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El bien jurídico protegido en el tráfico de influencias simuladasAcurio Carreño, Fátima Silvana 13 February 2018 (has links)
¿Qué es aquello que da legitimidad a la intervención del Derecho Penal? Las respuestas a
esta pregunta siguen generando debate en la actualidad. De un lado, se apuesta por la
protección de bienes jurídicos, mientras que, por otro, se apuesta por la vigencia de la
norma. Sin embargo, probablemente la respuesta correcta implique combinar ambas
posturas, ya que existen delitos que no encuentran su legitimidad sino en medio de ambos
caminos. Este es el caso de delitos como el tráfico de influencias simuladas, pues debido a
la naturaleza aparente de las influencias que se invocan no parece afectar ningún bien
jurídico concreto, y tampoco transgredir la vigencia de una norma específica. No obstante,
el tráfico de influencias, ya sean reales o simuladas es el delito que abre la puerta a los
casos de corrupción. En ese sentido, la invocación de influencias, aun simuladas, trastoca el
sistema de bienes y servicios de la Administración Pública, pues esta conducta repetida y a
gran escala genera la existencia de un mercado paralelo de bienes y servicios de la
Administración Pública. Ello, ya que, a diferencia de lo que se cree, los vínculos de
reciprocidad negativa (intercambios desiguales entre extraños), son los que sustentan y
alimentan la mayor parte de las relaciones humanas. Así, esta situación puede tener cabida
a nivel jurídico gracias al criterio de la desorganización de sistemas que permite incorporar
las necesidades sociales en la visión tradicional de bien jurídico.
En ese contexto, el presente trabajo de investigación analiza de manera crítica cómo el
criterio de la desorganización de sistemas y las relaciones de reciprocidad negativa
sustentan el bien jurídico del tráfico de influencias simuladas: la vigencia del carácter
prestacional de la Administración Pública.
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El delito de enriquecimiento ilícito como actividad criminal previa del delito de lavado de activosPerca Contreras, Eugenio Fernando 13 February 2018 (has links)
No solamente la Corte Suprema a través de su jurisprudencia, sino también la doctrina
nacional, interpretan erróneamente el bien jurídico y el injusto penal contenido en el
artículo 401° del CP; esta situación ha llevado no solo a restar suficiencia y aptitud a la
pericia que determina el desbalance patrimonial, sino a desnaturalizar el injusto penal
contenido en la semántica del delito de enriquecimiento ilícito.
Además, la Corte Suprema ha ensayado una misma repuesta respecto a la aptitud del
medio de prueba referente a la pericia de desbalance patrimonial, en lo concerniente al
delito de lavado de activos, negando que un mismo medio de prueba puede ser visto
desde diversos ángulos y no obstante versar sobre un mismo fin -licitud del
patrimonio-, los diferentes momentos de la aparición y movimiento del bien, pueden
constituir la probanza de diversos tipos penales; esta afirmación, ocurre respecto del
delito de enriquecimiento y lavado de activos, pues en determinado momento la
situación de la posesión directa o indirecta de un patrimonio que no se justifica en los
ingresos legítimos del agente público, puede configurar plenamente el delito de
enriquecimiento ilícito, en tanto, el someter posteriormente dichos bienes ilícitos al
circuito de la dinámica económica con la finalidad de legitimarlo, constituye en ámbito
de reproche del delito de lavado de activos.
Esta situación supone entender que el delito contenido en el artículo 401° del CP, es un
delito especial de posesión, donde se configura con la sola posesión de un patrimonio
que no se corresponde con las fuentes legitimas del agente público, y no se trata de
actos de abuso de atribuciones o de acreditación del prevalimiento del cargo que derive
luego en el incremento patrimonial; sino que al ser parte de la administración pública
durante el ejercicio de la función, tiene el deber de incrementar su patrimonio de
manera transparente y proba, mediante fuentes lícitas.
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La administración desleal del patrimonio público como modalidad delictiva especial del delito de peculado dolosoChanjan Documet, Rafael Hernando 20 October 2014 (has links)
En el contexto nacional, se han desarrollado diversas investigaciones
jurídicas en torno al entendimiento del delito de peculado previsto en el artículo
387º del Código Penal (CP en adelante); no obstante esto, hasta la fecha no se ha
desarrollado un análisis dogmático-penal exhaustivo del concepto de los verbos
rectores “apropiación” y “utilización” que permita razonablemente i) limitar el
alcance del tipo penal y ii) sancionar ciertos casos problemáticos como la
aplicación privada indebida de dinero bancario, bienes inmuebles, bienes
inmateriales o, en general, bienes autorizados a ser dispuestos discrecionalmente.
En tal sentido, la presente investigación cobra especial relevancia jurídica, en la
medida que aporta criterios jurídicos para delimitar de mejor manera el ámbito de
aplicación del delito tradicional de peculado doloso, evitando lagunas de
punibilidad (impunidad) nocivas y limitando razonablemente el alcance del tipo
penal.
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La infracción de deber vs la vulnerabilidad del bien jurídico en el delito de Peculado: Análisis del R.N Nº 615-2015-LIMACardenas Veintemilla, Karla Patricia 16 August 2021 (has links)
El presente trabajo académico tiene como objetivo principal el análisis de la autoría y
participación en el delito de peculado doloso desde la posición de la Corte Suprema del
Perú en el Recurso de Nulidad Nº 615-2015, sobre el cual versa el proceso penal seguido
contra Alberto Fujimori Fujimori por haber ordenado el desvío de fondos públicos al
Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) para la compra de diversos titulares de diarios
nacionales, llamados “Diarios Chicha”, con el fin de favorecerlo en su campaña de
reelección presidencial.
Respecto a ello, la Corte Suprema determina que Alberto Fujimori Fujimori no puede ser
autor del delito de peculado, dado que como delito de infracción de deber requiere la
existencia de un deber positivo institucionalizado que lo vincule a ello, en ese sentido, en
su condición de Presidente de la República, no presenta ningún deber establecido respecto
a la adminstración o custodia de los caudales del SIN.
La metodología empleada requirió la revisión y análisis de jurisprudencia nacional, así
como de doctrina extranjera y nacional relevante para la materia tratada. Tras el desarrollo
se concluye que dada la postura asumida por el Tribunal Supremo siempre tendríamos
que remitirnos a un deber específico indentificado que le compete al funcionario público
para ser imputado como autor de peculado. No obstante, esta posición no resulta la más
adecuada y genera que se vuelva una imputación administrativa de un delito y no sea
coherente con la protección de bienes jurídicos establecida en nuestro ordenamiento
penal. / The main objective of this academic paper is the analysis of the authorship and
participation in the crime of intentional “embezzlement” from the position of the Supreme
Court of Peru in the Nullity Appeal Nº 615-2015, which is the subject of the criminal
proceedings against Alberto Fujimori Fujimori for having ordered the diversion of public
funds to the National Intelligence Service (SIN) for the purchase of various headlines in
national newspapers, called "Diarios Chicha", in order to favor him in his presidential
reelection campaign.
In this regard, the Supreme Court determines that Alberto Fujimori Fujimori cannot be
the perpetrator of the crime of “embezzlement”, since as a crime of breach of duty he
requires the existence of a positive institutionalized duty that links him to it, in this sense,
as President of the Republic, it does not present any established duty regarding the
administration or custody of SIN funds.
The methodology used required the review and analysis of national jurisprudence, as well
as foreign and national doctrine relevant to the subject matter. After the development it is
concluded that given the position taken by the Supreme Court we would always have to
refer to an identified specific duty that belongs to the public official to be charged as the
perpetrator of “embezzlement”. However, this position is not the most ADE and generates
that it becomes an administrative imputation of a crime and is not consistent with the
protection of legal assets established in our penal system.
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Informe Jurídico sobre la Casación 374-2015 – Caso Aurelio PastorHuaman Hidalgo, Candy Alessandra 12 August 2021 (has links)
El caso por el cual Aurelio Pastor Valdivieso, reconocido político peruano, fue
sentenciado en primera y segunda instancia por la comisión del delito de tráfico de
influencias y absuelto por la Casación 374-2015 Lima es un antecedente muy importante
para comprender cómo en nuestro país se ha venido entendiendo la naturaleza de este
delito, en especial, la modalidad de “influencias simuladas”. Es así como buscaremos, en
primer lugar, identificar el bien jurídico tutelado por el tipo penal “tráfico de influencias”
mediante el análisis de las distintas posturas al respecto, así como presentar los elementos
necesarios para su configuración. En segundo lugar, evaluaremos si el ejercicio legítimo
de la profesión de abogado podría ser tomado como una causa justificante para el delito
de tráfico de influencias simuladas, conforme a lo señalado por la Corte Suprema,
amparándose en que los actos por los que Aurelio Pastor fue sentenciado corresponderían
a gestiones de intereses que los abogados estarían autorizados a hacer en búsqueda de
cumplir con el derecho a la defensa de sus patrocinados. Por último, el presente informe
jurídico buscará identificar si en el caso específico existió una incitación por parte del
tercero interesado en la ejecución de las influencias invocadas configurando un delito
provocado. / The case for which Aurelio Pastor Valdivieso, renowned Peruvian politician was
sentenced in first and second instance for the commission of the crime of influence
peddling and acquitted by the Cassation 374-2015 Lima is a very important precedent to
comprehend how the nature of this crime has been understood in our country, especially
in the “simulated influences” modality. In this way we pretend to, in first place, identify
the protected juridical good by the crime of influence peddling by analyzing the different
positions in this regard, as well as presenting the necessary elements for its configuration.
In second place, we will evaluate whether the legitimate exercise of the legal profession
could be taken as a justifying cause for the crime of simulated influence peddling, in
accordance with the Supreme Court, based on the fact that the acts for which Aurelio
Pastor was sentenced would correspond to interest management that lawyers would be
authorized to do in order to comply with the right to defense of their clients. Finally, this
legal report will seek to identify whether in the specific case there was an incitement by
the third party interested in the execution of the pleaded influences, configuring a
provoked crime.
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Optimización del procedimiento para enfrentar la reducida calidad del análisis de riesgos y amenazas realizada por la DIVPEICC-DIRCOCOR para la protección policial de los testigos y colaboradores en los procesos penales de colusión, en Lima Metropolitana entre los años 2020 - 2022Del Campo Pérez, Eduardo Santiago, Huasasquiche López, Enrique Miguel, Montero Peche, Marco Antonio 15 July 2024 (has links)
El delito de colusión es un ilícito que últimamente ha cobrado suma importancia,
pues, dentro de la gama de aquellos contemplados en nuestro ordenamiento, entre
ellos los delitos de corrupción de funcionarios, es el de mayor índice estadístico y el
que ha generado mayor detrimento al erario nacional. Esto en razón que los
funcionarios públicos en contubernio con los proveedores de bienes, obras y
servicios han encontrado en la hacienda pública un botín para acrecentar su
patrimonio ilícitamente, perjudicando directamente a la ciudadanía en general, pues
ven truncadas sus aspiraciones de obtener servicios públicos de calidad.
Para combatir este flagelo, se ha implementado una serie de herramientas
normativas que involucran las denominadas “delaciones”, convirtiéndose en
mecanismos útiles para la investigación del crimen organizado vinculados a la
corrupción, pues, el uso de esta técnica ha permitido denunciar a muchos
funcionarios, incluso de alto nivel como ex presidentes, ex ministros, congresistas y
otros, en razón de los beneficios penitenciarios ofrecidos legalmente a los
aspirantes involucrados en dichos procesos. No obstante, para la utilización de esta
técnica se requiere fortalecer el Programa de Protección de Testigos y
Colaboradores, a fin de que se torne atractivo para los aspirantes a dicho programa,
reduciendo los riesgos a estarían expuestos en contra de su integridad personal y la
de su entorno cercano.
Si bien es cierto, el programa es útil, también se ha constatado que existen
deficiencias en los denominados análisis de riesgo y su aplicación integral, los
cuales serán abordados en el presente trabajo, proponiéndose un prototipo que
pueda agilizar y mejorar el procedimiento de análisis elaborando informes de riesgo
que cuenten con sustento técnico objetivo, con valoración a cada criterio de
evaluación. / The crime of collusion is an offense that has recently gained great importance, since,
within the range of those contemplated in our system, among them the crimes of
corruption of officials, it is the one with the highest statistical index and the one that
has generated the greatest detriment to the national treasury. This is because public
officials in collusion with the suppliers of goods, works and services have found in
the public treasury a loot to increase their assets illicitly, directly harming citizens in
general, since they see their aspirations to obtain public services cut short quality
To combat this scourge, a series of regulatory tools have been implemented that
involve the so-called “reports”, becoming useful mechanisms for the investigation of
organized crime linked to corruption, since the use of this technique has allowed
many officials to be denounced, even high-level ones such as former presidents,
former ministers, congressmen and others, due to the prison benefits legally offered
to the candidates involved in said processes. However, to use this technique, it is
necessary to strengthen the Witness and Collaborator Protection Program, so that it
becomes attractive to applicants for said program, reducing the risks they would be
exposed to their personal integrity and that of others. their close environment.
Although it is true that the program is useful, it has also been found that there are
deficiencies in the so-called risk analysis and its comprehensive application, which
will be addressed in this work, proposing a prototype that can streamline and
improve the analysis procedure by developing risk reports that have objective
technical support, with assessment of each evaluation criterion.
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El concepto de funcionario público en el derecho penal y la problemática del "funcionario de hecho" en los delitos contra la administración públicaRodríguez Olave, Giovanna Yahaira 25 May 2016 (has links)
Si bien no es posible dar con un concepto de corrupción, ello debido a la
complejidad y extensión de este fenómeno, sí se puede afirmar que, en toda
sociedad, la corrupción pública se traduce en el desgobierno, el nepotismo, la
anarquía y el trasvase de los caudales públicos a bolsillos privados, entre otras
funestas consecuencias.
Una de las formas para combatir este fenómeno es la tipificación penal de
conductas lesivas a la administración pública. No obstante, desde los medios
de comunicación, que a su vez influyen notablemente en la actuación del
legislador y del poder judicial, a menudo se plantea que este fenómeno criminal
debe ser combatido sin restricción alguna. Se parte de la premisa de que el fin
justifica los medios y, por ende, es del todo justificable el alejamiento de los
derechos fundamentales, así como de los principios y garantías del Derecho
Penal (entre ellos el principio de legalidad) si se trata de combatir este y más
problemas que perturban el orden político-social.
En tal sentido, resulta necesario tratar de definir, así como analizar a fondo, a
uno de los protagonistas de los delitos contra la administración pública y que
justamente es uno de los partícipes en los actos de corrupción, nos referimos
al funcionario público. En este orden de ideas, se destaca que uno de los
problemas que existe en la conceptualización de dicho sujeto es la asunción de
la noción de funcionario de hecho en el ámbito penal, figura de origen
administrativo y que ha sido acogido por la jurisprudencia en el ámbito penal, la
cual plantea, tal y como estudiaremos a lo largo de la presente tesis, un
cúmulo de problemas para el Derecho Penal.
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La red de la Bestia, la construcción de redes de corrupción dentro del gobierno : el caso de la región Áncash durante la gestión de César ÁlvarezMelgar Vílchez, Sandy 26 May 2017 (has links)
La corrupción es uno de los principales problemas del Perú, esta se ha tornado más compleja y peligrosa, especialmente a nivel subnacional, puesto que ha empezado a surgir de forma organizada desde dentro del Estado y se ha vinculado a actores ilegales -narcotraficantes, mineros ilegales, sicarios, entre otros-. En este contexto, esta investigación tiene como unidad de análisis la región Áncash durante la gestión de César Álvarez 2007-2014; diversas investigaciones judiciales dan cuenta de que el Presidente Regional (PR) formó una organización de corrupción conformada presuntamente por empresarios, policías, funcionarios públicos, grupos de organizaciones civiles, sicarios, entre otros. La pregunta a la que se responde es ¿cómo surge una red de corrupción con altos niveles de organización desde dentro del gobierno? en el caso ya mencionado. En este trabajo, además del caso de Ancash, se analizó otras tres regiones (Loreto, Tumbes y Cusco) donde la corrupción se dio de forma diferente, esto con el objetivo de fortalecer las variables explicativas propuestas. Para el recojo de información además de revisar informes,
periódicos, entre otros, se realizaron 49 entrevistas a profundidad a actores claves. Se postula que tres son las variables que explican la creación de una red de corrupción con altos niveles de organicidad a nivel regional: i) importa que el presidente regional administre cuantiosos recursos económicos; ii) las alianzas que se conforma con actores a nivel local, nacional y de las instituciones encargadas de fiscalizar son importantes para lograr el control local, realizar de forma eficaz la actividad ilícita, y evitar que la red sea descubierta -importa mucho el uso de estrategias como clientelismo, ataques mediáticos, entre otros, para fortalecer dichas alianzas- ; iii) y finalmente los posibles vínculos del PR con el sicariato genera la posibilidad de constituir redes capaces de neutralizar la acción de opositores mediante amenazas creíbles. En definitiva, esta modalidad de corrupción organizada desde dentro del gobierno es un nuevo desafío para el Estado central, por tanto, es necesario plantear nuevas estrategias de lucha contra la corrupción. / Tesis
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Cuando el poder político y económico es desafiado: el rol del equipo especial a cargo de las investigaciones del Caso Lava JatoVásquez Parvina, Ricardo André 16 December 2021 (has links)
El Caso Lava Jato es el caso de corrupción más grande que ha existido en Latinoamérica. Este caso tuvo como protagonista a la empresa Odebrecht, la cual construyó un esquema de sobornos a nivel transnacional que le permitió adjudicarse las más importantes obras de infraestructura. Tras el destape de este escándalo en Brasil, los países involucrados iniciaron múltiples investigaciones. En el caso peruano, el estado del sistema de justicia hacía presagiar que las investigaciones no tendrían mayores consecuencias penales; sin embargo, la forma en la que el Ministerio Público afrontó el caso fue inesperada, ya que ha confrontado a las más altas esferas del poder político y económico, y ha posicionado al Perú como un inesperado campeón regional en la lucha anticorrupción. Del análisis de esta situación paradójica surge la pregunta que motiva esta investigación: ¿Por qué si la situación del sistema de justicia peruano hacía esperar que los implicados en el mega caso de corrupción Lava Jato no tengan sólidas investigaciones penales, lo que ha ocurrido es que un grupo de fiscales peruanos ha afrontado estas investigaciones con una clara oposición a los intereses de las élites políticas y económicas? Esta tesis argumenta que el avance de las investigaciones en Perú puede ser explicado por la confluencia de cinco variables: fiscales que se posicionan como islas éticas, cambios en el balance del poder político, la cooperación judicial internacional que se estableció con Brasil, el respaldo popular a la lucha anticorrupción y el apoyo intrainstitucional a las investigaciones.
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¿Coautoría en los delitos de infracción de deber?: Análisis de la figura de la coautoría respecto a si es posible o no su aplicación en los delitos contra la administración públicaBohorquez Guevara, Mary Yomalisi 17 April 2023 (has links)
En el presente artículo tenemos como objetivo principal pronunciarnos y sentar
posición respecto al debate existente que surgió a raíz de la aplicación o no de la
figura de la coautoría en los denominados delitos de infracción de deber.
Para ello, hemos realizado la revisión de doctrina nacional e internacional, así como
también de la jurisprudencia nacional, para así poder establecer y explicar lo
desarrollado respecto a este tema. Es por ello que, ha sido importante establecer
definiciones respecto a conceptos importantes, como la teoría del dominio del hecho
y la teoría de infracción de deber, las cuales serán utilizadas para poder distinguir
entre quiénes responden como autores o partícipes frente a la comisión de un hecho
ilícito.
Asimismo, hemos explicado cómo ha sido definida la figura coautoría, para
seguidamente desarrollar los argumentos bajo los cuales un sector sostiene que
esta figura si debe aplicarse cuando estamos frente a los delitos de infracción de
deber, y los argumentos en los cuales se basa otro sector, el cual sostiene que esta
figura no puede aplicarse en dichos delitos.
Finalmente, hemos hecho mención a algunas consecuencias prácticas que trae
consigo el no sentar posición respecto a este tema en concreto, haciendo referencia
principalmente a la vulneración de la garantía del debido proceso. / The main objective of this article is to pronounce ourselves and establish a position
regarding the existing debate that arose as a result of the application or not of the
figure of co-authorship in the so-called crimes of breach of duty.
For this, we have carried out the review of national and international doctrine, as well
as national jurisprudence, in order to establish what has been developed regarding
this topic. That is why it has been important to establish definitions regarding
important concepts, such as the theory of control of the act and the theory of
infringement of duty, which will be used to distinguish between those who respond as
perpetrators or participants in the commission of a crime. wrongful act.
Likewise, we have explained how the co-authorship figure has been defined, to then
explain the arguments under which a sector maintains that this figure should be
applied when we are facing crimes of breach of duty, and the arguments in which a
sector maintains that this figure cannot be applied in said crimes.
Finally, we have mentioned some practical consequences of not taking a position on
this specific issue, referring mainly to the violation of the guarantee of due process. / Trabajo académico
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