
2010, sin duda de un gran avance respecto de la anterior, pero que consideramos insuficiente
pues no ha podido remover todos los obstáculos que han ocasionado una resistencia
de la jurisdicción laboral frente a las demandas colectivas.
Finalmente, se analizan los fundamentos de las modalidades procesales básicas del conflicto
colectivo jurídico y se propone cuál debería ser el objeto del proceso, los tipos de
pretensiones admisibles, las características especiales de la demanda y la sentencia, la
ejecución colectiva que permite evitar innumerables juicios individuales luego de la
emisión de la sentencia, el carácter de cosa juzgada, la legitimación activa de los sujetos
procesales y la calificación del procedimiento de urgente y preferente. Además de estas
alternativas de política legislativa, se formulan posibles líneas de interpretación jurisprudencial
para que en forma inmediata se pueda solucionar el problema de la inadmisibilidad
de demandas colectivas por una errónea exigencia generalizada de la lista nominativa
de los integrantes del grupo genérico o categoría de trabajadores, además de sus
pretensiones individualizadas, lo que resulta innecesario en procesos colectivos. / Tesis
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Facultad del juez laboral de decretar prueba de oficio a la luz del principio de igualdad procesalLobos Herrera, Paulina January 2017 (has links)
Tesis (Magister en derecho del trabajo y seguridad social) / Actividad formativa equivalente a Tesis (AFET) / El artículo 429 del Código del Trabajo, consagra la facultad del juez laboral
de decretar prueba de oficio. Esta facultad infringe el principio de igualdad
procesal, hipotecando la imparcialidad del juez e instrumentalizándolo para
alcanzar los fines estatales relativos a la justicia social y al equilibrio de la
asimetría en la relación entre trabajador y empleador.
Analizados los elementos de la igualdad procesal se confirma que la
proyección del principio protector en el procedimiento laboral no es
fundamento suficiente para cercenar la igualdad procesal, bajo el pretexto
de estar consagrando una diferencia no arbitraria, puesto que afecta el
derecho en su esencia, haciéndolo irreconocible. Más todavía si se tiene
presente que mediante otro tipo de políticas públicas es posible lograr el
mismo resultado, sin transferir al Tribunal la imposible tarea de alcanzar la
verdad real impregnándole un sesgo político a su labor.
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La prueba pericial en general y especialmente en sede laboral : análisis en el procedimiento de aplicación generalPinto Muñoz, Andrés Felipe January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente Memoria consiste en un análisis de la prueba pericial en el procedimiento
de aplicación general establecido en el Código del Trabajo. Para ello, primero se exponen las
características de este medio probatorio a nivel teórico. Luego, se compara la regulación
existente de la prueba pericial en los diferentes procedimientos de nuestro ordenamiento
jurídico. Finalmente, se describen sus características en el contexto del proceso laboral,
regido por ciertos principios formativos tales como la inmediación, la oralidad y la publicidad.
Con dichos elementos se formula la que a nuestro juicio es la forma óptima de proposición,
designación y valoración probatoria de este medio, así como el tipo de peritaje que debe
existir en este procedimiento a fin de respetar sus principios y restringir los riesgos
potenciales derivados del uso de este tipo de prueba, que puede tener mucha influencia en
la decisión del tribunal. / 22/11/2017
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Reforma al procedimiento laboral de la ley 20.087. — Libertad sindical y prácticas antisindicalesMosqueira Muñoz, Sara Andrea January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo primordial de esta memoria es conocer la realidad nacional respecto a como se ha resguardado al trabajador a través de la sindicalización, conocer cuales son sus posibilidades de actuar, la importancia y la implicancia de las prácticas antisindicales a nivel internacional y nacional, destacar el derecho a sindicalización y de asociación como derecho fundamental y por tanto, el deber de todos los trabajadores que se sientan vulnerados en estos derechos a exigir su resguardo así como su derecho a reclamación y por otro lado, señalar cuales son los efectos de infringir estas prácticas y sus posibles sanciones por parte del poder judicial.
Más específicamente abordare los siguientes temas:
El principio de la libertad Sindical.
Las practicas Sindicales
Desarrollo del procedimiento por práctica antisindical en forma detallada que señala la ley 20087.
Señalar como el nuevo procedimiento por práctica antisindical ha superado las falencias detectadas en los procedimientos anteriores, y las ha aplicado en la nueva legislación.
Una recopilación jurisprudencial respecto a la libertad sindical y las prácticas antisindicales
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La competencia en materia de seguridad socialFigueroa Vega, Jaime Andrés January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Determinar cual es el tribunal al cual le corresponde conocer de un determinado asunto contencioso, a veces puede resultar un problema complejo. Lo será cuando parece que existe más de una clase de tribunal para conocer de una determinada materia, y las reglas dadas por la ley para determinar uno u otro como el idóneo, son de difícil interpretación, lo que puede inducir al operador jurídico a cometer errores.
Cuando se trata de asuntos en que la naturaleza del derecho controvertido es de carácter previsional o de seguridad social, lo dicho en el párrafo precedente adquiere plena vigencia. Desde que fueron creados los Tribunales del Trabajo, en calidad de Tribunales Especiales, las reglas de la competencia dadas por el legislador en esta materia no siempre han tenido la precisión esperada, lo que ha conducido a soluciones muchas veces contradictorias.
Es claro que no resulta lo mismo, que un asunto sea conocido por un Tribunal Ordinario Civil, que por un Tribunal del Trabajo. Cada clase de Tribunales tiene normas de procedimiento distintas, acordes con la naturaleza del asunto que conoce.
Antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.087, el procedimiento ante los jueces laborales tenía entre sus características el ser breve y concentrado (procedimiento sumario especial), lo que generalmente se traducía en un juicio más corto que aquel que se tramitaba ante los Tribunales Civiles, generalmente de lato conocimiento.
Ahora bien, con la creación de los nuevos Juzgados del Trabajo (Ley N° 20.022), y con la puesta en marcha de la reforma del procedimiento laboral (Ley N° 20.087), a través de lo cual se pretende que las actuaciones en los juicios laborales sean predominantemente orales, las características de sumariedad y celeridad referidas se acentúan y las diferencias entre el procedimiento laboral y el actual civil son mayores.
Asimismo, equivocarse en la elección del tribunal competente conlleva perder todo lo obrado hasta el momento de la declaración de incompetencia. La falta de competencia absoluta de un tribunal puede declarase en cualquier estado del juicio, además de ser ésta una de las causales del recurso de nulidad en el nuevo procedimiento laboral. Además, no pocas veces la declaración tardía de incompetencia, hace fenecer por caducidad o prescripción la acción respectiva.
El inciso primero del artículo 5 del Código Orgánico de Tribunales dispone que: “a los tribunales mencionados en este artículo corresponderá el conocimiento de todos los asuntos judiciales que se promuevan dentro del territorio de la República, cualquiera que sea su naturaleza o la calidad de las personas que en ellos intervengan, sin perjuicio de las excepciones que establezcan la Constitución y las leyes.”, por lo tanto, si bien siempre deberá existir un tribunal competente para conocer de un determinado asunto que previsional o de Seguridad Social, precisar si se tratará de uno ordinario o de uno laboral, requerirá de un estudio más detallado.
Debemos precisar, en todo caso, que el conflicto planteado precedentemente, se encuentra en desarrollo y no constituye ciertamente un tema acabado o agotado. Las normas que han establecido la competencia de los Tribunales del Trabajo a lo largo del tiempo, en materia de Seguridad Social, no han sido lo suficientemente precisas a fin de delimitar la competencia de una u otra judicatura en este ámbito, y asimismo, la jurisprudencia tampoco ha podido establecer reglas que permitan entregarle a la comunidad la ansiada seguridad jurídica sobre el particular, dictando muchas veces sentencias contradictorias.
Sin perjuicio de lo anterior, surge también la necesidad de responder la siguiente interrogante: ¿Existiendo Tribunales Especiales, con un supuesto mayor conocimiento en materia de Seguridad Social, se justifica que aún, en determinadas cuestiones, estas controversias sigan siendo conocidas por los Tribunales Ordinarios? En una primera instancia, pareciera que no, considerándose que mientras más acotada sea la competencia de un determinado Tribunal, mayor es la profundidad que alcanzará en el conocimiento y reflexión de sus materia, y por lo tanto, sus decisiones serán de mejor calidad. Sin perjuicio de lo anterior, como se verá, tanto el legislador como la jurisprudencia, no siempre ha estado de acuerdo con lo señalado. Estas interrogantes conducen a pensar en cual sería la atribución de competencia mas acorde con los principios y necesidades de la Seguridad Social y con las necesidades de una justicia especializada y pronta.
Comentario aparte corresponderá hacer respecto a las innovaciones introducidas por la Ley N° 20.087 y la Ley N° 20.022, en materia de competencia en materia previsional y de Seguridad Social, al introducir un nuevo elemento para determinar la competencia absoluta de éstos, que es el tiempo. Será necesario también profundizar en los factores elegidos por el legislador, a fin de determinar a partir de que momento los nuevos Juzgados del Trabajo y de Cobranza Previsional adquieren competencia para conocer de los asuntos que la ley le ha puesto dentro de su competencia.
También será objeto del presente estudio, la competencia especial que la ley le ha otorgado a los nuevos Tribunales de Cobranza Previsional, creados en el año 2005.
Finalmente, se expondrá la nueva tramitación de la excepción de incompetencia en el nuevo procedimiento laboral, en virtud de las reformas introducidas por la Ley N° 20.087.
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