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Unificación de jurisprudencia y recurso extraordinario en el proyecto de ley que establece un nuevo Código Procesal Civil

Bravo Hurtado, Pablo Raúl January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta memoria aborda el tema de la Corte Suprema y sus funciones, en perspectiva de la reforma procesal civil. Parte sustentándose en las ideas de Michelle Taruffo acerca de las Cortes de Casación en el Derecho comparado, para después denunciar sus falencias y aventurarse a proponer un modelo propio que en gran medida perfecciona "il Vertice Ambiguo" hasta sustituirlo. En la introducción se plantea el tema de investigación que es, en primer lugar, comprender los tipos de Corte Suprema que se dan en el Derecho comparado pero desde una perspectiva particular. Es lo que aquí se denomina la perspectiva de la 'auto-comprensión' que consiste en captar el modo en que cada sistema se describe a sí mismo, evitando aplicar un marco teórico ajeno a él. Y en segundo lugar, se aplica este modelo de Cortes Supremas a la regulación actual de la casación en Chile y además al recurso extraordinario que se plantea en el Proyecto de ley de Código Procesal Civil. En el capítulo I se propone un modelo de derecho comparado que identifica tres tipos de Corte Suprema según su auto-comprensión. Una Corte de 'tercera instancia', de 'casación de ley' o 'unificación de jurisprudencia' se distinguen unas de otras porque se entienden a sí mismas de un modo diverso; como "haciendo justicia", "corrigiendo errores" o "tomando partido" respectivamente. En adelante el capítulo desarrolla esa distinción entre las tres Cortes, desde parámetros como la delimitación de los ámbitos de revisión, el tipo de relevancia, la cantidad de casos, el número de jueces y los filtros de acceso. Concluye con un acápite en que se propone interpretar la reforma judicial alemana del 2002 como un verdadero abandono de la tercera instancia en el Derecho comparado. El capítulo II se aboca a contrastar la casación de ley con la unificación de jurisprudencia. Aquí los parámetros que se analizan son la noción de "Derecho", el objeto de interpretación de una y otra, la adhesión al ideal de suficiencia de la ley, el trato de la doctrina disidente, los valores en la interpretación, la relación con el parlamento, entre otros. Ahora bien, este par se asemeja entre sí (diferenciándose en conjunto de la tercera instancia) en que ambos están igualmente orientados a lograr la uniformidad de criterios de decisión, como dos vías. La casación de ley sería una vía que operaría a partir de una sumatoria de casos particulares igualmente decididos que generen a la larga una jurisprudencia constante. La unificación de jurisprudencia, por su parte, opera con precedentes donde un único fallo puede sentar pautas generales de interpretación para futuros casos. En el capítulo III se aplican los modelos de Corte Suprema desarrollados en los capítulos anteriores para describir la regulación que actualmente tiene la casación de ley en Chile. Resultó interesante advertir cómo el modelo logra identificar los aspectos de la regulación actual que, en realidad la acercan a la tercera instancia a pesar de la insistencia dogmática en negarle el estatus procesal de 'instancia' a la casación Chile. Y además resalta cómo el espacio para cumplir directamente un rol de unificación de jurisprudencia si bien está disponible, termina teniendo poco o ningún uso por nuestra Corte. En el capítulo final IV se analiza la regulación del Recurso Extraordinario ante la Corte Suprema que propone el Proyecto de ley que establece un Nuevo Código Procesal Civil. En aplicación del modelo desarrollado en los capítulos anteriores, se concluye que se trata de un recurso que configura una clara unificación de jurisprudencia. En adelante se explica las funciones y propósitos detrás de cada artículo; en especial destacan la definición explícita del rol unificador de la Corte Suprema, el requisito de injusticia notoria, las 4 hipótesis de unificación, la estrategia procesal del recurso, la variación de jurisprudencia y el certiorari. Éste último fue desarrollado con un mayor análisis porque es el tema que más se distancia de nuestra tradición casacional. Aun así, el certiorari -como la facultad de la Corte para seleccionar más o menos discrecionalmente los casos que conoce según su interés público- es defendido por como un mecanismo consustancial al modelo de unificación, sin el cual la Corte no dispondría de un filtro de acceso que reduzca suficientemente la cantidad de casos que resuelve y así poder seguir el rastro de sus propios fallos, logrando mantener una jurisprudencia estable.
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Análisis del recurso extraordinario en el sistema procesal civil a la luz del derecho de unificación de jurisprudencia laboral

Osorio Parra, Carlos Felipe January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El Recurso Extraordinario como una de las herramientas de la Reforma Procesal Civil ha venido a instaurar innumerables discusiones, críticas, y dudas. Por su parte, el Recurso de Unificación de Jurisprudencia Laboral operativo ya en el sistema jurídico, con una estructura similar al Recurso Extraordinario ha debido sortear críticas casi idénticas en muchos aspectos. Realizando un análisis de sus similitudes y diferencias, considerando las críticas que han sufrido ambos a partir de ellas, es que este trabajo de investigación pretende realizar una propuesta diferente sobre la base de respuestas encontradas en el Derecho comparado, y algunas existentes en la doctrina, para así solucionar las falencias del proyecto de ley. Queriendo vislumbrar igualmente acerca de la necesariedad y utilidad de la reforma, se hará también un análisis comparativo en relación al Recurso de Casación, y su función de unificación de jurisprudencia, atendiendo a la deseabilidad o no de un sistema basado en jurisprudencia vinculante, y su factibilidad de aplicación en nuestro país. Este trabajo finalmente, buscará responder a los cuestionamientos constitucionales que ha planteado la doctrina, de forma que sorteado este cortapisas último se pueda desarrollar una propuesta multifacética, que aunque alejándose del proyecto, rescate de este sus elementos esenciales.
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El certiorari y la jurisdicción discrecional de los superiores tribunales

Giannini, Leandro 20 February 2014 (has links)
La investigación desarrollada contiene un análisis riguroso y completo de los mecanismos de selección de causas vigentes en tanto en la Argentina como en el Derecho Comparado. En nuestro medio, se examina su funcionamiento en la órbita del recurso extraordinario federal (art. 280 del CPCN) y en el ámbito de la casación local (art. 31 bis de la ley 5827). A tales efectos, se presta especial atención al régimen del ‘certiorari’, pieza clave dentro de los llamados mecanismos “discrecionales” de selección de casos por parte de los superiores tribunales del país (Corte Suprema de Justicia de la Nación y Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires). El estudio comprende tres partes fundamentales. En la primera de ellas (que comprende los tres capítulos iniciales), se desarrollan los aspectos generales del ‘certiorari’ y de los mecanismos de selección acordados a las cortes supremas. En tal sentido, luego de la introducción general (capítulo primero), se analizan los fundamentos del instituto (capítulo segundo) y sus antecedentes en el derecho comparado (capítulo tercero). La segunda parte está dedicada fundamentalmente al estudio del régimen nacional, consagrado en el ámbito del recurso extraordinario federal (capítulo cuarto). Se analizan allí los antecedentes del art. 280 del CPCN, su dogmática (ámbito de aplicación, alcances de la discrecionalidad conferida por el dispositivo citado, causales que habilitan su utilización, el quid motivación, etc.). Inmediatamente después (capítulo quinto), se realiza panorama de previsiones del género contenidas en otras jurisdicciones del país, como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (art. art. 30, ley 402) y Tierra del Fuego (art. 293, CPC). La tercera parte (capítulo sexto) está dedicada al estudio del ‘certiorari’ en la Provincia de Buenos Aires, examinando también sus antecedentes, su ámbito de aplicación, las causales o motivos que autorizan a emplearlo y, especialmente, la incidencia del mismo como instrumento para procurar una reformulación de la casación local, sin perder de vista el rol que un superior tribunal estadual como la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires está llamado a cumplir en el sistema federal argentino.

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