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Informe jurídico sobre la Resolución N° 1049- 2023/SPC-INDECOPIPicasso Clarke, Bernardo 12 August 2024 (has links)
En el marco de un procedimiento administrativo sancionador, la Sala
Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de Defensa de la
Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI determinó que la
empresa Viva Negocios Inmobiliarios S.A. incumplió los artículos 77.1 y 78.1 del
Código de Protección al Consumidor, respecto a sus deberes de (i) informar
sobre la partida registral del inmueble materia del proyecto inmobiliario a fin de
acreditar que dicho inmueble es de propiedad de la persona contratante, y (ii)
entregar los contratos de compraventa a los consumidores de manera física en
su local comercial.
En vista a que el Código Civil contempla la presunción de que todas las personas
conocen las inscripciones de los registros públicos, y que no establece ninguna
formalidad para la celebración de los contratos de compraventa, surge el
cuestionamiento respecto a si existe una disonancia normativa entre los
respectivos artículos del Código Civil con las disposiciones del Código de
Protección al Consumidor en mérito de las cuales se sancionó a la inmobiliaria.
En el presente trabajo se arriba a la conclusión de que no existe tal discrepancia,
en la medida que los alcances de las regulaciones del Código de Protección al
Consumidor se limitan a facilitar y garantizar a los consumidores del sector
inmobiliario a que puedan hacer efectivo el ejercicio de su derecho a la
información antes de celebrar un contratos de compraventa. / In an administrative sanctioning procedure, the Specialized Chamber on
Consumer Protection of the Court for the Defense of Competition and Intellectual
Property of INDECOPI determined that the company Viva Negocios Inmobiliarios
S.A. did not comply with articles 77.1 and 78. 1 of the Consumer Protection Code,
with respect to its duties to (i) inform about the registry entry of the land where
the project will be developed as a way to prove that such real estate is owned by
the contracting party, and (ii) deliver the purchase agreements to the consumers
in a physical manner at its commercial premises.
Considering that the Civil Code contemplates the presumption that all persons
know the inscriptions of the public registries, and that the Civil Code does not
contemplate any formality for the execution of purchase agreements, then there
could be a normative dissonance between said regulations of the Civil Code with
the provisions of the Consumer Protection Code by virtue of which the real estate
company was sanctioned.
This report concludes that there is no such discrepancy, because the scope of
the rules of the Consumer Protection Code is limited to facilitating and
guaranteeing consumers in the real estate sector that they may exercise their
right to information before entering into a purchase agreement.
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Automatic exchange of information: towards a new global standard of tax transparency / El intercambio automático de información: hacia el nuevo estándar de transparencia fiscal internacionalPecho Trigueros, Miguel Eduardo 10 April 2018 (has links)
Tax authorities are increasingly relying on mutual cooperation with their foreign peers to enforce more effectively their internal tax laws. After the banking scandals of 2008 and the subsequent global financial crisis, the Global Forum on Transparency and Exchange of Information for TaxPurposes has proposed the exchange of information upon request as the fiscal transparency standard. However, some measures adopted by the European Union, previous initiatives from the Organization for Economic Cooperation and Development (OECD) and, above all, the introduction of the Foreign Account Tax Compliance Act (Fatca) by the United States in 2010 have promoted the need to adopt the automatic exchange of information as the new fiscal transparency standard. Automatic exchange of information allows home countries to verify whether their taxpayers have correctly included foreign income, allowing tax authorities to have early warning of possible noncompliance cases. In February 2014, the OECD published its proposal for a new global model of automatic exchange of financial account information. The new global model contains the necessary legal instruments and due diligence and reporting procedures, mainly for financial institutions. / Las autoridades tributarias dependen cada vez más de la cooperación con sus contrapartes extranjeras para administrar más eficazmente sus leyes tributarias nacionales. Luego de los escándalos bancarios de 2008y la crisis financiera global posterior, el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información Tributaria ha impulsado el intercambio de información a requerimiento como el estándar internacional en materia de transparencia fiscal. Sin embargo, algunas medidas adoptadas por la UniónEuropea, iniciativas previas de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y, sobre todo, la introducción en 2010 del«Foreign Account Tax Compliance Act» (Fatca) de los Estados Unidos han promovido la necesidad de adoptar el intercambio automático de informacióncomo nuevo estándar de transparencia fiscal internacional. El intercambio automático de información le permite a las jurisdicciones de la residencia verificar si sus contribuyentes han incluido correctamente las rentas obtenidas en el exterior, permitiéndole a las autoridades tributarias contar con alertas tempranas de posibles casos de incumplimiento. En febrero de 2014, la OCDE publicó su propuesta para un nuevo modelo global de intercambio automático de información aplicable a las cuentas mantenidas en entidades financieras. El nuevo modelo global contiene los instrumentos legales necesarios y los procedimientos de debida diligencia y reporte principalmente para las instituciones financieras.
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The comparative constitutional law on national constitutional system: with regard to the IX World Congress of Constitutional Law / El derecho constitucional comparado en el ordenamiento constitucional nacional: a propósito del IX Congreso Mundial de Derecho ConstitucionalLanda Arroyo, César 10 April 2018 (has links)
From the process of globalization of law, the comparative constitutional law has gained a leading role for a better understanding and solving old and new constitutional national and international challenges. Therefore, some assumptions and considerations to take into account are presented for the development of the national constitutional order within the framework of the comparative constitutional law, such as universality and relativism of human rights; the concept of power and constitutional democracy; standards of free elections and judicial independence; freedom of expression, media pluralism and access to public information; the economic,social and cultural rights; the new fundamental rights. / A partir del proceso de globalización del derecho, el derecho constitucional comparado ha ido adquiriendo un rol protagónico para una mejor comprensión y solución de los viejos y nuevos desafíos constitucionales, tanto nacionales como internacionales. Por ello, se presentan algunos presupuestos y consideraciones temáticas a tomar en cuenta para el desarrollo del ordenamiento constitucional nacional en el marco del derecho constitucional comparado, tales como la universalidad y el relativismo de los derechos humanos; el concepto de poder y democracia constitucional; los estándares de elecciones libres e independencia judicial; la libertad de expresión, la pluralidad informativa y el acceso a la información pública; los derechos económicos, sociales y culturales, y; los nuevos derechos fundamentales.
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