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Informe jurídico sobre la Casación Nro. 683-2018/NacionalGuevara Abanto, Jazmín 12 August 2024 (has links)
El objetivo general del presente informe jurídico es analizar la Casación Nro. 683-
2018/Nacional, el cual versa sobre el caso de gran corrupción: el “Club de la
Construcción”. La referida sentencia presenta elementos complejos que
permiten realizar un análisis, con base en la doctrina y jurisprudencia, sobre el
momento de la consumación del delito de tráfico de influencias cometido en el
marco de una organización criminal a fin de evaluar la prescripción de la acción
penal.
Para ello, se empleará el método dogmático-jurídico a través del cual se
analizarán los fundamentos, conceptos y categorías de las instituciones jurídicas
relacionadas con el delito de tráfico de influencias, delito de organización
criminal, prescripción de la acción penal, concurso real de delitos, delito medio,
entre otros.
Es con base a ello, en el presente trabajo se ha llegado a la conclusión de que
la comisión del delito de tráfico de influencias en el marco de una organización
criminal no afecta su plazo de prescripción de la acción penal, ya que la
participación debe ser analizada de manera independiente del delito de
organización criminal, pues éste último ilícito es un delito medio para la comisión
de varios delitos contra la administración pública, entre los cuales, se tiene el
delito de tráfico de influencias. / The general objective of this legal report is to analyze Cassation Nro. 683-
2018/National, which concerns the case of major corruption: the “Construction
Club.” The referred sentence presents complex elements that allow for an
analysis, based on doctrine and jurisprudence, of the moment of the
consummation of the crime of influence peddling committed within the framework
of a criminal organization to evaluate the statute of limitations of the criminal
action.
For this purpose, the dogmatic-legal method will be used, through which the
foundations, concepts, and categories of the legal institutions related to the crime
of influence peddling, crime of a criminal organization, statute of limitations of the
criminal action, real concurrence of crimes, intermediary crime, among others,
will be analyzed.
Based on this, the present work has concluded that the commission of the crime
of influence peddling within the framework of a criminal organization does not
affect its statute of limitations for criminal action, as participation must be
analyzed independently of the crime of a criminal organization. This latter offense
is an intermediary crime for the commission of various crimes against public
administration, among which the crime of influence peddling is included.
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Informe jurídico sobre la sentencia de Casación N° 526- 2022/CORTE SUPREMAReluz Acuña, Mario Alonso 12 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico aborda el análisis de la Sentencia de Casación N°
526-2022/CORTE SUPREMA, la cual fue emitida por la Sala Permanente de la
Corte Suprema de Justicia de la República. En esta sentencia se discutió el
recurso planteado por la defensa del abogado Juan Monroy Gálvez, a quien se
le imputó la presunta comisión del delito de colusión agravada en contra del
Estado. La decisión emitida por los Supremos Magistrados, y los argumentos
que la sustentan, formarán parte de la discusión que se plantea en el presente
informe, el cual aborda temas teóricos de derecho penal y procesal penal.
El problema principal que se ha identificado, luego de analizar los fundamentos
y la decisión emitida en la sentencia, es la siguiente: ¿Se puede calificar la
conducta del abogado Juan Monroy como una conducta neutral que se realiza
dentro de su rol como abogado? Para responder a esta pregunta, se analizarán
aspectos teóricos tales como la imputación objetiva, las conductas neutrales y la
participación en los delitos de corrupción de funcionarios. Respecto a temas de
derecho penal especial, se discutirá la naturaleza de la concertación en el delito
de colusión, y finalmente se evaluará el medio técnico de defensa empleado en
el proceso penal. El estudio del presente caso implicará revisar las posturas
dogmáticas y doctrinales que se han desarrollado en los últimos años por
destacados penalistas; y, sobre todo, comprender el sentido interpretativo que
se ha plasmado en la jurisprudencia peruana sobre los temas en cuestión. / This legal report addresses the analysis of Cassation Decision No. 526-
2022/CORTE SUPREMA, which was issued by the Permanent Chamber of the
Supreme Court of Justice of the Republic. In this judgment, the appeal filed by
the defense of attorney Juan Monroy Gálvez, who was charged with the alleged
commission of the crime of aggravated collusion against the State, was
discussed. The decision issued by the Supreme Magistrates, and the arguments
that support it, will be part of the discussion raised in this report, which addresses
theoretical issues of criminal law and criminal procedure.
The main problem that has been identified, after analyzing the foundations and
the decision issued in the sentence, is the following: Can the conduct of lawyer
Juan Monroy be classified as neutral conduct that is carried out within his role as
a lawyer? To answer this question, theoretical aspects such as objective
imputation, neutral conduct and participation in corruption crimes of officials will
be analyzed. Regarding issues of special criminal law, the nature of the
concertation in the crime of collusion will be discussed, and finally the technical
means of defense used in the criminal process will be evaluated. The study of
this case will involve reviewing the dogmatic and doctrinal positions that have
been developed in recent years by prominent criminal experts; and above all,
understand the interpretative meaning that has been reflected in Peruvian
jurisprudence on the topics in question.
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Odebrecht y la IIRSA norte y sur: un caso de corrupción y su influencia en las relaciones bilaterales con Perú en infraestructura durante los años 2005-2007Solís López, Augusto Pavel 11 August 2017 (has links)
Esta investigación nace a la luz de una interrogación del estado de la corrupción y cómo esta permanece activa en el orden internacional a pesar de que se le combate tenazmente en distintos ámbitos e instituciones del sistema internacional. Es un tema complejo, pero es imperante dilucidarlo desde varios frentes. Uno de ellos surge en el orden regional sudamericano con el caso de la Operación Lava Jato y el rol de ODEBRECHT en el soborno a autoridades para conseguir obras de infraestructura y mejores condiciones de sus contratos. Así, lo que se busca indagar son las conexiones y efectos en la relación bilateral de Brasil y Perú en los años 2005 – 2007, con la acciones colusorias de ODEBRECHT para ganar la licitación de la IIRSA. Este análisis explora el nivel de influencia de ODEBRECHT en la ejecución del eje de infraestructura de la Alianza Estratégica Perú Brasil durante esos años, así como pretende identificar la relación de los actores políticos y burocráticos peruanos y los actores económicos de ODEBRECHT para potenciar la IIRSA. Lo cual orientaría a señalar la coexistencia de una economía para-legal que ha influido en la política exterior peruano brasileña los años 2005 – 2007. Las conclusiones que se hallan hablan de una relación simbiótica entre empresarios y burócratas que puede entenderse como una burocratización corruptora, que ha nacido influenciada por la interrelación de la política de estado brasileña, el neodesarrollismo, y el apoyo gubernamental para que sus multinacionales inviertan en distintos países de la región. De tal forma esta investigación propone un atisbo a la intrincada conexión entre economía, política exterior y corrupción; que tiene como fin modesto aportar interrogantes al debate vivo de hasta qué punto el capital internacional afecta a las democracias liberales en el siglo XXI. / Tesis
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Informe Jurídico sobre el R. N. N° 341-2015Castro Aliaga, Claudia Bertha 16 August 2021 (has links)
El delito de colusión ha tomado mayor importancia en los recientes años debido a la
cantidad de procedimientos de contratación pública que el Estado es capaz de suscribir.
No obstante, aun existe cierta discusión o confusión en referencia a sus elementos y el
bien jurídico que busca proteger, logrando que exista diversos tipos de pronunciamientos
jurisprudenciales al respecto, algunos más polémicos que otros. Un ejemplo de ello, es el
Recurso de Nulidad N° 341-2015, el cual plantea una concepción del delito de colusión
restrictiva respecto a sus elementos.
En el presente trabajo, realizamos un análisis de la resolución en mención. De esta
manera, hemos identificado tres problemas jurídicos: i) el concepto de funcionario
público para el cargo de Consejero de OSIPTEL; ii) la connotación del elemento
“defrauda”; y, iii) el significado del contexto contractual requerido para el delito de
colusión.
Así, pues, mediante una revisión de la doctrina y jurisprudencia nacional, así como del
análisis de tratados suscritos por el Estado en materia de lucha contra la corrupción,
hemos logrado responder los problemas anteriormente señalados, obteniendo un resultado
diferente a lo expresado en la resolución. Esto toda vez que, partimos del entendimiento
que el bien jurídico de este delito es la imparcialidad del funcionario público, con lo cual
no se requiere un perjuicio patrimonial al Estado, que el contexto contractual debe aplicar
a todas las fases del procedimiento de contratación y, también, que el cargo de consejero
cumple con los requisitos para ser considerado un funcionario público. / The crime of collusion has become more important in recent years due to the number of
public procurement procedures that the State is capable of underwriting. However, there
is still some discussion or confusion regarding its elements and the legal asset that it seeks
to protect, resulting in various types of jurisprudential pronouncements in this regard,
some more controversial than others. An example of this is the Appeal for Annulment
No. 341-2015, which raises a restrictive conception of the crime of collusion with respect
to its elements.
In the present work, we carry out an analysis of the resolution in question. Thus, we have
identified three legal problems: i) the concept of a public official for the position of
Director of OSIPTEL; ii) the connotation of the element “defraud”; and, iii) the meaning
of the contractual context required for the crime of collusion.
Thus, through a review of the national doctrine and jurisprudence, as well as the analysis
of treaties signed by the State in the fight against corruption, we have managed to answer
the aforementioned problems, obtaining a different result than that expressed in the
resolution. This since, we start from the understanding that the legal right of this crime is
the impartiality of the public official, which does not require a patrimonial damage to the
State, that the contractual context must apply to all phases of the contracting procedure and, also, that the position of director meets the requirements to be considered a public
official.
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Informe sobre la casación 231- 2017- PunoSurichaqui Limaco, Karina Massyel 23 February 2021 (has links)
El presente informe analiza la Casación Nº 231-2017 Puno, emitida por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, el 14 de setiembre de 2017. La casación resuelve el proceso seguido en contra de Bernardo Natividad Meza Alvarez, ex alcalde de la Municipalidad Provincial de Melgar, Helard Huamán Maman, Jose Haytara Carreón, y Jose Domingo Choquehuanca, por el delito de
negociación incompatible en agravio del Estado – Municipalidad Provincial de Melgar y en ilegítimo favor de la Empresa Alabama S.A. al haberse interesado directa e indebidamente en el Proceso Exonerado 001-2010-MPM-A. En la decisión adoptada, la sala resuelve declarar la absolución de los procesados.
Para lo cual sustenta su casación en una serie de fundamentos entre los cuales resalta la determinación del patrimonio como bien jurídico protegido en el delito de negociación incompatible. Asimismo, la sala estableció que el interés en provecho propio o de terceros, se expresa a través de la afectación patrimonial, en sintonía con ello, el delito de negociación incompatible sería un delito de peligro concreto dado que no se habría acreditado mediante pericia alguna el peligro real e inminente para el patrimonio.
En el presente informe se sostiene que el bien jurídico protegido en el delito de negociación incompatible no es el patrimonio, sino es la imparcialidad y objetividad en el ejercicio de la función pública (bien jurídico especifico) y el correcto funcionamiento de la administración pública (bien jurídico genérico), los cuales son afectados a través del actuar interesado del funcionario público y no a través de la
acreditación de un daño patrimonial. Asimismo, argumentamos que nos encontramos frente a un delito de peligro abstracto y no de peligro concreto, conforme lo aseverado por la Corte Suprema, por lo que la absolución de los imputados sería desacertada
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Limitaciones burocráticas del Órgano de Control Institucional de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 02 del Rímac de Lima Metropolitana en la detección de irregularidades en los procesos de adquisición de bienes y servicios entre los años 2008 y el 2012Loyola García, Francisco 27 October 2020 (has links)
En el presente artículo, el autor señala y describe las limitaciones
burocráticas que afectan la labor de detección de irregularidades administrativas
en las entidades estatales. Así, para el autor, el entendimiento de las limitaciones
burocráticas es fundamental para poder comprender cómo ha operado el Órgano
de Control Interno de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 2 del Ministerio
de Educación en la detección de irregularidades en los procesos de adquisición
de bienes y servicios entre los años 2008 y el 2012. Ello conlleva, luego del
análisis exhaustivo de nuestro estudio, a demostrar la falta de implementación
de una política pública de control de recursos. / In this article, the author highlights and describes the
bureaucratic limitations that affect the work of detecting administrative
irregularities in public entities. Thus, for the author, the understanding of red tape
limitations is fundamental in order to understand how the Internal Control Office
of the Local Education Authority No. 2 of the Peruvian State Department of
Education has operated in the detection of irregularities in the procurement of
goods and services between the years 2008 and 2012. This seeks, after the
exhaustive analysis of our study, to demonstrate the lack of implementation of a
Public Policy regarding resource control. / Trabajo de investigación
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Informe Jurídico sobre el Recurso de Nulidad N° 2976-2004-Lima. La atribución de la responsabilidad penal a los extranei por la comisión del delito de Enriquecimiento Ilícito, en concordancia con el momento de su actuar a lo largo del iter criminal y la existencia de un pactum scelerisYaringaño Campos, Dora Lucia 13 August 2021 (has links)
En el presente informe jurídico se busca determinar el tipo de consumación que se produce en el delito de Enriquecimiento ilícito, así como la posible atribución de responsabilidad penal a los terceros (extranei) que intervengan y colaboren con la realización del ilícito. Sumado a ello, se analizará la figura jurídica del acuerdo previo o pactum sceleris y las implicancias que el mismo pueda tener en la atribución de la responsabilidad penal a los acordantes. Es así que se hará uso del método de investigación en base a la doctrina existente y los pronunciamientos jurisprudenciales que resulten relevantes. En ese sentido, se demostrará que, según los hechos narrados en el recurso sub examine (Recurso de Nulidad N° 2976-2004-Lima), la Corte Suprema debió optar por atribuir responsabilidad penal a la esposa e hijas de un ex General del Ejército Peruano (funcionario público). Ello en cuanto se está ante un delito residual, comisivo de consumación permanente y, las extranei, mediante el despliegue de diversas acciones y
transacciones financieras (complicidad material y psíquica), colaboraron en la realización del delito de Enriquecimiento ilícito, aunado a que también se habría incurrido en la realización, en conjunto con el funcionario público, de un acuerdo previo o pactum sceleris
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Análisis crítico sobre la configuración del delito de negociación incompatible a la luz de la línea interpretativa propuesta por la Corte Suprema en la Casación N° 231-2017-PunoJara Enriquez, Eloisa 01 January 2023 (has links)
El presente informe jurídico tiene como objetivo realizar un análisis crítico sobre los
problemas jurídicos identificados en la Casación N° 231-2017-Puno, a través de la cual, se
absolvió por el delito de negociación incompatible a los acusados -alcalde y miembros del
comité especial de la provincia de Melgar- en referencia a un proceso de contratación bajo la
modalidad de proceso exonerado realizado en el año 2010.
En la sentencia en mención se ha identificado tres problemas jurídicos: el primero, hace
referencia a que el bien jurídico del delito de negociación incompatible es el patrimonio, el
segundo es que en la sentencia se identifica al delito de negociación incompatible como un
delito de peligro concreto y, el tercer problema jurídico identificado es que de acuerdo con la
Corte Suprema, el interés indebido no es una mera parcialización, sino que este interés se
tiene que ver reflejado en un beneficio de carácter económico sobre el propio sujeto activo o
terceros. Al respecto, a lo largo del trabajo, a través de un análisis teórico, jurídico y, además,
normativo se postulará que esta lectura de la Corte Suprema es errada en tanto estas
conclusiones no se derivan de la estructura típica de este delito, así como que la misma no es
acorde con una lectura de proscripción de la corrupción, menos aún, es una línea de
interpretación conforme las Convenciones Internacionales sobre la lucha contra la
corrupción. / The purpose of this legal report is to make a critical analysis of the legal problems identified
in Cassation N°. 231-2017-Puno, through which the defendants -mayor and members of the
special committee of the province of Melgar- were acquitted for the crime of incompatible
negotiation - in reference to a contracting process under the modality of exonerated process
carried out in 2010.
In this work, have been identified three legal problems in the sentence: the first refers to the
fact that the legal asset of the crime of incompatible negotiation is the patrimony, the second
is that in the sentence the crime of incompatible negotiation is identified as a crime of
specific danger and, the third legal identifying problem is that according to the Supreme
Court, the undue interest is not a mere bias, but rather this interest must be reflected in an
economic benefit on the active subject or third parties. In this regard, throughout the work,
through a theoretical, legal and, in addition, normative analysis, it will postulate that this
reading of the Supreme Court is wrong insofar as these conclusions are not derived from the
typical structure of this crime, as well as it is not consistent with a reading of the prohibition
of corruption, even less, it is a line of interpretation in accordance with the International
Conventions on the fight against corruption.
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Informe Jurídico sobre la Casación N°542-2017, LambayequeMejía Liceta, Keyla Melissa 15 August 2022 (has links)
El delito de Colusión, tipificado en el artículo 384° del Código Penal, en la actualidad, es uno de delitos
más comunes realizados por malos funcionarios públicos. A pesar de ello, no se ha logrado uniformizar
la interpretación respecto a algunos de sus elementos típicos. En esa línea, la Casación N° 542-2017,
Lambayeque, plantea diferentes posturas respecto a los elementos del delito de colusión, sin llegar
una decisión uniforme, la cual definitivamente incide en la resolución del caso.
En esa línea, a partir del análisis de la casación en mención se han identificado los siguientes
problemas: i) el bien jurídico en el delito de colusión, ii) ¿La colusión agravada requiere de un perjuicio
patrimonial para su configuración?, y iii) La naturaleza y denominación del primer y segundo párrafo
del delito de colusión en el Código Penal peruano (¿colusión simple y agravada o conspiración
colusoria y colusión desleal?).
Para la resolución de estos problemas, hemos diferenciado algunos de los elementos típicos de la
colusión simple y la colusión agravada. En ese sentido, se ha propuesto que el bien jurídico en el delito
de colusión sea i) la asignación eficiente de los recursos basados en los principios de imparcialidad,
transparencia, etc. y ii) la protección del patrimonio Estatal. Asimismo, hemos concluido que en el
delito de colusión agravada es necesario un perjuicio efectivo al patrimonio del Estado, para su
configuración y que los delitos conspirativos y de tendencia interna transcendente no son acorde a los
elementos objetivos que exige el delito de colusión / The crime of Collusion, typified in article 384° of the Penal Code, is currently one of the most common
crimes carried out by bad public officials. Despite this, it has not been possible to standardize the
interpretation regarding some of its typical elements. Along these lines, Cassation No. 542-2017,
Lambayeque, raises different positions regarding the elements of the crime of collusion, without
reaching a uniform decision, which definitely affects the resolution of the case.
Along these lines, based on the analysis of the cassation in question, the following problems have been
identified: i) the legal interest in the crime of collusion, ii) does aggravated collusion require patrimonial
damage for its configuration?, and iii) The nature and denomination of the first and second paragraph of
the crime of collusion in the Peruvian Penal Code (simple and aggravated collusion or collusive
conspiracy and unfair collusion?).
To solve these problems, we have differentiated some of the typical elements of simple collusion and
aggravated collusion. In this sense, it has been proposed that the legal interest in the crime of collusion
is i) the efficient protection of resources based on the principles of impartiality, transparency, etc. and ii)
the protection of state assets. Likewise, we have concluded that in the crime of aggravated collusion,
an effective damage to the patrimony of the State is necessary, for its configuration and that conspiracy
crimes and crimes of transcendent internal tendency are not in accordance with the objective elements
required by the crime of collusion.
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Informe jurídico sobre el recurso de nulidad N°615-2015Pariona Vega, Juan Ignacio 15 August 2022 (has links)
El presente informe jurídico se origina ante la decisión de la Corte Suprema de
absolver al expresidente Alberto Fujimori del delito de peculado por considerar que la
Constitución no le otorga vínculo funcional especial con los recursos públicos del
Servicio de Inteligencia Nacional. La Corte también considera a este delito como uno
de infracción del deber institucional al que solo se le debe aplicar la teoría del autor
único que no diferencia autores de partícipes mediante un criterio material, sino bajo el
criterio de la infracción del deber institucional. La investigación busca determinar si el
artículo 118 inciso 17 de la Constitución puede otorgar al presidente de la república
vinculación funcional con los caudales públicos y si la teoría de los delitos de infracción
de deberes institucional es aplicable en el sistema penal peruano, con los efectos que
ello conlleva para la interpretación del delito de peculado y de las instituciones
dogmático-penales de la autoría y participación. Para elaborar el trabajo nos basamos
en las teorías de los delitos especiales desarrolladas por Claus Roxin, Günter Jakobs y
Bernd Schünemann y en las investigaciones y jurisprudencia relativas al delito de
peculado. Para ello, empleamos un método de investigación documental y dogmática.
Los resultados del informe señalan que las teorías de infracción del deber de Roxin y
Jakobs no son adecuadas para nuestro ordenamiento penal y que el artículo 118 inciso
17 de la Constitución si otorga la vinculación funcional requerida por el tipo de
peculado. La conclusión para el caso concreto es que la Corte debió haber condenado
a Alberto Fujimori como coautor del delito de peculado. / This legal report originates from the decision of the Supreme Court to acquit former
President Alberto Fujimori of the crime of embezzlement on the grounds that the
Constitution does not grant him a special functional link with the public resources of the
National Intelligence Service. The Court also considers this crime as one of breach of
institutional duty to which only the single perpetrator theory should be applied, which
does not differentiate perpetrators from participants through a material criterion, but
rather under the criterion of breach of institutional duty. The investigation seeks to
determine if article 118, paragraph 17 of the Constitution can grant the president of the
republic a functional relationship with public funds and if the theory of crimes of
infraction of institutional duties is applicable in the Peruvian penal system, with the
effects that This entails for the interpretation of the crime of embezzlement and the
dogmatic-criminal institutions of authorship and participation. To elaborate the work, we
are based on the theories of special crimes developed by Claus Roxin, Günter Jakobs
and Bernd Schünemann and on the investigations and jurisprudence related to the
crime of embezzlement. To do this, we use a documentary and dogmatic research
method. The results of the report indicate that the Roxin and Jakobs theories of
infraction of duty are not adequate for our criminal system and that article 118,
paragraph 17 of the Constitution does grant the functional link required by the type of
embezzlement. The conclusion for the specific case is that the Court should have
convicted Alberto Fujimori as co-author of the crime of embezzlement.
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