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La transferencia de aires en el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común : premisas normativas y problemática registral

Calle Cabrera, Pía Stephanía January 2018 (has links)
El presente artículo recoge nociones desde el marco normativo aplicable, doctrina y resoluciones del Tribunal Registral emitidas acerca de la transferencia de aires en el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común. A partir de dichas fuentes, buscamos dar una aproximación respecto al procedimiento a seguir para lograr la inscripción en Registros Públicos de dicho acto sin mayores inconvenientes.
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En la legislación peruana ¿se admite la renuncia como forma de extinción al derecho de propiedad inmueble y como consecuencia de la misma la desinscripción del predio?

Luján Huamaní, Jhin Pio 10 May 2017 (has links)
Mediante Resolución N° 240-2013-SUNARP/PT, del 10 de setiembre de 2013, el Tribunal Registral resolvió publicar el precedente de observancia obligatoria aprobado en el Pleno CIX, en el cual se dispuso lo siguiente: “Es inscribible la cancelación de la inscripción del derecho de propiedad sobre todo el predio y su consiguiente desinmatriculación por renuncia de su titular, siempre que ello no afecte derecho de terceros.” Al respecto, la renuncia al derecho de propiedad, es una forma sui generis o excepcional, de extinguir el derecho de propiedad; si bien, esta forma de extinción no se encuentra dentro de las causales tipificadas en el artículo 968 del Código Civil, sin embargo, las allí señaladas no tiene el carácter de numerus clausus, porque pueden existir otras formas de extinción, como ésta, para poner fin al derecho de propiedad. El Tribunal Registral estableció a la renuncia como una de las formas de extinción del derecho de propiedad, sin embargo, siendo un tribunal administrativo, no es el órgano competente para establecer una nueva forma de extinción al derecho de propiedad, ya que esta función le compete a otro poder del estado.
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Análisis del precedente de observancia obligatoria aprobado en el XCIV pleno y precisado en el pleno XCIX; y análisis de la función del registrador público en la actualidad

Pinillos Bazo, Andrea Cecilia 10 May 2017 (has links)
El presente trabajo de investigación centra su análisis en el Precedente de Observancia Obligatoria aprobado en el Pleno XCIV, publicado el 24 de agosto de 2012 y precisado posteriormente en el Pleno XCIX, publicado del 01 de diciembre de 2012, cuyo texto, inicial fue el siguiente: “Las restricciones convencionales de la propiedad establecidas por pacto no pueden comprender los atributos de enajenación o gravamen del bien, salvo que la Ley lo permita, conforme con lo previsto por el artículo 882 del Código Civil, pues existe un interés superior de que los bienes circulen libremente en el mercado.” Luego de la precisión a la que se hizo referencia en el primer párrafo, el texto del Precedente de Observancia Obligatoria en cuestión, quedó redactado de la siguiente manera: “Las restricciones convencionales de la propiedad establecidas por pacto no pueden comprender - de manera absoluta, relativa ni temporal-, los atributos de enajenación o gravamen del bien, salvo que la Ley lo permita, conforme con lo previsto por el artículo 882 del Código Civil, pues existe un interés superior de que los bienes circulen libremente en el mercado.” De este modo, en el presente trabajo de investigación se analiza el mencionado Precedente de Observancia Obligatoria (en adelante, POO) y su posterior precisión, así como la serie de dificultades que se presentaban a los Registradores al momento de calificar títulos que tuvieran alguna disposición que pudiera contradecir al artículo 882 del Código Civil antes de la promulgación del POO. Del mismo modo se analizarán las Resoluciones del Tribunal Registral que dieron pie al POO y los cambios que se generaron en la calificación registral, desde su promulgación
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El tratamiento registral de los bienes culturales inmuebles y el segundo precedente de observancia obligatoria aprobado en el LXII pleno registral

Choque Porras, Sophia Norka 09 May 2017 (has links)
Desde el siglo XX, en el Perú, ha existido un particular interés respecto a la vivienda, ya sea como una política de Estado – usualmente mal gestada -, o por iniciativa de los propios ciudadanos. No obstante, se ha consolidado un conflicto entre la modernidad y urbanización de la ciudad frente a la conservación y puesta en valor de bienes inmuebles de valor histórico. Este conflicto no sólo ha hecho peligrar y coadyuvar a su deterioro o extinción, sino que se observado una peculiar desatención por parte del Estado ante un deficiente marco legal de protección e incentivo. Es así que, en el presente trabajo, no sólo analizaremos dichas situaciones, sino además el tratamiento que se le ha dado a los Bienes Inmuebles Culturales en sede registral, en especial al II Precedente de Observancia Obligatoria del LXII Pleno Registral.
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El compromiso de contratar y su acceso al registro de propiedad inmueble

Misari Argandoña, Carlos Manuel 07 May 2014 (has links)
No cabe duda que el Código Civil peruano de 1984, introdujo una serie de modificaciones de la mayor relevancia en materia contractual, bajo una manifiesta influencia del Código Civil italiano de 1942. Dichas modificaciones no sólo significaron una mejor sistematización de diversos tópicos en la parte general del Libro VII, Fuentes de las Obligaciones, sino también la introducción de aspectos que modernizaron diversos temas no legislados en el Código Civil de 1936. Entre aquellos aspectos que regula el Libro de Contratos correspondiente a la Parte General, el legislador resolvió incluir la relativa a los llamados Contratos Preparatorios, que conforman un acápite especial dentro de la parte general. De esta manera, nuestro Código vigente desde el 14 de noviembre de 1984, regula normativamente los denominados Contratos Preparatorios, y a su vez, y de manera especial regula las clases del Contrato Preparatorio: el Contrato de Compromiso de Contratar y el Contrato de Opción, en sus artículos 1414 al 1425. El legislador al optar por incluir a los llamados Contratos Preparatorios, vio por conveniente regular como contratos especiales o típicos, a aquellos acuerdos a través de los cuales las partes quedaban comprometidas de a celebrar otro contrato llamado “definitivo”, que por alguna razón, no resultaba posible de ser celebrado de inmediato. La justificación que encontró el legislador probablemente radicó en su deseo de resolver una serie de situaciones que representaban los acuerdos u ofertas previas o preparatorias, que merecían tutela dada la ausencia de regulación normativa, que no sancionaba de ninguna forma el incumplimiento de tales acuerdos, desalentando su uso e incentivando su incumplimiento. En cada tipo contractual preparatorio asistimos a figuras que dada la temporalidad que gobierna a este tipo de contratos, generan situaciones de pendencia entre su celebración y la celebración del contrato definitivo que desplegarán efectos que merecerán tutela frente a terceros. Y es que una vez celebrado un contrato preparatorio, es posible – dado el carácter obligatorio de los contratos en nuestro código civil – que antes de la conclusión del contrato definitivo alguna de las partes se obligue con terceros respecto del mismo objeto del contrato, o disponga del bien materia de la prestación con las consecuencias que esto supone. Para este fin, la oponibilidad que el ordenamiento le pudiera dispensar a los contratos preparatorios frente a terceros, podría resultar fundamental a fin de tutelar su cumplimiento y evitar escenarios de concurrencia o la frustración de las expectativas de la parte perjudicada con su incumplimiento.
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Regulación de la adquisición de inmuebles por trato directo en el marco del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192

Villarreal Neyra, Katherine Milagros 05 March 2023 (has links)
La creciente ejecución de obras de infraestructura, entre ellas, las de infraestructura vial, requiere por parte del Estado peruano, una acción eficiente y eficaz a fin de poder llevar a cabo dichas obras. En ese sentido, y como paso previo a la ejecución de la obra, se requiere la adquisición de aquellos inmuebles que se encuentren dentro del trazo de la obra de infraestructura vial, por lo que, para efectuar dicha adquisición, el Estado peruano ha venido promulgando diversas normas que contienen los principios y procedimientos propios de esta forma de adquisición. Así, desde hace unos cinco (05) años aproximadamente, se ha promulgado de manera continua diversas leyes, con el fin de dotar a la administración de todos los mecanismos necesarios para hacer posible que la adquisición de inmuebles se lleve a cabo dentro del marco constitucional. De esta manera, el presente trabajo busca profundizar en el conocimiento y difusión del marco normativo dentro del cual la administración lleva a cabo dicha labor, a fin de coadyuvar en la protección de los derechos que le asisten a la población, así como establecer bases para futuras reformas, tomando como referencia los mecanismos y procedimientos existentes en la experiencia comparada.
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Efectos jurídicos perjudiciales recaídos en el tercero registral como consecuencia del asiento cancelatorio, extendido de acuerdo al artículo 5 de la Ley 30313

Muñiz Duran, Ada Gabriela 26 March 2022 (has links)
La constante evolución de herramientas, de las que se valen las organizaciones delictivas para defraudar a los propietarios de bienes inmuebles, en los últimos años ha impactado de manera significativa en la seguridad jurídica y en la efectiva protección del derecho de propiedad. La respuesta del Estado a esta problemática se dio mediante la promulgación de la Ley Nº 30313, que fue materia de diversos cuestionamientos, uno de ellos recae en lo señalado por el artículo 5º: La información contenida en las inscripciones y anotaciones preventivas que han sido canceladas, no perjudica al tercero en los términos establecidos en el artículo 2014 del Código Civil (…). El objetivo general del trabajo fue demostrar que esta supuesta indemnidad jurídica no se cumple, y que el tercero registral sí se encuentra afectado por el asiento cancelatorio. Para tal fin se revisó el procedimiento de cancelación administrativa en sede registral por los supuestos de falsificación documentaria o suplantación de identidad contrastando con lo establecido por la doctrina nacional y extranjera respecto a los principios rectores del sistema registral los cuales se han visto modificados por la normativa referida, por lo que se concluye que efectivamente desde la norma, el asiento cancelatorio, produce una afectación real al derecho del tercero registral. / The constant evolution of tools, which criminal organizations use to defraud property owners, in recent years has had a significant impact on legal security and the effective protection of property rights. The State's response to this problem was given through the enactment of Law No. 30313, which was the subject of various questions, one of them falls on what was pointed out by: The information contained in the inscriptions and preventive annotations that have been canceled does not harm the outsider in the terms established in article 2014 of the Civil Code (…). The general objective of the work was to demonstrate that this supposed legal indemnity is not fulfilled, and that the outsider registry is affected by the cancellation entry. To this end, the administrative cancellation procedure at the registry office was reviewed for cases of documentary falsification or identity theft, contrasting with what is established by national and foreign doctrine regarding the governing principles of the registry system, which have been modified by the regulations. Referred, for which it is concluded that effectively from the norm, the cancellation entry, produces a real affectation to the right of the third party registry.
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La posibilidad de integrar el derecho al vuelo como derecho real en el Perú

Cervantes Velasquez, Luis Adrian 26 March 2022 (has links)
El presente trabajo versa sobre la integración del derecho al vuelo como derecho real, teniendo en cuenta las normativas actuales, acuerdos plenarios y doctrina extranjera. La finalidad del presente trabajo es incentivar a la búsqueda de posibles soluciones respecto a tres puntos claves, el primer punto sobre el artículo 881 del código civil peruano y el principio “numerus clausus” como primera barrera para la integración como derecho real del derecho al vuelo, en segundo lugar establecer una posición legalista de cómo debería integrarse en nuestro ordenamiento y en tercer lugar visualizar el panorama práctico de los alcances que está teniendo la facultad de construcción en nuestro ordenamiento en base a la normativas que se vienen dictando como el último acuerdo plenario sobre la independización de aires sobre aires. / The purpose of the present paper deals with the integration of the right to flight as real right, taking into consideration the current regulations, plenary agreements and foreign doctrine. The purpose of this work is to encourage the investigation for possible solutions regarding three key points, the first point based on article 881 of the Peruvian civil code and the principle "numerus clausus" as the first barrier to integration as a real right of the right to flight , secondly, to establish a legalistic position of how it should be integrated into our ordinance and thirdly to visualize the practical panorama of the scope that the construction faculty is having in our ordinance based on the regulations that have been dictated as the last plenary agreement based on the independence of airs on airs.
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Informe Jurídico sobre Resolución Nº 757-2008-SUNARP-TR-L

Hualpatuero Carlos, Helga Nola 06 May 2021 (has links)
El caso materia de análisis del presente informe jurídico aborda dos temas fundamentales del Derecho Registral, como son la prioridad y la calificación. La resolución Nº 757-2008- SUNARP-TR-L se emite a propósito de la apelación de una observación realizada por una registradora pública sobre un título que pretendía inscribir la adjudicación de un inmueble producto de la ejecución de una hipoteca. El conflicto se centra en el hecho de que de manera posterior a la inscripción de la hipoteca se inscribe: 1) la anotación de una demanda de declaración de heredero y petición de herencia; y, 2) la inscripción del heredero como copropietario del inmueble. No obstante lo indicado por la registradora, el Tribunal Registral revoca la observación y ordena la inscripción de la adjudicación del inmueble. Al respecto, el presente informe concluye que la adjudicación del inmueble producto de la ejecución de la hipoteca no es un título incompatible con lo anteriormente registrado en la partida, incluso cuando previo a ello se haya anotado la demanda de declaratoria de heredero y petición de herencia y, como consecuencia, se inscribiera la copropiedad de un nuevo titular, pues la titularidad del bien puede recaer sobre un sujeto distinto al constituyente de la hipoteca y aún así subsistir la garantía y, por ende, el derecho del acreedor hipotecario de ejecutar el bien, producto de lo cual se adquiere en virtud de subasta pública el inmueble. Finalmente, en cuanto a la calificación registral se aborda el tema de la calificación de documentos judiciales, concluyéndose que al amparo de la normativa aplicable, el pronunciamiento del juez debe aplicarse y, por ende, proceder con la inscripción de lo que este indique.
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La inscripción en el registro de predios del contrato de compromiso de contratar : Es viable en el ordenamiento jurídico peruano?

Zuluaga Guerra, Marco 31 July 2022 (has links)
En el presente trabajo pretendo absolver brevemente algunas interrogantes sobre la viabilidad de inscripción registral del contrato típico de compromiso de contratar, ¿El compromiso de contratar es un acto inscribible en el Registro de Predios?, ¿El compromiso de contratar debe ser un acto inscribible?, esa negativa sesgada por parte del Registrador Publico y Tribunal Registral, con el argumento de que no constituye un acto inscribible. En la actualidad no permiten acceder a registros para su anotación preventiva en el registro de predios, con la finalidad de brindar seguridad jurídica y dar publicidad con efecto erga omnes de las restricciones que se constituyen sobre inmueble determinado. / In this research work I pretend to solve some questions about the viability of registry inscription of commitment to hire contract. Could the commitment to hire contract be registered in Land Registry? Should the commitment to hire be a registrable act? This negative of public registrar and Registry Court with argument of commitment to hire contract is not a registrable act. Currently we don’t have access to do a preventive annotation in the Land Registry about this commitment to hire with the finally to offer legal security to people and make public the contract. This with the effect of erga omnes of restrictions that be part of the property.

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