Spelling suggestions: "subject:"arbitraje y laudoniere"" "subject:"arbitraje y laudonnière""
21 |
Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica N°1644-101-2009, Demanda para el reconocimiento de la existencia del contrato de compraventa de acciones, interpuesta por Cesar Augusto Herrera Paredes contra Javier Eduardo Herrera Paredes e Industrias Plásticas Reunidas S.A.C.Amado Villacorta, Maria José Milagros 25 August 2022 (has links)
Este informe es relevante porque analiza (i) si se llegó a celebrar o no un contrato de
compraventa de acciones, y para ello, especifica lo que es conclusión,
perfeccionamiento, consentimiento, oferta, y aceptación, según la ley y la doctrina
internacional y nacional, (ii) los dos tipos de contratos preparatorios que forman parte
de diversos procesos de adquisición de bienes, que son el compromiso de contratar
y el contrato de opción, y los distingue, (iii) el due diligence, el cual forma parte de la
mayoría de transacciones de adquisición importantes hoy en día; y (iv) si con una
comunicación con el resultado favorable del due diligence se perfeccionó o no un
contrato de compraventa de acciones. En este informe la parte demandante (uno de
los accionistas interesado en vender), y una de las partes demandadas (la empresa
interesada en comprar), señalan que sí se celebró el contrato de compraventa de
acciones; y el codemandado, sostiene que no. El informe se divide principalmente en
el siguiente análisis: (i) ¿se llegó a celebrar un contrato de compraventa de acciones
en virtud de una carta de octubre de 2008, enviada por los supuestos vendedores, o
mediante un contrato que celebraron las partes posteriormente? (ii) ¿se llegó a
perfeccionar el contrato de compraventa de acciones con el envío de una carta
comunicando el resultado favorable del due diligence enviada por el supuesto
comprador en enero del 2009?, y (iii) finalmente, examino el comportamiento de las
partes a lo largo de todo el proceso de adquisición, especialmente, de manera
posterior a la carta de enero de 2009, para concluir si los vendedores estaban
obligados o no a contestarla. Mi conclusión es que el contrato de compraventa de
acciones no quedó celebrado, y que los vendedores no estaban obligados a contestar
la carta de enero de 2009.
|
22 |
La motivación en el arbitraje: análisis sobre su función y rol en los laudos arbitralesOkumura Ramirez, Ricardo 19 April 2023 (has links)
El presente artículo tiene como finalidad abordar cuál es el rol que
cumple la motivación en el arbitraje y cómo ésta puede ser concebida al
momento que se efectúe el análisis en un laudo arbitral.
El debido proceso, en sus distintas manifestaciones, tiene ciertas
particularidades en el arbitraje. Uno de los aspectos que representan ciertas
posturas encontradas es el de la motivación de los laudos arbitrales y la
exigencia de ciertos elementos al momento de su control en sede judicial. En tal
sentido, la atención se centrará en analizar los aspectos más relevantes de las
teorías sobre la naturaleza del arbitraje, para analizar el rol que tiene la adecuada
motivación en los laudos arbitrales.
Finalmente, se reflexionará sobre la motivación en el arbitraje y su relación con
la imparcialidad del árbitro, como mecanismo de control posterior por las partes
de un proceso arbitral. / The purpose of this article is to approach the role and function that
due motivation has in arbitration processes in general, and to further understand
and delimitate its conception in regard to the analysis of a valid arbitration award.
Due process, in its different manifestations, has certain peculiarities when it
comes to arbitration. One of the most controversial topics is the motivation of
arbitration awards and the requirements of certain elements in respect to an
eventual judicial control. In that regard, attention will be focused on analyzing the
relevant aspects of the theories on the legal foundation of arbitration in order to
examine due motivation of arbitration awards.
Finally, we will reflect on the relation between due motivation and the impartiality
of arbitrators, as a way of post control to determine if an arbitration award is valid
or not. / Trabajo académico
|
23 |
El estándar de la motivación en los laudos arbitrales bajo la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225Flores Zorrilla, Nataly Violeta 13 March 2024 (has links)
El estándar de la motivación de los laudos arbitrales ha sido motivo de múltiples
reflexiones y críticas respecto a su alcance. En ese sentido, el presente trabajo de
investigación tiene como finalidad enmarcar el análisis de dicho estándar en aquellos
arbitrajes que se encuentran sujetos a la aplicación de la Ley de Contrataciones del
Estado, Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225.
Asimismo, se cuestionará cuál es el estándar mínimo que no vulnerará el derecho a
la debida motivación, siendo que esta será una pregunta que será objeto de reflexión
a lo largo del desarrollo del presente artículo académico.
Estando a ello, se abordará un análisis de la concepción del derecho a la motivación
a partir de un examen de jurisprudencia y doctrina calificada, además de cómo dicho
derecho opera en los arbitrajes en contrataciones públicas y cómo ha sido abordado
por los Tribunales Arbitrales en sede arbitral. / The standard of motivation for arbitration awards has been the subject of multiple
reflections and criticisms regarding its scope. In that sense, the purpose of this
research work is to frame the analysis of said standard in those arbitrations that are
subject to the application of the State Procurement Law.
Likewise, it will be questioned what is the minimum standard that will not violate the
right to due motivation, and this will be a question that will be the subject of reflection
throughout the development of this academic article.
With this in mind, an analysis of the conception of the right to motivation will be
addressed based on an examination of jurisprudence and qualified doctrine, in
addition to how said right operates in arbitrations in public procurement and how it has
been addressed by the Arbitration Courts at headquarters. arbitral. / Trabajo académico
|
24 |
Informe sobre el laudo arbitral del Expediente N° 1908-308-18-CARC-PUCP, Consorcio Puentes del Norte Vs. Provias Nacional: Análisis sobre la viabilidad de aprobar un expediente técnico definitivo que excede el monto contractualHospinal Munive, Ximena Alexandra 30 July 2024 (has links)
La modalidad de Concurso Oferta se utiliza en los contratos de obra pública,
generando controversia respecto a su aplicación debido a que su régimen
jurídico establece como regla general la invariabilidad de la PEO del postor, salvo
excepciones. Para dichas excepciones, la Entidad debe aprobar las prestaciones
adicionales antes de su ejecución. En esta línea, el presente informe jurídico
aborda el Laudo Arbitral del Expediente N° 1908-308-18-CARC-PUCP, en el que
el Consorcio Puentes del Norte es el demandante y Provias Nacional el
demandado, analizando la viabilidad de aprobar un Expediente Técnico
Definitivo que excede el monto contractual bajo la modalidad de un contrato de
Concurso Oferta.
Con el propósito de desarrollar este análisis, primero se explicará la naturaleza
del contrato de Concurso Oferta, así como los deberes, riesgos y
responsabilidades del contratista. Luego, se analizarán los requisitos que debe
cumplir un Expediente Técnico Definitivo para su aprobación. Finalmente, se
evaluará el procedimiento para la aprobación de un Expediente Técnico
Definitivo, incluyendo su aprobación si dicho expediente contiene prestaciones
adicionales. La normativa aplicable al caso es el Decreto Legislativo N° 1017 -
Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, que establece el límite de las
prestaciones adicionales y el procedimiento para su aprobación, debiendo el
Expediente Técnico Definitivo cumplir con estos requisitos para ser aprobado. / The Bid Competition modality is used in public works contracts, generating
controversy regarding its application due to the fact that its legal regime
establishes as a general rule the invariability of the bidder's economic proposal,
except for exceptions. For such exceptions, the Entity must approve the
additional services prior to their execution. Along these lines, this legal report
addresses the Arbitration Award in Case No. 1908-308-18-CARC-PUCP, in
which Consorcio Puentes del Norte is the plaintiff and Provias Nacional is the
defendant, analyzing the feasibility of approving a Final Technical File that
exceeds the contract amount under the modality of a Tender Offer contract.
In order to develop this analysis, first the nature of the Tender Offer contract will
be explained, as well as the contractor's duties, risks and responsibilities. Then,
the requirements that a Definitive Technical File must meet for its approval will
be analyzed. Finally, the procedure for the approval of a Final Technical File will
be evaluated, including its approval if such file contains additional services. The
regulations applicable to the case are Legislative Decree No. 1017 - State
Contracting Law and its regulations, which establish the limit of additional
services and the procedure for their approval, and the Final Technical File must
comply with these requirements to be approved.
|
25 |
Informe jurídico sobre la Resolución N° 10 del Exp. N° 449- 2019 tramitado ante la Segunda Sala ComercialToribio Ossio, Christian Jhoel 09 August 2024 (has links)
El problema principal planteado tiene como finalidad evidenciar la importancia
del reclamo expreso previo como requisito de procedencia de las demandas de
anulación de laudo arbitral, salvo excepciones. El Decreto Legislativo N° 1071,
Decreto Legislativo que norma el arbitraje, ha establecido que cuando existan
irregularidades en el marco del arbitraje ya sea en el incumplimiento de las reglas
pactadas por las partes o en aquellas garantías del debido proceso que resulten
aplicables, el interesado tendrá que advertir la existencia de estas afectaciones
buscando que los árbitros reviertan esta situación cuando sea posible. Caso
contrario, la norma señala expresamente que cuando no se haya formulado este
reclamo de manera expresa y oportuna, el laudo arbitral que sea emitido no
podrá ser cuestionado por aquellas afectaciones que no hayan sido advertidas
durante el trámite del arbitraje.
En el presente caso observamos como el demandante solicita la anulación del
laudo arbitral alegando que los árbitros incumplieron las reglas que las partes
habían pactado en el arbitraje. No obstante, hemos demostrado cómo este
reclamo no fue formulado de forma oportuna y, por ende, el demandante toleró
las afectaciones sufridas en el arbitraje. De esta forma, ante la ausencia de un
reclamo expreso previo, la demanda de anulación de laudo arbitral debió ser
desestimada en tanto no se cumplió con un requisito de procedencia establecida
en la normativa nacional que regula el arbitraje. / The main problem raised has as objective to put in evidence the importance of
the prior and express claim as a requirement of precedence of the Lawsuits for
annulment of arbitral award. The Legislative Decree No. 1071, Legislative Decree
that regulates arbitration, has established that when irregularities exist in the
context of the arbitration, either in the breach of the rules agreed by the parties
or in those guarantees of due process that are applicable, the interested party
will have to warn of the existence of these affectations and ask the arbitrators to
revert that the arbitrators revert this situation whenever possible. Otherwise, the
norm dictates that when there is no reclaim formulated in an express and timely
manner, the arbitration decision that is issued may not be challenged by those
defects that have not been noticed during the arbitration proceedings.
In the present case, we observe how the claimant requests the annulment of the
arbitration award alleging that the arbitrators failed to comply with the rules that
the parties had agreed upon in the arbitration. However, we have shown how this
claim was not formulated on time and, therefore, the claimant tolerated the
damages suffered in the arbitration. Thus, in the absence of a prior and express
claim, the claim for annulment of the arbitration award should have been
dismissed since it did not comply with a procedural requirement established in
the national legislation governing arbitration.
|
26 |
Informe jurídico sobre el análisis de la Resolución N° 6 del Exp. 00351-2021-0-1817-SP-CO-02Campos Florián, Grecia Verónica 07 August 2024 (has links)
El presente informe se centra en el análisis de la Resolución N° 6 emitida en el Expediente N° 00351-2021-0-1817-SP-CO-02 por la Segunda Sala Civil Subespecialidad Comercial del Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró
fundado en parte el recurso de anulación del laudo arbitral de fecha 29 de diciembre 2020, presentado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el arbitraje contra ella seguido por Alimentos Andinos P&A E.I.R.L. La referida resolución tuvo como objeto determinar si la decisión adoptada por el Tribunal Arbitral vulneró el derecho a la motivación en su tipificación bajo las causales del literal b) y d), del inciso 1 del art. 63 de la Ley de Arbitraje, que contemplan la
falta de motivación suficiente y la decisión sobre materias no sometidas al
arbitraje, respectivamente.
El problema principal del caso se refiere a la interpretación de un plazo estipulado en el contrato para acudir al arbitraje, como uno de caducidad, lo que afectaba
la admisión de la controversia en esta sede. Los instrumentos normativos empleados son la Ley de Arbitraje, específicamente los artículos 41, 62 y 63, que establecen los principios de competence-competence e irrevisabilidad y las causales de nulidad de los laudos arbitrales.
El informe examina si el Tribunal Arbitral aplicó correctamente los principios mencionados y si la Sala Superior se ajustó a las causales de nulidad al revisar
la decisión arbitral. Se concluye que es imperativo que los tribunales judiciales respeten los límites establecidos por la ley en cuanto a las causales de nulidad de los laudos arbitrales, preservando así la independencia y eficacia del sistema arbitral como un mecanismo eficiente para la resolución de disputas comerciales. / This report focuses on the analysis of Resolution No. 6 issued in Case No. 00351-
2021-0-1817-SP-CO-02 by the Second Civil Chamber Commercial Subspecialty of the Superior Court of Justice of Lima, which declared partially founded the appeal for annulment of the arbitral award dated December 29, 2020, filed by the Ministry of Development and Social Inclusion, in the arbitration against it followed by Alimentos Andinos P&A E. I.R.L. The purpose of said resolution was to determine whether the decision adopted by the Arbitral Tribunal violated the right
to motivation in its typification under the grounds of subparagraph b) and d), paragraph 1 of Article 63 of the Arbitration Law, which contemplate the lack of
sufficient motivation and the decision on matters not submitted to arbitration, respectively.
The main problem of the case refers to the interpretation of a term stipulated in the contract to go to arbitration, as one of expiration, which affected the admission of the dispute in this venue. The normative instruments used are the Arbitration Law, specifically Articles 41, 62 and 63, which establish the principles of
competence-competence and unreviewability and the grounds for nullity of
arbitral awards.
The report examines whether the Arbitral Tribunal correctly applied the aforementioned principles and whether the Superior Chamber complied with the grounds for nullity when reviewing the arbitral decision. It concludes that it is imperative that the courts respect the limits established by law regarding the grounds for nullity of arbitral awards, thus preserving the independence and effectiveness of the arbitral system as an efficient mechanism for the resolution of commercial disputes.
|
27 |
Informe sobre la Resolución N° 5 del Expediente N° 00205- 2022-0-1817-SP-CO-01Zea Monzón, Pilar Beatriz 07 August 2024 (has links)
El presente informe tiene como finalidad analizar la Resolución N° 5 del
Expediente N° 00205-2022-0-1817-SP-CO-01, mediante el cual se discute la
anulación de laudo bajo la causal del literal b) numeral 1 del artículo del Decreto
Legislativo N° 1071 emitido el 22 de agosto de 2022 entre el Hospital Nacional
Dos de Mayo que actúa como demandante, y el Centro Médico Naval Cirujano
Mayor Santiago Távara de la Marina de Guerra del Perú y la Dirección de Salud
que actúan como demandados.
En este proceso se discute si el Tribunal Arbitral Unipersonal emitió una decisión
debidamente motivada conforme lo establece la ley. Para ello se realizará un
análisis exhaustivo si la causal invocada para la anulación de laudo es la más
adecuada. Asimismo, se expondrá la relevancia de las decisiones motivadas y
cuáles serían los estándares idóneos de estos para evitar recurrir al recurso de
anulación de laudo.
En ese sentido, concluimos que la sí existió una vulneración al derecho de
motivación en el caso presentado y que la causal correcta que se debió alegar
está establecida en el literal c) numeral 1 del artículo del Decreto Legislativo N°
1071 para fundamentar la falta de motivación en el laudo arbitral. / The purpose of this report is to analyze Resolution No. 5 of File No. 00205-2022-
0-1817-SP-CO-01, through which the annulment of the award is discussed under
the cause of literal b) numeral 1 of the article of Legislative Decree No. 1071
issued on August 22, 2022 between the Dos de Mayo National Hospital, which
acts as plaintiff, and the Cirujano Mayor Santiago Távara Naval Medical Center
of the Peruvian Navy and the Health Directorate, which acts as defendants .
In this process, it is discussed whether the Unipersonal Arbitration Court issued
a duly reasoned decision as established by law. To do this, an exhaustive
analysis will be carried out if the cause invoked for the annulment of the award is
the most appropriate. Likewise, the relevance of the motivated decisions will be
explained and what would be the ideal standards for them to avoid resorting to
the appeal for annulment of the award.
In that sense, we conclude that there was a violation of the right to motivation in
the case presented and that the correct cause that should have been alleged is
established in literal c) numeral 1 of the article of Legislative Decree No. 1071 to
substantiate the lack of motivation in the arbitration award.
|
28 |
Informe jurídico sobre el laudo arbitral del Expediente Arbitral N° S 085-2013Revoredo Loayza, Diana Valeria 05 August 2024 (has links)
En el presente informe, criticaremos la decisión del tribunal arbitral emitida a
través del laudo a nivel sustancial y procesal, en ese sentido, se analizan las
obligaciones contractuales del Contratista según la Ley de Contrataciones del
Estado D.L. N°1017, su Reglamento, y el Contrato N°010-2012-MIDIS-PRONAA
sobre “Adquisición de Papilla”. Efectuando especial mención respecto a la figura
de vicios ocultos en las contrataciones de bienes, en este caso, bienes perecibles
y cuestionaremos la lógica del tribunal al considerar cumplidas las obligaciones
del Contratista.
En el aspecto procesal, observamos una violación al debido proceso, ya que el
Laudo fue emitido por dos árbitros recusados mientras el proceso debía estar
suspendido según la normativa vigente, lo que constituye una infracción a los
procedimientos legales establecidos.
En cuanto al fondo del caso, desde nuestro punto de vista, el Tribunal no evaluó
adecuadamente las obligaciones contractuales, siendo que su análisis se centró
únicamente en el cumplimiento de las obligaciones antes de la entrega del
producto, sin considerar las responsabilidades del contratista de mantener la
integridad del producto durante su vigencia. Este incumplimiento, se evidenció
cuando el producto entregado no estaba en condiciones óptimas. Además, el
Tribunal no tuvo en cuenta que, conforme a la normativa vigente, si el contratista
quería una ampliación de plazo para la entrega del producto, este debió
solicitarla inmediatamente después de cesar el evento de fuerza mayor, sin
embargo, notificó a la Entidad sobre el siniestro 14 días después de la entrega,
factores, no debidamente evaluados, que afectan la idoneidad del Laudo emitido. / In the present report, we will critique the decision of the arbitral tribunal issued
through the award on both substantive and procedural levels. In this regard, we
analyze the contractual obligations of the Contractor according to the State
Procurement Law D.L. No. 1017, its Regulations, and Contract No. 010-2012-
MIDIS-PRONAA concerning the “Acquisition of Baby Food.” Special mention is
made of the concept of hidden defects in the procurement of goods, in this case,
perishable goods, and we will question the tribunal's logic in considering the
Contractor’s obligations as fulfilled.
On the procedural aspect, we observe a violation of due process, as the Award
was issued by two arbitrators who had been challenged while the process should
have been suspended according to the current regulations, which constitutes an
infringement of the established legal procedures.
Regarding the substance of the case, in our view, the Tribunal did not adequately
evaluate the contractual obligations, focusing its analysis solely on the fulfillment
of obligations prior to the delivery of the product, without considering the
contractor's responsibilities to maintain the integrity of the product during its
validity. This breach was evident when the delivered product was not in optimal
condition. Furthermore, the Tribunal did not take into account that, according to
current regulations, if the contractor wanted an extension of the delivery deadline,
this request should have been made immediately after the cessation of the force
majeure event. However, the contractor notified the Entity about the incident 14
days after delivery. These factors, which were not duly evaluated, affect the
adequacy of the issued Award.
|
29 |
Informe jurídico sobre la Resolución Nº 7 recaída en el Expediente N° 00064-2021-0Vargas Becerril, Vanessa 07 August 2024 (has links)
Este Informe Jurídico se centra en la Resolución N° 7 del Expediente N° 00064-
2021-0, abordando temas clave como el deber de revelación de los árbitros y la
motivación de los laudos. La relevancia jurídica de este caso radica en la
complejidad que rodea el deber de revelación y su impacto en la imparcialidad del
árbitro al emitir laudos. La discusión sobre cuándo y cómo se debe llevar a cabo
esta revelación es crucial para asegurar la confianza de las partes en el proceso
arbitral, protegiendo principios esenciales como el derecho a la defensa y el
debido proceso.
De otro lado, se argumenta la pertinencia de las cuestiones de fondo mediante
recursos de anulación del laudo, poniendo en riesgo la naturaleza irrevocable de
los laudos arbitrales y cuestionando su compatibilidad con decisiones que podrían
surgir en un contexto judicial.
En conclusión, este caso subraya la importancia de abordar adecuadamente el
deber de revelación del árbitro y su relación con la imparcialidad en el arbitraje.
Asimismo, la importancia de mantener la autonomía y jurisdicción del arbitraje, así
como la necesidad de que el control judicial se limite a verificar la estructura y
coherencia de la motivación, sin adentrarse en el fondo de las decisiones
arbitrales respetando las garantías procesales de las partes. Por lo tanto, su
análisis en un examen académico representa una valiosa oportunidad para
explorar aspectos fundamentales del derecho procesal y la ética judicial.
|
30 |
Informe jurídico sobre la sentencia recaída en el Expediente N° 362-2020-0- 1817-SP-CO-02 (Caso arbitral N° 311-2018-CCL): Anulación de laudo arbitral por reconducción de la causa petendiRamos Alarcón, Bruno Mario 31 July 2024 (has links)
El presente informe analiza la corrección de una sentencia expedida por la
Segunda Sala Civil con Subespecialidad Comercial de Lima que declaró nulo en
parte un laudo arbitral a través del cual había concedido una pretensión
indemnizatoria por incumplimiento contractual, al considerar que dicho laudo
arbitral contenía una motivación sustancialmente incongruente, toda vez que el
Tribunal Arbitral recalificó el factor de atribución postulado por el demandante
arbitral – reconducción de la causa petendi.
El problema principal radica en determinar si la decisión adoptada por la Sala fue
acertada o no. Para lo cual analizaremos, a la luz de lo establecido por la doctrina
y la jurisprudencia, si el Tribunal Arbitral, al recalificar el factor de atribución,
respetó el contradictorio y al principio de congruencia de las partes.
La conclusión principal es que el Tribunal Arbitral aplicó el principio iura novit
curia sin respetar el derecho al contradictorio de la perjudicada, generando así
un laudo arbitral incongruente en relación a los términos iniciales del debate.
Al respecto, si bien el ordenamiento jurídico peruano no contempla una
regulación óptima del dicho principio, en la medida que la actual no ha
determinado los límites que debe suponer su aplicación, la doctrina y la
jurisprudencia se han encargado de delimitar los límites de dicho principio.
Al respecto, existe un consenso en que su debida aplicación pasa por respetar
el derecho al contradictorio, debiéndose correr traslado a las partes, antes de
laudar o emitir sentencia, a fin de que puedan cuestionar los nuevos términos del
debate. / This report analyzes the correction of a judgment issued by the Second Civil
Chamber with Commercial Subspecialty of Lima that declared null and void in
part an arbitration award through which it had granted a claim for damages for
breach of contract, by considering that such arbitration award contained a
substantially inconsistent motivation, since the Arbitral Tribunal re-qualified the
attribution factor postulated by the plaintiff in the arbitration - reconduction of the
causa petendi.
The main problem lies in determining whether the decision adopted by the
Chamber was correct or not. To this end, we will analyze, in the light of the
doctrine and case law, whether the Arbitral Tribunal, in recharacterizing the
attribution factor, respected the contradictory and the principle of congruence of
the parties.
The main conclusion is that the Arbitral Tribunal applied the iura novit curia
principle without respecting the right to contradictory arguments of the injured
party, thus generating an inconsistent arbitral award in relation to the initial terms
of the debate.
In this regard, although the Peruvian legal system does not contemplate an
optimal regulation of the said principle, to the extent that the current one has not
determined the limits that its application should entail, the doctrine and
jurisprudence have been in charge of delimiting the limits of the said principle.
In this regard, there is a consensus that its due application involves respecting
the right to contradictory arguments, and that it must be applied in a manner that
is consistent with the right to a fair trial.
|
Page generated in 0.0614 seconds