Spelling suggestions: "subject:"caducidad (derecho)elperú"" "subject:"caducidad (derecho)zperú""
1 |
Informe sobre la Resolución No. 05459-1-2022, emitida por el Tribunal Fiscal, sobre los efectos de la caducidad, regulada en el artículo 232 de la Ley General de Sociedades, en los dividendos no cobrados por una empresa no domiciliada en el Perú e importe abonado al fisco por otra empresa domiciliada en el PerúLópez Mendoza, George Peter Afranio 12 June 2024 (has links)
El presente trabajo tiene por objeto exponer y analizar los efectos jurídicos que
posee la caducidad regulada en el artículo 232 de la Ley General de Sociedades
(en adelante, Artículo 232 LGS) en el nacimiento de la obligación tributaria de
los dividendos no pagados a favor de una empresa no domiciliada en el Perú,
aun cuando se haya realizado el acuerdo de distribución de utilidades a través
de la Junta General de Accionistas de la empresa constituida en el Perú. El caso
es sumamente relevante, ya que la resolución – objeto de analisis del presente
trabajo – cuenta con dos (2) razonamientos jurídicos distintos e, incluso,
opuestos. Por un lado, los efectos de la caducidad no son relevantes, puesto que
el solo acuerdo de la Junta General de Accionista origina el nacimiento de la
obligación tributaria del Impuesto a la Renta (en adelante, OT-IR) sobre los
dividendos y, por ende, la debida retención. De otro modo, los efectos de la
caducidad son determinantes para señalar que no nació la referida obligación
tributaria y, en consecuencia, que la retención efectuada es indebida.
|
2 |
Informe jurídico sobre la Resolución N° 2568- 2021-SUNARP-TRMacedo Rosario, Henry Gabriel 30 July 2024 (has links)
El presente informe jurídico se centra en la caducidad de la inscripción de la
hipoteca que garantizan obligaciones futuras, eventuales o indeterminadas que
nunca llegaron a nacer en el registro y que dicho supuesto no se encuentra
regulado en el artículo 120° del Reglamento de Inscripciones del Registro de
Predios. Así, menciono supuestos que el artículo 120° del Reglamento no ha
regulado y como deja el panorama ante ese vacío normativo. Para ello, hago un
análisis de algunos Precedentes de Observancia Obligatoria para determinar
desde que día se debe computar el plazo de caducidad en este tipo de hipotecas
que no se encuentran reguladas en el Reglamento de Inscripciones del Registro
de Predios. Asimismo, hago un análisis de la institución de la hipoteca, sus
características y causales de extinción. Adicionalmente, desarrolló la Ley N°
26639 y como se incorpora la caducidad de la inscripción de la hipoteca como
una nueva causal de extinción, para ser aplicada de manera general, incluidas
aquellas hipotecas que se constituyen en favor de empresas del sistema
financiero. Por último, se detalla las respuestas a los problemas centrales
planteados en el presente informe jurídico y algunas recomendaciones que
tienen por finalidad que se modifique artículos dentro de nuestro sistema registral
y jurídico. / This legal report focuses on the expiration of the registration of the mortgage that
guarantees future, eventual or indeterminate obligations that were never born in
the registry and that this assumption is not regulated in article 120 of the Registry
Registration Regulations of Premises. Thus, I mention cases that article 120 of
the Regulation has not regulated and how it leaves the panorama in the face of
this regulatory vacuum. To do this, I make an analysis of some Mandatory
Compliance Precedents to determine from what day the expiration period should
be computed in this type of mortgages that are not regulated in the Registration
Regulations of the Property Registry. Likewise, I make an analysis of the
mortgage institution, its characteristics and causes of extinction. Additionally, it
developed Law No. 26639 and how it incorporates the expiration of the mortgage
registration as a new cause for extinction, to be applied generally, including those
mortgages that are established in favor of companies in the financial system.
Finally, the answers to the central problems raised in this legal report are detailed
and some recommendations are intended to modify articles within our registry
and legal system.
|
3 |
La figura de la caducidad en el ámbito administrativo sancionador: estudio de su régimen jurídico en el texto único ordenado de la Ley No 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo GeneralValverde Encarnación, Gianpierre 31 July 2020 (has links)
A fines del año 2016, la legislación administrativa peruana tuvo una fundamental reforma
llevada a cabo por la publicación del Decreto Legislativo N° 1272, que implicó una total
redefinición de instituciones y figuras jurídicas previstas en la Ley N° 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General. Entre las principales modificaciones de dicha
reforma se incorporó el régimen jurídico de la caducidad procedimental, la misma que volvió
a experimentar una reforma acaecida con ocasión de la publicación del Decreto Legislativo
N° 1452. Debido a la escasa cantidad de estudios doctrinarios y jurisprudencia jurisdiccional
y administrativa realizada en el Perú sobre esta la caducidad, nos planteamos como objetivo
principal documentarnos sobre ella y reunir información que nos permitiese configurar su
caracterización jurídica, descubriendo sus orígenes, naturaleza, clasificaciones y finalidad.
Este análisis sirve para identificar el tipo de caducidad que nuestra legislación administrativa
incorporó en el capítulo referido a la regulación de la potestad sancionadora de la
Administración. La investigación implica identificar los contrastes resultantes de la
consagración de la caducidad administrativa en el Perú, así como los alcances dogmáticos
que forman el contenido y aplicación de esta figura. De tal modo, la principal conclusión a
la que arribamos, luego de concluida nuestra investigación, estriba en advertir que nuestro
ordenamiento jurídico administrativo configura a la caducidad como una figura de naturaleza
perentoria cuyos efectos recaen únicamente sobre el procedimiento administrativo
sancionador, excluyendo de su ámbito de aplicación a otros procedimientos susceptibles de
imposición de medidas de gravamen. Asimismo, cabe manifestar que la legislación peruana
acoge una caracterización de la figura basada en su carácter objetivo, oficioso, automático y
declarativo, así como también, que su aplicación no se extiende a los procedimientos
recursivos; y en cuanto a los plazos, el ordenamiento jurídico dotó a la caducidad con un
plazo aceleratorio de 9 meses, ampliables excepcionalmente a 3 meses adicionales. / At the end of 2016, the Peruvian administrative legislation had a fundamental reform carried
out by the publication of Legislative Decree No. 1272, which involved a total redefinition of
institutions and legal figures provided for in Law No. 27444, General Administrative
Procedure Law. Among the main modifications of said reform, the legal regime of procedural
expiration was incorporated, which again underwent a reform that occurred on the occasion
of the publication of Legislative Decree No. 1452. Due to the low number of doctrinal studies
and jurisdictional jurisprudence about procedural expiration, our main objective is to
document ourselves on it and gather information that would allow us to configure its legal
character, discovering its origins, nature, classifications and purpose. This analysis serves to
identify the type of expiration that our administrative legislation incorporated in the chapter
referring to the regulation of the Administration's sanctioning power. The investigation
involves identifying the contrasts resulting from the consecration of administrative expiration
in Peru, as well as the dogmatic scope that forms the content and application of this figure.
Thus, the main conclusion we reach, after the conclusion of our investigation, is to warn that
our administrative legal system configures expiration as a peremptory figure whose effects
fall solely on the administrative sanctioning procedure, excluding from its scope applicable
to other procedures subject to imposition of lien measures. Likewise, it should be stated that
the Peruvian legislation welcomes a characterization of the figure based on its objective,
informal, automatic and declarative nature, as well as that its application does not extend to
recursive procedures; and as for the terms, the legal system provided the expiration with an
acceleration period of 9 months, exceptionally extendable to an additional 3 months.
|
4 |
Informe jurídico sobre la Resolución Nº 459-2009-SUNARP-TR-AWong Cao, Claudia Xiaoching 26 February 2021 (has links)
En el caso de la Resolución Nº 459-2009-SUNARP-TR-A se presenta una solicitud de
inscripción de cancelación por caducidad de una hipoteca que fue constituida a favor de
una entidad del sistema financiero. Esta solicitud se presenta al amparo del artículo 3 de la
Ley N° 26639, siendo que habían transcurrido más de 10 años desde su inscripción.
El registrador de la SUNARP procede a tachar el título de dicha solicitud, argumentando
que al encontrarse vigente el artículo 172 de la Ley N° 26702, el plazo de caducidad no se
aplica para las entidades del sistema financiero. Asimismo, desde la fecha en que se
constituyó la garantía hasta ese momento, se habían llevado a cabo dos procedimientos de
fusión por absorción, que involucraban a la sociedad titular de la garantía. A partir de ello,
se pretende determinar si la hipoteca se transmitió mediante las reorganizaciones
societarias y la manera en que se aplican las normas sobre caducidad de hipoteca a las
entidades del sistema financiero.
El tema de la caducidad de la hipoteca ha sido materia de debate desde hace muchos años
atrás, sin embargo, los problemas planteados en el presente informe revisten de
importancia, siendo que la discusión se encuentra vigente en las diversas resoluciones del
Tribunal Registral sobre la materia. Asimismo, muchas veces se añaden figuras de otras
áreas del derecho, como la reorganización societaria que vuelven más complejo el objetivo
de determinar los supuestos de aplicación de dichas normas.
Por último, la postura que se sostiene en el presente informe se encuentra de acuerdo con
el criterio de interpretación establecido en la Resolución materia de análisis. Sin embargo,
es pertinente analizar a detalle el razonamiento que sigue el Tribunal Registral, a fin de
desarrollar y complementar materias de fondo, sobre todo societarias, que pueden ser
abordadas con mayor detenimiento.
|
5 |
Informe Jurídico sobre la Resolución N° 277-2016- SUNARP-TR-TSaona Neyra, Juan Francisco De Las Mercedes 02 August 2022 (has links)
El autor del presente informe jurídico realiza un análisis sobre las repercusiones de la
caducidad de la inscripción de hipoteca que garantiza obligaciones eventuales futuras e
incluso indeterminadas, otorgadas a favor de las empresas del Sistema Financiero
nacional, que han sido materia de cesión de derechos a favor de una persona jurídica ajena
a dicho sistema, y en cuánto influye en el cómputo del plazo de caducidad, todo ello en
el contexto de la Resolución del Tribunal Registral N° 277-2016-SUNARP-TR-T, de
fecha 24 de junio de 2016, por el que la Cuarta Sala del Tribunal Registral de Trujillo
resolvió revocar la observación de la registradora pública y disponer la inscripción de la
solicitud de renovación de las hipotecas que gravan 20 predios de propiedad de los
deudores hipotecarios, argumentando que, de manera previa a resolver la rogatoria de
renovación, era menester determinar si las hipotecas materia de análisis se encontrabas
caducas o no, teniendo en cuenta que habían sido otorgadas a favor del Banco Wiesse, en
los años 1994, 1995 y 1996, para luego ser cedidas a un tercero, la empresa Servicios,
Cobranzas e Inversiones S.A.C., en el año 2007, tras lo cual concluyeron que dichas
hipotecas no habían caducado, al contrario de lo sostenido por la registradora, sino que el
cómputo de caducidad no podría abarcar el plazo en el que las hipotecas se encontraban
protegidas por el artículo 172° de la Ley del Sistema Financiero, Ley N° 26702; por lo
que, a partir de esta resolución, se abarcarán los problemas jurídicos advertidos por el
autor: 1) Para renovar una hipoteca es necesario o no determinar previamente si ha
caducado la misma; 2) Los efectos de la cesión de derechos en el plazo de caducidad que
corre durante la titularidad del Banco como acreedor hipotecario; y, 3) La determinación
del inicio del plazo de caducidad en hipotecas que garantizan obligaciones futuras,
eventuales o indeterminadas.
|
6 |
Informe jurídico sobre el análisis de la Resolución N° 6 del Exp. 00351-2021-0-1817-SP-CO-02Campos Florián, Grecia Verónica 07 August 2024 (has links)
El presente informe se centra en el análisis de la Resolución N° 6 emitida en el Expediente N° 00351-2021-0-1817-SP-CO-02 por la Segunda Sala Civil Subespecialidad Comercial del Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró
fundado en parte el recurso de anulación del laudo arbitral de fecha 29 de diciembre 2020, presentado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el arbitraje contra ella seguido por Alimentos Andinos P&A E.I.R.L. La referida resolución tuvo como objeto determinar si la decisión adoptada por el Tribunal Arbitral vulneró el derecho a la motivación en su tipificación bajo las causales del literal b) y d), del inciso 1 del art. 63 de la Ley de Arbitraje, que contemplan la
falta de motivación suficiente y la decisión sobre materias no sometidas al
arbitraje, respectivamente.
El problema principal del caso se refiere a la interpretación de un plazo estipulado en el contrato para acudir al arbitraje, como uno de caducidad, lo que afectaba
la admisión de la controversia en esta sede. Los instrumentos normativos empleados son la Ley de Arbitraje, específicamente los artículos 41, 62 y 63, que establecen los principios de competence-competence e irrevisabilidad y las causales de nulidad de los laudos arbitrales.
El informe examina si el Tribunal Arbitral aplicó correctamente los principios mencionados y si la Sala Superior se ajustó a las causales de nulidad al revisar
la decisión arbitral. Se concluye que es imperativo que los tribunales judiciales respeten los límites establecidos por la ley en cuanto a las causales de nulidad de los laudos arbitrales, preservando así la independencia y eficacia del sistema arbitral como un mecanismo eficiente para la resolución de disputas comerciales. / This report focuses on the analysis of Resolution No. 6 issued in Case No. 00351-
2021-0-1817-SP-CO-02 by the Second Civil Chamber Commercial Subspecialty of the Superior Court of Justice of Lima, which declared partially founded the appeal for annulment of the arbitral award dated December 29, 2020, filed by the Ministry of Development and Social Inclusion, in the arbitration against it followed by Alimentos Andinos P&A E. I.R.L. The purpose of said resolution was to determine whether the decision adopted by the Arbitral Tribunal violated the right
to motivation in its typification under the grounds of subparagraph b) and d), paragraph 1 of Article 63 of the Arbitration Law, which contemplate the lack of
sufficient motivation and the decision on matters not submitted to arbitration, respectively.
The main problem of the case refers to the interpretation of a term stipulated in the contract to go to arbitration, as one of expiration, which affected the admission of the dispute in this venue. The normative instruments used are the Arbitration Law, specifically Articles 41, 62 and 63, which establish the principles of
competence-competence and unreviewability and the grounds for nullity of
arbitral awards.
The report examines whether the Arbitral Tribunal correctly applied the aforementioned principles and whether the Superior Chamber complied with the grounds for nullity when reviewing the arbitral decision. It concludes that it is imperative that the courts respect the limits established by law regarding the grounds for nullity of arbitral awards, thus preserving the independence and effectiveness of the arbitral system as an efficient mechanism for the resolution of commercial disputes.
|
7 |
Informe jurídico sobre la resolución del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre Nº00005-2023-OSINFOR/02.1Paucar Peñaherrera, Alexandra 08 August 2024 (has links)
El presente informe se centra en los aspectos jurídicos clave de la Resolución del
Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre No 00005-2023-OSINFOR/02.1. El proceso se
inició con un PAU en 2010, donde OSINFOR determino la comisión de infracciones por
parte de la empresa Maderera Barrios S.R.L. en su concesión forestal, resultando en la
declaración de caducidad de dicha concesión. Tras ello, la empresa solicito una
apelación en sede administrativa, y a su vez inicio un proceso en sede judicial contra
OSINFOR. la Corte Superior de Justicia de Loreto revisó el caso y emitió un
pronunciamiento de fondo. TFFS-OSINFOR, que había suspendido su respuesta a la
apelación hasta la conclusión del proceso judicial, finalmente emitió un pronunciamiento
reconociendo el análisis de fondo realizado por la Corte.
El análisis crítico del caso revela tres problemas sustanciales en la Resolución. En
primer lugar, se cuestiona el inicio del cómputo de la prescripción de una infracción
continuada, destacando la necesidad de definirlo desde la última acción constitutiva para
asegurar un control efectivo sobre las actividades extractivas. En segundo lugar, se
examina si el colegiado respetó el principio non bis in ídem al no llevar a cabo una
prueba de triple identidad. Finalmente, se aborda la naturaleza de la caducidad como
una consecuencia del incumplimiento contractual o como una medida sancionadora,
debatiendo si debe fundamentarse principalmente en el daño ambiental o ser evaluada
desde una perspectiva contractual. / The present report focuses on the key legal aspects of Resolution No 00005-2023-
OSINFOR/02.1 from the Forest and Wildlife Tribunal. The process began with an
Administrative Sanctioning Procedure (PAU) in 2010, where OSINFOR determined that
Maderera Barrios S.R.L. had committed infractions within its forest concession, resulting
in the declaration of the concession's expiration. Subsequently, the company appealed
administratively and initiated a judicial process against OSINFOR. The Superior Court of
Justice of Loreto reviewed the case and issued a substantive ruling. TFFS-OSINFOR,
having suspended its response to the appeal pending the conclusion of the judicial
process, eventually issued a statement recognizing the substantive analysis conducted
by the Court.
The critical analysis of the case reveals three significant issues in the Resolution. Firstly,
there is a question regarding the start of the prescription period for a continuous
infraction, emphasizing the need to define it from the last constitutive action to ensure
effective control over extractive activities. Secondly, it examines whether the collegiate
body respected the non bis in idem principle by not conducting a triple identity test.
Finally, it addresses the nature of expiration as either a consequence of contractual noncompliance or a punitive measure, debating whether it should primarily be based on
environmental damage or evaluated from a contractual perspective.
|
Page generated in 0.0503 seconds