• Refine Query
  • Source
  • Publication year
  • to
  • Language
  • 253
  • Tagged with
  • 253
  • 253
  • 253
  • 253
  • 107
  • 91
  • 68
  • 65
  • 51
  • 30
  • 30
  • 29
  • 23
  • 23
  • 21
  • About
  • The Global ETD Search service is a free service for researchers to find electronic theses and dissertations. This service is provided by the Networked Digital Library of Theses and Dissertations.
    Our metadata is collected from universities around the world. If you manage a university/consortium/country archive and want to be added, details can be found on the NDLTD website.
161

Análisis crítico de la Ley no. 21.122 que modifica el Código del Trabajo en materia de contrato por obra o faena

Márquez Sánchez, Gustavo Adolfo January 2019 (has links)
MEMORIA PARA OPTAR AL GRADO DE LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES / Este ensayo tratará principalmente sobre la Ley 21.122 que modifica el Código del Trabajo en relación al contrato de obra o faena, haciéndose un análisis crítico de esta modificación, como también del contrato mismo, comparándose sus características antes y después de ser modificado por la Ley señalada. En primer lugar, se analizará el contrato por obra o faena antes de la reforma, distinguiéndose sus características fundamentales, como la naturaleza jurídica del contrato, sus principios y su aplicación en el país. Luego, veremos como la introducción de la Ley 21.122 modifica el Código del Trabajo, en materia del contrato señalado, explicando sus nuevas características, como es que cambia la relación entre el trabajador y el empleador, a su vez se analizarán los nuevos beneficios con los que contarán aquellas personas subordinadas bajo este acto jurídico. Distinguiremos los aportes que producen las distintas modificaciones realizadas al contrato por obra o faena, los argumentos en que se fundan, las discusiones surgidas respecto al tema, sobre todo, los efectos que producen en cuanto a beneficios y derechos que le son otorgados al trabajador vinculado a su empleador mediante este acto jurídico. Por último, se hará una revisión en el derecho comparado respecto a este contrato y como es que produce sus efectos en distintos países de la región, para permitir al lector conseguir una visión más integral de este acto jurídico. Pudiendo comparar como es que se trata esta materia en diferentes legislaciones del mundo.
162

Teletrabajo en Chile : perspectiva actual desde los tratados internacionales, el derecho comparado, normas del ordenamiento jurídico interno y el proyecto de Ley que modifica el Código del Trabajo en materia de trabajo a distancia : (Boletín no. 12.008-13)

Escobar González, Javier Roberto. January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / El Convenio Nº177 y la Recomendación Nº184, ambos de 1996, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), marcaron un hito en cuanto al reconocimiento internacional del trabajo a domicilio. Si bien es cierto, no hay en dichas regulaciones una mención expresa al Teletrabajo, es a partir de las características del trabajo a domicilio que comienza conceptualizarse el Teletrabajo, por lo cual se han utilizado las directrices que exponen dichos instrumentos internacionales para perfilar las regulaciones locales de diferentes países en materia de Teletrabajo. Más reciente es el Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo (AMET), que estableció una normativa de carácter plurinacional vinculante para los miembros de la Unión Europea, dejando cuestiones específicas a la regulación interna de cada país. Este estudio también se adentra en la reglamentación que tienen sobre la materia algunos países americanos y España, donde es posible advertir ciertos criterios comunes en su tratamiento. Luego, se analiza el caso de Chile, a través del examen de los proyectos de ley que se han presentado para regular el Teletrabajo, con énfasis en el último; de la ley N°20.940 que introdujo los pactos especiales de trabajo; y de la jurisprudencia administrativa y judicial, que por aplicación de lo establecido en el artículo 22 y en el Título VI del Código del Trabajo, han reconocido la existencia del Teletrabajo en el ordenamiento jurídico interno. Finalmente, se formula e intenta responder a la pregunta: ¿El Teletrabajo llegó para quedarse?
163

La extensión de beneficios en acuerdo individual y la vulneración a la libertad sindical

Villegas Bazignan, Tomás January 2017 (has links)
Tesis (Magíster en Derecho del Trabajo y Seguridad Social) / Actividad Formativa Equivalente (AFET)
164

Influencia de las normas de extranjería en la precariedad laboral de migrantes

Carriman González, Camila, Flores Bustos, Nicolás. January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta tesis buscara demostrar la situación de vulnerabilidad que producen las normas de extranjería en el ámbito del derecho laboral y la seguridad social a los trabajadores migrantes, en especial a los que se encuentran en una situación migratoria irregular. Para esto, abordaremos las normas nacionales y tratados internacionales que regulan el ámbito jurídico del trabajador migrante que se encuentra en Chile; también los problemas laborales y previsionales que se generan por la aplicación de las normas de extranjería en el ámbito del trabajo y de la seguridad social; realizaremos una exposición sobre el conflicto entre las normas aplicables, y como esto se puede observar respecto del principio de no discriminación y del derecho a la libertad de trabajo. Por último, las conclusiones que se pueden determinar mediante esta investigación, y las propuestas que ofrecemos como fórmulas para dar solución a estas problemáticas y contradicciones. Deseamos que este humilde trabajo sea un aporte para el actual debate, referido a la migración en Chile.
165

El teletrabajo, su naturaleza jurídica, principios y regulación

Rojas Espinoza, Jorge Ernesto 04 1900 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / Este trabajo pretende indagar la nueva forma de relación laboral que se da en el teletrabajo planteando la tesis que esta nueva modalidad laboral, propia de la era de la informática, requiere de una normativa especial para ser mantenida bajo la protección de la legislación del trabajo, ya que su naturaleza jurídica la inclina a quedar en una zona intermedia entre la prestación de servicios independiente y el trabajo subordinado. Esta modalidad surgió en la década de los 70 del siglo XX en los EEUU como una forma de aminorar costos y mantener o aumentar la producción en época de desaceleración económica. Se habló así de un nuevo concepto acuñado especialmente para esto: flexibilidad. Aunque en un principio se creyó que esta modalidad se extendería con rapidez, porque está directamente asociada al progreso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, en la realidad no ha tenido el impacto esperado. Sin embargono 15 obsta lo dicho que, posiblemente, sí tenga gran incidencia en la organización económica y productiva en el futuro. Esta memoria sostiene y trata de demostrar, la tesis de que esta modalidad de trabajo supera los márgenes conceptuales que el derecho del trabajo clásico mantiene. Porque así como en su tiempo se pudo identificar una nueva clase de derechos colectivos dentro del derecho del trabajo, cuyas normas se dieron en reconocer intermedias entre el orden público y el orden privado, el teletrabajo es una forma de prestación laboral que opera a través del mundo virtual de la web, donde se producen relaciones sociales muy diferentes a las del mundo real-presencial. En este sentido el potencial desarrollo del teletrabajo como modalidad de trabajo, dará origen a relaciones de producción económica que quedarán reguladas por normas informadas por principios diferentes de los que actualmente reconocemos en el derecho laboral. Al ser el derecho del trabajo un sistema surgido y formado de las relaciones de producción propias de la Era Industrial que surgen en el siglo XVIII y se consolidan en el siglo XIX, las nociones de dependencia, subordinación, principio de protección son elementos propios de la forma 16 de producción industrial. El advenimiento de la Informática origina otra forma de relaciones sociales entre las personas que vaporizan las relaciones presenciales y las reemplazan por relaciones en un “mundo virtual”. En este mundo se replican las relaciones humanas de amistad, comerciales, jurídicas, etc. Sostenemos que el teletrabajo al ser potencialmente una relación no presencial, debilita o, mejor, desvirtúa la relación de dependencia y subordinación entre empleador y trabajador. El teletrabajo así, queda en una zona de suburbios del sistema normativo laboral, manteniéndose dentro por expresa aplicación del principio de protección que se hace extensivo a esta nueva forma de trabajo. Indagaremos la naturaleza jurídica de este nuevo instituto, y cómo incidirían en él los principios del Derecho del Trabajo. En el capítulo 1 hago un relato expositivo del origen de la noción de naturaleza jurídica. Su derivación para la doctrina del Derecho desde los conceptos de esencia y naturaleza incubados en el pensamiento griego, el modo en que fue entendido por la escolástica tomista, concluyendo que para los sistemas jurídicos naturaleza es la ratio essendi, entendida esta como razón de ser de una 17 institución, como movimiento con finalidad determinada. Naturaleza abriga la idea de entidad originaria, no reducible a otra, y lleva en sí una funcionalidad esencialmente propia. Se analiza el concepto de principio comentando su origen en la lógica filosófica, su uso conceptual en las ciencias como axioma o verdad evidente e intuitiva, caracterizándolo como proposición normativa que da forma y orientación teleológica a un conjunto de normas, como norma precedente; y también como proposición normativa procedente de un conjunto de normas, y que se deduce a partir de la funcionalidad de éstas. Se sigue con una exposición acerca de los principios generales del Derecho. El numeral 4 del capítulo hago una revisión conceptual acerca de los principios del Derecho del Trabajo. En el capítulo 2 trata la conexión entre el empleador y el trabajador y se centra en la revisión y análisis del concepto de subordinación. Se remarca que el concepto es propio de las relaciones laborales de la producción industrial, que fue precedido por formas de relación laborales basadas en la esclavitud (en que predomina una relación de sujeción entre persona y cosa). Los primeros 18 estertores de la relación, posiblemente estén en las relaciones entre maestro y compañero u oficial de los gremios medievales. Hago una descripción breve de la posible desaparición de esta característica de la relación laboral moderna. El capítulo 3 analiza el concepto de Teletrabajo, describe las formas de teletrabajo escogiendo principalmente tres formas funcionales a la intención de la tesis de este trabajo, en el sentido de mostrar el debilitamiento y, en algunas modalidades de teletrabajo, la desaparición de la subordinación y dependencia en esta forma de trabajo. El capítulo 4 visualiza teóricamente el papel de algunos derechos fundamentales propios del derecho laboral en esta nueva modalidad de trabajo. Expone cuatro categorías de estos derechos: a) La libertad de asociación y la libertad sindical; b) Eliminación definitiva de toda forma de trabajo forzoso u obligatorio; c) Abolición efectiva del trabajo infantil; y d) Eliminación de discriminación en materia de empleo y ocupación. Como nota importante se analiza el derecho de huelga que eventualmente podría ejercer el teletrabajador. Trata el 19 derecho de sindicalización, sus orígenes, su desarrollo, caracterizándolo como un derecho colectivo, social. Que se define a través de los Convenios de la OIT sobre sindicalización y negociación colectiva. Las dificultades para concretarlo y erigirlo como una herramienta eficaz para igualar contractualmente a trabajadores y empleadores y en ese marco el lugar que posiblemente ocuparía el teletrabajador como un factor productivo en sus diferentes facetas de trabajador independiente a subordinado. Analiza la definición de trabajo infantil y su adecuación a la posibilidad de algunas actividades asalariadas de un menor como teletrabajador. Las formas que podría tomar la discriminación laboral en el teletrabajo. Una exposición acerca de las características del trabajo forzoso y su relación posible con el teletrabajo. En el capítulo 5 se expone una definición de algunos principios del derecho del trabajo clásicos y su aplicabilidad a una actividad como el teletrabajo en el sentido de informar las normas que pudieren regular esta actividad. El capítulo 6 muestra la relevancia que la privacidad del teletrabajador adquiere en su modalidad de trabajo. El 20 cómo se incrementa la vulnerabilidad a su vida privada en esta actividad y la protección conjunta tanto a ésta como a los derechos laborales fundamentales. Finalmente el capítulo 7 hace una revisión sucinta de la conceptualización que el teletrabajo ha adquirido como actividad laboral en países europeos como: Polonia, Hungría, República Checa, Portugal; Francia, Bélgica y Luxemburgo; Alemania, Dinamarca, España e Italia. Con directrices, orientaciones comunes o directrices, con un cierto papel jugado por los actores sociales: Reino Unido, Países Bajos, Suecia, Finlandia. Se agrega los conceptos que sobre esta modalidad de trabajo se han forjado en España, Perú y Argentina
166

Análisis de jurisprudencia de sala especializada de la Corte Suprema años 2008-2015

Pfaff Nash, Ricardo Esteban January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente memoria es un análisis jurisprudencial de ciertas materias falladas entre los años 2008 y la primera parte del 2015 por la Cuarta Sala de la Corte Suprema, o “Sala Laboral”. Se optó por desarrollar tres temas específicos: la inclusión o exclusión de las asignaciones de colación y movilización en la base de cálculo de las indemnizaciones por años de servicio y sustitutiva de aviso previo; la procedencia de la aplicación del Procedimiento de Tutela a los funcionarios públicos y; la legalidad del reemplazo por parte del empleador de los trabajadores en huelga con otros dependientes de la misma empresa. Se eligieron estos tres temas, ya que durante el período en estudio existió un importante “vuelvo jurisprudencial” por parte de la sala especializada, por lo que resulta interesante ver cuáles han sido los argumentos esgrimidos para fallar en uno u otro sentido, además de analizar cuáles son las críticas que han surgido por parte de la doctrina a estos pronunciamientos. Esta memoria no pretende ser un análisis sistemático de la totalidad de los fallos dictados por la Corte Suprema durante dicho período, sino que lo que se busca es ir al fondo del razonamiento respecto de las materias señaladas, para lo cual se analizan las sentencias en que se trata con mayor rigurosidad los temas seleccionados
167

Tutela del derecho a la libertad de emitir opinión y de información en el ordenamiento jurídico laboral chileno

Clavero Chacaltana, Paulina Andrea January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Los derechos fundamentales de los ciudadanos se encuentran consagrados y protegidos por la norma fundante básica y de mayor grado que existe en nuestro país. A pesar de ello, los legisladores estimaron necesario proteger algunos de ellos de manera particular respecto de los trabajadores, los llamados derechos constitucionales laborales inespecíficos, siendo uno de ellos el derecho a la libertad de emitir opinión y de informar, sin censura previa, en cualquiera de sus formas y por cualquier medio. No existe definición legal de él. La doctrina lo define como un derecho que posee una doble dimensión, constituyéndose como un derecho individual en cuya virtud nadie puede ser arbitrariamente menoscabado o impedido de manifestar su propio pensamiento, y como un derecho colectivo a recibir cualquier información y a conocer la expresión del pensamiento ajeno. La jurisprudencia administrativa y judicial no están contestes en la forma de resolver conflictos en que se encuentre involucrado este derecho. Mediante un método mixto-deductivo y argumentativo concluyo que es innecesaria la tutela del derecho a la libertad de emitir opinión y de informar en el ámbito laboral
168

Protección a la maternidad y el amparo de las trabajadoras durante el fuero maternal

Navarro Mardones, Marcelo André January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
169

Discriminación ilegítima en el Derecho Laboral chileno: Tutela jurisdiccional post Ley 19.759 y nulidad del despido por acto discriminatorio.

Araya Rojas, Marcelo André January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / la investigación que presento a continuación se encarga, en relación con lo expuesto, (y sin perjuicio del necesario examen general, a realizar, relativo a los derechos laborales de ciudadanía al interior de la empresa) del análisis riguroso, en particular, de un derecho fundamental: El Derecho a la Igualdad de Trato; y, más específicamente, de su ruptura antijurídica: la Discriminación Ilegítima
170

Análisis de la nueva ley no. 20.123 y su inserción en el sistema de flexibilidad laboral en Chile, a la luz de las Conferencias 85a. y 86a. de la Organización Internacional del Trabajo

Benavides Zapata, Luis Pablo, Reichel Hernández, Antonio, Silva Moreno, Javier January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La dictación de la Ley Nº 20.123 vino, por un lado, a modificar la normativa aplicable al trabajo en régimen de subcontratación y, por otro, a regular las empresas de servicios transitorios, las que funcionaban hasta entonces sin una normativa específica. A su vez, la Organización Internacional del Trabajo en las reuniones 85ª y 86ª de la Conferencia Internacional del Trabajo, de los años 1997 y 1998 respectivamente, trató ambos temas, adoptando instrumentos jurídicos al respecto. De ahí que el objetivo del presente trabajo haya sido analizar la nueva Ley N° 20.123 a la luz de las directrices, principios o normas emanadas de la Organización Internacional del Trabajo, para determinar si el Estado de Chile está o no acorde con aquello. Esto se hizo tomando en consideración que la nueva ley se insertaba en un sistema de flexibilidad laboral ya existente en nuestro país, de ahí que el análisis se hiciera tanto desde el punto de vista del sistema de flexibilidad laboral, como desde el punto de vista de las libertades y derechos de los trabajadores afectos a las figuras de la subcontratación y de las empresas de servicios transitorios. Los resultados arrojados por esta investigación presentan el estado actual de esta problemática, permitiendo hacer una serie de reflexiones acerca del sistema de flexibilidad laboral imperante en el Derecho Chileno y sobre las libertades y derechos en juego, en el contexto de la nueva ley. Finalmente se generan propuestas para el fortalecimiento de determinados derechos y libertades, tomando como referencia sistemas de derecho comparado cuando corresponda.

Page generated in 0.1027 seconds