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Arbitraje en expropiacionesHernández Martínez, Walter January 2015 (has links)
Publicación a texto completo no autorizada por el autor / El documento digital no refiere asesor / La investigación está orientada a alcanzar los siguientes objetivos: comprobar si el proceso expropiatorio arbitral se gestiona en forma célere, estableciéndose como criterio el respeto al plazo razonable, contemplado en numerosas jurisprudencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional peruano, como la recaída en el Expediente N° 3509-2009-PHC/TC. Se determinará en cada caso (de los 32 analizados) si se cumplen los criterios establecidos en la referida Sentencia del Tribunal Constitucional, Expediente N° 3509-2009-PHC/TC a efecto de determinar si los arbitrajes se han desarrollado dentro de un plazo razonable. Además como resultado de la investigación se establecerá, en cuanto tiempo en promedio se gestionan los arbitrajes en expropiaciones.
Determinar si los árbitros o tribunales arbitrales, son especializados en los temas materia de la controversia. Al respecto debe considerarse que si los árbitros son especialistas en la materia controvertida, contarán con los conocimientos necesarios como para resolver los problemas que tienden a dilatar el proceso; así mismo redundará en la calidad del laudo arbitral. Por otra parte, debe destacarse la especial complejidad de estos procesos relativos a la propiedad, en el que existen problemas sobre áreas y linderos, aspectos registrales, saneamiento de la propiedad, pluralidad de sujetos procesales, intensa actividad procesal, etc. En consecuencia, estos tipos de procesos requieren de árbitros especializados en derechos reales, arbitraje, derecho administrativo, etc. Una de las supuestas ventajas del arbitraje es la especialidad de los árbitros, sin embargo no existen estudios que comprueben esta situación. Por el contrario debido al principio de confidencialidad del arbitraje, el mismo no es adecuadamente fiscalizado por la opinión pública, la comunidad académica y jurídica en general. Por tanto, existe duda sobre si los árbitros son realmente especialistas en la materia controvertida. Este objetivo tiene especial importancia para los intereses del Estado y la sociedad en su conjunto, ya que si bien la especialidad de los árbitros se presume, no existe una investigación que compruebe esta situación en forma objetiva y utilizando el método de investigación científica.
Determinar si los arbitrajes en expropiaciones son gestionados de una manera eficiente; ya que bajo el criterio, de la rapidez o celeridad (respeto al plazo razonable) con la que se resuelve el conflicto y se transfiera la propiedad al Estado, así como de la debida especialidad de los árbitros, dependerá que la solución del conflicto sea oportuna y el laudo de calidad de tal manera que se respeten los derechos de la partes en conflicto. Verificar la eficiencia del arbitraje en expropiaciones reviste especial importancia ya que, estos procesos arbitrales tienen como fin ulterior la ejecución de una obra de infraestructura que servirá para brindar un servicio público, por tanto la eficiencia con la que se gestione el proceso expropiatorio redundará en benéfico de la población. El expropiado también se ve beneficiado con un procedimiento rápido y especializado, es decir eficiente; ya que de un procedimiento eficientemente gestionado dependerá que se protejan los derechos del expropiado oportunamente y que el Estado cumpla con brindar los servicios públicos. / Tesis
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¿Debe la economía procesal prevalecer sobre la autonomía privada?: Apuntes sobre la consecuencia obligatoria del reenvío para los casos en que un laudo es anulado por su motivaciónGonzales Quispe, Marian Elizabeth 23 May 2023 (has links)
Si bien la Ley de Arbitraje no prevé una causal expresa, en el Perú es posible
anular un laudo por cuestionamientos a su motivación. Sin embargo, para este
tipo de casos, la Ley de Arbitraje ha regulado como consecuencia el reenvío, y
esta resulta contraproducente en muchas ocasiones por los problemas que
puede generar. Esta consecuencia, además de generar problemas (la
interposición de más de una demanda de anulación respecto de la misma
controversia es uno de ellos), de acuerdo a la regulación actual es, de manera
injustificada, obligatoria, es decir, no admite pacto en contrario, debiendo las
partes conformarse con ver cómo el litigio regresa a las manos del árbitro o los
árbitros que vulneraron su derecho al debido proceso.
En el presente artículo, la autora evalúa si la consecuencia del reenvío debe
admitir un pacto en contrario, ya sea que este pacto entre las partes del arbitraje
se lleve a cabo antes o después de la anulación del laudo. En ese sentido,
presenta de forma crítica los aspectos positivos y negativos de la regulación
actual, para concluir que, en este caso, la autonomía privada debe prevalecer a
la economía procesal; y que por ende, los pactos que dispongan algo distinto a
la consecuencia del reenvío (ya sea el reinicio del arbitraje o reconformación del
tribunal arbitral) deben ser admitidos por el ordenamiento jurídico, debiendo para
ello modificarse la norma contenida en el literal b) del artículo 65.1 de la Ley de
Arbitraje. / Although the Arbitration Law does not provide for an express cause of action, in
Peru it is possible to annul an award due to objections to its motivation. However,
for this type of cases, the Arbitration Law has regulated as a consequence the
remand, and this is counterproductive in many occasions due to the problems it
may generate. This consequence, in addition to generating problems (the filing
of more than one annulment claim in respect of the same dispute is one of them),
according to the current regulation is, unjustifiably, mandatory, that is, it does not
admit any agreement to the contrary, and the parties must be satisfied with seeing
how the dispute returns to the hands of the arbitrator or arbitrators who violated
their right to due process.
In this article, the author evaluates whether the consequence of the remand
should admit an agreement to the contrary, whether this agreement between the
parties to the arbitration takes place before or after the annulment of the award.
In this sense, she critically presents the positive and negative aspects of the
current regulation, to conclude that, in this case, private autonomy must prevail
over procedural economy; and that therefore, agreements that provide for
something other than the consequence of the remand (either the restart of the
arbitration or reconformation of the arbitral tribunal) must be admitted by the legal
system, and the rule contained in paragraph b) of Article 65.1 of the Arbitration
Law must be modified for this purpose. / Trabajo académico
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Análisis de la causal b del artículo 63 de la Ley de ArbitrajeMorote Peralta, Gabriela 04 April 2019 (has links)
El presente trabajo realiza un análisis de la causal b) del artículo 63 de la Ley de Arbitraje,
para determinar cuál es su alcance y la naturaliza jurídica de la misma. Es por ello, que
es necesario realizar un análisis previo del recurso de anulación de laudo, donde
determinaremos que se trata de un medio impugnatorio extraordinario. Asimismo, se
analizará el precedente vinculante María Julia para poder determinar efectivamente cuáles
son los supuestos regulados en la causal b) del artículo 63, y analizar los supuestos
señalados donde sí procedería presentar un recurso de amparo.
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La motivación en el arbitraje: Análisis sobre el pacto de no motivar según el artículo 56° de la Ley de ArbitrajeVizcarra Chavez, Sachenka Mercedes 09 May 2023 (has links)
El presente trabajo se enfoca en hacer un análisis del artículo 56° de la Ley de
Arbitraje peruana. En ese sentido, aborda dos perspectivas contrarias para
llegar a una conclusión sobre los alcances y limitaciones del pacto de no
motivar la decisión final de un arbitraje.
La primera de ellas nos mostrará una visión más literal acerca de la
interpretación de la norma y señalará que las partes tienen carta abierta para
decidir pactar lo que consideren pertinente a sus intereses acerca de la
motivación.
La segunda nos mostrará una visión más restrictiva sobre el pacto de no
motivar recogido en la ley, partiendo por indicar que la institución arbitral tiene
una naturaleza jurisdiccional, por lo cual se entiende que la motivación no
puede ser dejada de lado.
Todo lo anterior se hará con miras a determinar cuál de las dos posturas
planteadas se adapta mejor al ordenamiento jurídico peruano, sobre todo
teniendo en cuenta las decisiones adoptadas por las Salas Subespecializadas
en lo Comercial y/o similares que son quienes terminan viendo los recursos de
anulación planteados por las partes bajo la premisa de que la decisión final de
los árbitros ha tenido fallas de motivación. / Trabajo académico
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Informe sobre el Caso Arbitral Nº 817-221-15Roman Palma, Mayra Mirella 19 April 2023 (has links)
El laudo materia de análisis trata de un procedimiento de recepción de obra en
el marco de contratación pública. En este caso arbitral, la discusión se centró en
si es que la entrega física de la obra suponía su recepción conforme la Ley de
Contrataciones con el Estado y su Reglamento vigentes al momento de celebrar
el Contrato (Ley No. 26850 y Decreto Supremo No 084-2004). A nuestro parecer,
la recepción de la obra, regulada en el normativa de contrataciones con el
estado, supone la ejecución de un procedimiento establecido para determinar el
cumplimiento de las condiciones requeridas para la ejecución de la obra. En ese
sentido, la simple entrega física de la obra no puede interpretarse como la
recepción de la obra si no se ha cumplido con el procedimiento establecido. / The award subject of analysis deals with a procedure for the reception of works
within the framework of public procurement. In this arbitration case, the
discussion focused on whether the physical delivery of the work implied its receipt
in accordance with the Law on Contracting with the State and its Regulations in
force at the time the Contract was entered into (Law No. 26850 and Supreme
Decree No. 084 -2004). In our opinion, the reception of the work, regulated in the
contracting regulations with the state, supposes the execution of an established
procedure to determine the fulfillment of the conditions required for the execution
of the work. In this sense, the simple physical delivery of the work cannot be
interpreted as the reception of the work if the established procedure has not been
complied with.
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Informe Jurídico sobre la sentencia del Expediente N° 371-2015Bautista Barnett, Jhonatan Yuri 26 July 2023 (has links)
El presente informe analiza el concepto de duda justificada sobre la
independencia e imparcialidad de un árbitro, en el marco de un caso de anulación
de laudo por las causales b) y c) del artículo 63 del decreto legislativo 1071, para
a partir de ello esbozar que el criterio para concretizar el concepto de duda
justificada a razón de un vínculo amical requiere emplear los elementos de
proximidad e intensidad del vínculo al momento de efectuar el deber de
revelación para la evaluación realizada por las partes.
Para estos fines hemos recurrido a la legislación nacional sobre el arbitraje, las
guías de buenas prácticas en el arbitraje, así como el análisis de sentencias que
desarrollan el concepto de duda justificada sobre la independencia e
imparcialidad de un árbitro (como es por ejemplo la resolución N° 43 del
expediente N° 155-2012 de la Corte Superior de Justicia de Lima y la Sentencia
del Tribunal Constitucional recaída en el expediente N° 02851-2010-PA/TC) y
decisiones internacionales sobre recusaciones (ICSID Case ARB03/19).
De igual forma, se analizó el desarrollo realizado por la doctrina de la
imparcialidad e independencia y sus elementos (autores como Mario Castillo
Freyre, Esteban Alva, Julio Wong, Francisco González de Cossío, Thomas Clay,
Joshi Riddi, Marlen Estévez, entre otros). / The present study analyzes the concept of justified doubt as to the independence
and impartiality of an arbitrator, in the context of a case of annulment of an award
on the grounds b) and c) of Article 63 of Legislative Decree 1071, in order to
outline that the criterion for determining the concept of justified doubt on the basis
of a friendly relationship requires the use of the elements of proximity and
intensity of the relationship at the time of making the duty of disclosure for the
assessment made by the parties.
For these purposes, we have resorted to the national legislation on arbitration,
the guides to good practice in arbitration, as well as the analysis of judgments
that develop the concept of justified doubt on the independence and impartiality
of an arbitrator (such as, for example, Resolution No. 43 of Case No. 155-2012
of the Superior Court of Justice of Lima and the Constitutional Court's judgment
in Case No. 02851-2010-PA/TC) and international decisions on challenges
(ICSID Case ARB03/19).
Likewise, the development of the doctrine of impartiality and independence and
its elements (authors such as Mario Castillo Freyre, Esteban Alva, Julio Wong,
Francisco González de Cossío, Thomas Clay, Joshi Riddi, Marlen Estévez,
among others) were analyzed.
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Alcances sobre el derecho a la debida motivación y la anulación de laudos arbitrales: análisis en torno a la Resolución N° 7 del Expediente N° 00295-2019-0-1817-SP-CO-02Okumura Ramirez, Ricardo 16 August 2022 (has links)
El Informe que nos ocupa gira en torno al análisis efectuado de la Resolución
N° 7 emitida por la Segunda Sala Comercial Permanente – Corte Superior de Justicia de
Lima, a través de la cual se dispuso la anulación del Laudo Arbitral emitido con fecha 31 de
enero de 2019 en el arbitraje seguido entre REBECA MARÍA GUTIÉRREZ SÁNCHEZ y
PROVÍAS NACIONAL DEL MTC en materia de expropiación, por supuestos vicios en la
motivación del Tribunal Arbitral al momento de emitir el Laudo Arbitral impugnado.
El propósito del presente Informe es analizar los aspectos relacionados a la debida
motivación de las decisiones, la valoración que el Tribunal Arbitral realizó sobre los
dictámenes periciales en el Laudo Arbitral y el control judicial de los laudos arbitrales a la luz
de la doctrina y el Decreto Legislativo N° 1071 – Ley de Arbitraje.
Para tales efectos, tomando como referencia el Decreto Legislativo N° 1192 y su
modificatoria sobre los arbitrajes en materia de expropiación, se determina que el Laudo
Arbitral materia de impugnación incurrió en defectos en la motivación y valoración de la
pericia de oficio dispuesta en dicho proceso arbitral. En consecuencia, tras un análisis de los
fundamentos de la Segunda Sala Comercial Permanente y luego de revisar la doctrina y
jurisprudencia sobre las causales de anulación previstas en nuestro ordenamiento, el autor
emite su postura frente a si procede o no la anulación del Laudo Arbitral en el marco del
artículo 63.1 inciso b) de la Ley de Arbitraje. / This report revolves around the analysis conducted on the Resolution N° 7
issued by the Segunda Sala Comercial Permanente - Corte Superior de Justicia de Lima, in
which was agreed the annulment of the Arbitration Award issued on January 31st of 2019
during the arbitration process between REBECA MARÍA GUTIÉRREZ SÁNCHEZ and
PROVÍAS NACIONAL DEL MTC in regards to an expropriation process, due to apparent
defects in due motivation from the Arbitral Tribunal when issuing the contested Arbitration
Award.
The objective of this research is to analyze the aspects related to the correct statement of
reasons and due motivation behind the decisions, the probationary valuation of the Expert
Evidence in the Arbitration Award and the judicial control of the arbitration awards according
to doctrine and Legislative Decree N° 1071 - Arbitration Law.
In that regard, based on the Legislative Decree N° 1192 and its modifying standards on
arbitration processes in matter of expropriation, it is concluded that the contested Arbitration
Award incurred in errors in the due motivation and probationary valuation provided in such
arbitration process. Because of that and after analyzing the fundamentals issued by the
Segunda Sala Comercial Permanente, and analyzing the doctrine and jurisprudence about
grounds for annulment of arbitration awards in our legal system, the author takes a stand on
whether or not the annulment proceeds according to article 63.1, subsection b) of the
Peruvian Arbitration Law.
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Informe Jurídico sobre Laudo arbitral de Derecho de fecha 15 de julio de 2020 del Expediente 1908-308-18 llevado a cabo ante el CARC – PUCPRamírez Gilvonio, Camilo Ignacio 23 February 2023 (has links)
El presente trabajo tiene como objeto realizar un análisis del Laudo arbitral emitido bajo
el expediente 1908-308-18, llevado a cabo ante el Centro de Análisis y Resolución de
Conflictos de la PUCP, entre el Consorcio Puentes del Norte y Provias Nacional.
La controversia materia de análisis se dio en el marco de la ejecución del Contrato N°
012-2017-MTC/20 suscrito por las partes, el cual tuvo como objeto el diseño y
construcción de siete puentes por reemplazo en la Región de Puno, pactado bajo la
modalidad concurso oferta a suma alzada, en el régimen de la Ley de Contrataciones
del Estado (Decreto Legislativo N° 1017) y su Reglamento (Decreto Supremo N° 184-
2008-EF).
Conforme a la modalidad contractual pactada, el Consorcio Puentes del Norte se obligó
a elaborar el expediente técnico y, posteriormente, la ejecución de la obra; sin embargo,
durante la primera etapa de ejecución del contrato (elaboración del expediente técnico)
surgió la controversia, relacionada a la denegatoria de aprobación del expediente
técnico por parte de la Entidad contratante.
En síntesis, dicha controversia se centra en sí -tomando en cuenta la modalidad
contractual pactada (concurso oferta con precios a suma alzada)- correspondía que
Provias Nacional apruebe el expediente técnico presentado por el Consorcio, cuyo
monto previsto como presupuesto para la ejecución de obra superaba al precio ofertado
durante la licitación.
Así, el Laudo arbitral y el Voto en discordia analizan el alcance de las obligaciones de
las partes (en el marco de la modalidad contractual escogida) y su regulación en la
normativa de contratación pública aplicable, para determinar si es que el Consorcio
cumplió o no con la elaboración del expediente técnico.
En ese contexto, el presente Informe Jurídico presenta un análisis de las principales
instituciones y problemas jurídicos que son materia de pronunciamiento en el Laudo
arbitral, a la luz de la normativa de contrataciones del Estado aplicable al caso, la Ley
vigente, pronunciamientos del OSCE y doctrina. / The purpose of this Legal Report is to carry out an analysis of the Arbitration Award
issued under file 1908-308-18, carried out before the Center for Conflict Analysis and
Resolution of the PUCP, between "Consorcio Puentes del Norte" and Provias Nacional.
The matter of analysis occurred within the framework of the execution of Contract No.
012-2017-MTC/20 signed by the parties, which had as its object the design and
construction of seven replacement bridges in the Puno Region, agreed under the lump
sum “offer – tender” modality, under the regime of the State Procurement Law
(Legislative Decree No. 1017) and its Regulations (Supreme Decree No. 184-2008-EF).
According to the contractual modality agreed, the obligation of Consortium was to
prepare the design of the works and, subsequently, the execution of the works; however,
during the first stage of execution of the contract (preparation of the work design) the
controversy arises, related to the denial of approval of the design by Provias.
In summary, the discussion centers on whether -taking into account the agreed
contractual modality (lump sum prices)- it was appropriate for Provias Nacional to
approve the works design presented by the Consortium, whose budget for the execution
of the works exceeded the price offered during the tender.
Thus, the Arbitration Award and the Dissenting Vote analyze the scope of the obligations
of the parties within the framework of the chosen contractual modality and its regulation
in the public procurement regulations applicable to the case, to determine whether the
Consortium complied with the development of the design of the works.
In this context, this Legal Report presents an analysis of the main institutions and legal
problems that are the subject of pronouncement in the Arbitral Award, based on the
public procurement regulations applicable to the case, the current Law, OSCE opinions
and doctrine.
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Informe Jurídico de la Resolución N° 10 recaída en el Expediente N° 00315-2020-0-1817-SP-CO-01Chávez Cueva, Giuliana Magnita 02 August 2022 (has links)
El presente informe tiene como propósito analizar la Resolución N° 10, emitida
por la Primera Sala Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima
recaída en el Expediente N° 00315-2020-0-1817-SP-CO-01, a través del cual se resuelve
declarar fundado el recurso de anulación de laudo (emitido en el caso arbitral N° 373-2017-
CCL, seguido entre Obras de Ingeniería S.A. – OBRAINSA y el Proyecto Especial de
Infraestructura Nacional – PROVIAS NACIONAL), por la causal del artículo 63°.1, literal
b). En atención a dicha resolución, nos planteamos dos problemas jurídicos principales que
versan sobre el derecho de la debida motivación y el recurso de anulación de laudo por
defectos en la motivación. Para dar solución a los problemas jurídicos identificados,
realizamos previos alcances conceptuales y normativos sobre la anulación de laudo, y los
problemas que esta presenta para el medio arbitral. En ese sentido, concluimos que el laudo
analizado en la resolución judicial no transgrede el derecho a la debida motivación y, por lo
tanto, no es correcta la decisión de la Sala Comercial de anular el laudo. / The purpose of this report is to analyze Resolution No. 10, issued by the First
Civil Commercial Subspecialty Chamber of the Superior Court of Justice of Lima, of the file
No. 00315-2020-0-1817-SP-CO-0, through which it is resolved to declare the appeal for
annulment of the award founded (issued in arbitration case No. 373-2017-CCL, followed
between Obras de Ingeniería S.A. – OBRAINSA and the Special National Infrastructure
Project – PROVIAS NACIONAL), by the cause of article 63°.1, literal b). In response to said
resolution, we consider two main legal problems that deal with the right to due motivation
and the appeal for annulment of the award due to defects in the motivation. In order to solve
the legal problems identified, we carry out previous conceptual and normative scopes on the
annulment of the award, and the problems that this presents for the arbitral environment. In
this sense, we conclude that the award analyzed in the judicial resolution does not violate the
right to due motivation and, therefore, the decision of the Commercial Chamber to annul the
award is not correct.
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Análisis de la Resolución N°7 recaída en el Exp. 00581- 2019-0-1817-SP-CO-02Videla Calixto, Helen Sisley Barbara 31 July 2023 (has links)
El presente informe tiene como fin analizar la Resolución N° 7 emitida por la
Segunda Sala Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia
de Lima recaída en el Exp. N° 00581-2019-0-1817-SP-CO-02, en la cual se
dispuso declarar fundado el recurso de anulación del laudo arbitral, emitido el 22
de julio de 2019, presentado por Provias Nacional del MTC, en el arbitraje
seguido contra Obras de Ingeniería S.A. – Obrainsa. La referida resolución tuvo
como objeto determinar si la decisión adoptada por el Tribunal Arbitral vulneró el
derecho a la motivación y determinar la procedencia del recurso interpuesto bajo
la causal indicada en el literal b), inciso 1 del artículo 63 de la Ley de Arbitraje.
El informe en curso pretende realizar una indagación respecto a la alegación de
problemas en la motivación dentro de los laudos arbitrales como causal de
anulación de los mismos. Para ello, se efectuará un análisis respecto de la
importancia de la motivación en los laudos arbitrales y luego se continuará con
identificar las consecuencias que se generarían en caso un laudo arbitral no haya
estado motivado. Con todo ello, se concluirá que el derecho a la motivación sí
fue vulnerado en el presente laudo arbitral y que fue correcta la alegación de la
causal b) del Decreto Legislativo N° 1071 como la correspondiente para invocar
la inexistencia de motivación en el laudo como causal de anulación. / The purpose of this report is to analyze the Resolution No. 7 issued by the Second
Civil Chamber Commercial Subspecialty of the Superior Court of Justice of Lima,
relapsed in the Exp. No. 00581-2019-0-1817-SP-CO-02, in which it was decided
to declare founded the appeal for annulment of the arbitration award, issued on
July 22, 2019, presented by National Provias of the MTC, in the arbitration
followed against Works of Engineering S.A. – Obrainsa. The aforementioned
resolution had the object of determining whether the decision adopted by the
Arbitral Tribunal violated the right to reason and to determine the origin of the
appeal filed under the grounds indicated in subparagraph b), paragraph 1 of
article 63 of the Arbitration Law. The current report intends to carry out an inquiry
regarding the allegation of problems in the motivation within the arbitration
awards as grounds for their annulment. To do this, an analysis will be made
regarding the importance of motivation in arbitration awards and then continue to
identify the consequences that would be generated if an arbitration award has
not been motivated. With all this, it will be concluded that the right to motivation
was violated in this arbitration award and that the allegation of cause b),
paragraph 1 of article 63 of the Arbitration Law was correct as the corresponding
one to invoke the non-existence motivation of the award as grounds for
annulment.
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