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La validez de los convenios arbitrales asimétricos en el PerúDannon Alva, Augusto 14 February 2023 (has links)
Esta investigación responde a la pregunta por la validez de los convenios arbitrales asimétricos
en el Perú, mediante el análisis de los fundamentos del arbitraje y las normas constitucionales y
legales. Los convenios arbitrales asimétricos, entendidos como aquellos en los que una parte
tiene más derechos o facultades, y la otra más deberes o cargas, se encuentran hoy en la
penumbra en Perú. No hay normas, pronunciamientos judiciales ni doctrina que instruya sobre
su validez o invalidez general. Esta tesis recorre los principales fundamentos del arbitraje para
diagnosticar cuáles son las instituciones y los valores que lo inspiran. A la luz de estos, se analiza,
con especial énfasis en las normas peruanas, la validez de los convenios arbitrales asimétricos y
los límites de la autonomía de la voluntad, para pactar convenios arbitrales con variadas
asignaciones de situaciones jurídicas. Esta investigación concluye que, salvo el puntual caso del
nombramiento de árbitros, los convenios arbitrales asimétricos sí son válidos en el Derecho
peruano. Además, se definen límites constitucionales, principalmente vinculados con el
contenido mínimo del debido proceso arbitral y la función del arbitraje como mecanismo de
solución de controversias, y límites legales, principalmente vinculados con la contratación
masiva. / This research answers the question about the validity of asymmetrical arbitration agreements in
Peru, through the analysis of the foundations of arbitration and the constitutional and legal
norms. Asymmetrical arbitration agreements, understood as those that grant one party more
rights or powers and the other more duties or burdens, are currently on shadows in Peru. There
is no rule, judicial ruling or literature that instructs its general validity or invalidity. This thesis go
through the principal foundations of arbitration to diagnose which are the institutions and values
that inspire it. Through this lens, the validity of asymmetrical arbitration agreements and the
limits to autonomy of will to agree arbitration agreements with diverse arrangements of legal
situations is analyzed, with emphasis on Peruvian norms. This investigation concludes that,
except for the specific case of arbitrator’s designation, the asymmetric arbitration agreements are
valid under Peruvian law. Furthermore, constitutional limits, mainly linked to the minimum
guaranteed content of arbitral due process and arbitration’s function as a mechanism to solve
conflicts, and legal limits, mainly linked to massive hiring, are defined.
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Informe sobre Expediente 2269-2012-CCL “Inversiones Esparza Triveño S.A.C. vs. Municipalidad Distrital de Jesús María”Díaz Anderson, Raúl Ernesto 08 August 2022 (has links)
El informe aborda los aspectos legales del arbitraje entre Inversiones Esparza Triveño
S.A.C. (“Inversiones Esparza”) y la Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM), donde
se discute la validez de dos adendas modificatorias del contrato de arrendamiento de un
bien público de dominio privado, acto regulado tanto a nivel sectorial como municipal.
La selección de este expediente se ha encontrado jurídicamente relevante por generar una
discusión que contrapone instituciones del Derecho Civil tales como acto jurídico, contratos,
derechos reales y obligaciones, frente a los principios que informan los procedimientos y
actos del Derecho Administrativo. También las diferencias de regulaciones vinculadas
(Contrataciones con el Estado con Derecho Municipal) y normativa elemental como es el
Derecho Constitucional, todo ello enmarcado en el Arbitraje.
En este contexto, la decisión del árbitro único como mediador de estos intereses
contrapuestos permite apreciar que el punto central y determinante para solucionar esta
disputa es definir la rama pertinente del Derecho cuyas reglas se aplican en la estimación
del caso. Para lograr este objetivo se toman en cuenta las particulares circunstancias del
arrendamiento, que, si bien es un contrato típico del Derecho Civil, tiene en esta ocasión
elementos esenciales, subjetivos y objetivos, que obligan a ver este acto con otros ojos y
percibir (como finalmente lo hizo el Árbitro Único) que corresponde un análisis más afín con
el Derecho Administrativo. Si bien compartimos la decisión adoptada, vemos por
conveniente aportar argumentos adicionales, para lo cual se revisa la particular regulación
de los bienes estatales y se exploran las bases constitucionales de la autonomía municipal,
con lo cual consideramos se refuerza la diferencia con el criterio voluntarista del Derecho
Civil, que en nuestra opinión no proporciona una línea de argumentación, y, por ende,
tampoco un fallo consistente. Como punto aparte se anotan incidencias en el proceso de
arbitraje producto de cambios normativos.
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El régimen aduanero de reposición de mercancía con franquicia arancelaria y su naturaleza jurídica como una forma de exoneración al impuesto general a las ventasFuente Torres, Lenin Ahab de la 16 July 2014 (has links)
Entendemos que el ordenamiento jurídico es un conjunto de normas que rigen
en un lugar determinado en una época concreta. En este sentido, todas las
normas que conformen nuestro ordenamiento jurídico, deben guardar armonía
y correlación entre sí.
Siguiendo la línea del punto precedente, es importante señalar que no sólo se
debe exigir armonía en el ordenamiento jurídico, sino también que todas las
normas que se encuentren dentro de éste, deben estar reguladas de tal
manera que coadyuven al desarrollo del país.
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Reglas claras o presunciones: el derecho de reserva a razón de la franquiciaCornejo Sota, Lourdes Pamela 09 June 2016 (has links)
Cuando uno habla de franquicia se viene a la mente negocios con reconocido nombre,
ya sea a nivel nacional como internacional, y es así que muchos se sienten atraídos
por incursionar en este mundo y obtener un contrato de franquicia que tenga prestigio
para poder operarlo de igual manera.
Si bien las franquicias han sido utilizadas a nivel internacional desde hace mucho
tiempo atrás, las franquicias nacionales datan recién desde el año 1992, las cuales
tienden a crecer dados los beneficios que se derivan de este tipo de negocios. Hoy en
día pequeñas empresas toman la decisión de arriesgarse y escoger este modelo.
En este contexto la presente investigación me interesa porque siendo la franquicia un
foco de inversión con riegos limitados en función al desarrollo de una experiencia
anterior por parte del franquiciante, considero que es una buena opción analizar este
tipo contractual así como la información que se maneja, en especial la reservada y
vincularla con nuestra legislación societaria, de esa manera inquirir si existe algún tipo
de protección a esta (información reservada).
La validez del estudio se da en razón a que el contrato de franquicia constituye una de
las herramientas más utilizadas hoy en día por los pequeños empresarios ya sea a
través de los diferentes tipos societarios que ofrece nuestra legislación, sin embargo
nuestra legislación solo regula el manejo de información reservada de manera limitada
y genérica. Es por ello que se pretende proponer un proyecto de ley que involucre el
reconocimiento del know how como información reservada así como su debida
manipulación, enfocándonos en el derecho a guardar reserva y no brindar la misma en
la administración de la sociedad. Para de esa manera absolver preguntas como ¿qué
pasa en los contratos en los cuales el franquiciado este constituido con otro tipo
societario distinto a una S.A., se le aplica la reserva o no? Así como también ¿en un
caso de una franquicia cómo se ve plasmada la confidencialidad? O ¿cuál es el
manejo de la información en relación a los socios?.
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Asistencia financiera prohibida: análisis funcional del artículo 106 de la Ley General de Sociedades peruanaForno Odría, Hugo Alfieri 15 September 2017 (has links)
Hace algunos años el mercado peruano se viene adaptando a prácticas
corporativas internacionales. Esto ha generado una necesidad de adaptación
también del derecho corporativo peruano, lo que, lamentablemente, no se ha dado
con la celeridad merecida. Prueba de ello es la existencia de normas que traban
operaciones que en otras partes del mundo ya no se entienden -o nunca se
entendieron- perniciosas. Una de estas normas, que precisamente da lugar a este
trabajo, es el artículo 106 de la LGS, que regula la llamada asistencia financiera
prohibida, fenómeno que históricamente ha restringido de manera poco razonable
la operación de toma de control de empresas predilecta de los private equity, el
leveraged buyout. Este trabajo de investigación tiene dos objetivos: determinar si
una prohibición como la contenida en el artículo 106 de la LGS tiene justificación
en nuestros días y determinar cómo es que la norma debe ser interpretada. Sobre
lo primero, estamos convencidos de que no existe ninguna justificación su
existencia, pues atiende a finalidades que no son necesarias o si atiende
necesidades necesarias, lo hace de manera poco razonable. Sobre lo segundo,
creemos que lamentablemente la norma, tal y como existe en nuestra regulación,
restringe bastantes más estructuras de adquisición de acciones que las que un
amplio sector de la doctrina y de los operadores jurídicos quisieran reconocer.
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Contratos de exclusividad y libre competencia : tratamiento legal y jurisprudencial en búsqueda de un estándar para el análisis de la conductaChumbe Panduro, Arturo 02 October 2013 (has links)
La presente investigación trata un tema controvertido en el Derecho de la
Competencia: los contratos de exclusividad como conductas sancionables
por afectar la libre competencia.
Es un tema importante en la actualidad, puesto que las justificaciones
planteadas para suscribir un contrato de exclusividad están basadas en
eficiencias económicas.
La economía nacional se sustenta, entre otros aspectos, en el respeto que
deben mantener los agentes por las normas que rigen la libre competencia,
así como la existencia de normativa para que las empresas puedan acceder
al mercado sin limitaciones innecesarias. Es decir, que de la observación de
las conductas empresariales no se concluya una finalidad destinada a
vulnerar el sistema de competencia y que el Estado no establezca barreras
burocráticas que dificulten la libre iniciativa privada.
Así, las empresas tienen la libertad para celebrar los contratos que deseen,
pudiendo establecer de manera discrecional las cláusulas que consideren
necesarias para el mejor desarrollo empresarial. Por ello, las empresas se
vincularán entre ellas con el objetivo de ser más competitivas en el
mercado, ahorrando costos de producción y elevando la calidad de los
productos ofrecidos para captar la preferencia de los consumidores.
Sin embargo, estos contratos pueden tener como finalidad afectar el
proceso competitivo, excluyendo a los competidores de alguno de los
contratantes, reduciendo las alternativas disponibles de los consumidores.
El Derecho de la Libre Competencia no puede desconocer esta situación, por
lo que es importante evaluar los supuestos en los cuales la actuación de las
empresas podría basarse en aspectos ineficientes.
Con el fin de demostrar lo que se plantea, se analiza la posible afectación de
las conductas originadas como consecuencia de los contratos de
exclusividad en el proceso competitivo, inclusive si se presentan eficiencias
en el mercado, por ejemplo, si los contratos de exclusividad están
destinados a garantizar la recuperación del financiamiento realizado por
inversionistas, la reducción de costos, entre otros.
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La determinación del lucro cesante y el daño emergente en las cláusulas de los contratos petrolerosCherres Juárez, Luis Orlando 10 April 2017 (has links)
Nuestro trabajo de investigación jurídica se centra en la determinación del
lucro cesante y el daño emergente en las cláusulas de los contratos petroleros.
Nuestro propósito nace de nuestro interés, en los años de estudio de pregrado, por la
naturaleza jurídica de los contratos petroleros. Pero hoy lo que nos anima a acometer
el presente estudio es nuestro objetivo por establecer en los contratos petroleros, que
celebra el Estado peruano con las empresas transnacionales del petróleo, cláusulas
que regulen el lucro cesante y el daño emergente en este tipo de contratos, que por la
actividad económica que regula y por los elementos jurídicos que integra, son de alta
complejidad.
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Leasing habitacional: una nueva alternativa para adquirir la casa propiaPérez-Albela García, Mavy Romina 31 January 2018 (has links)
Este trabajo nace con la idea de implementar un nuevo producto en el mercado financiero
peruano que permita el acceso al financiamiento para la adquisición de vivienda. El
producto propuesto es el llamado Leasing habitacional que será la competencia directa
para el conocido crédito hipotecario que ofrecen los bancos. Actualmente, las entidades
financieras que ofrecen el crédito hipotecario limitan su público objetivo toda vez que las
condiciones para el acceso no son accesibles a todos. La cuota inicial alta y las elevadas
cuotas mensuales hacen que determinado sector de la población no pueda insertarse al
mercado financiero, centrando al crédito hipotecario como la única opción de
financiamiento para adquirir una vivienda. El Leasing habitacional va a satisfacer la
demanda de un sector de la población que no puede acceder al crédito hipotecario ya que
las características de este nuevo producto son de un arrendamiento con requisitos y
cuotas accesibles para el sector no atendido. Este producto también será ventajoso para
las entidades financieras toda vez que ofrecerán un nuevo producto el cual permitirá que
un sector no atendido pueda insertarse al mundo financiero, generando así mayor
penetración en el mercado.
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Tratamiento normativo de los contratos de transferencia de tecnologías desarrolladas en universidades peruanasGuevara Paredes, Melisa 20 October 2014 (has links)
En el Perú, la normativa aplicable a los contratos de transferencia tecnológica se
encuentra regulada por la Decisión 291 de la Comunidad Andina, “Régimen Común de
Tratamiento a los Capitales Extranjeros y sobre Marcas, Patentes, Licencias y
Regalías”, que contempla el régimen aplicable a la inversión extranjera directa (IED) o
de inversionistas de países miembros de la CAN.
Esta normativa regula, de manera general, la transferencia de tecnologías foráneas; sin
embargo, respecto de la tecnología desarrollada en las universidades y centros de
investigación nacionales, ante la ausencia de una regulación especializada en la materia,
se aplican normas dispersas en distintas especialidades tales como Derecho Societario,
Derecho de la Propiedad Intelectual, Derecho Civil, Derecho Administrativo, etc., que
no contribuyen a promover la transferencia tecnológica al sector empresarial sino, más
bien, fomentan una libertad contractual asimétrica.
La asimetría existente se pone en evidencia durante las negociaciones de los procesos de
transferencia tecnológica entre universidad y empresa lo cual, sumado a la ausencia de
normas promotoras y reguladoras de dicha vinculación, ocasiona faltas de
reconocimiento y evaluación en prospectiva de la valía e importancia de las
investigaciones universitarias, promoviendo conductas poco favorables hacia la
universidad y sus investigadores. La asimetría genera la aceptación de condiciones
contractuales inadecuadas para los centros de investigación e, inclusive, la no
suscripción de contratos y, por ende, la informalidad en los procesos de transferencia
(sin contrato) o la preferencia por la importación de tecnologías, ante la desconfianza
mutua.
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Las competencias del Fondo MIVIVIENDA S.A en el marco de los proyectos de vivienda de interés social promovidos por el Estado PeruanoReyes Vásquez, Mariana Victoria 31 August 2023 (has links)
El presente informe aborda las competencias del Fondo MIVIVIENDA S.A en los proyectos
de vivienda de interés social promovidos por el Estado Peruano a través del Ministerio de
Vivienda, a partir de la constitución de fideicomisos inmobiliarios con la finalidad de atender
proyectos Techo Propio con problemas de continuidad.
El caso se desarrolla a raíz de la Demanda Arbitral por parte de una empresa promotora quien
suscribió un contrato de fideicomiso con la citada entidad para culminar la ejecución de un
proyecto de vivienda de interés social “Las Garzas”. En la Demanda Arbitral, entre otras
pretensiones, la empresa exige al Fondo MIVIVIENDA S.A se constituya como “mejorador”
a fin de aportar recursos para la construcción del proyecto.
Para el análisis se debe considerar en primer lugar que el Programa Techo Propio es un
programa de fomento de la actividad privada inmobiliaria, fue creado mediante Ley N° 27829
y su Reglamento fue aprobado por Decreto Supremo N° 13-2007-VIVIENDA. Su
funcionamiento está regulado en los Reglamentos Operativos vigentes para acceder al Bono
Familiar Habitacional en las diferentes modalidades.
Por su parte, el Fondo MIVIVIENDA S.A, cuyo principal rol es la administración y
operatividad del Programa Techo Propio fue creado mediante Ley N° 28579, Ley de
Conversión del Fondo Hipotecario de la Vivienda a Fondo MIVIVIVENDA S.A., sus
competencias se encuentran detalladas en su norma de creación y en el Estatuto Social del
Fondo MIVIVIENDA S.A.
De acuerdo a lo expuesto, del análisis del caso, se desprende la necesidad de que los roles de
los actores que participen del Programa Techo Propio se encuentren adecuadamente definidos
y se circunscriban a la normativa vigente con el objetivo de asegurar que el Bono Familiar
Habitacional cumpla su finalidad. No resulta idóneo que, a efectos de buscar la continuidad de
proyectos, se opten por alternativas que jurídicamente no son posibles. / This report addresses the competences of Fondo MIVIVIENDA S.A in social housing projects
promoted by the Peruvian State through the Ministry of Housing, based on the constitution of
real estate trusts in order to address Techo Propio projects with continuity problems.
The case is developed as a result of the Arbitration Claim by a promoter company who signed
a trust agreement with the aforementioned entity to complete the execution of a housing
project of social interest "Las Garzas". The operation of the Techo Propio Program was
created by Law No. 28579, Law on the Conversion of the Mortgage Fund of Housing to a
Fondo MIVIVIVENDA S.A ., its powers are detailed in its creation standard and in the Social
Statute of Fondo MIVIVIENDA S.A.
For the analysis, it should be considered first of all that the Techo Propio Program is a program
to promote private real estate activity, it was created by Law No. 27829 and its regulations
were approved by Supreme Decree No. 13-2007-HOUSING. Its operation is regulated in the
Current Operating Regulations to access the Family Housing Bonus in the different modalities.
For its part, Fondo MIVIVIENDA S.A., whose main role is the administration and operation of
the Techo Propio Program, was created by Law No. 28579, Law on the Conversion of the
Mortgage Fund for Housing to Fondo MIVIVIVENDA S.A. its powers are detailed in its creation
regulation and in the Social Statute of Fondo MIVIVIENDA S.A.
According to the above, the analysis of the case shows the need for the roles of the actors
participating in the Own Roof Program to be adequately defined and limited to current
regulations in order to ensure that the Family Housing Bonus fulfills its purpose. It is not ideal
that, in order to seek the continuity of projects, alternatives that are not legally possible are
chosen.
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