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Aproximación a la problemática del concepto de objetos en el artículo 365 bis del Código Penal

Rojas Olivares, Rodrigo Eduardo January 2013 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho penal) / Se revisan los planteamientos sostenidos entorno al concepto de “objetos” del artículo 365 bis del Código Penal Chileno, en relación a la problemática de sí esta voz comprendería o no las partes del cuerpo humano, y por consiguiente, si la introducción de alguna de estas en un contexto sexual representaría conductas sancionables bajo este título. Se plantea como esta discusión ha repercutido negativamente en el desarrollo doctrinal y jurisprudencial de la norma, centrando el debate exclusivamente en este tema, sin reparar en la necesidad de desarrollar una interpretación teleológicamente orientada, que sólo permita afirmar la configuración típica en casos representativos de una vulneración de derechos de una entidad o valoración equiparable a un acceso carnal, que posibilite la restricción del tipo dada su excesiva amplitud formal
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Hurto frustrado. Una propuesta de interpretación del artículo 494 bis del Código Penal

Olave Albertini, Alejandra January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo propone una interpretación del artículo 494 bis del Código Penal a través del análisis de la tentativa (en sentido amplio) del delito de hurto, en particular, el hurto frustrado. Para esto, la primera parte se centra en el estudio del concepto de tentativa y la distinción que se ha planteado entre “tentativa idónea” y “tentativa inidónea”. El rechazo a esta distinción, permite examinar en qué consistiría un hurto frustrado, examen que se lleva a cabo en la segunda parte del trabajo, a través del estudio de la descripción contenida en el tipo de hurto y la pregunta de si se corresponde con un delito de actividad o de resultado. La respuesta a esta pregunta requerirá un análisis enfocado en cómo se ha entendido la distinción, lo que llevará a una crítica de la comprensión de la categoría de delitos de resultado como referida exclusivamente a delitos de resultado causalmente complejo. La defensa de que el hurto se corresponde con un tipo de delito de resultado constitutivamente complejo permitirá aclarar qué casos corresponden a un hurto frustrado
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El abono de las medidas cautelares personales a la pena privativa de libertad : el problemático caso del abono en causa diversa

Meza Valenzuela, Francisco Javier, Reveco Soto, Eduardo Miguel January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En todos los sistemas en que se encuentra consagrada la institución del abono de las medidas cautelares personales a la pena, ésta apela a la reducción de la extensión de una pena impuesta cuando el condenado ya ha sido afectado por providencias cautelares que han limitado o restringido los mismos bienes jurídicos que serán limitados o restringidos como consecuencia del castigo penal. Siendo indiscutible que tal reducción debe tener por fundamento, al menos, la existencia de medidas adoptadas en el mismo proceso en que se impone la respectiva pena, se ha defendido la operatividad del “abono en causa diversa”, vale decir, del cómputo procedente en virtud de privaciones de libertad decretadas en procesos diversos de aquel en que se impone la pena susceptible de reducción en su extensión. La presente tesis pretende abordar la figura del abono en causa diversa, con el fin de determinar si es procedente su operatividad en el ordenamiento nacional, limitando nuestro análisis al abono sobre penas, amén de temporales y divisibles, privativas de libertad. Para lograr tal objetivo, junto con un tratamiento general de la institución del abono, abordaremos la recepción del abono en causa diversa en la jurisprudencia y doctrina nacional y en algunas legislaciones extranjeras, representativas de las principales tendencias existentes a su respecto. Se concluye que dicho abono sí es procedente en nuestro derecho, a la luz de la interpretación extensiva del artículo 26 del Código Penal. Este precepto, al tener incidencia en la vigencia de un derecho fundamental como es la libertad personal, debe interpretarse de un modo acorde a su mayor extensión y vigencia, como lo exige el respeto por la dignidad humana. Es esta interpretación extensiva la que permite incluir en el cómputo toda aprehensión cautelar padecida previamente por el sujeto, independientemente del proceso en que ha sido decretada.
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Concurrencia de las atenuantes de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos y de cooperación eficaz bajo la Ley 20.000

Villarroel Rojas, Ricardo January 2015 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho penal) / La presente investigación busca responder la pregunta siguiente: Si la atenuante especial de cooperación eficaz, contenida en el artículo 22 de la Ley Nº 20.000, puede ser aplicada de manera conjunta con la circunstancia común de responsabilidad penal de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos establecida en el artículo 9 del Código Penal, o si por el contrario, ésta excluye aquella, al fundarse ambas en el mismo supuesto fáctico, esto es, la cooperación sustancial que presta el imputado a la investigación, debiendo optarse por la más adecuada al caso concreto. Para poder responder a la pregunta anterior, se analizaron los textos legales pertinentes; sus historias fidedignas, que permiten entender el razonamiento del legislador; la doctrina existente -lo que piensan los autores sobre el asunto- y la jurisprudencia de los Tribunales Superiores de Justicia. También se consideró para responder la pregunta de investigación, los efectos atenuatorios en cuanto a rebaja del marco punitivo determinado, que permite una u otra circunstancia modificatoria. El camino expuesto en el párrafo anterior, permitió encontrar respuesta a la pregunta planteada y sostener, que no es posible aplicar ambas circunstancias modificatorias conjuntamente, pues se concluye que un mismo hecho no puede dar lugar a dos circunstancias atenuantes de responsabilidad penal. Palabras claves: colaboración, cooperación, sustancial, eficaz, naturaleza jurídica, compatibilidad, exclusión
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Consideraciones sobre el estado actual de la agravante especial de pluralidad de malhechores del Artículo 456 bis No.3 del Código Penal chileno en los delitos de robo y hurto

Mella Pérez, Rodrigo Antonio January 2014 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho penal ) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / La presente investigación pretende analizar con precisión el estado dogmático y jurisprudencial actual de la circunstancia agravante de pluralidad de malhechores en los delitos de robo y hurto contenida en el artículo 456 bis N°3 del Código Penal chileno, comenzando con el estudio de tres asuntos que históricamente han motivado la atención de los autores, los que consisten en la determinación del origen histórico de la norma, su fundamento racional y el sentido de la expresión “malhechores”, dejando en evidencia, en cada caso, las ventajas y desventajas de las hipótesis existentes, y proponiendo, en lo posible, nuevas alternativas de solución. Luego, nos concentraremos en escudriñar cinco problemas contemporáneos derivados de la interrelación de la norma con diversas instituciones propias del derecho penal y del derecho procesal penal, tales como la participación criminal, el iter criminis, la coerción como medio comisivo del robo, la adolescencia como característica de los sujetos de la incriminación, y la pluralidad de enjuiciamientos respecto de un solo hecho
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Análisis comparativo de las tres propuestas de proyectos de reforma al Código Penal sobre el nuevo delito de administración desleal

Barraza Henríquez, Gonzalo Andrés January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene como objetivo analizar los anteproyectos de Código Penal que se han realizado respecto a la figura de administración desleal, para luego compararlos y poder observar y examinar los esfuerzos de tipificación, con aspectos destacables tanto positiva, como negativamente. Para lo anterior, se comenzará dando los presupuestos para poder entender este nuevo tipo que es ajeno a la legislación penal nacional. Es conveniente puntualizar que pese a que no se encuentre tipificado el delito, no quiere decir que los supuestos de hecho de éste, no ocurran. Es por lo anterior que analizaremos un par de casos donde se discute tangencialmente la ocurrencia de los hechos de administración desleal. Sin perjuicio de lo anterior, el esfuerzo central es analizar detalladamente cómo los redactores de los anteproyectos de Código Penal han regulado este nuevo delito. Al examinar este nuevo tipo penal en los tres anteproyectos, se puede ver notoriamente cómo se va complejizando la tipificación para lograr sancionar específicamente lo que en derecho comparado se conoce como administración desleal.
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La atenuante de arrebato u obcecación desde una perspectiva de género : análisis doctrinario, legislativo y jurisprudencial al amparo de la Ley 20.066"

Valdivia Baeza, Palmira Massiel January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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Comunicabilidad en los delitos especiales, intervención del extraneus en el delito de malversación de caudales públicos del art. 233 del Código Penal

Conejeros Figueroa, René January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El delito de peculado o malversación de caudales públicos del art. 233 del Código Penal, constituye un delito que protege atentados contra la función pública. Este delito cometido por un funcionario público, infringe el principio de probidad administrativa, y lesiona el aspecto patrimonial del Estado. El injusto de esta figura delictiva, se caracteriza por que el funcionario a cargo de los fondos, y que se encuentra en una posición jurídica de conservación respecto de éstos, infringe este deber cuando los sustrae o consiente en que otro los sustraiga. La doctrina ha considerado que este delito constituiría un delito especial, ya que restringe el círculo de autores a los sujetos que posean una cualificación especial de empleados o funcionarios públicos. Sin embargo, se discute si esta cualificación especial constituye un elemento fundante del delito o sólo es una circunstancia agravante del injusto. Una posición reciente en la literatura nacional, adopta la doctrina de los delitos de infracción de deber, y señala que este delito se caracterizaría por ser de tipo. Se plantea por la doctrina nacional la discusión sobre el tratamiento penal de la participación de terceros extraneus en este delito, en cuanto al título de imputación penal aplicable, y el grado de participación imputable. El Código Penal no contiene una norma expresa al respecto, por lo que la doctrina se ha dividido frente a este tema, ofreciendo tres posiciones definibles. La primera sostiene que la calidad especial del sujeto activo se comunica al extraneus, otra postura mayoritaria señala que el sujeto no cualificado será autor del delito común o residual del delito de peculado, y una tercera postura señala que no puede castigarse al sujeto no cualificado como autor del delito especial. La postura de este trabajo, de acuerdo a una revisión de las soluciones que ofrece la doctrina nacional, apoya la tesis de la intervención del extraneus en delitos especiales, sólo bajo la hipótesis de participación accesoria. / 29/05/2018
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Los tipos de exacciones ilegales en el Código Penal chileno

Balbontin Gubbins, Carlos Jorge January 2011 (has links)
Tesis(magister en derecho penal) / El objeto de este trabajo es comprobar la hipótesis consistente en que las figuras penales de exacciones ilegales contenidas en los arts. 147, 157 y 241 del Código Penal, presentan un común elemento del tipo, definido como una conducta ilícita que contiene un requerimiento de naturaleza imperativa o perentoria, asociado a una situación interpersonal de preeminencia, comunicado al sujeto pasivo, y consumado mediante su percepción y comprensión de su significado. Sería un elemento dotado de entidad y función propias, independiente de otros medios comisivos, como la conminación o el engaño, que eventualmente pueden o deben concurrir en algunos tipos penales. La finalidad del trabajo se obtiene mediante una metodología de investigación que comprende la pertinente normativa legal, la doctrina y la jurisprudencia, implicando un proceso interpretativo de carácter dogmático, crítico y sistemático, orientado a determinar, en general, la naturaleza, función y características de la exigencia ilícita, como elemento esencial, dando lugar a soluciones precisas respecto de diversos problemas de relevancia que se presentan en la práctica. Luego, se analiza cada una de las figuras penales, con el fin de comprobar la hipótesis, precisando los respectivos elementos de la tipicidad, especialmente los sujetos, los medios comisivos, los objetos materiales y los elementos subjetivos; y finalmente, se procede a tratar las principales cuestiones concursales que se presentan entre los tipos penales materia de esta tesis y otros delitos, comunes y especiales. Los resultados obtenidos permiten comprobar la hipótesis, mediante la concepción precisa y autónoma de la conducta ilícita fundamental, consistente en la exigencia o imposición de carácter imperativo o perentorio, planteada como prestación obligatoria ante el sujeto pasivo, basada en la preeminencia del sujeto activo, y ejecutada mediante la comunicación del requerimiento, que se completa cuando el sujeto pasivo percibe el mensaje ilícito y adquiere comprensión de su significado. Esta acepción fundamental permite diferenciar conceptualmente a la conducta ilícita propia de las exacciones típicas, de otros medios comisivos eventuales o requeridos en particular por algunas de las figuras penales materia del trabajo.
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La problemática del bien jurídico protegido por la figura del artículo 411 ter del Código Penal chileno

Flores Álvarez, Michael Christopher January 2014 (has links)
Tesis (para optar al grado de magíster en derecho con mención en derecho penal) / Con la introducción en el ordenamiento jurídico nacional del artículo 411 ter del Código Penal, se consagró en Chile una figura típica que no está orientada a la protección de bien jurídico alguno, sino que en ella convergen tanto criterios morales como necesidades probatorias, pretendiéndose orientar la conducta de los ciudadanos a través de ideas morales, que se alejan totalmente de los fundamentos de un derecho penal de un Estado democrático de Derecho, vulnerando entre otros, el principio de lesividad y a la postre, instrumentalizándose la política criminal para fines totalmente ajenos a los que pueden legitimar la intervención del derecho de castigar en un Estado democrático moderno.

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