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Competencia desleal del Estado. A propósito de la utilización de los mecanismos de la contratación pública que permite al Estado intervenir en actividades empresarialesTorrico Ramirez, Juan Manuel 24 January 2023 (has links)
Es común observar que el Estado se encuentra contratando a sus empresas estatales y entidades
públicas a través de los alcances interpretativos en la aplicación de los mecanismos establecidos
en la normativa de contratación pública, estos son los procedimientos competitivos y los convenios
de colaboración interadministrativa, situación que transgrede el Principio de Subsidiariedad
contenido en el artículo 60 de la Constitución Política de 1993, ya que cuando se analizan algunas
de esas contrataciones (enfoque metodológico de estudios de casos) no se cumplen con los
presupuestos de dicho principio de acuerdo a diversos pronunciamientos del Tribunal
Constitucional (enfoque metodológico de argumentación jurídica constitucional); asimismo,
también se configura el supuesto de competencia desleal, en la modalidad de violación de normas,
establecido en el numeral 14.3 del Decreto Legislativo N° 1044 “Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Represión de la Competencia Desleal”, situación que debe ser revertida a través de las
siguientes medidas i) el cambio de la posición institucional adoptada por el Organismo Supervisor
de las Contrataciones del Estado – OSCE que permite que las empresas estatales y las entidades
públicas contraten con el Estado utilizando dichos mecanismos, ii) las denuncias ante INDECOPI
por parte de las personas naturales o jurídicas afectadas por esas contrataciones contra las empresas
estatales y entidades públicas por haber incurrido en competencia desleal y iii) modificación de la
normativa de contratación pública para que se limite el alcance de los procedimientos competitivos
y los convenios de colaboración interadministrativa cuya interpretación permite al Estado
transgredir el artículo 60 de la Constitución Política de 1993.
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Unfair competition and the safeguard of trade secrets / Competencia desleal y resguardo de los secretos empresarialesSosa Huapaya, Alex 25 September 2017 (has links)
The Law of Supression of Unfair Competition, approved by Legislative Decree 1044, tries to avoid confusions about what is protected as a trade secret and what cases of misappropriation should be sanctioned.In this article, the author questions the interpretation and application that has beenconsistently employed, in many cases, to some of the terms contained in the aforementioned law.For that purpose, the author explains the meaning of the trade secret and other related terms, such as prohibited competition and concurrent purposes. He then proceeds to elaborate an analysis about the economic function of protecting trade secrets and what should be the correct application of the Law of Supression of Unfair Competition. / La Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada por el Decreto Legislativo 1044, trata de evitar confusiones acerca de qué se protege comosecreto empresarial y qué supuestos de apropiación indebida deberían sancionarse.En el presente artículo, el autor cuestiona la interpretación y aplicación que se le ha venido dando, en muchos casos, a algunos de los términos contenidos en dicha ley. Para ello, explica el significado del secreto empresarial, y de otros términosrelacionados como la competencia prohibida y la finalidad concurrencial. Luego, pasa a elaborar un análisis sobre la función económica de proteger los secretos empresariales y de cuál debería ser la correcta aplicación de la Ley de Represión de la Competencia Desleal.
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Resolución N° 0140-2018/SDC-INDECOPIRojas Victoria, Geraldine América 17 August 2021 (has links)
El presente informe contiene un análisis de cómo debe interpretarse la publicidad comercial en general y si resulta correcto utilizar el famoso criterio de la parte captatoria. A opinión de la autora este tipo interpretación resulta incorrecto, por lo cual se debe utilizar únicamente un análisis integral y superficial de la publicidad, tal como lo dispone la Ley de la Represión de la Competencia Desleal. De manera complementaria, una vez identificado el mensaje publicitario en el caso materia de discusión, la autora
propone que el análisis de una publicidad alusiva que contiene una afirmación no veraz respecto de la oferta del anunciante debe analizarse dentro del marco de la excepción de veracidad recogida en la citada Ley, pues resulta que dicho requisito de licitud contiene un principio de veracidad reforzado, el cual permite evaluar el mensaje del anuncio publicitario para determinar que sea ajustado a la realidad
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Competencia desleal en el rubro de telecomunicaciones : Análisis, crítica y propuesta normativa a partir de la revisión de resoluciones del INDECOPIPoletti Ugaz, Ana Lucía 04 April 2019 (has links)
El presente artículo académico tiene como finalidad analizar la represión de la
competencia desleal en el mercado de las telecomunicaciones. En tal sentido,
evaluaremos las resoluciones emitiditas por el Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual (en adelante, Indecopi), en
las cuales se demuestran falencias en el entendimiento de conceptos técnicos así
como de la dinámica en el mundo de las telecomunicaciones. Bajo dicho marco,
advertimos una valla en materia de conocimiento por lo que el principal
cuestionamiento del trabajo es conocer si el Indecopi pueda especializarse en temas
de telecomunicaciones o de caso contrario, a razón de la evolución constante del
mercado, en virtud de las nuevas tecnologías, termine ganándole. Por lo antes
expuesto, nuestra propuesta es que, sea el Organismo Supervisor de la Inversión
Privada en Telecomunicaciones, quien regula el mercado de telecomunicaciones, sea
el competente y especializado para conocer las controversias en materia de
competencia desleal.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N.º 104-2012/CCD y N.º 172- 2012/CCD, E-2669 que resuelve desestimar las denuncias interpuestas a Nestlé Perú S.A., en relación con la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de actos de engañoCarita Aramayo, Amely Pamela 27 June 2024 (has links)
El siguiente informe aborda un procedimiento administrativo sancionador en el cual la
Sala Especializada en Defensa de la Competencia ratifica la Resolución 021-2015/CCDINDECOPI,
que desestimó la denuncia presentada por la Asociación Peruana de
Consumidores y Usuarios (ASPEC) y el Instituto del Derecho Ordenador del Mercado
(IDOM) contra Nestlé Perú S.A., por supuestos actos de competencia desleal. El informe
examina las principales etapas de este procedimiento, considerando la impugnación
presentada contra el acto administrativo emitido por la primera instancia y mi posición
respecto a la controversia.
En primer lugar, se analiza el mandato normativo que exige una evaluación completa y
superficial de todo el contenido publicitario, así como su aplicación en este caso
específico, centrándose en la cuestión de si los términos de la publicidad en disputa
fueron transmitidos de manera clara y perceptible, especialmente, en lo que respecta a
la fecha de inicio de la promoción. En segundo lugar, se discute la importancia de
interpretar la naturaleza de un concurso publicitario que depende del azar, y se abordan
las objeciones planteadas por las asociaciones denunciantes sobre la falta de
divulgación por parte del proveedor de las fechas en que se distribuirán los premios
principales, junto con mi postura al respecto. Finalmente, se revisa la confirmación por
parte de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de la resolución emitida
por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal N.°1, que desestimó la
imputación de oficio contra Nestlé por una presunta violación del principio de legalidad.
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Informe para la sustentación de expedientes: 167-2007/CCD y 2000-1133-0-1903-JR-CI-02Marquez Rios, Luciana Andrea 18 October 2021 (has links)
El presente expediente versa sobre un procedimiento sancionador -iniciado a pedido de parte- en el que se analiza la licitud de un anuncio publicitario, al haberse presuntamente vulnerado los principios de veracidad y lealtad en el marco de una publicidad comparativa. Sobre el particular, el anuncio publicitario cuestionado versaba sobre las ventajas de la oferta comercial de la cerveza “Brahma” en contraposición a la oferta de la cerveza “Cristal”.
En dicho contexto, el anunciante listaba una serie de medidas adoptadas que calificaban como innovaciones en la industria cervecera peruana a efecto de añadir un valor comercial a la cerveza “Brahma” y que, a manera de reacción, eran imitadas por su competidor. Asimismo, en el procedimiento se cuestionaba la comparación realizada entre la oferta de cuatro (4) botellas de cerveza “Brahma” a un precio de S/ 9.50 y la oferta de tres (3) botellas de cerveza “Cristal” al mismo precio, en tanto se induciría a error a los consumidores porque estos productos no tendrían un mismo contenido neto.
Teniendo en cuenta ello, y como parte del análisis del presente procedimiento se trataron temas jurídicos de suma importancia tales como: (1) publicidad comparativa; (2) si la comparación realizada era idónea; (3) el deber de exhaustividad publicitaria; (4) el principio de veracidad y (5) denigración publicitaria. Es necesario indicar que, los temas analizados en el presente procedimiento resultan de gran importancia desde la perspectiva de protección de los intereses de los consumidores en un contexto publicitario, como de los agentes económicos competidores. / Trabajo de suficiencia profesional
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Informe para la sustentación de expedientes: Expediente Público N° 037-2019/CCD / Expediente Privado, Arbitraje Ad-hoc La Sólida S.A.C – Topy Top S.A.Navarro Barbagelata, Jerónimo 02 October 2021 (has links)
El presente resumen del expediente administrativo versa sobre una denuncia interpuesta contra Intradevco ante la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi, por la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de engaño por la difusión de diversas afirmaciones objetivas en el empaque del producto “Aval, Alcohol en gel”, las cuales no serían ciertas. En primera instancia la denuncia fue declarada fundada por la comisión pero en segunda instancia la sala la declara infundada dando pronunciamientos contradictorios entre ellas. / Trabajo de suficiencia profesional
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Informe Jurídico sobre la Resolución 191-2022/SDCINDECOPINajarro Prado, Militza Mercedes 02 August 2023 (has links)
El análisis de las piezas publicitarias es constante en la actividad del INDECOPI y a
manera que se va desarrollando la casuística suscitada en nuestro país, la autoridad
que analiza y reprime los actos que van en contra de la leal competencia en el mercado
va consolidando su metodología. Así, el presente trabajo pretende analizar el caso
suscitado a razón del cuestionamiento de la publicidad en empaque del producto Cubito
Maggi Carne, desde un enfoque del análisis del mensaje publicitario, debido a que no
fue materia de controversia la verdadera naturaleza del producto, no se cuestionó si
tenía o no carne como insumo formante porque de los ingredientes de dicho producto,
claramente, se desprendía de que no tenía carne. En este caso se discutió la
delimitación del mensaje publicitario, así el presente informe recaído sobre la Resolución
191-2022/SDC-INDECOPI emitida por la Sala Especializada en Defensa de la
Competencia, tiene como objetivo brindar mayores herramientas de análisis de las
piezas publicitarias, generando un enfoque en la categoría desarrollada a lo largo de
diversos pronunciamientos del INDECOPI, específicamente nos avocamos a la
experiencia del consumidor y el contexto de mercado, categorías sobre las cuales
pretendemos efectuar una contribución académica. Finalmente, se busca abordar parte
de la discusión correspondiente a los alcances de la denominación del producto y su
incorporación como parte del análisis del mensaje publicitario / The analysis of advertising pieces is constant in the activity of INDECOPI and as the
casuistry in our country develops, the authority that analyzes and represses acts that go
against fair competition in the market is consolidating its line of analysis. Thus, the
present work intends to analyze the case raised due to the questioning of the advertising
on the packaging of the Cubito Maggi Carne product, from an approach of the analysis
of the advertising message, because the true nature of the product was not a matter of
controversy, it was not questioned whether or not it had meat as a component input
because it was clear from the ingredients of said product that it did not have meat. In this
case, the delimitation of the advertising message was discussed, thus the present report
on Resolution 191-2022/SDC-INDECOPI issued by the Specialized Chamber for the
Defense of Competition, aims to provide greater analysis tools for advertising pieces,
generating a focus on the category developed throughout various INDECOPI
pronouncements, specifically we focus on the consumer experience and the market
context, categories on which we intend to make an academic contribution. Finally, it
seeks to address part of the discussion corresponding to the scope of the product name
and its incorporation as part of the analysis of the advertising message
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 0129-2018/SDC INDECOPIFalen Valverde, Alessandra Betsabeth 01 August 2023 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 0129-2018/SDCINDECOPI,
emitida por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de
Indecopi, la cual resolvió en segunda instancia la denuncia presentada por
América Móvil en contra de Entel por la presunta comisión de actos de engaño
en la difusión de los anuncios que formaron parte de su campaña publicitaria “La
Yapa”. Así pues, el presente trabajo evaluará si la decisión adoptada en dicha
resolución, en la cual se concluyó que Entel sí había incurrido en los actos de
competencia desleal denunciados, fue la correcta; ello sobre la base de lo
dispuesto en la Ley de Represión de Competencia Desleal, así como en atención
a los criterios adoptados en resoluciones de Indecopi.
De ese modo, luego de la investigación realizada en este informe, se demostrará
que Entel sí incurrió en actos de engaño en la difusión de los mensajes que
fueron materia de análisis en la segunda instancia. Ello pues, tras realizar una
interpretación superficial e integral de la publicidad, desde la perspectiva del
consumidor, se identificaron los dos mensajes objetivos cuestionados, los cuales
no respetaron el principio de veracidad. Por un lado, uno de los mensajes omitió
información que resultaba relevante para el proceso de elección de los
consumidores y, por otro lado, el otro mensaje presentó información falsa. En
consecuencia, se concluirá que ambos eran susceptibles de inducir a error a los
consumidores. / This legal report analyzes Resolution No. 0129-2018/SDC-INDECOPI, issued by
the Specialized Chamber in Defense of Competition of Indecopi, which resolved
in second instance the complaint filed by América Móvil against Entel for allegedly
committing acts of deception in the dissemination of the advertisements that were
part of its advertising campaign "La Yapa". Therefore, this paper will evaluate
whether the decision adopted in such resolution, in which it was concluded that
Entel had incurred in the acts of unfair competition denounced, was correct,
based on the provisions of the Law for the Repression of Unfair Competition, as
well as on the criteria adopted in Indecopi's resolutions.
Thus, after the investigation carried out in this report, it will be demonstrated that
Entel did incur in acts of deception in the dissemination of the messages that
were subject of analysis in the second instance. After a superficial and integral
interpretation of the advertising, from the consumer's perspective, the two
objective messages in question were identified, which did not respect the
principle of truthfulness. On the one hand, one of the messages omitted
information that was relevant for the consumer's choice process and, on the other
hand, the other message presented false information. Consequently, it will be
concluded that both were likely to mislead consumers.
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Informe para la sustentación de expedientes: N° 004-2017 / N° 183509-2008-00637Poma Henostroza, Gaby Alessia 31 March 2021 (has links)
El Expediente N° 004-2017 versa sobre la materia de actos de Competencia Desleal, en la modalidad de engaño, supuesto establecido en el artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal. Esta modalidad se configura cuando un agente económico tiene como efecto, real o potencial, inducir a error a otros agentes sobre la naturaleza, modo de fabricación o distribución, características, aptitud para el uso, calidad, cantidad, precio, condiciones de venta o adquisición y, en general, sobre las características, beneficios o condiciones que corresponden a los bienes o servicios que este ofrece en el mercado o, inclusive, sobre los atributos que posee dicho agente, incluido todo aquello que representa su actividad empresarial.
Dicho ello, respecto de aquellas afirmaciones que sean de carácter objetivo, es decir, comprobables, la responsabilidad de acreditar la veracidad recaerá sobre el agente económico que haya actuado en calidad de anunciante, a fin de comprobar la exactitud de la información. Asimismo, es los medios probatorios que sustenten dicha veracidad deberán ser previos a la difusión de los mensajes publicitarios.
En ese sentido, la Autoridad correspondiente deberá evaluar si la información contenida en el anuncio publicitario resulta engañosa o no. Para ello, es necesario que, de una apreciación integral y superficial, se identifique el mensaje transmitido, para que, posteriormente, sea constatado con la realidad y se determine la existencia o no de incongruencias. De este modo, podrá concluirse que es una vulneración al principio de veracidad y, en consecuencia, un acto de engaño. / Trabajo de suficiencia profesional
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