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La interferencia de contrato ajeno en ChileVargas Weil, Ernesto January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El derecho chileno ha carecido tradicionalmente de regulación específica para la responsabilidad por interferencia de contrato ajeno. Si bien la recientemente dictada Ley de Competencia Desleal trata brevemente el tema, ella no contempla todos los elementos requeridos para regular este supuesto.
La presente memoria de prueba propone una justificación y tratamiento doctrinario para la interferencia de contrato ajeno en Chile. Con este objetivo identifica las principales dificultades teóricas que enfrenta el establecimiento de esta forma de responsabilidad y ofrece un tratamiento dogmático desde la perspectiva del derecho positivo chileno. Para ello tiene presente el desarrollo que ha tenido este ilícito civil en el derecho comparado y el tratamiento que ha dado la doctrina y jurisprudencia nacional a ciertos asuntos que resultan atingentes al tema.
Se concluye que los derechos personales de fuente contractual son intereses suficientemente legítimos y relevantes para ser merecedores, frente a terceros, de la protección que brindan las reglas de la responsabilidad civil extracontractual, pero que dicha protección debe tener un alcance restringido.
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La frustración del fin del contrato y su aplicabilidad en ChileGajardo Zúñiga, Pablo Alberto January 2019 (has links)
Memoria para optar a la Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales / El presente trabajo tiene por objeto determinar si un contrato válidamente celebrado puede perder su eficacia, si, como consecuencia de acontecimientos posteriores a su celebración, la prestación que una de las partes esperaba ha perdido utilidad para ella. En los contratos bilaterales las personas contratan para obtener la satisfacción de un determinado interés y alcanzar un determinado resultado a través de cumplimiento de la prestación, el que ahora, como consecuencia del acontecimiento posterior, no se podrá alcanzar, de manera que el contrato ha visto frustrado su fin o propósito
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La contratación como forma de autocomposición en la vida jurídica chilena siglo XIX (1887-1900).Santis Gangas, Loreto Claudia January 2000 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La autocomposición, como se estudiará en las páginas precedentes, es un medio para solucionar conflictos de intereses con relevancia jurídica que se genera entre distintas personas. Se caracteriza, principalmente, en que existe una acción directa de las partes para obtener una solución pacífica del conflicto. Autores como Carnelutti, Coutore, Aldea Moscoso, Colombo reconocen como figuras autocompositivas el allanamiento, el desistimiento y el contrato de transacción.
Si se parte de la base, que el principio angular, en materia de
contratación en el derecho civil chileno, es la Autonomía de la Voluntad, el que consiste básicamente, en el poder de toda persona para ejecutar y
celebrar toda clase de actos jurídicos. Podría señalarse que los
contratantes tienen la libertad de incluir dentro de las cláusulas del
contrato, figuras que tiendan a resolver conflictos que pudieran
producirse durante su vigencia. Soluciones que son propuestas
directamente por las partes sin que exista la intervención de terceros, en especial del juez, considerado como aquel órgano representante del Estado que es el comisionado para dirimir controversias que se produzcan entre distintas personas.
De acuerdo con lo anterior surge la interrogante que motiva esta
memoria de prueba y no es otra que “el determinar si en la práctica jurídica chilena del siglo XIX, se incorporaban en los contratos ciertas cláusulas autocompositivas, esto es, cláusulas en que las partes
propusieran la solución a un conflicto específico que pudiera generarse entre ellas”.
Para el desarrollo del tema se analizará desde una perspectiva
teórica la autocomposición. Con el objeto de ver la realidad chilena, se escogieron cinco contratos: compraventa, mutuo, arrendamiento,
sociedad e hipoteca, y del repertorio del notario de Santiago durante los años 1887 a 1900 se examinaron todas las escrituras públicas de estos contratos que contenía el repertorio, extrayendo aquellas cláusulas que se incorporaban figuras autocompositivas.
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Cesión de contratos — Cesión de contratos "Doctrina y recepción en el código civil chileno"Chamorro Keim, Consuelo January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente estudio, pretende, de una manera esquematizada y práctica, el global entendimiento y apreciación de una institución totalmente nueva para nuestra legislación, como lo es la cesión de contratos, no así para el Derecho comparado, el que a través de los años ha ido desarrollándola; incluso hasta llegar a su total codificación.
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La obligación de información en los contratosHot Mendy, Denise Alejandra January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo pretende determinar, en primer lugar, bajo que concepto es posible hablar de la existencia de una obligación de información dentro del derecho de los contratos. Luego, se analiza la forma en que nuestro ordenamiento recoge dicha obligación, para posteriormente establecer las consecuencias que se derivan de su infracción.
Para lograr lo anterior, este trabajo consta de cuatro capítulos: el primero de ellos consiste en la búsqueda de fundamentos que permitan establecer la existencia de un deber de información dentro del derecho de los contratos. Para ello se analizará el deber de información desde tres puntos de vista: En primer lugar, desde la perspectiva moral de dicho deber; luego desde el punto de vista del análisis económico del derecho; para que finalmente se aborde el estudio de dicha obligación desde un punto de vista jurídico.
El segundo capítulo revisa la forma concreta en que el deber de información opera y se incorpora dentro del derecho de los contratos, analizando en primer lugar el nacimiento de los deberes secundarios de conducta, de los cuales el deber de información forma parte, y en forma específica, el rol que a la buena fe le corresponde en esta materia. Luego se dará paso al examen de los elementos constitutivos de dicha obligación, analizando tanto el elemento material como el elemento subjetivo de dicha obligación. En este mismo capítulo se revisará la forma en que opera la cuestión de la prueba en esta materia, concluyendo con el análisis de los diferentes aspectos que resultan de relevancia a la hora de determinar un estándar de cuidado en este tema.
El tercer capítulo, analiza las normas de nuestro ordenamiento jurídico que resultan aplicables en el ámbito de deber de información, específicamente las relativas a los vicios del consentimiento -error y dolo- los y vicios redhibitorios.
Finalmente, el cuarto y último capítulo, revisa las diversas consecuencias derivadas de la infracción a una obligación de información, analizando en primer lugar las sanciones derivadas de la retención ilícita de información, para luego finalizar con las sanciones que son consecuencia de la violación positiva de una obligación de información
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Los remedios contractuales frente al incumplimiento recíproco del contrato bilateralYúsari Khaliliyeh, Tarek January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La memoria tiene por objeto analizar la forma en la que operan los remedios contractuales en un escenario de incumplimientos recíprocos del contrato bilateral.
Para ello, el texto consta de dos partes. En la primera se elaboran algunas bases conceptuales necesarias para determinar el objeto de estudio y aclarar ciertas confusiones que rodean a nociones e instituciones fundamentales en la materia. Así, se comienza con un tratamiento del concepto de “incumplimiento recíproco” y luego se aborda la institución denominada “excepción de contrato no cumplido” o exceptio non adimpleti contractus. El objetivo es ver la manera en la que se vinculan estas ideas y precisar los casos en que los incumplimientos son efectivamente recíprocos. La primera parte concluye buscando discernir si nuestro Código Civil recoge la referida excepción y con qué alcance lo hace.
Las ideas principales a este momento consisten en señalar que criterios de orden cronológico, causal y de proporcionalidad permiten afirmar que no en cualquier caso que ambos contratantes incumplen un contrato bilateral los incumplimientos tienen efectivamente el carácter de recíprocos. Por otra parte, la excepción de contrato no cumplido tiene una función definida por su historia y consagración normativa que resulta bastante más restringida que el alcance amplio que se le otorga en el medio jurídico nacional. Por último, se propone la tesis que nuestro Código Civil no contempla dicha institución – al menos de manera expresa – y su operación se encuentra sujeta al reconocimiento de ciertos principios de orden contractual.
Una vez despejado el panorama conceptual, la segunda parte de la memoria analiza la interacción o articulación de los remedios contractuales frente a un incumplimiento recíproco del contrato. Básicamente, la cuestión consiste en determinar (1) si operan y (2) de qué manera y bajo cuáles supuestos lo hacen. Los remedios que se tratan son la indemnización de perjuicios, el cumplimiento forzado y la resolución del contrato.
En esta etapa se pretende afirmar que el incumplimiento recíproco del contrato es óbice únicamente para el remedio indemnizatorio, pero no por aplicación de la excepción de contrato no cumplido, al tiempo que esta última institución solamente – siempre y cuando se acepte su procedencia en el derecho nacional – impide que triunfe una pretensión de cumplimiento. Por su parte, la resolución del contrato por incumplimiento no exige que el contratante que acciona haya cumplido con su parte del contrato, no existiendo ningún obstáculo para la resolución en un caso de mutuos incumplimientos.
Al final, se ofrecen algunas conclusiones que reflejan el desarrollo de la memoria, junto con una reflexión final.
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El contrato de publicidad y la obligación de confidencialidadPalavecino Parraguez, Lissette Fernanda January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Las grandes empresas, en la búsqueda del lanzamiento o mantenimiento del consumo de bienes y/o servicios, recurren a la colaboración creativa de otras organizaciones comerciales: las agencias de publicidad, compuestas por artistas y especialistas en comunicación, que se encargan de la producción de las campañas de difusión. El consentimiento de ambas partes se manifiesta en un instrumento jurídico llamado contrato de publicidad.
Cuando una agencia y un cliente inician negociaciones o derechamente celebran el contrato publicitario, la empresa especializada en publicidad comunica oralmente o por escrito la línea argumental de la campaña a realizar (pitch). Por la delicadeza de las temáticas tratadas en el pitch, en las relaciones entre estas partes se considera relevante la confidencialidad de la información proporcionada.
Frente al incumplimiento del cliente de esta reserva, nuestra legislación de propiedad intelectual no permite a la agencia alegar derechos, pues las meras ideas no son objeto de protección legal. No obstante, puede sostenerse que la confidencialidad antes y durante el contrato de publicidad se erige como una verdadera obligación que permite al afectado alegar por los perjuicios sufridos frente a la vulneración del secreto.
En atención a que la Ley Nº 17.336 no ofrece soluciones que protejan las ideas publicitarias, la respuesta puede hallarse en el derecho común mediante la aplicación de la responsabilidad civil, en su faceta contractual y extracontractual. De todas maneras, si se espera obtener una solución amigable entre las partes, existen mecanismos alternativos que pueden resolver los eventuales conflictos.
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El régimen jurídico del contrato de permutación en la jurisprudenciaPérez Abarca, Rubén Ignacio January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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Modificación de la ObligaciónKulka Kuperman, Karen January 2002 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El propósito final de este estudio, es otorgar una visión general e integral del tema de la modificación a la obligación, con el objeto de dejar sentadas las bases para un estudio doctrinal de la materia en forma sistemática, otorgando además una visión de nuevas instituciones y su posible aceptación en nuestro derecho.
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La prescripción : concepto, fundamento y reglas generales y prescripciones de corto tiempo : proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementariasNoriega Hernández, Alejandra January 2013 (has links)
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo se encuadra dentro de un proyecto mayor consistente en la actualización del repertorio, por lo cual presenta distintas etapas. Tiene por objeto analizar y sistematizar la evolución doctrinal y jurisprudencial en relación al concepto, fundamento y reglas generales de la prescripción y a las prescripciones de corto tiempo del Título XLII del Libro IV del Código Civil que se refiere a la Prescripción, para permitir conocer y entender los nuevos criterios jurisprudenciales.
El presente trabajo se dividirá en dos partes. La primera parte abordará tres grandes temas, comenzando por la prescripción en general, en donde se verá el concepto, el fundamento y el carácter general de la prescripción. En segundo lugar, se analizará la necesidad de alegar la prescripción y la forma de hacerlo. Y en tercer lugar, se terminará examinando la renuncia de la prescripción. La segunda parte tratará las prescripciones de corto tiempo, para lo cual se dividirá en cuatro capítulos. El primer capítulo estudiará las prescripciones presuntivas de pago reguladas en los artículos 2521 y 2522 del Código Civil, así como la suspensión e interrupción propias de estas prescripciones que reglamenta el artículo 2523 del mismo Código. El segundo capítulo se remitirá a las prescripciones especiales y el tercero a la prescripción tributaria. Finalmente se intentará llegar a una conclusión coherente acerca de cómo han evolucionado los distintos criterios jurisprudenciales durante la historia, principalmente entre los años 1995 y 2010.
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