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Análisis económico de la piratería musical : el efecto de las políticas públicas en el Perú.Quineche Uribe, Ricardo 10 April 2015 (has links)
El objetivo de esta investigación es discutir opciones de políticas que busquen
morigerar el efecto del consumo de piratería- en particular el consumo de bienes
relacionados a la industria musical. En el Perú, el consumo de los bienes piratas
relacionados a la industria musical no sólo depende del nivel de ingreso de los
consumidores; sino de otras variables cuyo efecto puede ser aún más importante que
el de la variable ingreso. Típicamente, esperaríamos que a incrementos del nivel de
ingreso, los consumidores consumirían bienes protegidos por derechos de propiedad
intelectual al tener éstos características cualitativas superiores a sus similares, los
llamados bienes piratas (ilegales) . Sin embargo, la evidencia muestra que a pesar que
el ingreso percapita ha aumentado sostenidamente, el consumo de bienes piratas-en
particular en el sector musical-se mantiene en un alto nivel.
Esto conduce a caracterizar el problema del consumo de bienes piratas con
instrumentos de política cualitativamente distintos a los asociados a incentivos
económicos. En ese sentido, aspectos relacionados a educación podrían tener una
mayor efectividad en lograr una reducción importante en el consumo de bienes
piratas.
El objetivo de este trabajo es relevante puesto que el Perú se ha comprometido a
reducir los altos niveles de piratería observado en varias industrias protegidas por
derechos de propiedad-como es el caso de la industria musical- en el marco del
acuerdo comercial con Estados Unidos. En ese sentido, es pertinente analizar el efecto
de medidas puramente represivas como ha sido hasta ahora el caso de la experiencia
de control de la piratería, y examinar la pertinencia de políticas basadas en la
educación del consumidor que generen cambios en las preferencias de los
consumidores. El análisis de los efectos de ambas políticas ha sido obtenido mediante
simulaciones hechas en Matlab.
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Consideraciones respecto de la protección constitucional y legal de los fondos privados de pensiones en el PerúPayet Puccio, José Antonio, La-Serna Jordán, Sheila 12 1900 (has links)
A propósito de la eliminación del régimen de capitalización individual privado de pensiones en Argentina, en el presente artículo se analiza, desde la realidad peruana y sus instituciones, qué mecanismos prevé el ordenamiento jurídico y en particular la Constitución Política del Perú, para prevenir y proteger a los fondos de pensiones de los trabajadores afiliados al Sistema Privado de Pensiones de una medida de dicha naturaleza. En ese sentido, los autores evalúan la eficacia de los mismos; los derechos constitucionales que se verían afectados por una situación como la argentina; y, analizan la expropiación indirecta y la protección de la propiedad en tratados internacionales. Con todo ello, los autores nos presentan muy atinadas e interesantes recomendaciones.
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Impuesto adicional sobre pagos de regalías al exterior : una perspectiva desde la propiedad intelectualThevenot Sills, Marcel January 2016 (has links)
Tesis (magíster en derecho)
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Concepto e importancia del lugar y otros espacios relevantes para la calificación de los delitos en el código penal : concepto de morada, lugar habitado, lugar destinado a la habitación y dependencias, lugar no habitado y sitio no destinado a la habitaciónPiquimil Martín, Patricia Fernanda January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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BodeflexSchon Müller, Sebastián, Maza Highet, Cristián de la 08 1900 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Administración (MBA) / Autores, no envían autorización para el acceso a texto completo de su documento.--
Sebastián Schon Müller [Parte I} Análisis estratégico y de mercado -- Cristián De La Maza Highet [Parte II} Análisis organizativo - financiero. / El negocio a evaluar es el de la construcción y administración de un centro de bodegaje industrial en el sector poniente de la cuidad de Santiago. Este sub-sector posee actualmente el 40% del mercado.
Hemos incorporado un modelo de negocios distinto a la industria, entregando sistemas de arriendos flexibles, tanto en tiempo como en superficie. De esta forma buscamos atender un mercado centrado en empresas Pymes que requieren de este tipo de servicios para almacenar sus productos.
El complejo BodeFlex® cuenta con 10.000 m2 de terreno, emplazados en el sector de Los Valles (comuna de Pudahuel), teniendo disponibles 8.000 m2 construidos de bodegas modulares de primer nivel, incorporando servicios anexos como el arriendo de racks, grúas horquilla, sistemas de seguridad (CCTV y guardias de seguridad 24x7), entre otros.
Actualmente este mercado (en el Gran Santiago) tiene una facturación anual de USD 152.4 millones, con una superficie total de bodegas de 2,6 millones de m2, creciendo a tasas anuales por sobre un 13% en el periodo comprendido entre los años 2007 y 2013, esperando este año 2015 inyectar unos 200.000 m2 de bodegas adicionales. Estos datos nos indican que esta industria es atractiva, por lo que vemos oportunidades de generar valor en este negocio.
Desde el punto de vista de la inversión del proyecto BodeFlex®, se estima en casi CLP $ 2.800 millones, siendo muy intensivo este ítem en el comienzo del negocio, lo que implica un alto requerimiento de recursos en la etapa temprana.
En relación a la evaluación financiera del negocio, consideramos que nos arroja números atractivos, especialmente a los asociados a indicadores claves como son el VAN, TIR y Payback.
VAN CLP $ 611 millones
TIR 13,8%
Payback 9,1 años
En resumen, si consideramos todos los factores analizados para la toma de decisión, cómo son el análisis del mercado, la evaluación financiera, los riesgos asociados al proyecto, el bajo costo de salida y el crecimiento de la industria, creemos que el proyecto es atractivo y tiene mucho potencial para lograr ser un negocio exitoso.
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Escuchando ladrar a los perros: Hernando de Soto y su receta para la AmazoníaWieland, Patrick, Thornton, Thomas 03 October 2014 (has links)
El trabajo del economista peruano Hernando de Soto ha sido tan influyente como controversial. Su obra maestra, El misterio del capital, propone como solución a la pobreza en los países en desarrollo transformar la informalidad a través de derechos de propiedad y empresa. En 2009, luego de los violentos enfrentamientos en Bagua, De Soto sugirió extrapolar la tesis de El misterio del capital a la Amazonía peruana como solución a los conflictos sociales. De Soto plantea que la única salida para el progreso de los pueblos amazónicos es a través del reconocimiento de derechos de propiedad y la creación de empresas de responsabilidad limitada. Este artículo sostiene, sin embargo, que la pretendida extrapolación sería inconveniente. A la luz de la experiencia de los Estados Unidos con la parcelación de tierras nativas y corporaciones nativas de Alaska, se sugerirá que la supuesta integración económica de la Amazonía podría en realidad exponer a sus habitantes a apropiación de sus recursos y favorecer su desintegración social, cultural y ambiental. / The work of Peruvian economist Hernando de Soto is both
influential and controversial. His 2000 bestseller
The Mystery of Capital
posits
that to solve poverty in the developing world, the poor need to transition from
the extralegal sector to the official economy through formal property rights
and incorporated businesses. In 2009, following the 2009 bloody clashes of
indigenous peoples and law enforcement agents in the Peruvian Amazon, De
Soto suggested the extrapolation of
The Mystery of Capital
to the Amazon as a
solution for their underdevelopment. He contended that the Amazon natives
could only progress if granted formal title to land and allowed to create
limited liability corporations. This paper argues, however, that the purported
extrapolation of
The Mystery of Capital
’s propositions is problematic. It aims to show that economic integration of the Amazon natives may further expose
their land resources to appropriation and, in actuality, trigger their cultural,
social and environmental disintegration
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La sucesión mortis causa del Estado. La herencia vacante y las beneficencias. Una disertación histórico-jurídica.Centurión Portales, Juan Carlos January 2011 (has links)
La investigación desarrolla los temas de la sucesión mortis causa del Estado, que está regulado en el artículo 830 del Código Civil del Perú de 1984 y el principio fiscus post omnes. Asimismo, desarrolla la figura del gestor de herencia y la contribución de éste al incremento del patrimonio de la Beneficencia de Lima.
La investigación está dividida en cinco partes. La primera parte presenta el planteamiento del problema jurídico. La segunda parte desarrolla el aspecto dogmático-jurídico del fenómeno sucesorio y especialmente de la sucesión del Estado. La tercera parte aborda la imprescindible evolución histórica de la sucesión del Estado, partiendo del Derecho Romano Bizantino, con especial incidencia en el aporte del Emperador Justiniano a la sucesión intestada y luego desplegando el análisis del derecho positivo peruano desde el Derecho Colonial hasta el Código Civil del Perú de 1984. La cuarta parte sirve para acreditar, de manera tangible, la contribución de los gestores de herencia a favor de la beneficencia de Lima entre los años 1984 al año 2000. La quinta parte examina el derecho comparado.
El artículo 830 del Código Civil del Perú de 1984, ubicado en la Sección Tercera, de la Sucesión Intestada, correspondiente al Libro IV, Derecho de Sucesiones, legisla sobre el derecho que tiene la beneficencia, o falta de ésta, la Junta de Participación Social, en representación del Estado peruano, de recoger, en propiedad, el patrimonio de quien muere sin tener heredero en grado sucesible.
La Sociedad de Beneficencia o la Junta de Participación Social tienen ese derecho, de acuerdo al principio de Derecho Romano: fiscus post omnes; por lo tanto, normativamente, el Derecho positivo resuelve la incertidumbre de quién debe recoger la herencia en nombre del Estado para evitar, de este modo, que cualquiera sin derecho recoja el caudal relicto destinado a la beneficencia.
Asimismo, el artículo 830 del Código Civil del Perú, también resuelve la incertidumbre de quién debe contribuir a que la Beneficencia recoja, objetiva y efectivamente, el patrimonio de quien falleció sin tener herederos en grado sucesible, en este caso el artículo 830 señala que debe hacer el gestor de herencias.
El problema, normativamente, parece resuelto (cfr: el artículo 830° del Código Civil del Perú de 1984), es decir, al no existir herederos en el grado correspondiente (cfr: los artículos 236°, 816°, 830° del Código Civil del Perú de 1984) debe ser el Estado quien recoja la herencia. Sin embargo, cómo o de qué manera, las Sociedades de Beneficencia, toman conocimiento que existe un patrimonio relicto sin herederos.
El artículo 830, del Código Civil del Perú de 1984, con sabiduría, ha recogido una vieja figura jurídica del Derecho administrativo peruano, que resuelve el problema: el gestor de herencia, el cual está regulado en el último párrafo del artículo 830 del Código Civil del Perú. ¿Quién es o puede ser el gestor de herencia? Es cualquier persona que asume, facultado por el artículo 830 del código civil de 1984, la defensa de los intereses del Estado, denunciando, a la beneficencia.
¿De qué forma, el gestor de herencias, defiende los intereses del Estado? en primer lugar, dicho gestor informa a la beneficencia la existencia de una herencia que no es recogido por nadie y sustancia con su propio dinero la sucesión intestada en beneficio de la beneficencia, actuación sin la cual el Estado no tendría cómo enterarse que existe un patrimonio sin herederos en grado sucesible y recogerlo para sí, en beneficio del interés común.
Finalmente, la investigación pretende demostrar que: 1. La Beneficencia de Lima tiene, a través del gestor de herencia, un mecanismo eficaz y oportuno para que ella pueda recoger la herencia que ha dejado un difunto sin herederos en grado sucesible. 2. La intervención de los gestores de herencias ha permitido que la Beneficencia de Lima haya podido recoger y asimismo ser propietaria del patrimonio de quién murió sin tener herederos en grado sucesible.3. La institución de los gestores de herencia ha servido para que la Beneficencia de Lima, incremente su patrimonio, incorporados al margesí de dicha institución. 4. Los gestores de herencia no aparecen recién con la promulgación del Código Civil del Perú de 1984, están presentes en el derecho peruano desde el Derecho Colonial.
Palabras claves: Historia del derecho peruano. Derecho colonial. Derecho Romano Bizantino. Derecho de sucesiones. Sucesión del Estado. Gestores de herencia. / --- This investigation develops the issues of succession mortis causa of the State, which is regulated in Article 830° of the Peru's Civil Code of 1984and the fiscus post omnes principle. Also, it develops the role of the manager of heritage and its contribution to increase in the assets it of the Charity Lima.
This research is divided into five parts. The first part presents the legal problem. The second part develops the legal dogmatic aspect of the succession and especially the State succession. The third part deals with the essential historical evolution of State succession, starting from the Byzantine Roman law, with special emphasis on the contribution of the Emperor Justiniano to figure of the Intestacy and then analyzing the peruvian Positive Law from the Colonial Law to Peru's Civil Code of 1984. The fourth part demonstrates, for sure, the contribution of heritage managers for the Charity of Lima from 1984 to 2000. The fifth part examines the comparative law.
The Article 830° of the Peru's Civil Code of 1984, located in Section Three, Intestate Succession, from the Book IV, Inheritance Law, laws on the rights of Charity, lack there oft Board of Social Participation, representing the peruvian State to acquire in property the patrimony from someone who dies without heir in degree inheritress.
The Charity Society or the Board of Social Participation have that right, according to the principle of Roman Law: fiscus post omnes, therefore, normatively, Positive Law resolves the uncertainty of who should collect the Estate on behalf of the State to avoid any person without right collects the assets left for the charity.
Also, Article 830° of the Civil Code resolves the uncertainty of who should help the Charity collect, objective lyand indeed, the heritage of those who died without heirs, in this case the Article 830° states that should the estates manager.
The problem, normatively, seems resolved (cf: Article 830° of the Peru's Civil Code of 1984), ie, the absence of heirs to the grade of (cf: Articles 236 °, 816 °, 830 ° of the Civil Code of Peru, 1984), should be the state who collect the inheritance. But, how does the Charity Societies become aware that there is a heritage without heirs?
The Article 830°of Peru's Civil Code of 1984 has picked up wiselyan old legal concept of peruvian Administrative Law which solves the problem: the manager of inheritance is regulated in the last paragraph of the Article 830°of Peru's Civil Code of 1984. Who is or can be the manager of inheritance? Is anyone who takes, authorized by Article 830°, the advocacy by denouncing before charity.
How does the inheritance manager defends the interests of the State? First, the manager informs the existence of a charitable legacy that is not picked up by anyone and substance with his own money the intestate succession for the benefit of Charity, otherwise the State would have no way to know that there is a free heritage and collect for himself in the common interest.
Finally, the research aims to demonstrate that: 1. The Charity of Lima has, through the inheritance manager, an effective and appropriate figure to collect the inheritance left to nobody. 2. The involvement of managers of inheritance has allowed the Charity of Lima to collected and also to own the assets of whom died without heirs inheritress degree. 3 The institution of the managers of heritage has served to make the Charity of Lima, increase their assets, incorporated into margesí of that institution. 4. Heritage managers do not appear just with the enactment of the Peru's Civil Code of 1984; they are present in the peruvian Law from the Colonial Law.
Keywords: History of Peruvian Law. Colonial Law. Byzantine Roman Law. Law of succession.State succession. Heritage managers.
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Los Procesos de titulización de activosPariamachi Alvarado, Domingo Adolfo January 2004 (has links)
El Proceso de Titulización de Activos es el tema central de estudio de la presente tesis, en su reconocimiento como alternativa eficaz de financiamiento y sus diversas proyecciones de desarrollo en la economía nuestro objetivo es demostrar su importancia.
Para ello en el primer capítulo efectuamos un previo estudio desde el punto de vista financiero, para luego en el segundo capítulo desarrollar los aspectos básicos del fideicomiso, base de la estructura del proceso estudiado.
Seguidamente en el capítulo III nos ocupamos del proceso en sí, efectuando el análisis de aspectos esenciales de éste, lo que continúa en los siguientes capítulos, estudiando la importancia de la administración del riesgo en el proceso, un análisis de los procesos de Titulización y las experiencias en otros países en los capítulos IV, V y VI.
En el capítulo VII se hacen algunos comentarios finales, observaciones de la investigación, se citan algunas propuestas, se analizan las perspectivas y posibilidades del proceso en el mercado hipotecario entre otros.
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Plan de negocios para la creación de un Market Place de propiedades mineras en Chile y LatinoaméricaEggers Hering, Thomas Carlos January 2015 (has links)
Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento hasta el 2/4/2020. / Magíster en Gestión para la Globalización / El presente estudio tiene como objetivo establecer un plan de negocios que incentive la competitividad en el ejercicio de la exploración minera en Chile y Latinoamérica, mediante la creación de un mercado organizado online que ponga en contacto oferentes y demandantes de títulos mineros. Se pretende así dar solución al acceso de propiedad minera que existe en Chile y a la vez fomentar la rotación e incrementar la liquidez de este tipo de activos desde una perspectiva de mercado. De manera anexa se generará un mercado de información geocientífica y se establecerá un portal para ofrecer servicios enfocados en el negocio de la exploración.
Actualmente no existe en Chile un mercado organizado enfocado en facilitar transacciones de propiedades mineras online. El mercado potencial calculado para Chile varía entre US$ 86.000 y 45.000 millones. Para empresas semejantes que operan en Australia se estiman ingresos anuales entre US$ 1.3 y 1.8 millones.
La empresa está enfocada en ofrecer un portafolio de proyectos mineros en etapa de exploración a empresas Juniors y Majors, y a la vez facilitar el acceso a información geocientífica y contratación se servicios asociados a la exploración.
Se cuenta con un equipo profesional de alto nivel compuesto de un abogado con experiencia en comercio internacional, un ingeniero comercial con experiencia en estrategia y finanzas, un ingeniero industrial con experiencia en marketing y un geólogo con experiencia en exploración minera. Todos ellos presentan formación de MBA en Australia y tres de ellos doble título en Chile.
El modelo de negocio se basa en el pago de una subscripción para tener acceso a la información completa del portafolio de proyectos y al pago de una comisión por negocio realizado, al igual que las transacciones de información geocientífica y contratación de servicios anexos.
Las ventajas competitivas que tiene la empresa son el equipo profesional de alto nivel y el sólido y fuerte network en la industria del cobre, exploración minera y mundo financiero. Se cuenta con un Advisory Board con altos ejecutivos de empresas Majors.
El valor de la empresa, estimado mediante el VAN a una tasa de descuento de 13,5%, es de US$ 11,9 millones para un periodo de evaluación de 10 años, con una TIR de 64%. Se espera alcanzar el break even point a partir del año tres. La inversión inicial se estima en US$ 200.000 incluyendo el desarrollo del sitio web y la operación y kick off de los primeros ocho meses.
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La obligación de cesión de terrenos en materia urbanísticaJiménez Salas, Guillermo January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La importancia de la obligación de cesión de terrenos no ha sido menor en el derecho chileno.
Aunque sus orígenes se remontan a los primeros años del siglo XX, en los últimos diez años se han tenido lugar controversias sobre sus límites, con especial intensidad, ante órganos administrativos y jurisdiccionales.
Así, como se verá a lo largo de este trabajo, particulares han cuestionado ante la Contraloría y ante las Cortes, la legalidad y la constitucionalidad de las actuaciones de las Direcciones de Obras Municipales y los Secretarios Regionales Municipales relativos a las cesiones de terrenos.
También se han originado litigios entre vecinos y empresas constructoras por las áreas verdes que éstas últimas deben ceder en su quehacer como agentes urbanísticos.
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