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El rol tuitivo del estado en materia laboral como elemento de influencia sobre las decisiones de la Corte Suprema en casación dentro del modelo de estado constitucional de derechoAzaña Marrufo, Felipe Carlos January 2018 (has links)
El presente trabajo presenta el análisis y la reflexión realizada en torno al criterio que ha venido adoptando la Corte Suprema de Justicia frente a la interposición de los recursos de casación en materia laboral, poniendo de manifiesto que, antes que ser una Corte de Casación apegada a la legalidad es una Alta Corte que se desenvuelve dentro de un modelo Constitucional por lo que su actuación debe ser siempre la de un juez garante de derechos fundamentales. Siendo así, es importante revisar cuál es la actuación de la Corte Suprema dentro del ordenamiento jurídico peruano en tanto existe una sujeción a los derechos fundamentales y en tanto existe por parte del estado una obligación de proteger y hacer respetar los derechos laborales, rol que influencia sobre las funciones de la Corte Suprema, toda vez que esta es una de las manifestaciones del poder público del Estado, el cual estará siempre sujeto al marco constitucional. / Trabajo académico
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El criterio del doble conforme como mecanismo para mejorar el sistema de precedentes civiles y la corte suprema nacional dentro de un estado constitucionalAngeludis Tomassini, Cristian Guillermo 23 March 2018 (has links)
1. La concepción de estado constitucional así como la denominada teoría de la
interpretación han modificado, entre muchos otros campos, la concepción que se tenía
de muchas instituciones jurídicas. En el presente trabajo se destacan los cambios
ocurridos en el precedente –institución originaria del Common Law, y en las cortes de
vértice, y se propone en qué medida el mecanismo del doble conforme ayuda a alcanzar
mejoras en el precedente y la corte suprema, peruanos.
2. El estado constitucional y la teoría de la interpretación demuestran que ambas
instituciones están íntimamente ligadas, de tal modo que el éxito en los cambios de una,
acompañan necesariamente los cambios en la otra. No solo ello, se concluye también que
para el estado constitucional y la teoría de la interpretación, es imprescindible tener una
corte suprema de precedentes, que promuevan el ius constitutionis –función de defensa
de la ley y de uniformidad-, en el sentido de dotar de fuerza vinculante a sus precedentes
a fin de eliminar la divergencia interpretativa, para lo cual se deberán utilizar las mejores
razones.
3. Para una corte suprema de precedentes es necesario, en nuestra opinión, que ésta no
esté sobrecargada de casos, pues ello reduce o, inclusive, elimina, la capacidad de emitir
precedentes adecuados para un estado constitucional. El doble conforme se propone para
lograr progresivamente ese objetivo.
4. En el primer capítulo se expone la evolución histórica de las tradiciones jurídicas del
Common Law y del Civil Law, lo que nos demostrará el contexto en que se concibió el
precedente, diametralmente opuesto a la evolución del derecho en el Civil Law. El
constitucionalismo, en esta tradición, produce un acercamiento con el Common Law, lo
que hace pertinente evaluar qué elementos del precedente de esta tradici+ón pueden
servir para un desarrollo del mismo en el Perú.
5. El segundo capítulo se desarrolla la pertinencia de esto último, analizando las
características del precedente en el Perú –Tribunal Constitucional y Corte Suprema.
6. El tercer capítulo expone la influencia del constitucionalismo y la teoría de la
interpretación en las funciones de la Corte Suprema, determinando las funciones
prevalentes en este nuevo contexto político, social, jurídico e interpretativo. Se analiza
también los modelos de cortes supremas en un esquema comparado. Para finalmente
detallar la importancia del doble conforme como propuesta para los cambios necesarios
en la Corte Suprema. / Tesis
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La factibilidad de la participación privada en la infraestructura del Poder JudicialMedina Huaringa, Gustavo Víctor 04 1900 (has links)
El presente trabajo de investigación se efectúa un análisis para la realización de un proyecto de inversión pública a través de este mecanismo de ejecución en un determinado distrito judicial de Lima (Lima Este), a fin de conocer si con la participación privada en la ejecución de este proyecto de inversión pública se le agrega un valor o no a ello; utilizando la metodología de los criterios de elegibilidad establecidos por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para su análisis, lo cual demuestra la factibilidad de ello. Luego de determinar el valor que le agrega la participación privada en la ejecución del proyecto bajo el mecanismo de la APP, se conocerá la base normativa que posee el Poder Judicial para poder utilizar este tipo de mecanismo de ejecución de proyectos, proponiéndose una serie de modificaciones normativas necesarias para que este Poder del Estado pueda estar en condiciones de utilizar las normas de promoción de la inversión privada y ejecutar el proyecto con el mecanismo de la APP. Además, el trabajo de investigación responderá a dos cuestiones importantes en la ejecución de proyectos bajo el mecanismo de la APP, ¿quién origina el proyecto, el sector público o el sector privado? respondiendo tal pregunta utilizando con la metodología de criterios de elección. Asimismo, se responde a la interrogante ¿qué modalidad contractual es la mejor para el proyecto? Encontrándose como posibles respuestas la concesión, contrato de operación y mantenimiento, arrendamiento, entre otros; utilizando para la respuesta una metodología de matriz de riesgo que asume el privado y el Estado en cada modalidad contractual.
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Propuesta de metodología de implantación del sistema de control interno en los procedimientos de contratación directa en el Poder JudicialEspinoza Panty, Luis Alberto 08 1900 (has links)
Las entidades del Estado peruano llevan a cabo la contratación de bienes, servicios y obras, a través de distintas modalidades de contratación, con la finalidad de proveer a sus sistemas administrativos de herramientas en la búsqueda de ejecutar sus actividades para el cumplimiento de los objetivos. Al respecto, en el 2018 el Poder Judicial ejecutó diversas contrataciones de bienes y servicios a través de la modalidad de contratación directa, modalidad de selección prevista en la normativa de contrataciones vigente (Ley N° 30225), que tiene como finalidad agilizar el procedimiento de contratación a través de la ejecución de determinada cantidad de actividades, exonerándolas del cumplimiento de las tres fases que toda contratación pública debe observar: programación, procedimiento de selección y ejecución contractual. Sin embargo, de acuerdo con el análisis efectuado en el trabajo de investigación, se ha encontrado que la ausencia de un sistema de control interno (sin visión ni misión definidas, con procesos no plenamente implementados, sin la adecuada distribución de la carga laboral, sin métodos para captar personal idóneo que desarrolle los procesos, con mal clima laboral entre el personal e insuficiente personal de apoyo), directamente relacionado a la ejecución de sus contrataciones directas, no permite realizar la contratación de bienes, servicios y obras, de acuerdo a la normativa de contrataciones vigente. Según la literatura revisada, como se aprecia en el marco conceptual del trabajo, se percibe que la alternativa de solución para los problemas de gestión de contrataciones directas en el Poder Judicial es orientarla a la implementación de un sistema de control interno en la Subgerencia de Logística, orientado a la ejecución de sus contrataciones directas. En este sentido, la investigación propone su implementación, considerando los cinco componentes del Sistema de Control Interno: ambiente de control, evaluación de riesgos, actividades de control gerencial, actividades de información y comunicación, y supervisión.
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Excepcionalidad de la prueba de oficio en el proceso civil peruanoFenco Custodio, Manuel 10 May 2021 (has links)
El presente trabajo se desarrolla dentro del marco del artículo 194 del código procesal civil
peruano que habilita al juez civil para incorporar de oficio y de manera excepcional, la
actuación de medios probatorios adicionales cuando los ofrecidos por las partes le resultan
insuficientes para formar convicción. Específicamente, se ubica en la problemática que
genera al Juez la tarea de valoración probatoria para considerar una determinada situación
como excepcional y entonces justificar la decisión de incorporar un nuevo elemento
probatorio.
Para ello, se realiza un análisis sobre lo que ha significado la interpretación de esta
disposición legal, toda vez que al tratarse de un aspecto abstracto, no siempre es entendida
en el mismo sentido por todos los jueces; esto, debido a que no solo su carácter excepcional
presenta controversia, sino también su propia naturaleza, y se expone incluso en el más alto
nivel de la judicatura, por ejemplo en la Casación 3505-2017 – Huancavelica.
La importancia de este trabajo recae en la necesidad de limitar esta facultad discrecional que
se otorga a los jueces para prestar una mayor garantía de imparcialidad, y que ella no pueda
significar un reemplazo a la tarea de aportación de las partes. Se plantea como objetivo,
contextualizar el carácter excepcional y proponer la aplicación de presupuestos adicionales
para la incorporación de nuevos elementos de prueba.
Luego de ello, se concluye que el juzgador debería recurrir de manera excepcional a la
incorporación de medios probatorio de oficio, siempre que a los presupuestos de la norma
procesal [excepcionalidad e invocación de la fuente por las partes], le sume el filtro de
verificación, es decir que la parte haya agotado las gestiones para obtener la prueba o se haya
encontrado en imposibilidad de adquirir la misma.
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El criterio del doble conforme como mecanismo para mejorar el sistema de precedentes civiles y la corte suprema nacional dentro de un estado constitucionalAngeludis Tomassini, Cristian Guillermo 23 March 2018 (has links)
1. La concepción de estado constitucional así como la denominada teoría de la
interpretación han modificado, entre muchos otros campos, la concepción que se tenía
de muchas instituciones jurídicas. En el presente trabajo se destacan los cambios
ocurridos en el precedente –institución originaria del Common Law, y en las cortes de
vértice, y se propone en qué medida el mecanismo del doble conforme ayuda a alcanzar
mejoras en el precedente y la corte suprema, peruanos.
2. El estado constitucional y la teoría de la interpretación demuestran que ambas
instituciones están íntimamente ligadas, de tal modo que el éxito en los cambios de una,
acompañan necesariamente los cambios en la otra. No solo ello, se concluye también que
para el estado constitucional y la teoría de la interpretación, es imprescindible tener una
corte suprema de precedentes, que promuevan el ius constitutionis –función de defensa
de la ley y de uniformidad-, en el sentido de dotar de fuerza vinculante a sus precedentes
a fin de eliminar la divergencia interpretativa, para lo cual se deberán utilizar las mejores
razones.
3. Para una corte suprema de precedentes es necesario, en nuestra opinión, que ésta no
esté sobrecargada de casos, pues ello reduce o, inclusive, elimina, la capacidad de emitir
precedentes adecuados para un estado constitucional. El doble conforme se propone para
lograr progresivamente ese objetivo.
4. En el primer capítulo se expone la evolución histórica de las tradiciones jurídicas del
Common Law y del Civil Law, lo que nos demostrará el contexto en que se concibió el
precedente, diametralmente opuesto a la evolución del derecho en el Civil Law. El
constitucionalismo, en esta tradición, produce un acercamiento con el Common Law, lo
que hace pertinente evaluar qué elementos del precedente de esta tradici+ón pueden
servir para un desarrollo del mismo en el Perú.
5. El segundo capítulo se desarrolla la pertinencia de esto último, analizando las
características del precedente en el Perú –Tribunal Constitucional y Corte Suprema.
6. El tercer capítulo expone la influencia del constitucionalismo y la teoría de la
interpretación en las funciones de la Corte Suprema, determinando las funciones
prevalentes en este nuevo contexto político, social, jurídico e interpretativo. Se analiza
también los modelos de cortes supremas en un esquema comparado. Para finalmente
detallar la importancia del doble conforme como propuesta para los cambios necesarios
en la Corte Suprema.
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Dilación innecesaria que genera la remisión inmediata del recurso de casación a la Corte Suprema a partir de la modificatoria de la Ley 29364Marroquín Minaya, César Alecksei 01 September 2020 (has links)
La presente investigación tiene como finalidad demostrar que a partir de la promulgación
de la Ley N° 29364 mediante la cual se modifica el trámite de la calificación del recurso
de casación, se ha postergado significativamente la ejecución de las sentencias o autos
finales en los procesos civiles, litigios que por su naturaleza son conocidos en segunda
instancia por las Salas Civiles de las Cortes Superiores de Justicia. En esta investigación
se realizará un análisis sobre el recurso de casación, sus antecedentes históricos, su
regulación actual en el Perú, así como un estudio comparado de las diferencias con el
ordenamiento jurídico de España para plantear alternativas de solución que permitan
facilitar el trámite del recurso de casación mediante la propuesta que sean las salas
superiores quienes califiquen los requisitos de admisibilidad del recurso. Se plantea que
la Corte Suprema conozca casos en los cuales se hayan calificado previamente
requisitos de admisibilidad los cuales no revisten mayor complejidad y tenga la vocación
de ser una corte vértice dispuesta a cumplir finalidades históricas como la unificación de
la jurisprudencia y la debida aplicación normativa. Se advertirá cómo es que se viene
pervirtiendo el uso de este recurso, así como el tiempo que toma la calificación de un
recurso improcedente al momento de que la Corte Suprema lo evalúe. El recurso de
casación ha perdido su carácter de extraordinario, debido a que en el día a día se viene
interponiendo como si se tratara de una tercera instancia en la búsqueda de dilatar la
ejecución de una sentencia o auto final, además se podrá verificar que la Ley N° 29364
permite que el recurso sea interpuesto en contra de resoluciones que no pueden ser
impugnadas en esta vía, sin embargo, con la regulación actual, la Corte Suprema se
encuentra obligada a conocer estos recursos a todas luces improcedentes, dilatando
indebidamente la solución de un conflicto y, con ello, impidiendo la tutela de la seguridad
jurídica y predictibilidad.
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El problema de un modelo de control difuso “concentrado” : La inconstitucionalidad de la consultaRivera de La Cruz, Pablo Alberto 29 May 2023 (has links)
El presente artículo académico tiene como finalidad determinar la
inconstitucionalidad de la consulta al momento de operar obligatoriamente sobre
las resoluciones que versan sobre el ejercicio del control difuso. Para ello, es
necesario analizar la figura jurídica de la consulta, la figura del control difuso, y
la relación entre ambos. / The purpose of this academic article is to determine the unconstitutionality of the
consultation at the time of mandatory operation on the resolutions that deal with
the exercise of diffuse control. For this purpose, it is necessary to analyze the
legal figure of the consultation, the figure of the diffuse control, and the
relationship between both. / Trabajo académico
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El delito de colusión y negociación incompatible desde la perspectiva de nuestra Corte SupremaFlores Marroú, Jhosselú Anthuanet 11 April 2019 (has links)
En los últimos años, dentro de mi práctica laboral he tenido la posibilidad de revisar diversos casos por investigaciones de delito de colusión y negociación incompatible; sin embargo, siempre me he cuestionado el por qué los Fiscales inician sus investigaciones con la siguiente frase: “Abrir investigación preliminar por el delito de colusión y de forma subsidiaria el delito de negociación incompatible”, dándome a interpretar que cualquiera de los dos delitos pueden ser propios de la investigación; siempre y cuando se encuentren los medios de prueba suficientes.
Con el pasar del tiempo y los procesos observados, he podido notar que muchos casos terminan siendo archivados, en tanto nuestros operadores de justicia no terminan encontrando medios de prueba o indicios suficientes que pudieran acreditar la comisión de esos delitos, siendo cada uno de ellos, procesos cuestionables por las motivaciones de las sentencias que, con normalidad, se suelen dar. Mi cuestionamiento incrementó cuando analicé para mi examen de grado el caso Petroaudios, en donde la Corte Suprema confirmó la sentencia absolutoria contra Rómulo León y otros integrantes de PetroPerú por la comisión del delito de negociación incompatible, tráfico de influencias y cohecho; debido a que no se contaban con todos los medios de prueba que pudieran acreditar tales delitos.
Es así como nace el presente artículo, con la finalidad de analizar la jurisprudencia que la Corte Suprema ha emitido respecto a los delitos de colusión y negociación incompatible, y sobre todo, tratar de dar respuesta a la siguiente pregunta: ¿Cuáles son los criterios que tiene la Corte Suprema para poder establecer que una conducta es pasible de ser sancionada por delito de colusión o negociación incompatible?
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Ámbitos de justificación para la conversión de la pena privativa de libertad -de carácter de efectiva- en pronunciamientos emitidos por la Corte Suprema de Justicia de la República de Perú, sobre criterios para modificar la pena en casos de violación sexualMiraval Rojas, Ines 17 May 2022 (has links)
En el presente trabajo académico, en principio se tomará en cuenta las bases
doctrinarias de la teoría de la pena, funciones de la pena, la interpretación
constitucional y la función judicial, para luego verificar los dispersos y diversos
criterios de justificaciones empleadas en fallos más recientes de la Corte Suprema de
Justicia de Perú para convertir la pena privativa de libertad de (carácter efectiva) a
una pena de servicios a la comunidad, respecto de los delitos de violación sexual a
menores de 14 años, muy al margen de criterios legales o formales fijados
taxativamente en el Código Penal. Para ello, se procederá a realizar el análisis de
cada uno de los principales pronunciamientos emitidos al respecto, específicamente,
en relación con la aplicación de las teorías de la argumentación jurídica materia de
estudio y así determinar cuáles fueron las razones subyacentes -sustantivas,
institucionales, de justicia, sociales, morales, teleológicas, etc.- que en su momento
justificaron determinada decisión. Pues el propósito es que el juez realice una
adecuada interpretación del derecho, sin pretender inaplicar la norma y crear otra,
garantizando de ese modo no solo la primacía de la Constitución sino también el
respeto de la dignidad y los derechos fundamentales que asisten a todas las personas.
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