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La ocupación de inmuebles en el Código Penal chileno, una propuesta de interpretaciónContreras Figueroa, Jorge Fernando January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El contenido del párrafo 6 del titulo IX del libro segundo del Código Penal contempla tipos penales cuyos objetos de ataque son los bienes inmuebles, sobre las aguas corrientes y otros que se agregan tales como deslindes, diques existentes en los ríos, etc.
En este trabajo abordaremos los tipos penales constitutivos de ocupación de inmuebles, lo que genéricamente denominaremos usurpación .
Sin duda, esta figura penal, sin ser la exclusiva, es la más representativa de la protección penal del patrimonio inmobiliario.
Se trata de una figura cuya pena es de poca gravedad y que, excepcionalmente, su determinación no esta referida al valor de la cosa. Para todos los casos de usurpación la sanción será de multa.
Suscitan relativo consenso las ventajas que la legislación civil ofrece para la protección del patrimonio inmobiliario de tal manera que más de un autor aboga por la despenalización definitiva de esta forma de conducta .
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Análisis del sistema de transferencia de la propiedad inmueble y del sistema de oponibilidad de derechos que recaen sobre un inmueble inscritoRonquillo Pascual, Jimmy Javier January 2012 (has links)
Publicación a texto completo no autorizada por el autor / Estudia y expone un tema altamente discutido no sólo a nivel doctrinal sino también –y principalmente- a nivel jurisprudencial, lo que ha generado un clima de preocupación e incertidumbre entre los justiciables y los operadores del derecho. Es decir al tema de la oponibilidad de derechos subjetivos que recaen sobre un mismo bien inscrito y, particularmente, al conflicto que se suscita en la denominada tercería de propiedad, esto es, la colisión entre un derecho de propiedad no inscrito y un derecho de crédito inscrito en forma de embargo. En efecto, desde ya hace bastante existe una perniciosa contradicción resolutiva entre las Salas Civiles de la Corte Suprema –y ni qué decir a nivel de las primeras instancias- en las tercerías de propiedad sobre inmuebles inscritos. Así, mientras la Sala Civil Transitoria suele declarar fundadas las tercerías planteadas por el propietario cuyo derecho no ha sido inscrito, argumentándose que al ser la propiedad un derecho real –con oponibilidad egra omnes- y el embargo un derecho personal –con oponibilidad inter partes-, prevalece la primera en aplicación de las disposiciones del Derecho Común. Ejemplo de ello son las casaciones Nº 964-98-Lima, Nº 06-01-Arequipa, Nº 62-2001-Lima, Nº 403-2001-Piura, Nº 638-2006-Lima, Nº 1776-2009-Lambayeque, entre muchas otras. Por su parte, la Sala Civil Permanente consistentemente ha venido rechazando las tercerías sobre el mismo tema, sosteniendo que el embargo inscrito prima en aplicación del principio registral de prioridad y a fin de dar seguridad al tráfico comercial-inmobiliario. A modo de ejemplo pueden verse las casaciones Nº 527-2003-Lima, Nº 403-2001-Piura y Nº 333-2003-Lambayeque; 4325-2006-Arequipa. Ante éste panorama en el que los justiciables se ven enfrentados a una justicia de
doble discurso, casi una moneda al aire (dependiendo de la Sala Suprema que resolviera la controversia o, en todo caso, del criterio adoptado por el Juzgado o la Sala Superior que tramite su causa) pese a encontrarnos ante un tema de gran trascendencia socio-económica; nos hemos visto motivados a proponer –por medio del presente trabajo- una solución coherente y consecuente con nuestra normativa sustantiva y procesal, solución que dicho sea de paso se aleja por completo de los fundamentos que hasta el momento
se han venido sosteniendo tanto en el formante jurisprudencial como en el doctrinal. / Tesis
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Informe Jurídico sobre la Sentencia Casación N.º 4419-2009-LimaIngunza Reátegui, María Isabel 17 May 2024 (has links)
El presente caso se inicia a raíz de la demanda presentada por la
Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) contra todos los titulares
registrales del Lote 18-B sito en la Urbanización Los Arces de Monterrico, del
distrito de Surco, por la que solicitó se declare la nulidad de los contratos de
compraventa del referido predio, por ser su objeto jurídicamente imposible, al
ser tal terreno un bien de dominio público. La empresa inmobiliaria, PdT,
contestó la demanda indicando que adquirió el bien a título oneroso, por
escritura pública, de quien figuraba como su propietario en los Registros
Públicos.
Tanto en primera como en segunda instancia se declaró la nulidad de los
contratos celebrados entre las personas físicas demandadas, por tener un fin
ilícito, al ser el objetivo común de los contratantes el introducir en el tráfico
mercantil, de forma ilícita (a través de la falsificación de documentos
administrativos), un bien de dominio público. En relación a la mercantil, PdT,
tanto en primera como en segunda instancia se desestimó la demanda por
considerar que no se había desvirtuado su buena fe registral.
La Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la
República revocó dicho fallo y reformandoló declaró fundada la demanda de
nulidad de acto jurídico contra PdT, pues consideró que de los documentos
archivados en los Registros Públicos, PdT podía saber que el bien objeto de
compraventa se trataba de un bien estatal de dominio público que había sido
introducido de manera ilícita en el tráfico mercantil; por lo que declaró que su
contrato de compraventa era nulo por tener un fin ilícito. / This case begins as a result of the presentation by the Superintendence of
National Assets (SBN) of a lawsuit against all the registered owners of Lote 18-
B located in District of Surco, for which requested the annulment of the sales
contracts for the aforementioned property, because its object was legally
impossible, as such land was a public domain asset. The real estate company,
PdT, answered the lawsuit indicating that it acquired the property for
consideration, by public deed, from the person who appeared as its owner in
the Property Registry.
Both in the first and second instance, the nullity of the contracts entered into
between the natural persons sued is declared for having an illicit purpose, as
the common objective of the contracting parties is to enter into commercial
traffic in an illicit manner (through the falsification of administrative documents)
a public domain asset. In relation to the company, PdT, both in the first and
second instance, dismissed the claim on the grounds that its good faith
registration had not been distorted.
However, the Supreme Court revoked said ruling, considering that from the
documents filed in the Public Registries, PdT could know that the property
object of sale was a state property in the public domain that had been illegally
introduced into traffic. commercial, for which he declared that his purchase and
sale contract was void for having an illicit purpose.
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La protección al consumidor en la compra de una vivienda en verdeUlloa Mancilla, Felipe Elías, Salazar Solís, Héctor Ignacio January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo pretende analizar y sistematizar las soluciones que aporta la
regulación ante las principales vulneraciones a las que se ven expuestos los
compradores de una vivienda en verde. Uno de los ejes normativos de la
investigación es el binomio legal compuesto por las leyes 19.932 y 20.007
que establecieron y perfeccionaron el régimen de garantías para afianzar los
dineros adelantados por los consumidores en este tipo de negocios. El otro
eje es la ley 19.496, ley de Protección a los Derechos de los Consumidores,
a partir de la cual proponemos una comprensión global de la relación de
consumo, para hacer plenamente aplicables las garantías de dicha normativa
a la compra de viviendas en verde, en contraste con la práctica comercial de
las empresas del rubro
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