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Valoración del monto en resarcimiento en responsabilidad civil contractual y los problemas jurisprudenciales en la cuantificación

García Rojas, Weyden 29 August 2016 (has links)
La presente investigación se centra en analizar la siguiente interrogante: Ante los supuestos de incumplimiento de obligaciones contractuales, ¿existen reglas y criterios en el ámbito judicial para resarcir adecuadamente al afectado? Es frecuente que en los casos de incumplimientos contractuales, donde se solicita la ejecución forzada del contrato o la resolución del mismo, se plantee un pedido de resarcimiento de daños y perjuicios. Dicho mecanismo de tutela es utilizado por los acreedores a fin de paliar los daños que se hubiesen ocasionado. Ahora bien, son recurrentes los supuestos en los cuales el monto requerido es cuantitativamente distinto al que se otorga vía resolución judicial, o simplemente a pesar que pueda tenerse la razón, se declara infundada la demanda por la falta de acreditación de los daños. A nuestro entender, en principio el método para resolver el incumplimiento contractual tendría que ser mucho más simple, tendría que bastar con determinar en primer lugar si existe un incumplimiento de obligaciones, luego si realmente existieron daños, para finalmente establecer de manera razonable cómo debe resarcirse el referido incumplimiento. Ocurrido esto, una de las partes recurre a la instancia judicial, generándose un conflicto de interés, ya que por un lado la parte que ha incumplido el contrato se encuentra en una situación incierta respecto a si va a responder o no por el incumplimiento y, de ser el caso, hasta cuánto va a responder1; en cambio por otro lado existe la necesidad de la parte afectada que el proceso judicial sea lo más eficiente posible, en el cual se le coloque a éste en semejante posición a la que hubiese tenido si la otra parte hubiese cumplido. / Tesis
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Valoración del monto en resarcimiento en responsabilidad civil contractual y los problemas jurisprudenciales en la cuantificación

García Rojas, Weyden 29 August 2016 (has links)
La presente investigación se centra en analizar la siguiente interrogante: Ante los supuestos de incumplimiento de obligaciones contractuales, ¿existen reglas y criterios en el ámbito judicial para resarcir adecuadamente al afectado? Es frecuente que en los casos de incumplimientos contractuales, donde se solicita la ejecución forzada del contrato o la resolución del mismo, se plantee un pedido de resarcimiento de daños y perjuicios. Dicho mecanismo de tutela es utilizado por los acreedores a fin de paliar los daños que se hubiesen ocasionado. Ahora bien, son recurrentes los supuestos en los cuales el monto requerido es cuantitativamente distinto al que se otorga vía resolución judicial, o simplemente a pesar que pueda tenerse la razón, se declara infundada la demanda por la falta de acreditación de los daños. A nuestro entender, en principio el método para resolver el incumplimiento contractual tendría que ser mucho más simple, tendría que bastar con determinar en primer lugar si existe un incumplimiento de obligaciones, luego si realmente existieron daños, para finalmente establecer de manera razonable cómo debe resarcirse el referido incumplimiento. Ocurrido esto, una de las partes recurre a la instancia judicial, generándose un conflicto de interés, ya que por un lado la parte que ha incumplido el contrato se encuentra en una situación incierta respecto a si va a responder o no por el incumplimiento y, de ser el caso, hasta cuánto va a responder1; en cambio por otro lado existe la necesidad de la parte afectada que el proceso judicial sea lo más eficiente posible, en el cual se le coloque a éste en semejante posición a la que hubiese tenido si la otra parte hubiese cumplido.
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Laudo arbitral del arbitraje ad hoc entre Consorcio Som Lima Norte y el Servicio de Parques de Lima – SERPAR Lima

Bedoya Aranda, Nickoll Ailyn 15 August 2022 (has links)
En el presente informe se analiza el laudo arbitral del arbitraje seguido entre el Consorcio Som Lima Norte y el Servicio de Parques de Lima – SERPAR LIMA cuyas controversias centrales son el incumplimiento de obligaciones contractuales, la intervención económica de la obra, la resolución de parcial de contrato realizada por SERPAR y la posterior resolución total del contrato realizada por el Consorcio. Así como el consentimiento de esta última al no haberse sometido a controversia dentro del plazo de caducidad establecido en la normativa de contrataciones. Por un lado, SERPAR imputó al Consorcio Som Lima Norte la reducción de recursos de obra y paralización progresiva de ejecución como incumplimiento de obligaciones contractuales. Por ello, primero resuelve intervenir económicamente la obra y luego resolver de forma parcial el contrato respecto al saldo de ejecución pendiente. Por otro lado, el Consorcio Som Lima Norte imputó a SERPAR el incumplimiento de obligaciones de pago y la demora en liberación de terrenos para la ejecución de obra, lo cual se materializó en la resolución total del contrato por parte del contratista. Así, en el presente informe se analiza si las partes cumplieron con los procedimientos y requisitos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento y si el razonamiento del Tribunal Arbitral para tomar la decisión plasmada en el laudo es conforme a la normativa de contrataciones. / This report analyzes the arbitration award of the arbitration followed between Consorcio Som Lima Norte and the Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, whose central disputes are the breach of contractual obligations, the economic intervention of the work, the partial resolution of contract carried out by SERPAR and the subsequent total resolution of the contract carried out by the Consortium. As well as the consent of the latter for not having submitted to controversy within the expiration period established in the contracting regulations. On the one hand, SERPAR charged the Som Lima Norte Consortium with the reduction of work resources and the progressive stoppage of execution as non-compliance with contractual obligations. For this reason, it first resolves to financially intervene in the work and then partially resolve the contract with respect to the balance of pending execution. On the other hand, the Som Lima Norte Consortium charged SERPAR with non-compliance with payment obligations and the delay in releasing land for the execution of the work, which materialized in the total termination of the contract by the contractor. Thus, this report analyzes whether the parties complied with the procedures and requirements established in the State Procurement Law and its regulations and whether the reasoning of the Arbitral Tribunal for making the decision embodied in the award is in accordance with the procurement regulations.
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Incumplimiento contractual versus Deber de idoneidad en Contratos de Compraventa de bien futuro

Yataco Carbajal, Cristhian Hugo 20 August 2021 (has links)
El presente informe tiene como finalidad desarrollar y analizar los hechos, los puntos controversiales y los argumentos resolutivos del Expediente N°2573-2012/CPC, el cual trata sobre la denuncia interpuesta por el señor Luis Alberto López de Castilla Bado, quién aduce que existe una falta al deber de idoneidad por la afectación a su expectativa de recibir el departamento N°701 del proyecto de edificación de la Residencial “San Antonio”, cuyo metraje sufrió una presunta reducción de forma unilateral y sin su consentimiento; asimismo, esta afectación se encuentra relacionada a su expectativa de recibir el bien inmueble en la fecha pactada en el “Contrato de Compraventa de bien futuro” suscrito entre las partes el 29 de abril de 2010. Bajo estos argumentos, el denunciante considera que siempre que existe un incumplimiento de todas o algunas de las obligaciones contractuales, se debe sancionar al proveer por la transgresión, vulneración e infracción al deber de idoneidad de los productos y servicio inmobiliario, estipulado en los artículos 18° y 19° en la Ley N°29751, Código de Protección y Defensa del Consumidor.
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Remedios para adoptar por los Generadores ante los retiros sin contrato a favor de los Distribuidores sin suficiente capacidad económica en el Mercado Mayorista de Electricidad

Mijahuanga Gallego, Annie Estefani 20 April 2023 (has links)
El presente trabajo de investigación identifica los remedios que pueden adoptar los Generadores ante el incumplimiento de pago por concepto de los retiros sin contrato por los Distribuidores sin suficiente capacidad económica en el Mercado Mayorista de Electricidad (MME). Sucede que, en la actualidad, existen antecedentes que evidencian que esta problemática afecta a los Generadores porque no pueden decidir a quién suministrarle energía ni asegurar sus pagos por el concepto de retiro sin contrato o retiros no declarados. En ese sentido, concluimos que los Generadores tienen remedios contractuales, remedios regulatorios y remedios judiciales o constitucionales como mecanismos alternativos para exigir el pago por los retiros sin contrato o, como medida a gran escala, modificar los factores de proporción, considerados por COES para determinar el consumo de los Distribuidores en el Mercado de Corto Plazo. / This research work identifies the remedies that can be adopted by the Generators in the event of non-payment for withdrawals without contract by Distributors without sufficient economic capacity in the Wholesale Electricity Market (MME). It happens that, at present, there is evidence that this problem affects the Generators because they cannot decide to whom to supply energy or ensure their payments for the concept of withdrawals without contract or undeclared withdrawals. In that sense, we conclude that the Generators have contractual remedies, regulatory remedies and judicial or constitutional remedies as alternative mechanisms to demand payment for withdrawals without contract or, as a large-scale measure, modify the proportion factors considered by COES to determine the consumption of the Distributors in the Short-Term Market. / Trabajo académico
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Informe sobre Laudo Arbitral de fecha 02 de octubre de 2019 - Proceso Arbitral Servicio de Parques de Lima – SERPAR y Consorcio SOM Lima Norte

Arbulú Cueva, Alejandra Marlene de Fátima 03 March 2023 (has links)
El presente Informe Jurídico donde se analiza el Laudo Arbitral expedido con Resolución No. 92 del 2 de octubre del 2022 respecto de la figura de la Intervención Económica de Obra dentro de las Contrataciones con el Estado, figura establecida en la normativa, el Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado y Directivas expedidas por CONSUCODE, hoy el OSCE, mediante la cual faculta a Las Entidades para que, en uso de su potestad discrecional puedan intervenir ejecución de obras públicas cuando se evidencie incumplimientos por parte de los Contratistas y puedan poner en riesgo la finalización de la ejecución y entrega de la obra. Analizaremos el Laudo Arbitral que emite el tribunal respecto a las controversia que surge entre SERPAR y el Consorcio SOM Lima Norte sometidas a arbitraje por el Contratista respecto de la decisión de La Entidad sobre la Intervención Económica y la Resolución Parcial del Contrato de Obra y emitiremos opinión respecto a la actuación de ambas partes y de la decisión del Tribunal Arbitral.
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Análisis jurídico de la Resolución No. 1007-3-2020. Deducción de penalidades contractuales y disposición indirecta de rentas

Portugal Lázaro, Flavio Renato 18 August 2021 (has links)
En el presente informe se desarrollará la deducción de gastos por penalidades y la disposición indirecta de rentas no susceptible de posterior control tributario por gastos que no cumplen con el principio de causalidad. En relación con la deducción de gastos por penalidades, se ha partido desarrollando el principio de causalidad y los criterios o requisitos de normalidad, razonabilidad y fehaciencia en función a la doctrina jurídica; así como, diversas instituciones del derecho civil (contratos, obligaciones y responsabilidad civil) con la finalidad de determinar cuál es el comportamiento exigido por el ordenamiento jurídico a los privados y las características y funciones de la penalidad contractual. Finalmente, como parte del objetivo principal del informe, se determinó que los gastos por penalidades no se encuentran prohibidos; que cumplen con el principio de causalidad y en determinados casos con el criterio de normalidad, siempre que los incumplimientos se originen en causas no imputables, por cuanto en dichos casos no contravendrían el parámetro de actuación normal existente en el derecho tributario y el derecho civil. En cuanto a la disposición indirecta de rentas, se expone la problemática suscitada por la interpretación del inciso g) del artículo 24-A que regula la presunción de dividendos cuando existe una “disposición indirecta de renta no susceptible de posterior control tributario”. En ese sentido, se analiza la naturaleza de esta norma y los requisitos obligatorios para su configuración; para dilucidar si resulta aplicable en el caso de una cesión de marca por parte de una accionista a una empresa cuya causalidad no ha sido acreditada.
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El pago por incumplimiento contractual ¿Gasto deducible o liberalidad?

López Orihuela, Moises Leonardo 13 August 2021 (has links)
En el presente trabajo, se determina cuáles son los criterios necesarios y válidos para considerar a un gasto por pago de incumplimiento contractual proveniente de una cláusula penal como deducible. De esta manera, se dará tratamiento a los alcances que tiene el “Principio de Causalidad” en materia tributaria, desarrollando particularmente cual es el tratamiento respecto al Impuesto a la Renta peruano de tercera categoría y que implica el “Principio de Fehaciencia” en servicio de la deducción de gastos. Ubicándose como punto de debate como es que el pago generado por penalidad contractual puede cumplir con ambos principios a fin de ser deducible, que como se verá consistirá en realizar una correcta interpretación de las normas pertinentes. La estructura a desarrollarse parte de analizar la Sentencia de Casación No. 8327-2015- LIMA, de fecha 18 de mayo de 2017, emitida por la Corte Suprema, en la cual se ve reflejada la posición sobre la problemática tanto de un contribuyente, como la Administración Tributaria, el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial. De manera que, luego de comentarse los hechos y argumentos en la sentencia, se cuestionará el tratamiento y criterios dados por las partes, al mismo tiempo que se logrará visibilizar cuales son los límites que emanan de las normas respecto a la deducción de gastos en el caso. / In the present work, it is determined which are the necessary and valid criteria to consider an expense for payment of contractual breach from a penal clause as a deductible. In this way, treatment will be given to the scope of the "Principle of Causality" in tax matters, particularly developing what is the treatment regarding third category Peruvian Income Tax and that implies the "Principle of Reliability" in service of the deduction of expenses. Positioning itself as a point of debate as is that the payment generated by contractual penalty can comply with both principles in order to be deductible, which, as will be seen, will consist of making a correct interpretation of the pertinent regulations. The structure to be developed starts from analyzing the “Sentencia de Casación No. 8327-2015-LIMA”, dated May 18, 2017, which reflects the position on the problem of both a taxpayer, such as the Tax Administration, the Court Prosecutor and the Judiciary. Thus, after commenting on the facts and arguments in the judgment, the treatment and criteria given by the parties will be questioned, at the same time that it will be possible to make visible what are the limits that emanate from the rules regarding the deduction of expenses in the case.
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Incumplimiento del deber de cooperación al cumplimiento por parte del acreedor como causal de resolución del contrato

Casaverde Cotos, Fiorella Vanessa 27 February 2020 (has links)
La presente investigación se ubica en el ámbito del derecho de obligaciones y contratos, específicamente en la figura de resolución extrajudicial por incumplimiento de obligaciones y en el análisis de la naturaleza jurídica del deber de cooperación al cumplimiento como su sustento. Dentro del concepto tradicional de obligación, se tiene que existen dos situaciones jurídicas bien definidas, la primera es el derecho de crédito que es propio del acreedor y la segunda el deber de débito a cargo del deudor. La definición tradicional de obligación incide directamente en la teoría del cumplimiento de las obligaciones y por ende en los remedios que se proporcionan a las partes ante el incumplimiento. Partiendo de dicha premisa, la falta de cooperación por parte del acreedor o cooperación en sentido técnico, es actualmente entendida como una carga y por tanto, otorga al deudor los remedios de mora del acreedor y el pago en consignación, remedios que atenúan las consecuencias de la falta de cooperación del acreedor al cumplimiento pero no liberan al deudor de la relación jurídico contractual en todos los casos, lo que le ocasiona un grave perjuicio al mantenerle vinculado a una relación contractual que no puede ejecutar. No obstante lo señalado, sostenemos que la cooperación al cumplimiento es un deber que se encuentra dentro de la relación obligatoria como estructura compleja, este deber se ubica dentro del derecho de crédito, porque es exigible al titular de la situación activa de la relación obligatoria, en atención a los deberes que impone la cláusula normativa general de buena fe contemplada en el artículo 1362 del Código Civil Peruano, considerando ello, en el desarrollo de esta investigación probamos que sí es posible que el deudor resuelva un contrato sustentado en el incumplimiento del deber de cooperación para el cumplimiento, siendo la vía idónea la resolución extrajudicial a través de la intimación.

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