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Restricciones a la propiedad por el derecho de vía

Marticorena Flores, Cesar 10 May 2017 (has links)
En el presente trabajo académico se analizó el Derecho de Vía desde los manuales de diseño de carreteras hasta las normas generales, las cuales la nombran para entender su carácter legal. Asimismo, se investigó el Derecho de Vía desde la doctrina y jurisprudencia para complementarla en un mayor ámbito, puesto que el mismo cuenta con poca normativa sobre sus características e implicancias como bien de dominio público. Teniendo claro lo que importa la faja de dominio se pudo comparar la misma con la propiedad de un privado, en caso ambas se contrapongan sobre un mismo predio. Para ello, es necesario el estudio de la normativa en materia registral que la regule, no sin antes recurrir a la Constitución Política y el Código Civil. Sólo así, los atributos del derecho de propiedad privada se han podido entender como restringidos. Además, se debe ahondar en el caso que un privado desee el uso de un terreno que forme parte de la misma. De otro lado, se investigó sobre las sanciones penales o administrativas en los casos en los que se realice obras sobre el Derecho de Vía sin autorización o se le dañe. Finalmente, se indagó sobre la demarcación y protección del Derecho de Vía, para la cual existe una Unidad Gerencial correspondiente en PROVIAS Nacional. / Trabajo académico
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El derecho de propiedad privada en el liberalismo individualista : "de la teoría de la apropiación de Locke, al constitucionalismo chileno de 1810 a 1970"

González Terán, Diana Luz January 2010 (has links)
No description available.
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Expropiación indirecta : justificación, regímenes, casos, criterios y usos

Velásquez Meléndez, Raffo 12 April 2018 (has links)
A partir del análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema norteamericana y del Tribunal Constitucional peruano, así como de nuestro marco normativo, el autor analiza los diversos criterios para determinar cuando estamos frente un supuesto de expropiación indirecta, tales como a magnitud de la medida, la expectativa razonable, el beneficio del Estado, la inviabilidad económica del bien, entre otros. Finalmente, luego de identificada la expropiación indirecta, señala los remedios procesales posibles con la finalidad de salvaguardar el derecho de la propiedad, siendo fundamental en el derecho internacional de inversiones. Based on the analysis of the jurisprudence of the United States Supreme Court and the Constitutional Court of Peru, as well as on our regulatory framework, the author analyzes different criteria to determine when we are dealing with an indirect expropriation situation, such as magnitude of the measure, reasonable expectation, State’s benefit, lack of economic viability of goods, among others. Finally, after the indirect expropriation has been identified, he points out possible procedural remedies in order to safeguard the right of property which is essential in international investment law.
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Derecho de propiedad, limitaciones y expropiación

Collins Von Hausen, Catherine, Sabaj Véliz, Jorge January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La determinación de la verdadera protección que la Constitución Política entrega al derecho de propiedad nos lleva a desarrollar el presente trabajo. Esta problemática surge al enfrentar el texto constitucional con el desarrollo doctrinario sobre la materia, el espíritu del legislador y las tesis acogidas por nuestros Tribunales de Justicia, lo que nos lleva a enfrentar distintas situaciones donde los titulares de este derecho se enfrentan a una zona de indeterminación. Este trabajo tiene por misión presentar al derecho de propiedad en su carácter de Garantía Fundamental, consagrada en el artículo 19 N° 24 de nuestra Constitución Política. Para estos efectos analizaremos su concepto, características y elementos constituyentes, dando especial énfasis a sus garantías formales y materiales, la esencia del derecho, y la función social de la propiedad, en su calidad de único concepto que permite su limitación. Conjuntamente, se tratarán los conceptos de limitaciones al dominio y expropiación, en su carácter excepcional de instituciones constitucionales por las que se permite la limitación y pérdida de este derecho. Finalmente, podemos señalar que se concluirá con la presentación de los resultados obtenidos, orientándose éstos hacia la determinación de aquella zona gris que nace con aquellas limitaciones que afectan la esencia del derecho de propiedad y la procedencia de su indemnización al titular afectado por ellas. Por tratarse de una investigación dogmática o de ciencia jurídica se utilizará el método de investigación bibliográfica. Esto significa que se estudiarán las normas relativas al tema para poder conocer, optimizar y mejorar éste. Para la consecución de este fin se desarrollará un análisis de la normativa, doctrina y jurisprudencia existente, para así dilucidar el espectro existente y proceder a la formulación de críticas y entrega de soluciones. Se evitará la entrega de información parcial, procurando la inclusión de las distintas visiones existentes, para que, a partir de un amplio espectro de consideraciones, se puedan establecer los puntos a desarrollar en la etapa final del presente trabajo, la que se constituye por la presentación y solución de la problemática planteada
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Análisis Crítico de la jurisprudencia en materia de expropiación.

Béjar Pinedo, Francisco, Rojas Orellana, María José January 2005 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Nuestro objeto de análisis se centrará en el concepto de daño patrimonial efectivamente causado, concepto que ha ido evolucionando y, que se ha ido adaptando a las necesidades sociales de las distintas épocas de nuestra historia. / En la próximas líneas, intentaremos dar una mirada objetiva acerca de la interpretación que ha ido efectuando nuestra Corte Suprema de Justicia acerca de este concepto, y la visión que tiene el Fisco de Chile, que se manifiesta a través del Consejo de Defensa del Estado, sobre lo que debe entenderse por daño patrimonial efectivamente causado. Primeramente, haremos una revisión histórica acerca del concepto de derecho de propiedad a través de las diversas constituciones; luego, analizaremos el procedimiento de expropiación y las diversas aristas que en él se contienen; veremos también que postura ha asumido nuestra Corte Suprema de Justicia; y, finalmente, veremos cuál es la posición del Fisco de Chile sobre el tema, para aventurarnos y entregar una conclusión que intente dar solución a esta disyuntiva
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El derecho de propiedad privada en la constitución chilena : un intento de sistematización

Quezada Rodríguez, Flavio Isaac January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente memoria pretende iniciar un tratamiento sistemático del art. 19 Nº 24 inc. 1º al 5º de la Constitución Política de la República de Chile, el cual trata sobre el derecho de propiedad privada. Parte analizando las características que presenta en tanto derecho positivado en la Constitución y que lo distinguiría de los demás derechos fundamentales, conceptualizándolo como un derecho constitucional no fundamental. Luego, intenta identificar los principales problemas para iniciar su tratamiento dogmático. Continúa con el análisis de su contenido normativo tanto institución jurídica como desde su faz de derecho subjetivo, pasando por las diversas potestades legislativas que lo van configurando. Se sigue con el análisis de su objeto, deteniéndose especialmente en el problema que la doctrina ha denominado la “propietarización de los derechos”. Por último, analiza el desarrollo que ha tenido la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en esta materia. Lo anterior se sustenta con las respectivas referencias a la dogmática y jurisprudencia, tanto nacional como comparada.
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Estudio teórico y práctico de los censos ordinario y vitalicio, su concurrencia con la hipoteca y con otros derechos reales

Rosas Loebel, María Cecilia January 2000 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El objetivo del presente trabajo consiste en el estudio del censo en sus dos formas contempladas en nuestra legislación, ordinario y vitalicio. A fin de lograr el propósito indicado se ha utilizado en el desarrollo de este estudio un procedimiento de análisis deductivo y comparativo. En razón de la escasa doctrina nacional sobre la materia, se ha recurrido en algunos pasajes de este trabajo, en especial, a la doctrina española.
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The incomplete puzzle. The missing rule and ruling about the protection by copyright of characters and objects of the work / El rompecabezas incompleto. La omisión normativa y jurisprudencial sobre la protección por el derecho de autor de personajes y objetos de la obra

Murillo Chávez, Javier André 10 April 2018 (has links)
This article analyzes the missing rule and ruling about the protection of characters and fictional objects which are part of works covered by copyright. The author systematizes the criteria used in the administrative jurisprudence for conflicts between the intellectual property and the industrial property to extract specific rules in cases that involve fictional objects and characters, establishing and proposing criteria to find out the originality of these elements. / El presente artículo analiza la omisión normativa y jurisprudencial sobre la protección de los personajes y objetos de ficción que son parte de las obras protegidas por el régimen de derecho de autor. El autor sistematiza los criterios utilizados en los casos de jurisprudencia administrativa en conflictos existentes entre la propiedad intelectual y la propiedad industrial para extraer las reglas específicas existentes en casos que involucran objetos de ficción y personajes, estableciendo y proponiendo criterios para encontrar la originalidad de estos elementos.
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La sucesión mortis causa del Estado. La herencia vacante y las beneficencias. Una disertación histórico-jurídica.

Centurión Portales, Juan Carlos January 2011 (has links)
La investigación desarrolla los temas de la sucesión mortis causa del Estado, que está regulado en el artículo 830 del Código Civil del Perú de 1984 y el principio fiscus post omnes. Asimismo, desarrolla la figura del gestor de herencia y la contribución de éste al incremento del patrimonio de la Beneficencia de Lima. La investigación está dividida en cinco partes. La primera parte presenta el planteamiento del problema jurídico. La segunda parte desarrolla el aspecto dogmático-jurídico del fenómeno sucesorio y especialmente de la sucesión del Estado. La tercera parte aborda la imprescindible evolución histórica de la sucesión del Estado, partiendo del Derecho Romano Bizantino, con especial incidencia en el aporte del Emperador Justiniano a la sucesión intestada y luego desplegando el análisis del derecho positivo peruano desde el Derecho Colonial hasta el Código Civil del Perú de 1984. La cuarta parte sirve para acreditar, de manera tangible, la contribución de los gestores de herencia a favor de la beneficencia de Lima entre los años 1984 al año 2000. La quinta parte examina el derecho comparado. El artículo 830 del Código Civil del Perú de 1984, ubicado en la Sección Tercera, de la Sucesión Intestada, correspondiente al Libro IV, Derecho de Sucesiones, legisla sobre el derecho que tiene la beneficencia, o falta de ésta, la Junta de Participación Social, en representación del Estado peruano, de recoger, en propiedad, el patrimonio de quien muere sin tener heredero en grado sucesible. La Sociedad de Beneficencia o la Junta de Participación Social tienen ese derecho, de acuerdo al principio de Derecho Romano: fiscus post omnes; por lo tanto, normativamente, el Derecho positivo resuelve la incertidumbre de quién debe recoger la herencia en nombre del Estado para evitar, de este modo, que cualquiera sin derecho recoja el caudal relicto destinado a la beneficencia. Asimismo, el artículo 830 del Código Civil del Perú, también resuelve la incertidumbre de quién debe contribuir a que la Beneficencia recoja, objetiva y efectivamente, el patrimonio de quien falleció sin tener herederos en grado sucesible, en este caso el artículo 830 señala que debe hacer el gestor de herencias. El problema, normativamente, parece resuelto (cfr: el artículo 830° del Código Civil del Perú de 1984), es decir, al no existir herederos en el grado correspondiente (cfr: los artículos 236°, 816°, 830° del Código Civil del Perú de 1984) debe ser el Estado quien recoja la herencia. Sin embargo, cómo o de qué manera, las Sociedades de Beneficencia, toman conocimiento que existe un patrimonio relicto sin herederos. El artículo 830, del Código Civil del Perú de 1984, con sabiduría, ha recogido una vieja figura jurídica del Derecho administrativo peruano, que resuelve el problema: el gestor de herencia, el cual está regulado en el último párrafo del artículo 830 del Código Civil del Perú. ¿Quién es o puede ser el gestor de herencia? Es cualquier persona que asume, facultado por el artículo 830 del código civil de 1984, la defensa de los intereses del Estado, denunciando, a la beneficencia. ¿De qué forma, el gestor de herencias, defiende los intereses del Estado? en primer lugar, dicho gestor informa a la beneficencia la existencia de una herencia que no es recogido por nadie y sustancia con su propio dinero la sucesión intestada en beneficio de la beneficencia, actuación sin la cual el Estado no tendría cómo enterarse que existe un patrimonio sin herederos en grado sucesible y recogerlo para sí, en beneficio del interés común. Finalmente, la investigación pretende demostrar que: 1. La Beneficencia de Lima tiene, a través del gestor de herencia, un mecanismo eficaz y oportuno para que ella pueda recoger la herencia que ha dejado un difunto sin herederos en grado sucesible. 2. La intervención de los gestores de herencias ha permitido que la Beneficencia de Lima haya podido recoger y asimismo ser propietaria del patrimonio de quién murió sin tener herederos en grado sucesible.3. La institución de los gestores de herencia ha servido para que la Beneficencia de Lima, incremente su patrimonio, incorporados al margesí de dicha institución. 4. Los gestores de herencia no aparecen recién con la promulgación del Código Civil del Perú de 1984, están presentes en el derecho peruano desde el Derecho Colonial. Palabras claves: Historia del derecho peruano. Derecho colonial. Derecho Romano Bizantino. Derecho de sucesiones. Sucesión del Estado. Gestores de herencia. / --- This investigation develops the issues of succession mortis causa of the State, which is regulated in Article 830° of the Peru's Civil Code of 1984and the fiscus post omnes principle. Also, it develops the role of the manager of heritage and its contribution to increase in the assets it of the Charity Lima. This research is divided into five parts. The first part presents the legal problem. The second part develops the legal dogmatic aspect of the succession and especially the State succession. The third part deals with the essential historical evolution of State succession, starting from the Byzantine Roman law, with special emphasis on the contribution of the Emperor Justiniano to figure of the Intestacy and then analyzing the peruvian Positive Law from the Colonial Law to Peru's Civil Code of 1984. The fourth part demonstrates, for sure, the contribution of heritage managers for the Charity of Lima from 1984 to 2000. The fifth part examines the comparative law. The Article 830° of the Peru's Civil Code of 1984, located in Section Three, Intestate Succession, from the Book IV, Inheritance Law, laws on the rights of Charity, lack there oft Board of Social Participation, representing the peruvian State to acquire in property the patrimony from someone who dies without heir in degree inheritress. The Charity Society or the Board of Social Participation have that right, according to the principle of Roman Law: fiscus post omnes, therefore, normatively, Positive Law resolves the uncertainty of who should collect the Estate on behalf of the State to avoid any person without right collects the assets left for the charity. Also, Article 830° of the Civil Code resolves the uncertainty of who should help the Charity collect, objective lyand indeed, the heritage of those who died without heirs, in this case the Article 830° states that should the estates manager. The problem, normatively, seems resolved (cf: Article 830° of the Peru's Civil Code of 1984), ie, the absence of heirs to the grade of (cf: Articles 236 °, 816 °, 830 ° of the Civil Code of Peru, 1984), should be the state who collect the inheritance. But, how does the Charity Societies become aware that there is a heritage without heirs? The Article 830°of Peru's Civil Code of 1984 has picked up wiselyan old legal concept of peruvian Administrative Law which solves the problem: the manager of inheritance is regulated in the last paragraph of the Article 830°of Peru's Civil Code of 1984. Who is or can be the manager of inheritance? Is anyone who takes, authorized by Article 830°, the advocacy by denouncing before charity. How does the inheritance manager defends the interests of the State? First, the manager informs the existence of a charitable legacy that is not picked up by anyone and substance with his own money the intestate succession for the benefit of Charity, otherwise the State would have no way to know that there is a free heritage and collect for himself in the common interest. Finally, the research aims to demonstrate that: 1. The Charity of Lima has, through the inheritance manager, an effective and appropriate figure to collect the inheritance left to nobody. 2. The involvement of managers of inheritance has allowed the Charity of Lima to collected and also to own the assets of whom died without heirs inheritress degree. 3 The institution of the managers of heritage has served to make the Charity of Lima, increase their assets, incorporated into margesí of that institution. 4. Heritage managers do not appear just with the enactment of the Peru's Civil Code of 1984; they are present in the peruvian Law from the Colonial Law. Keywords: History of Peruvian Law. Colonial Law. Byzantine Roman Law. Law of succession.State succession. Heritage managers.
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Análisis constitucional, a la luz de las garantías fundamentales, respecto de los proyectos de ley de carretera eléctrica y de procedimiento para otorgar concesiones eléctricas : las principales modificaciones que introducen a su respecto, ¿respetan o no dichas garantías?

Herrera Calderón, Ana Elena, Téllez Fierro, Álvaro Octavio January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El mundo y nuestro país se encuentran en un constante estado de desarrollo: económico, social, cultural, tecnológico -entre otros diversos factores-, que influyen permanentemente en la vida cotidiana de las personas. Ante este progreso, el Estado responde instaurando o reformulando políticas públicas en todas aquellas áreas que requieren de una regulación para la mantención de la paz social y la correcta armonía de los intereses privados y colectivos a las nuevas situaciones que se presentan. En el área de la regulación positiva, el Constituyente de 1980 se ha hecho cargo de establecer los lineamientos generales que permitan asegurar a las personas las libertades y obligaciones presentes según el moderno Estado de Derecho, haciendo del artículo 19 el eje central de las garantías fundamentales aseguradas, complementándolo con la fuerza vinculante asociada al Derecho Internacional a través de los Tratados Internacionales ratificados por Chile, en la manera prescrita en el inciso segundo del artículo 5°.

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