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Informe sobre expediente de relevancia jurídica n°007-2009, e-2076, procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Consorcio Vial del Perú

Iparraguire Cama, Claudio Augusto 08 February 2024 (has links)
El presente Informe de Relevancia Jurídica se analiza los principales problemas sobre Derecho Administrativo, Concesiones y Arbitraje acerca de la controversia surgida a raíz del procedimiento administrativo sancionador iniciado por OSITRAN contra el Concesionario COVIPERU, a propósito del Contrato suscrito entre el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y la sociedad Concesionaria COVIPERU. Los problemas surgen de una interpretación errada por parte de OSITRAN del Contrato de Concesión, así como de contradicciones respecto a determinar el alcance de las obligaciones por parte de la empresa. A partir de ello, se determinará si la interpretación efectuada por OSITRAN es correcta teniendo en cuenta los hechos y fundamentos presentados por las partes para imponer sanción a COVIPERU. Asimismo, se analizará si es que la Resolución que deniega la solicitud de suspensión del procedimiento administrativo sancionador cumple con el requisito de la motivación y si la aplicación de las normas invocadas es pertinente. De igual manera, se analizará si es que el artículo 64 es pertinente de aplicación para dilucidar si la suspensión del procedimiento sancionador, frente al proceso arbitral es conforme a derecho. Para ello, se utilizará doctrinas propias del Derecho Administrativo, Constitucional y Arbitral, así como de las Concesiones. Así, en el presente informe se concluirá que la interpretación efectuada por OSITRAN carece de sustento normativo, dado que su actuación no se condice con los Informes emitidos. De igual forma, la resolución que deniega la solicitud de suspensión incurre en una motivación insuficiente, toda vez que inaplica una norma importante y no desarrolla en lo absoluta la norma invocada.
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Arbitraje de las decisiones del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) en el marco de la ejecución de los contratos de concesión que supervisa

Mego Silva, Julio César 22 January 2024 (has links)
En el presente trabajo de investigación se busca analizar cuándo corresponde someter una controversia derivada de alguna decisión o actuación del OSITRAN durante la ejecución de los Contratos de Concesión que supervisa, a la vía arbitral o, en su defecto, a la vía judicial, mediante un proceso contencioso administrativo. Se busca identificar aquellos criterios que permitan realizar una adecuada determinación de las materias o controversias relacionadas con el quehacer del OSITRAN, actuales o potenciales, susceptibles de ser resueltas a través del arbitraje. Se plantea la hipótesis de que los conflictos o controversias que derivan de actuaciones o decisiones del OSITRAN durante la etapa de ejecución de los Contratos de Concesión únicamente pueden ser dilucidados en la vía arbitral si tales actuaciones o decisiones del organismo regulador tienen naturaleza contractual, no pudiendo ser sometidos a la competencia arbitral aquellos conflictos o controversias vinculados a decisiones adoptadas en el marco del ejercicio de facultades administrativas. Asimismo, en cuanto al supuesto referido a la autorización derivada de la ley, de los tratados o convenios internacionales para someter a la vía arbitral determinado conflicto o controversia, se sustentará que en estos casos será posible someter a arbitraje las decisiones del OSITRAN, independientemente de que la materia califique como de libre disponibilidad o no. Este tema es relevante por cuanto en la doctrina y jurisprudencia no se cuenta con un criterio uniforme sobre qué tipo de materias y controversias pueden resolverse en la vía arbitral, situación que tiene repercusiones prácticas en la realidad que ocasionan un grado de incertidumbre y desconfianza entre los inversionistas privados que se encuentran vinculados o que pretenden vincularse contractualmente con el Estado, por lo que el presente trabajo pretende brindar un aporte en ese sentido. Se aborda el estudio del tema propuesto desde varios ámbitos: el doctrinario, normativo, el contenido de las cláusulas arbitrales y la jurisprudencia arbitral. En ese sentido, se realiza una clasificación de dichas cláusulas arbitrales atendiendo a su contenido y un análisis crítico de criterios arbitrales adoptados por tribunales nacionales e internacionales (CIADI) sobre la materia. Se concluye que las controversias referidas a la aplicación de penalidades por parte del regulador pueden ser planteadas en la vía arbitral y que las controversias relacionadas con la interpretación de los Contratos de Concesión, la caducidad de la Concesión y aplicación de tarifas no pueden ser resueltas en dicha vía, sino que deben ser dilucidadas en la vía judicial. / This research work seeks to analyze when it is appropriate to submit a dispute arising from any decision or action of OSITRAN during the execution of the Concession Contracts that it supervises, to arbitration or, failing that, to the judicial way, through a contentious-administrative process. It seeks to identify those criteria that allow an adequate determination of the matters or controversies related to the work of OSITRAN, current or potential, that can be resolved through arbitration. The hypothesis is raised that the conflicts or controversies that derive from actions or decisions of OSITRAN during the stage of execution of the Concession Contracts can only be elucidated through arbitration if such actions or decisions of the regulation organism have a contractual nature, not being able to those conflicts or controversies linked to decisions adopted within the framework of the exercise of administrative powers should be submitted to arbitral jurisdiction. Likewise, regarding the assumption referred to the authorization derived from the law, from international treaties or conventions to submit a certain conflict or controversy to arbitration, it will be argued that in these cases it will be possible to submit OSITRAN's decisions to arbitration, regardless of whether the material qualifies as freely available or not. This issue is relevant because in the doctrine and jurisprudence there is no uniform criterion on what type of matters and controversies can be resolved through arbitration, a situation that has practical repercussions in reality that cause a degree of uncertainty and mistrust between private investors who are linked or intend to be contractually linked with the State, so this paper aims to provide a contribution in this regard. The study of the proposed topic is approached from several areas: the doctrinal, normative, the content of the arbitration clauses and the arbitral jurisprudence. In this sense, a classification of said arbitration clauses is carried out according to their content and a critical analysis of arbitration criteria adopted by national and international courts (ICSID) on the matter. It is concluded that the controversies related to the application of penalties by the regulator can be raised in arbitration and that the controversies related to the interpretation of the Concession Contracts, the expiration of the Concession and the application of tariff cannot be resolved in said way, but must be elucidated in judicial way.
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La iniciativa legislativa de las Comunidades Autónomas

Parra Gómez, David 14 January 2016 (has links)
El presente trabajo tiene por objeto analizar la iniciativa legislativa que las Comunidades Autónomas pueden ejercer, en virtud del art. 87.2 de la Constitución española, tanto ante el Congreso de los Diputados como ante el Gobierno de la Nación, que ha supuesto una importante novedad en nuestra ya larga trayectoria constitucional. La atención científica a esta novedad no se corresponde, sin embargo, con su interés. El examen de la bibliografía existente muestra que los trabajos sobre la potestad de iniciativa legislativa se han ocupado preferentemente de cuestiones relacionadas con la facultad de iniciativa en su condición general o en su ejercicio por el Gobierno o por los diputados y senadores como supuestos más comunes. Incluso sobre la iniciativa legislativa popular no falta literatura que la analice. La necesidad de abordar el estudio de esta facultad autonómica de iniciar leyes estatales desde una perspectiva integral que trate de abarcar toda las cuestiones relevantes desde una visión crítica, ofrecer ciertas soluciones a los principales problemas que plantea y proponer, donde es posible, modificaciones o modelos reguladores de lege ferenda, en consecuencia, es el cometido principal de este trabajo. La primera parte del trabajo analiza la justificación de la iniciativa legislativa regional dentro del marco general constitucional, sus antecedentes y los principales hitos de la configuración del art. 87.2 CE durante el debate constituyente, así como su presencia algo dispar en otros Estados compuestos. La segunda parte aborda el estudio de la titularidad de las Asambleas autonómicas -planteando interesantes cuestiones como la posible convergencia entre las Asambleas legitimadas a la hora de presentar sus iniciativas ante el Congreso- la extensión o no de su ámbito material a cuestiones de interés general amén de a aquellas otras que afectan tan sólo a asuntos de la propia autonomía y la naturaleza jurídica de cada una de las vías acogidas por el art. 87.2 CE, de especial interés aunque sólo sea por el hecho de que nuestra particular visión sobre tal cuestión no coincide con la que mantiene la doctrina mayoritaria. Pero es el momento procedimental del ejercicio de esta facultad el que plantea más cuestiones desde el punto de vista teórico y práctico, y a su estudio se dedica la última parte del trabajo. En ella se atiende, en primer lugar, al procedimiento de ejercicio ante el Congreso, analizando los muchos problemas que plantea tanto la tramitación que se lleva a cabo en el seno de los Parlamentos regionales en orden a la actuación de tal iniciativa como la tramitación en las Cortes Generales de la proposición de ley remitida por la Asamblea autonómica; y, en segundo término, al ejercicio que se hace efectivo ante el Gobierno de la Nación, lo que abre todo un panel de cuestiones a tratar, algunas más sustantivas, como el conocer el por qué y las ventajas de estimular la puesta en marcha de la ley ante un órgano que no es un legislador, y otras estrictamente procedimentales, principalmente referidas a la tramitación que han de seguir en el seno del Gobierno las solicitudes de proyectos de ley aprobadas por los parlamentos regionales. De especial interés resulta, a este respecto, analizar las consecuencias de la incomprensible ausencia de un mínimo procedimiento que prolongue la actuación de la iniciativa autonómica con algún tipo de actuación necesaria a cargo del Gobierno de la Nación, lo cual viene a reducir la facultad que nos ocupa a un “vacío” ayuno de toda entidad jurídica, razón por la cual nos permitimos proponer algunas medidas de lege ferenda con el fin de reintegrar este instituto a su verdadero sentido y a su más cierta eficacia. / This study analyzes legislative initiatives statutorily provided for under article 87.2 of the Constitution of the Kingdom of Spain which its self-governing regional Autonomous Communities can bring before the Chamber of Deputies of the Spanish Parliament or the national Government, but which have received insufficient attention despite being a significant constitutional innovation. Inspection of published sources shows that experts commonly have limited themselves to such general matters as those flowing from the granting of authority to initiate legislation, or their effects at the levels of the nation’s government, deputies, and senators, whilst paying less attention to forensic examination of the authority that enables initiation of legislation at regional level. By way of complementing abundant commentaries generated by the aforementioned statutory provision this study considers it from a standpoint that attempts to integrate critical attention to pertinent matters with some proposals for resolving problems to which it has given rise, as well as with some possible modifications or regulatory models de lege ferenda. The study begins by analyzing the justification for the legislative initiative in terms of the broad framework of constitutional law, its antecedents, the main landmarks of article 87.2 that were acknowledged in the debate underlying it, and of some considerations of variants in other nation states with devolved regional powers. The study continues by analyzing the rights of Spain’s regional self-governing assemblies (raising interesting aspects, such as possible convergence between them when their intiatives are put before the national Parliament), the possibility of extension to substantive matters of wider general interest beyond those of their respective regions, and, most especially, the jurisprudential characteristics of each and every route chosen under the provisions of article 87.2, where considerations offered here imply a possibly alternative opinion to the received widsom. The study ends by reflecting on several practical and theoretical questions that arise from the exercise of procedure drawing on the provision afforded under article 87.2. The complex procedure of putting a proposal for new legislation before the Spanish Parliament is without doubt the most difficult second step, following on from that in a regional assembly (or assemblies) which already will have involved drawn-out attempts to get to grips with many intricate problems. Once at the national level, a proposal may open a Pandora’s box of problems, some substantive in nature, such as whether there might be advantages or disadvantages in bringing forward a new law suggested by a body lacking legislative powers, and others of a procedural nature, related mainly to formulating at governmental level requests for legislation that have received approval from regional assemblies. In that regard, it is worth drawing attention to an incomprehensible lack of even the most minimal procedure that might enhance the capacity of regional assemblies to pursue their initiatives in concert with the national government, which has the result of reducing to a legal vacuum their ability to take fullest advantage of the statutory provision of article 87.2, for which reason it is proposed here that further measures de lege ferenda are desirable in order that those institutions might better fulfil their purposes in an efficient manner.
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Desobediencia civil : sinergia entre teoría y práctica

Zambudio Vivancos, María Josefa 22 January 2016 (has links)
Este trabajo de investigación ha tenido como guía los siguientes objetivos: en primer lugar se ha intentado demostrar que solamente en los Estados democráticos se puede hablar de la desobediencia civil como forma principal de disidencia. También se ha pretendido indagar sobre el origen y la idea de ciudadano, como sujeto de derechos, en las teorías políticas de la modernidad. Se ha procurado analizar el concepto de desobediencia civil en las principales teorías de autores actuales como Rawls, Habermas y Dworkin. Y así, partiendo de estas, tratar sobre la justificación de la desobediencia civil en el ámbito moral, jurídico y político. Finalmente el estudio de los casos prácticos, sin pretensiones de exhaustividad, se ha abordado con la intención de aclarar algunos errores sobre el fenómeno de la desobediencia civil y mostrar la diversidad de la acción, insertada en un contexto histórico determinado. La metodología empleada para un primer acercamiento al tema de la desobediencia civil se ha basado en la lectura de textos originales de los autores: libros, artículos, entrevistas etc. Con esto se ha pretendido obtener una primera opinión libre de prejuicios. Una vez anotadas las reflexiones sobre estas lecturas, se ha pasado a ampliar ideas a partir de textos relacionados con la temática en otros autores, intentando analizar, tanto aquellos que pudieran apoyar los objetivos propuestos, como otros que defienden opiniones contrarias. Debemos señalar que la gran mayoría de los textos consultados, aun no habiendo sido citados, han sido de gran utilidad para obtener una visión más amplia sobre el tema y que, en ocasiones, han servido para modificar la primera opinión que se tenía sobre el mismo, encauzando el curso de la investigación. Son varias las conclusiones a las que hemos llegado; la primera, basándonos tanto en las teoría como en la práctica, sería que la desobediencia civil es una forma de protesta propia de los Estados democráticos ya que los presupuestos que definen la propia acción coinciden con los de dichos Estados. La segunda es que, solamente cuando los hombres se consideran parte del sistema de poder, se encuentran en situación de actuar para conseguir un presente mejor. La tercera incide sobre la dificultad e inconveniencia de justificar la desobediencia en el ámbito jurídico, en tanto que, en el moral y el político son frecuentes los argumentos a favor de tal justificación. La cuarta y última pasa por aceptar que la sinergia entre las teorías sobre la desobediencia civil y la práctica de la misma enriquecen a ambos ámbitos, a la vez que generan nuevas formas de acción política. / This research has been firstly aimed at proving that only in democratic states civil disobedience can be considered as the main form of dissidence. Furthermore, we have tried to investigate about the origin and the idea of the citizen, as subject of rights, through modern political theories. The concept of civil disobedience has been analyzed within the main theories by current authors such as Rawls, Habermas and Dworkin. Thus, from these premises, we will deal with the justification of civil disobedience in the moral, legal and political field. Finally, the study of practical cases, without claiming completeness, has been raised aiming at clarifying some mistakes about the phenomenon of civil disobedience, and at showing the diversity of actions inserted in a certain historical context. The methodology used for a first introduction to the topic of civil disobedience has been based on the reading of original sources: books, articles, interviews. In doing so, our attempt has been to elicit an initial opinion free of prejudices. Once notes of the reflections about these readings have been taken, we have broadened the ideas from other authors’ texts also related to the topic by means of analyzing not only those who could support the established targets but also others who defend views to the contrary. It must be pointed out that most of the texts consulted, not having yet been quoted, have been very valuable for the achievement of a wider vision about the topic and, occasionally, have been used to alter the initial opinion about it, guiding the research . We have reached several conclusions. Firstly, based on both theory and practice, civil disobedience is a form of protest found in democratic States since the presuppositions that define the action itself coincide with the ones in the States previously mentioned. Secondly, only when men consider themselves as part of the power system, they are able to act so that they can achieve a better present situation. Thirdly, the difficulty and inconvenience of justifying disobedience in legal fields, bearing in mind that arguments in favour of such a justification are frequently found. Fourthly, it is accepted that the synergy between the theories on civil disobedience and the practice of it enrich both fields, and at the same time new forms of political action are created.
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¡Exijo una explicación!: El deber de motivar debidamente las desestimaciones de las propuestas de Iniciativas Privadas

León Pacheco, José Francisco 12 1900 (has links)
En vista del gran crecimiento económico por el que está pasando nuestro país, el doctor León expone que si bien es cierto Perú ha mejorado, aún se encuentra por detrás de otros países latinoamericanos. En vista de ello, decide reflexionar sobre la competitividad que necesariamente debe acompañar este proceso, así como sobre el rol principal que tiene la iniciativa privada como facilitador del sector público de aquellos proyectos innovadores que no han podido ser identificados por el Estado. El autor, identifica como la problemática central es la desestimación de las iniciativas privadas sin una debida motivación, explicando la vulneración al “debido proceso de promoción de la inversión privada” que ello implica. Para un mejor entendimiento explica la funcionabilidad de los OPIP, el derecho fundamental de la petición (incidiendo en la Petición de Gracia), así como la explicación del proceso de admisión y trámite.
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Los recursos administrativos de la Ley no. 19.880, que establece bases de los procedimientos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado

Astorga Valenzuela, Camila January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / El presente trabajo tiene como objetivo efectuar un tratamiento sistematizado de los principales recursos administrativos que contempla el ordenamiento jurídico chilenos, que no son otros que los consagrados en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. El mencionado cuerpo legal establece y regula los recursos ordinarios de reposición y jerárquico, además del extraordinario de revisión y el recurso de aclaración. Previo a realizar el tratamiento acabado de cada uno de éstos, nos referiremos a los recursos administrativos en general, a su tratamiento en los sistemas comparados que nos parecieron de mayor relevancia para efectos de evaluar la experiencia nacional y, a la identificación del régimen aplicable a los recursos estudiados de conformidad a las normas de procedimiento administrativo común. En todo caso, el propósito principal de esta memoria es proporcionar una descripción detallada de todos los elementos que caracterizan los recursos de reposición, jerárquico, extraordinario de revisión y de aclaración, y en dicho ejercicio evidenciar cómo la doctrina y jurisprudencia nacional han comprendido aquéllos caracteres que en el texto legal quedan menos definidos o dan espacio a dudas. De la misma forma, procuramos retratar el espacio que los recursos contemplados en la mencionada ley ocupan en el sistema recursivo nacional, dispuesto para la impugnación de los actos de la Administración del Estado, y la especial forma de interacción que se da entre éstos y los recursos administrativos especiales y los recursos jurisdiccionales establecidos con el mismo propósito en el ordenamiento jurídico. Cabe destacar que por medio del trabajo de memoria que se presenta, se pretende realizar un aporte para el estudio y tratamiento de los recursos administrativos en el derecho nacional, en circunstancias que, no obstante ser una materia ampliamente desarrollada en la literatura comparada, no encuentra en nuestra doctrina autores que realicen un estudio extendido sobre la misma. Por lo mismo, a lo largo de este trabajo se importan variadas discusiones tratadas en el derecho extranjero y por los autores nacionales a propósito de materias cercanas a la discusión sobre los recursos administrativos en específico, tales como el silencio administrativo, el agotamiento de la vía v administrativa, el ejercicio de facultades jurisdiccionales por parte de la Administración, la función garantista que cumplen los mecanismos impugnaticios, entre otros. Todo lo anterior con el propósito de acercar estos mecanismos de impugnación a través de su conocimiento, y hacerlos de esta forma más operativos para efectos de los fines de protección, defensa y garantía que justifican su consagración
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La obligación de cesión de terrenos en materia urbanística

Jiménez Salas, Guillermo January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La importancia de la obligación de cesión de terrenos no ha sido menor en el derecho chileno. Aunque sus orígenes se remontan a los primeros años del siglo XX, en los últimos diez años se han tenido lugar controversias sobre sus límites, con especial intensidad, ante órganos administrativos y jurisdiccionales. Así, como se verá a lo largo de este trabajo, particulares han cuestionado ante la Contraloría y ante las Cortes, la legalidad y la constitucionalidad de las actuaciones de las Direcciones de Obras Municipales y los Secretarios Regionales Municipales relativos a las cesiones de terrenos. También se han originado litigios entre vecinos y empresas constructoras por las áreas verdes que éstas últimas deben ceder en su quehacer como agentes urbanísticos.
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Revisión crítica de la invalidación, regulada en la Ley No. 19.880

Molina Pérez de Castro, Francisco Javier January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Mucho se discutió antes de la dictación y publicación de la ley N°19.880, de Bases del Procedimiento Administrativo (LBPA), la legitimidad de la potestad invalidatoria de los órganos de la Administración. En cumplimiento del mandato constitucional contenido en la Carta Fundamental de 1980 en cuanto a regular la creación de los actos administrativos, junto con la regulación del silencio administrativo, la LBPA en su artículo 53 efectivamente consagró el poder de volver sobre sus propios actos por razones de ilegalidad. Sin embargo, en la discusión y posterior positivización de la norma en cuestión surgió y surgen a la fecha algunos inconvenientes interpretativos que deben ser aclarados. En particular, la técnica legislativa no hizo más que recoger de manos de la doctrina y de alguna parte de la jurisprudencia, tanto judicial como administrativa, la existencia y obligatoriedad por parte de la Administración de declarar como nulos sus propios actos en caso de ilegalidad y arbitró alguna medida para que los particulares afectados recurrieran en contra de los actos que invalidan a otros anteriores.
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El principio de legalidad en el derecho administrativo sancionador chileno

Cerda Brito, Paulina Andrea January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El presente trabajo tiene como objetivo el estudio del principio de legalidad en el Derecho Administrativo Sancionador. Para ello abarcaremos primeramente al Derecho Administrativo Sancionador y su naturaleza jurídica, nutrida por la rama administrativa y penal; el cual, al no poseer principios ni reglas propias debe recurrir a los principios del Derecho Penal para la aplicación de ius puniendi, o Derecho Punitivo del Estado, sin embargo, esta aplicación será en forma matizada. Dentro de este contexto nuestra hipótesis se centra en que una correcta aplicación del principio de legalidad en el Derecho Administrativo Sancionador debe considerar además cuatro aristas: legalidad en la determinación de la infracción, en la atribución de potestad al órgano sancionador, en la determinación de la sanción y finalmente en el procedimiento sancionador. En este sentido, este proyecto se justifica, pues que no existe en nuestro medio jurídico, un texto acabado que analice desde estas cuatro perspectivas el principio de legalidad en el Derecho Administrativo Sancionador.
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Los límites temporales en el debido procedimiento administrativo sancionador

Cabezas Pino, Diego Ignacio January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En la presente memoria se busca profundizar en el estudio del factor tiempo dentro de los procedimientos administrativo-sancionatorios, su origen, incidencia, consecuencias y necesario respeto para que éste sea conforme a derecho, estudiando tanto la normativa, doctrina y jurisprudencia atingente al caso. En dicho trabajo, se le otorga especial énfasis a reciente jurisprudencia de la Corte Suprema de Chile, a propósito de que ésta ha acuñado una nueva figura extintiva denominada “decaimiento del procedimiento administrativosancionador”, que extingue el procedimiento administrativo-sancionador. Así, es que dicho estudio busca reivindicar la necesidad de que todo procedimiento administrativo-sancionador se desarrolle dentro de límites temporales que den pleno respeto a los derechos y garantías de todo ciudadano.

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