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El principio de legalidad tributaria en la nueva etapa de conciliación del procedimiento de reclamación tributaria y aduanera

Pérez Marchant, Javier Ignacio January 2018 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho tributario) / Actividad Formativa Equivalente a Tesis (AFET) / Durante el año 2015, ingresó a tramitación un proyecto de ley mediante el cual se buscó perfeccionar la justicia tributaria y aduanera. Lo anterior, se tradujo en la Ley N°21.039, publicada en el Diario Oficial con fecha 20 de octubre del año 2017. Entre sus principales novedades, se encuentra la inclusión de una etapa de conciliación al procedimiento general de reclamación tributario y aduanero. En los términos del texto definitivo y aprobado de la Ley N°21.039, será materia de esta conciliación, entre otras, la “existencia de los elementos que determinan la ocurrencia del hecho gravado establecido en la ley”. Sobre este punto y en relación también con las demás materias consideradas para la conciliación, el proyecto de ley intentó asegurar que dicha circunstancia no afectaría la naturaleza legal de las obligaciones tributarias desde el punto de vista del principio de legalidad tributaria, según el cual las normas y obligaciones tributarias sólo pueden ser creadas, modificadas y/o suprimidas mediante una norma de rango legal. Sin embargo, en nuestra opinión el proyecto -y actual Ley N°21.039- carece de las debidas garantías para que este trámite de conciliación no afecte el 6 mencionado principio de legalidad tributaria, puesto que, entre otros, permitiría que las partes -dentro de las cuales se encuentra el órgano fiscalizador en materia tributaria del Estado y en representación del intereses pecuniario del Fisco- puedan determinar la ocurrencia de un hecho gravado y/o de sus elementos así como la aplicación de sus efectos, situación que es privativa, exclusiva y excluyente de la Ley. El presente trabajo muestra un enfoque crítico de esta nueva etapa de conciliación, desde el punto de vista del principio de legalidad en materia tributaria, base esencial de nuestro ordenamiento impositivo.
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Análisis de constitucionalidad de los apremios en el código tributario chileno

Soto Covarrubias, Rodrigo Andrés January 2019 (has links)
Tesis (Magíster de derecho tributario) / Actividad Formativa Equivalente a Tesis (AFET) / El presente trabajo es realizado como una actividad formativa equivalente a la tesis para optar al grado de Magíster en Derecho Tributario de la Escuela de Graduados de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Se plantea como objetivo una revisión de la normativa referente a los apremios establecidos en el Código Tributario Chileno, el procedimiento para su aplicación, y analizarlos desde la perspectiva del cumplimiento de los principios y garantías fundamentales consagrados en la Constitución Política de la República de Chile y los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile. A partir de ello, incorporar al análisis alguna jurisprudencia que se ha desarrollado por nuestro Tribunal Constitucional en la aplicación de los principios y preceptos en los casos concretos sometidos a su conocimiento. A partir de allí, desarrollar hipótesis en que la acción de Inaplicabilidad por Inconstitucionalidad en la aplicación de un apremio tributario en un caso concreto y revisar alguno de los fundamentos que ha entregado el Tribunal Constitucional a la hora de conocer y resolver sobre esta materia, tanto para rechazar las acciones intentadas, como para acogerlas, para finalmente entregar una síntesis de un caso concreto promovido ante el Tribunal Constitucional por el suscrito, respecto a un apremio por deudas tributarias, a saber causa rol 1006-2007.- Los resultados obtenidos podrán ser de interés para el lector para estar de acuerdo o discrepar de las posiciones que acá se plantean, ya que el tema en definitiva no está agotado.
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La incorporación de la norma XVI del título preliminar del código tributario, como medida antielusiva general en el Perú - análisis del artículo 3º del decreto legislativo nº 1121

García Estela, Nekánder Elis January 2018 (has links)
La presente investigación realizó un estudio sobre la inconstitucionalidad de la incorporación de la norma XVI, haciendo un exhaustivo análisis primero definiendo el sistema tributario, teniendo en cuenta la normatividad del código tributario. Fue necesario determinar la elusión como actividad tributaria desde diferentes perspectivas y teorías que hasta la fecha no se encuentra enmarcado como actividad ilícita. Además se ha analizado la incorporación de la norma XVI en el ordenamiento jurídico peruano, con el objetivo de determinar, si esta cumple con los principios de legalidad y reserva de ley, que garanticen la seguridad jurídica dentro del ámbito tributario en nuestro país. Finalmente se obtuvo como resultado que la norma XVI vulnera principios fundamentales del derecho y urge una modificatoria o en su defecto la implementación de su reglamento, en el cual se debe contar con un procedimiento garantista en pro de un sistema tributaria adecuado.
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Discrecionalidad fiscal en la sanción por infracciones establecidas en los numerales 1 y 7 del artículo 177 del código tributario y el cumplimiento voluntario de los contribuyentes de Lambayeque, en los períodos 2016-2017

Llenque Fiestas, María Nicolasa, Sandoval Laura, Tania Anabel January 2018 (has links)
La administración tributaria como ente generalizado, se encuentra conformado por los gobiernos regionales, locales y entidades con fines específicos (SUNAT), siendo este último el encargado de recaudar los tributos del contribuyente; sin embargo, con el transcurso del tiempo se sigue observando la aplicación de elevadas sanciones que afectan la liquidez y rentabilidad de los contribuyentes, incentivando en ellos la informalidad con las obligaciones tributarias. Mediante la R.S.N.A.O. N.° 040-2016, la Administración señala que no se sancionará a aquellos contribuyentes que incurran por primera vez en alguna infracción estipulada. No obstante, por falta de una cultura tributaria, el contribuyente incide en muchas infracciones, llevando a plantear el siguiente problema ¿De qué manera incide en el cumplimiento voluntario del contribuyente, la discrecionalidad en la aplicación de la sanción por los numerales 1 y 7 del artículo 177 del código tributario? Esta investigación tiene como finalidad determinar si la discrecionalidad en la aplicación de la sanción por las presentes infracciones, inciden en el cumplimiento voluntario del contribuyente y solucionan los problemas percibidos por la población. Se identificó la eficacia de la presente resolución mediante un análisis de la información solicitada a SUNAT; asimismo, se empleará un instrumento a especialistas tributarios en el tema y una encuesta aplicada a la población del sector comercio. Se pudo concluir, que la discrecionalidad en la aplicación de la sanción por los numerales 1 y 7 del artículo 177 del código Tributario no incide favorablemente en el cumplimiento voluntario del contribuyente, aunque hayan venido tomando medidas de mejora, muchos contribuyentes por desconocimiento en el control tributario de sus negocios, se seguirán viendo afectados y de ello mantener una perspectiva negativa de la administración tributaria.
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Aplicación del artículo 70° del código tributario en la determinación de la obligación tributaria y la vulneración a los principios tributarios de no confiscatoriedad y capacidad contributiva

Llontop Lecca, Walter Rosendo January 2020 (has links)
La determinación del tributo por presunciones ha conllevado a pensar que la metodología utilizada puede ser objeto de sentencias alejadas de la realidad, de manera que el procedimiento presuntivo establecido en el artículo 70° del Código Tributario: Presunción por patrimonio no declarado, no registrado; no es ajena a esta problemática pues no se asegura que al aplicarse se respete los principios tributarios generando un incremento excesivo en la cuantía del tributo. Por ello, se planteó como objetivo principal, determinar si la aplicación de la presunción del artículo 70° del Código Tributario en la determinación de la obligación tributaria vulnera los principios tributarios de no confiscatoriedad y capacidad contributiva. Para tal efecto, la metodología de la investigación se basó en un enfoque cualitativo, de tipo evaluativa y de nivel descriptivo; y su diseño fue de tipo no experimental, transversal y retrospectiva. Tuvo como instrumentos el análisis documental, el fichaje, donde se examinó la información existente, la normatividad, las RTF y, por último, el cuestionario para obtener la opinión de los especialistas en materia tributaria. En base a los resultados se concluyó que el uso de las presunciones en la determinación del tributo debe ser excepcional y subsidiaria a la base cierta y que la presunción del artículo 70° del Código Tributario vulnera los principios de no confiscatoriedad y capacidad contributiva, puesto que se determinan los ingresos en función al patrimonio omitido multiplicado por un coeficiente que no puede ser menor que la unidad.
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Aplicación de la Norma XVI: a propósito del Decreto Legislativo Nº 1422

Bando Almeida, Daniel Steven 27 May 2020 (has links)
El objetivo del siguiente trabajo de investigación es esclarecer la estructura y condicionamientos que trae consigo la Norma XVI, ubicada en el Título Preliminar del Código Tributario, para que de esta manera se determine si es posible su plena aplicación en la actualidad. A pesar de que en este año (2018) se ha publicado el Decreto Legislativo N° 1422, teniendo consignado como fin el brindar mayores garantías a los contribuyentes en la aplicación de tal norma y otorgar a la Administración Tributaria (SUNAT) las herramientas para su efectiva implementación, para lo cual modificó el Código Tributario, tenemos que siguen quedando espacios que requieren ser dilucidados. En ese contexto, consideramos necesario un estudio de las normas pertinentes, desde los respectivos precedentes hasta llegar a la revisión del decreto referido, para determinar el contenido, vigencia y aplicación de la Norma XVI; sin perjuicio de ello, para obtener mayores luces al respecto, recurrimos especialmente a pronunciamientos de tribunales y doctrina correspondientes. Conforme a ello, verificamos que se otorgan facultades a la SUNAT en función a dos bloques normativos: 1) hacer uso de una calificación económica o 2) de una Norma Antielusiva General, a aplicarse sobre determinados actos que el contribuyente simule o realice respectivamente, siendo que el segundo trae consigo ciertas complicaciones para su aplicación. De esta forma, concluimos que actualmente sólo es aplicable la calificación económica, puesto que si bien el Decreto Legislativo N° 1422 facilitaría la aplicación la norma antielusiva en referencia, desligándose incluso del condicionamiento de la publicación de un futuro Decreto Supremo (impuesto por ley) que se tenía para ello, aún existe la necesidad de esta última norma y de alguna otra de la Administración Tributaria que establezcan los alcances necesarios para su efectiva implementación
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Pertinencia de utilizar las normas contables para darle contenido o definir aspectos relacionados a categorías contables recogidos en normas tributarias

Ramos Roca, Victor Jose 02 June 2020 (has links)
1. Justificación de la investigación: La justificación de la investigación viene dada por la importancia de determinar si pertinente utilizar normas contables para darle contenido o definir aspectos relacionados a categorías contables recogidos en normas tributarias. Para ello, nos apoyaremos en las opiniones vertidas por estudiosos del Derecho Tributario, los Informes de la SUNAT, las resoluciones del Tribunal Fiscal y las sentencias del Poder Judicial. Cabe indicar además que la investigación resulta viable en la medida que el tema elegido aún sigue generando debate en la doctrina nacional y dado que los operadores jurídicos (Administración Tributaria, el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial) aún no han podido dar una respuesta univoca sobre el asunto. Asimismo, la presente investigación nos permite recopilar lo señalado en anteriores investigaciones sobre el tema propuesto y profundizarlo tomando en cuenta la jurisprudencia actual. 2. Hipótesis: Es permisible el uso de normas contables para definir, completar o darle contenido a las normas tributarias siempre que: 1. Se realice una justificación argumentativa respecto a las razones jurídicas y base normativa que origina su aplicación, debiendo usar para dicho fin, en la medida que sea posible, todos los métodos de interpretación permitidos por el Derecho y 2. No se opongan, desnaturalicen o transgredan las normas tributarias. 3. Conclusión principal: Es posible que la SUNAT, el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial recurran a las normas contables para definir, completar o darle contenido a las normas tributarias siempre que:  Se realice una justificación argumentativa respecto a las razones jurídicas y base normativa que origina su aplicación, debiendo usar para dicho fin, en la medida que sea posible, todos los métodos de interpretación permitidos por el Derecho.  No se opongan desnaturalicen o transgredan las normas tributarias.
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Análisis del nuevo Artículo 100 bis del Código Tributario a la luz de los principios y derechos constitucionales : la normativa anti elusión de la Ley No. 20.780

Lonza Vallejos, Luz María January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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El abandono del procedimiento en la etapa administrativa del cobro ejecutivo de obligaciones tributarias en dinero : su procedencia o improcedencia

Bustamante Rojas, Ariel Esteban January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El Título V del Libro Tercero del Código Tributario, l lamado, Del Cobro Ejecut ivo de las Obl igaciones Tr ibutar ias en Dinero, regula la cobranza administ rat iva y judicial de las obligaciones tributarias, estableciendo las normas de procedimiento del juicio ejecut ivo dest inado al cumpl imiento coact ivo de dichas obligaciones. Caracter íst ica relevante de este cobro ejecut ivo, tal como señala don Pedro Massone P. , consiste en que “e s u n procedimiento que se desarrolla en dos etapas, a saber: La primera, ante el respect ivo Tesorero y ante el Abogado Provincial del Servicio de Tesorerías. La segunda, ante el Juez de Letras en lo Civ il ” 1. En cuanto al incidente especial del abandono del procedimiento y a su procedencia en el cobro ejecut ivo tr ibutar io, ha sido aceptado, especialmente cuando se ha producido en la segunda fase de este procedimiento2, es deci r, en aquella que se lleva a cabo ante el Tribunal Ordinario; sin embargo, es en la primera etapa, aquel la l levada a cabo ante funcionarios del 1 MASSONE PARODI , Pedro. Tr ibunales y Procedimientos Tr ibutar ios . 3ª ed. , Legal Publ ishing, Sant iago, Chi le, 2010, p. 282. 2 Ibíd. , p. 291. 2 Servicio de Tesorer ías, en la cual existe la discusión –doctr inal y jur isprudencial - respecto de si es o no procedente su aplicación. Para un sector de la doctr ina y jurisprudencia, la etapa llevada a cabo ante funcionarios del Servicio de Tesorer ías tendr ía el carácter de administ rat iva y no jurisdiccional , por lo tanto, no ser ía cor recta la aplicación o procedencia del abandono del procedimiento, que como veremos, es una inst itución cuyo presupuesto básico es la existencia de un juicio, el que en una etapa de carácter administ rat ivo no existe; para otros , en cambio, ser ía totalmente procedente, en atención a que esta etapa -por diversos mot ivos que serán estudiados- no tendr ía realmente el carácter de administrat iva, sino que su naturaleza ser ía más bien de jur isdiccional . Di remos desde ya, que el Código Tributar io, cont iene una serie de normas que, de acuerdo al sent ido y alcance que les otorguemos al momento de su interpretación, permit irán a algunos arr ibar a la conclusión que es totalmente procedente el abandono del procedimiento en la etapa administrat iva, instalándose de este modo una discusión que, hasta el día de hoy, no se encuentra zanjada. Es la cont roversia planteada, la que pretende ser anal izada en este t rabajo, con el objet ivo de alcanzar una conclusión lógica y coherente respecto de si es o no procedente el abandono del procedimiento en la primera etapa del cobro ejecut ivo de las obligaciones t ributarias en dinero. 3 Para el efecto anterior, será necesario, con el f in de contextual izar el tema específ ico que será estudiado, desar rol lar un primer capí tulo que esté dest inado a abordar el procedimiento de cobro ejecut ivo de las obl igaciones t ributarias en dinero. Un Capítulo Segundo estará dest inado al incidente del abandono del procedimiento como inst itución de aplicación general, estableciendo su def inición, caracter íst icas, requisitos, efectos, entre otros. El Capítulo Tercero tratará del incidente del abandono del procedimiento en la etapa administrat iva del cobro ejecut ivo tributario. Se abordará la discusión existente, dando a conocer la controversia, para poster iormente, establecer cuáles son los fundamentos y postulados que permiten sostener como procedente o improcedente el incidente en cuest ión. Finalmente, el Capítulo Cuarto, estará dest inado a las conclusiones logradas en el desarrol lo de este trabajo.
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Aproximación hermenéutica al concepto jurídico penal del elemento normativo "clandestino" en el artículo 97 No.9 del Código Tributario

Ayala Leguas, José Luis January 2012 (has links)
Tesis(para optar al grado de magíster en derecho con mención en derecho penal) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Este trabajo se centra en el campo del Derecho Penal Económico, desde un punto de vista estricto, en la conceptualización actual del delito fiscal o delito tributario. En específico se analiza el concepto de clandestinidad en el tipo penal del artículo 97 N° 9° del Código Tributario, identificando a la Hacienda Pública como bien jurídico protegido, en atención a las obligaciones tributarias formales de enrolamiento y declaración, cuyo incumplimiento es el que se sanciona por esta figura penal. Conceptos Clave: Derecho Penal Económico; Delito Tributario; Clandestinidad; Hacienda Pública; Obligaciones Tributarias Formales

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