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La relación jurídica, económica y comercial del capítulo de inversiones del Tratado de Libre Comercio entre Perú y China y la IED china en el Perú durante los años 2010 y 2018 / The legal, economic and commercial relationship of the investment chapter of the Peru-China Free Trade Agreement and Chinese FDI in Peru during the years 2010 and 2018

Apoloni Gonzáles, Jorge Eduardo José, Cabrejo Chávez, Isaías Jair 16 April 2022 (has links)
En la última década, se ha observado un crecimiento sostenible de la inversión china en el Perú. Al ser el socio comercial más importante del Perú, las investigaciones de la materia se han enfocado en examinar el intercambio comercial de distintas partidas arancelarias e identificar sus principales determinantes, mientras que la IED no ha sido evaluada a profundidad. Por consiguiente, mediante el empleo de una metodología mixta y un modelo de datos de panel, el presente estudio profundiza en la relación jurídica, económica y comercial del capítulo de inversiones del Tratado de Libre Comercio entre Perú y China y la inversión extranjera directa de China en el Perú entre los años 2010 y 2018. Los resultados indican que el marco constitucional y la seguridad jurídica de las inversiones en el Perú son aspectos relevantes para atraer la IED china en territorio peruano. Del mismo modo, en relación con el TLC, se demuestra que los lineamientos establecidos en el capítulo de inversiones también son un estímulo importante para la captación de capitales chinos. Además, en el desarrollo del método cuantitativo, se destacan algunas variables macroeconómicas que explican la inversión del gigante asiático en el Perú durante el periodo evaluado. Frente a ello, se concluye que el TLC China-Perú es relevante para explicar el crecimiento de los flujos de inversión china en el Perú. / In the last decade, there has been evidence of sustainable growth in Chinese investment in Peru. As Peru's most important trading partner, research on the subject has focused on examining the trade exchange of different tariff items and identifying its main determinants, while FDI has not been evaluated in depth. Therefore, using a mixed methodology and a panel data model, the present study delves into the legal, economic and commercial relationship of the investment chapter of the Peru-China Free Trade Agreement and China's foreign direct investment in Peru between 2010 and 2018. The results indicate that the constitutional framework and legal security of investments in Peru is a relevant aspect to attract Chinese FDI in Peruvian territory. Similarly, in relation to the FTA, it is shown that the guidelines established in the investment chapter are also an important stimulus for attracting Chinese capital. In addition, the development of the quantitative method show that some macroeconomic variables explain the investment of the Asian country in Peru during the evaluated period. In view of this, it is concluded that the China-Peru FTA is relevant to explain the growth of Chinese investment flows in Peru. / Tesis
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Informe Jurídico sobre la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia en el caso del «Diferendo Marítimo (Perú c. Chile)», de 27 de enero de 2014

Cossio Montero, Franco Antonio 27 November 2023 (has links)
El caso objeto de estudio desarrolla la controversia entre el Perú y Chile relativa a su límite marítimo lateral sobre el Océano Pacífico. Ambos Estados tenían puntos de vista diametralmente opuestos. Si bien para el Perú no existía un límite marítimo establecido, para Chile éste se hallaba plenamente definido por una serie de instrumentos suscritos por las partes. Luego de buscar, sin éxito, una solución a este desencuentro por la vía diplomática, empleando los medios de solución pacífica de controversias reconocidos internacionalmente, el 16 de enero de 2008 el caso fue elevado por el Perú a la Corte Internacional de Justicia. Durante el proceso, las partes presentaron sus posiciones respecto de la existencia de un límite marítimo entre ellas y del curso que éste debería tener. Tras analizar las argumentaciones y los instrumentos que fueron considerados relevantes, el 27 de enero de 2014, la Corte emitió la sentencia que puso fin a la controversia, valiéndose de un recurso no previsto por las partes y asumiendo parcialmente la posición de ambos Estados. El fallo, en primer lugar, estableció la existencia de una frontera convenida, sobre la base de un acuerdo tácito, de una extensión únicamente de 80 millas náuticas, teniendo como criterio de su curso el paralelo geográfico, con su punto de inicio en la bajamar alineada al hito N° 1. El Tribunal interpretó que, en adelante, el límite marítimo no había sido acordado, por lo que decidió su trazado utilizando el principio de equidistancia del “método de tres pasos”. / The case under study develops the dispute between Peru and Chile regarding their lateral maritime boundary on the Pacific Ocean. Both States had diametrically opposed points of view, because although for Peru there was no established maritime limit, for Chile it was fully defined by a series of instruments signed by both parties. After unsuccessfully seeking a solution to this disagreement through diplomatic channels, using internationally recognized peaceful means of settlement of disputes, on January 16, 2008, the case was submitted by Peru to the International Court of Justice. During the process, the parties presented their positions regarding the existence of a maritime boundary between them and the course that it should have. After analyzing the arguments and the instruments that were considered relevant, on January 27, 2014, the Court issued the Judgement that put an end to the controversy, using a recourse not provided by the parties and partially assuming the position of both States. The judgement, in the first place, established the existence of an agreed border, on the basis of a tacit agreement, with an extension of only 80 nautical miles, having as a criterion of its course the geographical parallel, with its starting point at low -water line aligned to Boundary Marker No. 1. The Tribunal interpreted that, henceforth, the maritime boundary had not been agreed upon, therefore it decided its layout using the equidistance principle of the “three-step method”.
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A solução de conflitos mercantis transnacionais no Mercosul em tempos de globalização

Silva, Eduardo Gralha 05 December 2007 (has links)
Submitted by Mariana Dornelles Vargas (marianadv) on 2015-05-06T11:42:04Z No. of bitstreams: 1 solucao_conflitos.pdf: 919937 bytes, checksum: 3aef8fa59a9b7b05ae14a6f8b3e5a10b (MD5) / Made available in DSpace on 2015-05-06T11:42:04Z (GMT). No. of bitstreams: 1 solucao_conflitos.pdf: 919937 bytes, checksum: 3aef8fa59a9b7b05ae14a6f8b3e5a10b (MD5) Previous issue date: 2007 / Nenhuma / Este trabalho tem por objetivo apresentar as possibilidades e a mais adequada aplicação do direito na solução de controvérsias decorrentes de contratos de compra e venda internacional de natureza mercantil no âmbito do Mercosul, com base e na ótica do ordenamento jurídico brasileiro. Tem como base teórica o princípio da autonomia da vontade na eleição da norma e do foro aplicáveis a eventual solução judicial, o qual norteou a pesquisa bibliográfica desenvolvida. A busca da aplicação das normas jurídicas nacionais e internacionais adequadas possibilitou o conhecimento do contexto legal dos Estados Partes da integração, para que se possam resolver as antinomias que decorrem do entrelaçamento de relações interestatais e contratos de direito internacional privado. A análise parte da abordagem inicial da origem das formações integrativas, a globalização, e segue no direito interno brasileiro, dos demais países integrantes, no direito internacional, dos tratados e convenções que instituíram e estruturam o Mercosul, passando pelos diversos elementos de conexão entre a legislação interna e demais legislações internacionais. Ao final, o estudo chega à conclusão de que as soluções mais adequadas seriam: para a definição do direito aplicável, a ratificação pelos Estados Partes do Mercosul da Convenção Interamericana do México, e, para a definição do foro competente, a aplicação do Protocolo de Buenos Aires, uma vez que permitem às partes a livre escolha, primando e privilegiando pela autonomia da vontade dos contratantes, trazendo segurança jurídica no momento da contratação. / El estudio pretende presentar las posibilidades y la más adecuada aplicación del derecho en la solución de controversias resultantes de contratos de compra y venta internacionales de naturaleza mercantil en el ámbito del MERCOSUR, bajo la óptica del ordenamiento jurídico brasileño. Su base teórica es principio de la autonomía de la voluntad en la elección de la norma y del foro aplicables a una eventual solución judicial, el cual ha dando la base de la pesquisa bibliográfica desarrallada. La búsqueda de la aplicación de las normas jurídicas nacionales e internacionales adecuadas permitieran el conocimiento del contexto legal de los Estados Partes de la integración, para que se pueda establecer y resolver las antinomias derivadas de este entrelazamiento de relaciones interestatales y contratos de Derecho Internacional Privado. La análisis parte del abordaje inicial de la origen de las formaciones integrativas, la globalización, y sigue en el derecho interno brasileño, de los otros países integrantes, en el derecho internacional, de los tratados y convenciones que instituiran y estructuran el MERCOSUR, pasando por los diversos elementos de conexión entre la legislación interna y estas otras legislaciones internacionales. Al final, el estudio llega a la conclusión que las soluciones más adecuadas serian: para la definición del derecho aplicable, la ratificación por los Estados Partes del MERCOSUR de la Convención Interamericana del México, y para la definición del foro competente, la aplicación del Protocolo de Buenos Aires, una vez que permiten a las partes la libre elección, primando y privilegiando la autonomía de la voluntad de los contratantes, y trayendo seguridad jurídica al momento de la contratación.
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From the Decision Conciliation to the Dispute Resolution Board: Notes in relation to the Dispute Resolution Board as a New Method of Conflict Resolution for a Formalized Work Contract Under the scope of the New Public Procurement Law / De la Conciliación Decisoria a la Junta de Resolución de Disputas: Apuntes en relación a la Junta de Resolución de Disputas Como Nuevo Método de resolución de conflictos para un contrato de Obra Formalizado Bajo el ámbito de la Nueva Ley de Contrataciones del Estado

Hurtado Falvy, Juan Manuel 10 April 2018 (has links)
The new Public Procurement Law introduces the Dispute Boards as a new settlement ofdisputes and contestations during the contractual execution of the work phase. The present article works, in the first place, the framework of public procurement and the controversies that are originated in the matter. Then, it will expose the development of the Dispute Boards in other countried and their characteristics. Finally, it concludes identifying the type of Dispute Boards that is being adopted in Peruvian law, showing his vantages and disadvantages. / La nueva Ley de Contrataciones del Estado, Ley N° 30225, incorpora la Junta de Resolución de Disputas, como un nuevo mecanismo de resolución de conflictos durante la fase de ejecución contractual de obras.En el artículo se desarrolla, en primer lugar, el marco de las contrataciones del Estado y las controversias que se originan en el mismo. Posteriormente, se expone el desarrollo de los Dispute Boards internacionalmente y sus características, y se concluye identificando el tipo de Dispute Boards adoptado en la legislación peruana, exponiendo sus fortalezas y debilidades.
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Obligation of negotiation and facultative arbitration as part of constitutional law content on collective negotiation / El deber de negociar y el arbitraje potestativo como parte del contenido del derecho constitucional de negociación colectiva

Boza Pró, Guillermo, Aguinaga Meza, Ernesto 10 April 2018 (has links)
This work studies constitutional bases of two essential institutions of Collective Labor Law: employer’s obligation to negotiate collectively and facultative arbitration. In relation to the first one, using tools provided bythe Theory of Law, it is argued that the section 28º of Peruvian Constitution establishes a collective negotiation concept as claim (not as permission) so, employers legal obligation of collective negotiation is constitutional. In theother hand, regarding facultative arbitration, it has constitutional support on state’s obligation to promote pacific ways to labor conflicts; even though, it is questioned that a «sub constitutional» rule has restrictively regulated this institution. / En este trabajo se estudian las bases constitucionales de dos instituciones centrales del derecho colectivo del trabajo: la obligación patronal de negociar colectivamente y el arbitraje potestativo. En lo que se refiere a la primera, utilizando las herramientas que proporciona la teoría del derecho, se sostiene que el artículo 28 de la Constitución consagra una concepción de la negociación colectiva como pretensión (y no como permiso), y por tanto, que es constitucional el deber legal de los empleadores de negociar colectivamente. En cuanto al segundo, se afirma que este encuentra sustento constitucional en la obligación estatal de promover formas pacíficas de solución de los conflictos laborales, aunque se cuestiona que la normativa infraconstitucional haya regulado esta institución de forma restrictiva.
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Notes on arbitration in China and recognition of aw / Apuntes sobre el arbitraje en China y el reconocimiento de laudos

Tam Pérez, José, Martinez Zúñiga, Claudia 12 April 2018 (has links)
This paper is about the arbitration in China ant he recognition of the foreign arbitral awards in China and Peru. The author indicates how the arbitration and the dispute settlement were in China, also he says that the Chinese commercial opening produced that China adopted inside its legal system the commercial arbitration. Above this line, he says that the main instrument regarding the recognition and enforcement of the foreign arbitral awards in China and Peru is the New York Convention. About the proceeding of this recognition and enforcement of the foreign arbitral awards it is said how it is performed in the Chinese and Peruvian Law. The author ads that China and Peru should have a mutual awareness proceeding of the dispute settlement to ensure the mutual investments. / El presente trabajo versa sobre el arbitraje en China y el reconocimiento de los laudos arbitrales extranjeros en China y Perú. El autor indica cómo era el arbitraje y la solución de controversias en China, también señala que la apertura comercial china generó que acoja dentro de su ordenamiento jurídico al arbitraje comercial. Sobre esa línea, señala que el principal instrumento sobre el reconocimiento y ejecución de los laudos extranjeros en China y Perú es la Convención de Nueva York. Sobre el procedimiento del reconocimiento y ejecución de los laudos extranjeros se dice cómo se realiza en el derecho chino y en el peruano. El autor añade que China y Perú deberían tener un proceso de conocimiento mutuo de solución de controversias para asegurar las inversiones mutuas.
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La obligación de negociar en el ámbito del Derecho Internacional: Un análisis a la luz de la clasificación de las obligaciones de comportamiento y de resultado

Moreno Macedo, Antonino Edmundo 09 April 2019 (has links)
En este trabajo se examina la obligación de negociar a propósito del caso presentado por Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia relativo a la obligación de negociar un acceso soberano al Océano Pacífico. Para ello, se hará énfasis en la estrategia procesal empleada por Bolivia, señalando algunos puntos fuertes y debilidades de la teoría del caso planteada por el Estado boliviano. Luego de ello, se estudiará la obligación de negociar y el desarrollo de esta en la jurisprudencia internacional. Posteriormente, se hace énfasis en la disquisición teórica entre las obligaciones de comportamiento y obligaciones de resultado con la finalidad de identificar en cual de estos dos tipos se encontraría la obligación de negociar. Este trabajo concluye sosteniendo que la obligación de negociar puede ser calificada como una obligación de comportamiento o una obligación de resultado dependiendo del contenido que esta tenga.

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