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Competencia desleal del Estado. A propósito de la utilización de los mecanismos de la contratación pública que permite al Estado intervenir en actividades empresariales

Torrico Ramirez, Juan Manuel 24 January 2023 (has links)
Es común observar que el Estado se encuentra contratando a sus empresas estatales y entidades públicas a través de los alcances interpretativos en la aplicación de los mecanismos establecidos en la normativa de contratación pública, estos son los procedimientos competitivos y los convenios de colaboración interadministrativa, situación que transgrede el Principio de Subsidiariedad contenido en el artículo 60 de la Constitución Política de 1993, ya que cuando se analizan algunas de esas contrataciones (enfoque metodológico de estudios de casos) no se cumplen con los presupuestos de dicho principio de acuerdo a diversos pronunciamientos del Tribunal Constitucional (enfoque metodológico de argumentación jurídica constitucional); asimismo, también se configura el supuesto de competencia desleal, en la modalidad de violación de normas, establecido en el numeral 14.3 del Decreto Legislativo N° 1044 “Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de la Competencia Desleal”, situación que debe ser revertida a través de las siguientes medidas i) el cambio de la posición institucional adoptada por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE que permite que las empresas estatales y las entidades públicas contraten con el Estado utilizando dichos mecanismos, ii) las denuncias ante INDECOPI por parte de las personas naturales o jurídicas afectadas por esas contrataciones contra las empresas estatales y entidades públicas por haber incurrido en competencia desleal y iii) modificación de la normativa de contratación pública para que se limite el alcance de los procedimientos competitivos y los convenios de colaboración interadministrativa cuya interpretación permite al Estado transgredir el artículo 60 de la Constitución Política de 1993.
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Unfair competition and the safeguard of trade secrets / Competencia desleal y resguardo de los secretos empresariales

Sosa Huapaya, Alex 25 September 2017 (has links)
The Law of Supression of Unfair Competition, approved by Legislative Decree 1044, tries to avoid confusions about what is protected as a trade secret and what cases of misappropriation should be sanctioned.In this article, the author questions the interpretation and application that has beenconsistently employed, in many cases, to some of the terms contained in the aforementioned law.For that purpose, the author explains the meaning of the trade secret and other related terms, such as prohibited competition and concurrent purposes. He then proceeds to elaborate an analysis about the economic function of protecting trade secrets and what should be the correct application of the Law of Supression of Unfair Competition. / La Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada por el Decreto Legislativo 1044, trata de evitar confusiones acerca de qué se protege comosecreto empresarial y qué supuestos de apropiación indebida deberían sancionarse.En el presente artículo, el autor cuestiona la interpretación y aplicación que se le ha venido dando, en muchos casos, a algunos de los términos contenidos en dicha ley. Para ello, explica el significado del secreto empresarial, y de otros términosrelacionados como la competencia prohibida y la finalidad concurrencial. Luego, pasa a elaborar un análisis sobre la función económica de proteger los secretos empresariales y de cuál debería ser la correcta aplicación de la Ley de Represión de la Competencia Desleal.
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Resolución N° 0140-2018/SDC-INDECOPI

Rojas Victoria, Geraldine América 17 August 2021 (has links)
El presente informe contiene un análisis de cómo debe interpretarse la publicidad comercial en general y si resulta correcto utilizar el famoso criterio de la parte captatoria. A opinión de la autora este tipo interpretación resulta incorrecto, por lo cual se debe utilizar únicamente un análisis integral y superficial de la publicidad, tal como lo dispone la Ley de la Represión de la Competencia Desleal. De manera complementaria, una vez identificado el mensaje publicitario en el caso materia de discusión, la autora propone que el análisis de una publicidad alusiva que contiene una afirmación no veraz respecto de la oferta del anunciante debe analizarse dentro del marco de la excepción de veracidad recogida en la citada Ley, pues resulta que dicho requisito de licitud contiene un principio de veracidad reforzado, el cual permite evaluar el mensaje del anuncio publicitario para determinar que sea ajustado a la realidad
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Competencia desleal en el rubro de telecomunicaciones : Análisis, crítica y propuesta normativa a partir de la revisión de resoluciones del INDECOPI

Poletti Ugaz, Ana Lucía 04 April 2019 (has links)
El presente artículo académico tiene como finalidad analizar la represión de la competencia desleal en el mercado de las telecomunicaciones. En tal sentido, evaluaremos las resoluciones emitiditas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual (en adelante, Indecopi), en las cuales se demuestran falencias en el entendimiento de conceptos técnicos así como de la dinámica en el mundo de las telecomunicaciones. Bajo dicho marco, advertimos una valla en materia de conocimiento por lo que el principal cuestionamiento del trabajo es conocer si el Indecopi pueda especializarse en temas de telecomunicaciones o de caso contrario, a razón de la evolución constante del mercado, en virtud de las nuevas tecnologías, termine ganándole. Por lo antes expuesto, nuestra propuesta es que, sea el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones, quien regula el mercado de telecomunicaciones, sea el competente y especializado para conocer las controversias en materia de competencia desleal.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N.º 104-2012/CCD y N.º 172- 2012/CCD, E-2669 que resuelve desestimar las denuncias interpuestas a Nestlé Perú S.A., en relación con la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de actos de engaño

Carita Aramayo, Amely Pamela 27 June 2024 (has links)
El siguiente informe aborda un procedimiento administrativo sancionador en el cual la Sala Especializada en Defensa de la Competencia ratifica la Resolución 021-2015/CCDINDECOPI, que desestimó la denuncia presentada por la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC) y el Instituto del Derecho Ordenador del Mercado (IDOM) contra Nestlé Perú S.A., por supuestos actos de competencia desleal. El informe examina las principales etapas de este procedimiento, considerando la impugnación presentada contra el acto administrativo emitido por la primera instancia y mi posición respecto a la controversia. En primer lugar, se analiza el mandato normativo que exige una evaluación completa y superficial de todo el contenido publicitario, así como su aplicación en este caso específico, centrándose en la cuestión de si los términos de la publicidad en disputa fueron transmitidos de manera clara y perceptible, especialmente, en lo que respecta a la fecha de inicio de la promoción. En segundo lugar, se discute la importancia de interpretar la naturaleza de un concurso publicitario que depende del azar, y se abordan las objeciones planteadas por las asociaciones denunciantes sobre la falta de divulgación por parte del proveedor de las fechas en que se distribuirán los premios principales, junto con mi postura al respecto. Finalmente, se revisa la confirmación por parte de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de la resolución emitida por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal N.°1, que desestimó la imputación de oficio contra Nestlé por una presunta violación del principio de legalidad.
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Informe para la sustentación de expedientes: 167-2007/CCD y 2000-1133-0-1903-JR-CI-02

Marquez Rios, Luciana Andrea 18 October 2021 (has links)
El presente expediente versa sobre un procedimiento sancionador -iniciado a pedido de parte- en el que se analiza la licitud de un anuncio publicitario, al haberse presuntamente vulnerado los principios de veracidad y lealtad en el marco de una publicidad comparativa. Sobre el particular, el anuncio publicitario cuestionado versaba sobre las ventajas de la oferta comercial de la cerveza “Brahma” en contraposición a la oferta de la cerveza “Cristal”. En dicho contexto, el anunciante listaba una serie de medidas adoptadas que calificaban como innovaciones en la industria cervecera peruana a efecto de añadir un valor comercial a la cerveza “Brahma” y que, a manera de reacción, eran imitadas por su competidor. Asimismo, en el procedimiento se cuestionaba la comparación realizada entre la oferta de cuatro (4) botellas de cerveza “Brahma” a un precio de S/ 9.50 y la oferta de tres (3) botellas de cerveza “Cristal” al mismo precio, en tanto se induciría a error a los consumidores porque estos productos no tendrían un mismo contenido neto. Teniendo en cuenta ello, y como parte del análisis del presente procedimiento se trataron temas jurídicos de suma importancia tales como: (1) publicidad comparativa; (2) si la comparación realizada era idónea; (3) el deber de exhaustividad publicitaria; (4) el principio de veracidad y (5) denigración publicitaria. Es necesario indicar que, los temas analizados en el presente procedimiento resultan de gran importancia desde la perspectiva de protección de los intereses de los consumidores en un contexto publicitario, como de los agentes económicos competidores. / Trabajo de suficiencia profesional
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Informe para la sustentación de expedientes: Expediente Público N° 037-2019/CCD / Expediente Privado, Arbitraje Ad-hoc La Sólida S.A.C – Topy Top S.A.

Navarro Barbagelata, Jerónimo 02 October 2021 (has links)
El presente resumen del expediente administrativo versa sobre una denuncia interpuesta contra Intradevco ante la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi, por la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de engaño por la difusión de diversas afirmaciones objetivas en el empaque del producto “Aval, Alcohol en gel”, las cuales no serían ciertas. En primera instancia la denuncia fue declarada fundada por la comisión pero en segunda instancia la sala la declara infundada dando pronunciamientos contradictorios entre ellas. / Trabajo de suficiencia profesional
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Informe Jurídico sobre la Resolución 191-2022/SDCINDECOPI

Najarro Prado, Militza Mercedes 02 August 2023 (has links)
El análisis de las piezas publicitarias es constante en la actividad del INDECOPI y a manera que se va desarrollando la casuística suscitada en nuestro país, la autoridad que analiza y reprime los actos que van en contra de la leal competencia en el mercado va consolidando su metodología. Así, el presente trabajo pretende analizar el caso suscitado a razón del cuestionamiento de la publicidad en empaque del producto Cubito Maggi Carne, desde un enfoque del análisis del mensaje publicitario, debido a que no fue materia de controversia la verdadera naturaleza del producto, no se cuestionó si tenía o no carne como insumo formante porque de los ingredientes de dicho producto, claramente, se desprendía de que no tenía carne. En este caso se discutió la delimitación del mensaje publicitario, así el presente informe recaído sobre la Resolución 191-2022/SDC-INDECOPI emitida por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, tiene como objetivo brindar mayores herramientas de análisis de las piezas publicitarias, generando un enfoque en la categoría desarrollada a lo largo de diversos pronunciamientos del INDECOPI, específicamente nos avocamos a la experiencia del consumidor y el contexto de mercado, categorías sobre las cuales pretendemos efectuar una contribución académica. Finalmente, se busca abordar parte de la discusión correspondiente a los alcances de la denominación del producto y su incorporación como parte del análisis del mensaje publicitario / The analysis of advertising pieces is constant in the activity of INDECOPI and as the casuistry in our country develops, the authority that analyzes and represses acts that go against fair competition in the market is consolidating its line of analysis. Thus, the present work intends to analyze the case raised due to the questioning of the advertising on the packaging of the Cubito Maggi Carne product, from an approach of the analysis of the advertising message, because the true nature of the product was not a matter of controversy, it was not questioned whether or not it had meat as a component input because it was clear from the ingredients of said product that it did not have meat. In this case, the delimitation of the advertising message was discussed, thus the present report on Resolution 191-2022/SDC-INDECOPI issued by the Specialized Chamber for the Defense of Competition, aims to provide greater analysis tools for advertising pieces, generating a focus on the category developed throughout various INDECOPI pronouncements, specifically we focus on the consumer experience and the market context, categories on which we intend to make an academic contribution. Finally, it seeks to address part of the discussion corresponding to the scope of the product name and its incorporation as part of the analysis of the advertising message
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 0129-2018/SDC INDECOPI

Falen Valverde, Alessandra Betsabeth 01 August 2023 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 0129-2018/SDCINDECOPI, emitida por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de Indecopi, la cual resolvió en segunda instancia la denuncia presentada por América Móvil en contra de Entel por la presunta comisión de actos de engaño en la difusión de los anuncios que formaron parte de su campaña publicitaria “La Yapa”. Así pues, el presente trabajo evaluará si la decisión adoptada en dicha resolución, en la cual se concluyó que Entel sí había incurrido en los actos de competencia desleal denunciados, fue la correcta; ello sobre la base de lo dispuesto en la Ley de Represión de Competencia Desleal, así como en atención a los criterios adoptados en resoluciones de Indecopi. De ese modo, luego de la investigación realizada en este informe, se demostrará que Entel sí incurrió en actos de engaño en la difusión de los mensajes que fueron materia de análisis en la segunda instancia. Ello pues, tras realizar una interpretación superficial e integral de la publicidad, desde la perspectiva del consumidor, se identificaron los dos mensajes objetivos cuestionados, los cuales no respetaron el principio de veracidad. Por un lado, uno de los mensajes omitió información que resultaba relevante para el proceso de elección de los consumidores y, por otro lado, el otro mensaje presentó información falsa. En consecuencia, se concluirá que ambos eran susceptibles de inducir a error a los consumidores. / This legal report analyzes Resolution No. 0129-2018/SDC-INDECOPI, issued by the Specialized Chamber in Defense of Competition of Indecopi, which resolved in second instance the complaint filed by América Móvil against Entel for allegedly committing acts of deception in the dissemination of the advertisements that were part of its advertising campaign "La Yapa". Therefore, this paper will evaluate whether the decision adopted in such resolution, in which it was concluded that Entel had incurred in the acts of unfair competition denounced, was correct, based on the provisions of the Law for the Repression of Unfair Competition, as well as on the criteria adopted in Indecopi's resolutions. Thus, after the investigation carried out in this report, it will be demonstrated that Entel did incur in acts of deception in the dissemination of the messages that were subject of analysis in the second instance. After a superficial and integral interpretation of the advertising, from the consumer's perspective, the two objective messages in question were identified, which did not respect the principle of truthfulness. On the one hand, one of the messages omitted information that was relevant for the consumer's choice process and, on the other hand, the other message presented false information. Consequently, it will be concluded that both were likely to mislead consumers.
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Informe para la sustentación de expedientes: N° 004-2017 / N° 183509-2008-00637

Poma Henostroza, Gaby Alessia 31 March 2021 (has links)
El Expediente N° 004-2017 versa sobre la materia de actos de Competencia Desleal, en la modalidad de engaño, supuesto establecido en el artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal. Esta modalidad se configura cuando un agente económico tiene como efecto, real o potencial, inducir a error a otros agentes sobre la naturaleza, modo de fabricación o distribución, características, aptitud para el uso, calidad, cantidad, precio, condiciones de venta o adquisición y, en general, sobre las características, beneficios o condiciones que corresponden a los bienes o servicios que este ofrece en el mercado o, inclusive, sobre los atributos que posee dicho agente, incluido todo aquello que representa su actividad empresarial. Dicho ello, respecto de aquellas afirmaciones que sean de carácter objetivo, es decir, comprobables, la responsabilidad de acreditar la veracidad recaerá sobre el agente económico que haya actuado en calidad de anunciante, a fin de comprobar la exactitud de la información. Asimismo, es los medios probatorios que sustenten dicha veracidad deberán ser previos a la difusión de los mensajes publicitarios. En ese sentido, la Autoridad correspondiente deberá evaluar si la información contenida en el anuncio publicitario resulta engañosa o no. Para ello, es necesario que, de una apreciación integral y superficial, se identifique el mensaje transmitido, para que, posteriormente, sea constatado con la realidad y se determine la existencia o no de incongruencias. De este modo, podrá concluirse que es una vulneración al principio de veracidad y, en consecuencia, un acto de engaño. / Trabajo de suficiencia profesional

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