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Fraude aduanero: situación actual

Tapia Araya, Miguel Ángel January 2005 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El 19 de Junio del año 2001, fue publicada en el diario oficial la ley 19.738, para combatir la evasión tributaria, la cual incorporó importantes cambios en la legislación aduanera, que se tradujeron en la modificación de los delitos de fraude y contrabando. Esta memoria de prueba pretende dar cuenta del estado actual del fraude aduanero, revisando la historia nacional de dicho delito y la importancia de las modificaciones señaladas. A través del análisis de las normas, comentarios doctrinales y el estudio de algunos casos, expone cómo se presenta hoy día el tipo en estudio, sin dejar de hacer observaciones de lo que se ha hecho al respecto en la materia, y lo que falta aún por hacer.
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Valoración aduanera : acuerdo de valoración de la OMC

Shen, Tzu-hsin January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En este trabajo, se hará una retrospectiva sobre el concepto de valor aduanero desde el acuerdo multilateral aduanero denominado “Definición de Valor de Bruselas” o “DVB”, hasta llegar al concepto actual contenido en el Acuerdo de Valoración Aduanera de la OMC; se estudiarán los elementos de la determinación del Valor Aduanero, los criterios de valoración del citado Acuerdo de Valoración y del nuevo Reglamento de Valoración Aduanera dictado por el Ministerio de Hacienda de Chile conforme al mismo Acuerdo de Valoración.
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“Fundamentos jurídico-tributarios que se oponen a la progresiva reducción de la tasa del drawback en el Perú 2013- 2016”

Díaz Ángeles, Gracce Gina 12 October 2017 (has links)
El Régimen de Restitución Arancelaria denominado Drawback entró en vigencia en el Perú en junio de 1995 con la publicación del Decreto Supremo N° 104-95-EF. Más de 20 años han trascurrido desde que nuestro ordenamiento introdujo la posibilidad de obtener la restitución de los derechos arancelarios que hayan gravado la importación de mercancías que posteriormente fueran incorporadas en los bienes exportados o, en su defecto, consumidas durante su producción. Ciertamente, en todos los años que se ha otorgado este beneficio se han suscitado modificaciones y ajustes en el procedimiento de devolución e incluso en los elementos sustanciales del régimen. No obstante, ningún cambio afecta tan severa e inminentemente al beneficio como lo hace la reducción de la tasa de devolución. En ese sentido, si bien se abordarán los elementos conformantes del régimen centraremos nuestro análisis en el elemento cuantitativo del beneficio y en cómo es que la reducción del mismo carece de sustento, ello de cara a los resultados generados por esta política tributaria perniciosa para el productor exportador y en general para economía nacional. En el presente trabajo de Tesis dilucidaremos si existían razones que sustenten esta política tributaria que se dejó sentir en los años 2015 y gran parte de 2016, así mismo, se abordará la problemática vinculada al recorte del beneficio y los efectos de su posible eliminación. A manera de adelanto, le anticipamos que en las siguientes líneas usted encontrará un postura contraria a la reducción que operó en el referido periodo, toda vez que consideramos que no existen fundamentos jurídicotributarios para una medida de esta naturaleza, más aun cuando el contexto internacional en el que se desenvuelven nuestros productores exportadores les resulta adverso, lo que ciertamente contribuye a la contracción de las exportaciones de mercancías no tradicionales y a la disminución de la competitividad de nuestra oferta internacional. / The Duty Restriction Regime called Drawback begun to be enforced in Peru as of June 1995. On this date, the Supreme Decree Nº 104-95-EF was published. Over 20 years have passed since our legislation contemplates the possibility of having a full or partial rebate of the customs duty charged to the import of goods that are later contained in exported goods, or consumed during their manufacturing process. Certainly, in all the years that this benefit has been granted to the exporting producer, there have been adjustments and modifications in the rebate procedure and even on substantial elements of the regime. Nevertheless, none of these changes affect the benefit so deeply as the reduction of the rebate rate. In this sense, even though the elements that compose the regime will be addressed, our analysis focuses on the quantitative element of the benefit, and how its reduction is unfounded. This with regard to the results generated by this pernicious tax policy for the exporters and the national economy in general. In the present Thesis we will explain if there are any reasons that support this tax policy, whose impact was felt on 2015 and during most of 2016. We will also address the problems related to the reduction of the benefit, and the effects of possibly eliminating the regime. We would like to let you know beforehand that in the following lines you will find a posture against the reduction that occurred during the period mentioned above, every time we consider that there are no legal-tax bases for a measure of this nature, particularly when the international context in which our exporting producers operate is adverse, which surely has contributed to the contraction of exports of non-traditional goods, and meant the regress in the progress made related to our international offer competitiveness. / Tesis
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Propuesta de implementación del canal azul (fiscalización posterior) en el procedimiento general del régimen aduanero de importación para el consumo, en el ámbito aéreo peruano

Aguilar Anaya, Freddy Alfredo 10 September 2018 (has links)
Teniendo presente que en el Perú se vienen incrementando de gran forma las operaciones de intercambio comercial de mercancías con otros países, es necesario que este comercio exterior se vuelva ágil y eficiente, sin que esto signifique dejar de aplicar el control adecuado que debe tener la Administración Aduanera (SUNAT) en los procesos de despachos aduaneros. En tal sentido, actualmente en el Procedimiento General DESPA-PG.01A que regula el Régimen de Importación para el Consumo, existen tres canales de control en la importación de mercancías: Verde (automático, sin control); Naranja (revisión documentaria) y Rojo (Revisión física y documentaria de la mercancía), sin embargo, luego de haber realizado la presente investigación llego a la conclusión que el canal naranja no aporta de manera significativa al proceso de agilización del comercio exterior, puesto las mercancías que son seleccionadas a este canal son revisadas únicamente en forma documentaria, sin que exista una revisión física de la mercancía, lo cual retrasa el proceso de importación. En tal sentido, propongo la eliminación de la revisión documentaria y se implemente el CANAL AZUL, en el cual, las mercancías que salgan seleccionadas a dicho canal serán destinadas a una Fiscalización Posterior por parte de la Administración Aduanera, pero claro, esta fiscalización se realizará posterior a la importación de la misma (levante autorizado) con lo cual no se interrumpe la importación y el comercio exterior se agilizará mucho más, lo cual va en concordancia con los objetivos de la OMC Organización Mundial de Comercio y la OMA Organización Mundial de Aduanas. Teniendo presente de lo señalado, esta tesis lleva por título “PROPUESTA DE IMPLEMENTACIÓN DEL CANAL AZUL (FISCALIZACION POSTERIOR) EN EL PROCEDIMIENTO GENERAL DEL REGIMEN ADUANERO DE IMPORTACION PARA EL CONSUMO, EN EL AMBITO AEREO PERUANO”, y se propone un cambio normativo en el PROCEDIMIENTO DE IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO – DESPA -PG.01A, en relación a la implementación del CANAL AZUL (fiscalización posterior), partiendo de la hipótesis general “LA REVISION DOCUMENTARIA DE LAS DECLARACIONES DE IMPORTACION PARA EL CONSUMO INCREMENTAN EL TIEMPO DE ATENCIÓN DE DICHA MODALIDAD DE DESPACHOS” y teniendo como objetivo general: DETERMINAR EN QUE MEDIDA LA REVISION DOCUMENTARIA DE LAS DECLARACIONES DE IMPORTACION AFECTAN EL TIEMPO DE ATENCIÓN DE LOS DESPACHOS EN DICHA MODALIDAD. En tal sentido, la metodología de la presente investigación consiste en realizar un análisis de la legislación existente en referencia a la Importación de Mercancías en el Perú, específicamente la relacionada al Régimen de Importación para el Consumo, la cual ha sido revisada a profundidad, al igual que cada uno de los procedimientos administrativos emitidos por la Superintendencia Nacional de Administración Aduanero y Tributaria- SUNAT para regular este tema; ello sustentado con información estadística que permite medir el impacto del cambio normativo, lográndose determinar que es conveniente realizar un cambio en los procedimientos legales de dicho régimen aduanero, lo cual tiene impacto directamente en la economía nacional. De esta forma, se ha conseguido el OBJETIVO GENERAL de la investigación, puesto se ha logrado demostrar – en las conclusiones- que el Canal de Control Naranja (Control Documentario) no aporta en la facilitación del despacho de importación, por lo que esta labor puede ser atendida de manera más acertada en una fiscalización posterior conforme se plantea con el Canal Azul (control posterior), contribuyendo de esta manera a la agilidad del comercio exterior nacional. / Tesis
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Análisis de la Gestión Fiscalizadora Aduanera en el Servicio Nacional de Aduanas de Chile

Rojas Li, Alfonso January 2010 (has links)
El objetivo del presente estudio consistió en realizar un análisis de la gestión fiscalizadora aduanera en el Servicio Nacional de Aduanas (SNA) de Chile, que permitiera determinar sus principales fortalezas y debilidades, a efectos de generar recomendaciones para la Institución, así como la obtención de hallazgos que eventualmente puedan ser aplicados como aprendizajes por otras administraciones aduaneras. Dicho análisis se realizó en el marco del contexto mundial actual, donde se han dado grandes cambios en el comercio internacional, tanto en ritmo, volumen, como en su complejidad, demandando así, nuevas formas de control aduanero. En esta línea, el análisis de la gestión fiscalizadora que ejerce el SNA de Chile, reviste especial interés, primero porque actualmente Chile muestra una posición económica, política y social ventajosa, con respecto a otros países de América Latina, por lo que supone una mayor solidez institucional; y segundo, por las características particulares relacionadas con su política de apertura comercial. La metodología aplicada fue de carácter descriptivo-analítico, la cual se dividió en tres etapas: 1) se realizó un análisis de temas tales como: apertura del comercio, institucionalidad, nuevos ámbitos de fiscalización y facilitación comercial; 2) se describió y analizó la estructura organizacional e institucional del SNA, enfatizando su labor fiscalizadora; 3) se realizó un análisis integrado de la gestión fiscalizadora aduanera de Chile, a través de los principales actores y mediante las dimensiones: solidez institucional, facilitación del comercio y estructura funcional de la gestión fiscalizadora. De acuerdo al análisis realizado, en términos generales se determinó que el SNA muestra una solidez institucional que le ha permitido ejercer su labor fiscalizadora de manera satisfactoria, afrontando así los nuevos desafíos que le imponen los cambios del comercio. Como hallazgos del estudio, se determinaron ciertos aspectos claves que caracterizan positivamente la gestión fiscalizadora aduanera del SNA de Chile; entre los principales están: la focalización en las actuaciones hacia los nuevos ámbitos de fiscalización aduanera (propiedad intelectual, origen, drogas, seguridad entre otras); la adecuada aplicación del modelo de gestión de riesgos; el uso de mecanismos efectivos en la fiscalización de mercancías falsificadas; la existencia de una baja percepción de corrupción en el ámbito aduanero; el manejo apropiado del equilibrio entre la tensión facilitación y fiscalización; la aplicación de mecanismos efectivos de articulación público-privada. Sin embargo, también se determinaron ciertas deficiencias sobre las cuales se emitieron una serie de recomendaciones, las que se enmarcan dentro de los siguientes temas: foco de la Institución, orientación estratégica, procesos aduaneros y estructura organizacional y funcional. Por último, y acorde a las fortalezas y debilidades del SNA manifestadas en la investigación, resulta importante señalar que el indicador “efectividad en la detección de hallazgos sobre el total de lo fiscalizado”, el cual para el año 2008 fue, “12.61% de efectividad”, refleja uno de los principales fines de la Institución, por lo tanto, se considera determinante que como visión y desafío institucional, se enfoquen integralmente todos los esfuerzos para mejorarlo.
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¿Hacia una reforma sostenible?: análisis de la inafectación de la utilización de servicios en el país en el marco de la importación de bienes a propósito de su introducción en la Ley del Impuesto General a las Ventas

Peña Alarcón, Victoria Eugenia, Santillán Gordillo, Alvaro 13 October 2017 (has links)
En el año 2014 se promulgó la Ley No.30264 que tuvo como finalidad la promoción del crecimiento económico. Entre las modificaciones propuestas en el ordenamiento se estableció un supuesto de inafectación en la Ley del Impuesto General a las Ventas que pretendía combatir la “doble imposición económica” en los casos en que se utilice un servicio en el país cuya retribución formaba parte del valor en aduana de una mercancía importada. Ante dicha regulación, nos planteamos la siguiente interrogante: ¿Se soluciona el problema de la doble imposición interna en el Impuesto General a las Ventas detectada por el legislador en todos los casos? Con el fin de responder a dicho cuestionamiento, realizamos un análisis crítico de la medida optada por el legislador para contrarrestar el mencionado fenómeno a partir de la revisión de: (i) la relación entre el Derecho Tributario y el Derecho Aduanero, a fin de determinar si la solución del problema detectado debe tener en cuenta ambas regulaciones; (ii) la estructura y características esenciales del Impuesto General a las Ventas; y, (iii) el alcance y soluciones del fenómeno de la doble imposición interna. De esta manera, comprobamos que en la Ley del Impuesto General a las Ventas sí se evidencia un problema de doble imposición interna. Sin embargo, consideramos que la inafectación planteada en los términos de la norma no es adecuada para resolver la problemática detectada por el legislador, ya que no ha tenido en cuenta, para dicha opción legislativa, la relación existente entre las materias vinculadas a las operaciones gravadas con el Impuesto General a las Ventas (importación de bienes corporales y utilización de servicios). Esto nos lleva a plantear una serie de soluciones al problema detectado con la finalidad de que no se vean vulnerados principios constitucionales tributarios y se garantice la coherencia de nuestro sistema normativo. / Tesis
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Aspectos constitucionales del derecho aduanero.

Ríos Díaz, Andrea Carolina, Lorenzini Rojas, Gian Carlo January 2003 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Con el objeto de realizar nuestro modesto aporte sobre el tema, hemos decidido realizar esta memoria, que se enmarca dentro de la primera generación del antes mencionado taller, titulándola como “Aspectos Constitucionales de la Legislación Aduanera”. La memoria presentada se compone de cuatro grandes capítulos que abarcan ciertas situaciones que pudieran merecer, luego de un análisis previo, algún reproche o reparo acerca de su constitucionalidad, es decir, de su concordancia con los preceptos y principios contenidos en nuestra Carta Fundamental
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Exportación “regularizada”: ¿Requisito para gozar del drawback? A propósito de la posición emitida por Sunat y el T ribunal Fiscal del Perú / “Regularized” Exportation: Is it a Prerequisite to Enjoy the Benefit of Drawback? Regarding the Position Taken by Sunat and the Tax Court of Peru

Alva Falcón, César 07 1900 (has links)
El presente artículo tiene por finalidad comentar la posición tomada por la Administración Aduanera, ratificada por la Sala de Aduanas del Tribunal Fiscal del Perú, relacionada con lo que debe entenderse como la “regularización” de una exportación y el impacto que tiene esa interpretación para el acogimiento y goce del régimen aduanero del drawback. Previamente, se desarrollará la parte conceptual de la figura del drawback en la legislación peruana, haciendo un breve recuento de sus orígenes, antecedentes, su regulación supranacional, actual panorama y los requisitos que lo constituyen como un beneficio para los exportadores para finalmente analizar la posición antes referida.
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Drawback : a la luz del principio de legalidad

Cruz Marroquín, Kathia Martha 09 April 2014 (has links)
El ejercicio de la potestad tributaria en el Perú debe respetar los principios de legalidad, reserva de ley, igualdad, respeto de los derechos fundamentales y no confiscatoriedad recogidos en el artículo 74 de nuestra Constitución Política. El principio de legalidad establece que sólo por Ley se crea, modifica y deroga los impuestos y beneficios. En ese marco, el régimen aduanero del Drawback es un beneficio tributario otorgado por el Estado a las exportaciones, establecido en la Ley General de Aduanas como una “restitución” de los derechos arancelarios efectivamente pagados que hayan gravado la importación para consumo de mercancías contenidas y/o consumidas en bienes exportados; sin embargo, su reglamentación (Decreto Supremo 104-95-EF) establece un régimen simplificado que dispone la devolución del 5% del valor FOB de los bienes exportados independientemente que dicha devolución pueda ser mayor o menor a los derechos arancelarios efectivamente pagados. Teniendo en consideración que los reglamentos ejecutivos como el presente sólo pueden complementar e integrar las leyes que reglamentan, en el presente caso dicha reglamentación desnaturaliza lo establecido en la Ley General de Aduanas y con ello transgrede el Principio de Legalidad y Reserva de Ley recogidos por nuestra Constitución y sobre los cuales se sustenta la potestad tributaria del Estado. Por tanto, dicho reglamento habría modificado y excedido los alcances establecidos en la Ley General de Aduanas para el reconocimiento del régimen aduanero del Drawback generándose una situación de inseguridad jurídica para las empresas que se benefician con este régimen aduanero ya que en cualquier momento dicho reglamento podría ser modificado o derogado por el Poder Ejecutivo. Verificada la violación de los principios tributarios señalados las posibles soluciones a este problema jurídico serían: La aplicación del control difuso; sin embargo, ello podría realizarse sólo por el Tribunal Fiscal y en cada caso concreto. Una segunda alternativa y por la que se inclina esta investigación, sería a nivel normativo consistiendo en la adaptación del Reglamento a lo dispuesto en la Ley General de Aduanas o el establecimiento de un nuevo régimen de Drawback que guarde armonía con los principios señalados.
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Los dos regímenes aduaneros de Drawback regulados en el Perú y su explicación dentro del comercio internacional

Vásquez Nieva, Oscar 23 September 2011 (has links)
El Comercio Internacional es una actividad que tal como se plantea en la actualidad debe servir como una importante herramienta de desarrollo económico y por lo tanto tiene implicancias importantes en los niveles de vida de la población del país. Hoy en día, además se vienen produciendo circunstancias que alientan el enriquecimiento de nuestro país con oportunidades comerciales relativamente ventajosas que nos otorgan países desarrollados, como los Estados Unidos y el ATPDEA, y los países de Europa y el SGP, sin perjuicio de los Acuerdos bilaterales y Multilaterales suscritos (y por suscribir) y negociados por el Perú (con Chile, con México, con Singapur, CAN, MERCOSUR, TLC Perú-EE.UU.).

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