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O direito à felicidade como garante da efetividade das políticas públicas de gestão das águas

Rates, Alexandre Waltrick 18 September 2023 (has links)
La tesis aborda, principalmente, el 'Derecho a la Felicidad' como garante de la eficacia de las políticas públicas vinculadas con la gestión del agua. En cuanto al objeto de la investigación, ha sido indagar en la posibilidad de utilizar el compromiso filosófico nacido en el constitucionalismo moderno para que se pueda exigir al Estado el cumplimiento del derecho humano esencial del acceso fisonómico al agua potable, respetando, con ello, el principio de la dignidad humana. El caso de estudio escogido es Brasil, país que incumple efectivamente con las políticas públicas existentes, negando así a gran parte de la población el derecho a simplemente ser feliz, pues se entiende que la falta de un recurso natural esencial para la supervivencia humana, como es el agua, genera infelicidad. El trabajo está dividido en 5 (cinco) capítulos, el 1º (primero) trata las cuestiones relacionadas con la formulación moderna de los derechos humanos, promoviendo una incursión en su historicidad, en los conceptos filosóficos formativos y en la transición de los derechos subjetivos en su consolidación internacional con la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. También, explora el Estado como ordenamiento de la sociedad, así como la Constitución como conjunto de normas que organiza a este Estado, sin dejar de verificar la situación global, en vista de la transnacionalización del tema. El capítulo 2º (segundo) se ocupa del análisis del 'derecho a la felicidad' como objetivo central de la vida humana. Para ello, al igual que anteriormente, se ha partido del análisis de su surgimiento en la historia y de su comprensión multidisciplinar, ya que varias ramas de la ciencia estudian la 'felicidad'. El capítulo 3º (tercero) señala la importancia del agua potable, especialmente porque es un bien natural vital, y su necesidad debe ser reconocida como un derecho más que fundamental, un derecho esencial para la propia existencia humana. Busca en los principios y en la historicidad de la comprensión del concepto del agua equiparable al de la vida, destacando los elementos teóricos y fundamentales para que se le dé consistencia a la investigación. El capítulo 4º (cuarto) discute las políticas públicas que existen en Brasil dirigidas a la gestión del agua y su ineficacia, lo que hace que sea casi imposible cumplir con las metas de la Organización de las Naciones Unidas, con miras a lograr el acceso universal y equitativo al agua potable para 2030 (Objetivo de Desarrollo Sostenible número 6). Para ello, se intenta identificar las razones por las cuales el país no es efectivo y eficiente en la implementación de los mecanismos necesarios para promover el abastecimiento de agua, planteando además un análisis comparativo de la gestión del agua en otros países. Finalmente, en el capítulo 5º (quinto) se señala la necesidad de formular políticas públicas para el abastecimiento de agua desde la perspectiva de garantizar el derecho a la felicidad, ya que esto puede contribuir a incrementar la 'tasa de felicidad' en el país. Para concluir la investigación, se presentan los aspectos destacados de la tesis, demostrando que el derecho a la felicidad debe ser incorporado en la gestión pública, especialmente en lo que se refiere a la provisión de agua.
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La dimensión ética de los derechos humanos como dialectización de las posiciones universalistas y particularistas

Erazun, Fabiana 28 March 2014 (has links)
Las actuales teorías acerca de los derechos humanos pueden ser interpretadas como reflejo de determinadas posiciones éticas. Prestar atención a esa dimensión ética, permite pensar a los derechos humanos como desencadenantes de procesos dialécticos entre las posiciones universalistas y particularistas. Con el uso del término dialéctica hago referencia al procedimiento argumentativo que enfrenta posiciones teóricas con la intención de que, a partir de tal confrontación, puedan emerger verdades. Tal confrontación de argumentos es permanente, por lo que el proceso tiene un carácter inconcluso. La dimensión ética de los derechos humanos sirve, según espero poder mostrar, como motivo del ejercicio dialéctico permanente que renueva, tanto el debate ético contemporáneo como también el debate en torno de los derechos humanos establecidos. Si bien los derechos humanos vistos como jurídicos, políticos y éticos suponen adoptar, en principio, una mirada universalista, dependiendo del modo en que se los conciba, podrían, mediar en algunos de los conflictos aparentemente irresolubles entre el universalismo y el particularismo éticos. Para dar cuenta de esta posibilidad, será necesario presentar las principales tesis del universalismo y del particularismo actual, y las diferencias que estas posiciones tienen entre sí. Las consecuencias más inmediatas de estas discrepancias no se reducen a problemas teóricos sino que se plasman, además, en el plano político, jurídico (nacional e internacional) y en los modos de relacionarnos con otras culturas, problemas más que urgentes en el contexto de la globalización y de la generalización de las sociedades multiculturales. En relación con las concepciones filosóficas desde las que se definen los derechos humanos, se parte del liberalismo y de sus análisis de los rasgos formales que se les atribuyen a los derechos humanos. En esta línea de trabajo emerge inmediatamente el problema acerca de si los derechos humanos son exclusivamente derechos individuales o también pueden existir derechos colectivos contemplados entre los mismos. Con la intención de llevar la polémica más allá de las fronteras del liberalismo, se presentan distintas posiciones sobre los valores universales, los valores transculturales, las diferencias culturales y las diferencias acerca del modo de entender a los derechos humanos. Tales debates conducen a la necesidad de volver a pensar la universalidad de los derechos humanos a partir de observar la exclusión de gran parte de los seres humanos de las condiciones básicas para su ejercicio. La problemática de la universalidad se presenta desde la reiteración de la proposición universal “igualibertad”. En las consideraciones finales se ensaya una articulación de los distintos aspectos trabajados para mostrar cómo los derechos humanos pueden operar como moduladores de las posiciones teóricas y de las prácticas ético-políticas, en la medida en que no se los congele en su evolución, sino que, por el contrario, se los conciba como una eterna demanda que permite proyectar ordenamientos globales más justos, aunque su realización será siempre parcial. / Current theories about human rights can be interpreted in the light of several ethics positions. Such ethics discussion allows to think human rights as unbounding dialectic processes between universalism and particularism. I use dialectics to refer to the argumentative procedure that opposes theoretical positions with the intention, by so doing, of arriving to truths. As such confrontation is a permanent one, the procedure is characteristically inconclusive. I hope to show that the human rights ethical dimension can be used to renew the dialectical exercise within current ethics debate, as much as the one about established human rights. Although the vision of human rights as juridical, political and ethical supposes an initial universalistic viewpoint, the frame used to do so could be seen as a tool to mediate in some of the apparently insolvable conflicts between ethical universalism and particularism. Such endeavor will need to present the current main universalistic and particularistic theses and disagreements. The immediate corollaries of these discrepancies are not reduced to theoretical issues but are embedded in areas such as the political and juridical (national and international), and in the ways of establishing cross-cultural relationships, all of which are urgent problems in the midst of globalization and the multiplying of multicultural societies. The philosophical ground used to define human rights starts with liberalism, and the analysis of the formal aspects attributed to human rights, which conduces to the problem if human rights must be conceived exclusively as individual rights, or there is a possible collective dimension to be considered for some of them. With the intention of extending the debate further than the liberalism restricted frontier, several opinions about universal and cross-cultural values, cultural differences and human rights viewpoints are presented. From such debates arise the need to rethink human right’s universality starting from the exclusion of most human beings from the conditions needed to exercise them. The reiteration of the “equaliberty” universal proposition is used to illuminate universality problems. In the final considerations I try to articulate the facets of the previous work to show how human rights may operate as modulators of both theoretical positions and political practices, only if they are not frozen in their evolution, but assumed as an eternal claim towards more just global orders, even if their fulfillment remains always incomplete.
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Institución del defensor de los derechos del niño. Situación nacional y experiencia comparada

Martínez Molina, Javiera Belén January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Precisamente para contribuir con el establecimiento de una institucionalidad acorde con la dignidad y vulnerabilidad de nuestros niños es que desarrollé la presente investigación, que apunta específicamente a dilucidar lo que ha pasado en Chile con la instauración de la institución del Defensor del Niño y, más aún, intento dilucidar qué es o hace un Defensor de la Infancia, pues se han generado ciertas expectativas en relación a lo que el trabajo de este podría alcanzar respecto al logro de niveles óptimos de respeto y promoción de los Derechos de la Infancia, por lo demás, ¿Puede la figura efectivamente ayudar en el fomento del respeto a los derechos de infancia?, y de poder hacerlo, ¿basta la sola instauración de la institución o es necesario dotarla de ciertos elementos para ello?.
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Anticoncepción de emergencia. Atentado contra el que está por nacer o derecho reproductivo de la mujer

Álvarez Pizarro, Leyla Dennis, Ortiz Tapia,Johanna Magdalena January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente memoria de prueba tiene por finalidad abordar, desde un punto de vista científico jurídico, algunas de las múltiples interrogantes de relevancia jurídica que se han suscitado desde el año 2001 a propósito de la introducción de la píldora anticonceptiva de emergencia en nuestro país: ¿Puede la anticoncepción de emergencia impedir la implantación de un óvulo fecundado o actúa previniendo la fecundación?, ¿Se trata de un método anticonceptivo o abortivo?, ¿Desde qué momento se protege la vida del que está por nacer en el ordenamiento jurídico chileno?, ¿Atenta la anticoncepción de emergencia contra la vida del que está por nacer?, el uso de los métodos anticonceptivos de emergencia, ¿constituye una manifestación de los derechos reproductivos de la mujer?, las adolescentes, ¿necesitan el permiso de sus padres para acceder a los métodos anticonceptivos de emergencia?, la entrega de la píldora anticonceptiva a los adolescentes , ¿atenta contra el derecho de educación preferente que tienen los padres respecto de sus hijos?.
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Las sentencias de la Corte Interamericana que condenaron a Chile

Márquez Vidal, Claudio Mario January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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Derecho a la recreación en la niñez chilena: análisis de la oferta programática de actividades físicas y deporte recreativo

Laguna Chavarría, Gillene Valkiria January 2018 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Gestión y Políticas Públicas / Desde la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), en 1990, Chile ha promulgado diversas normas orientadas a su cumplimiento progresivo (UNICEF, 2015a). Entre estas se encuentra la Política Nacional de Niñez y Adolescencia 2015-2025 y el Plan Nacional de Niñez y Adolescencia 2018-2025 que conciben a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos. Como parte de las áreas estratégicas de la política se considera como orientación prioritaria lo plasmado en el artículo 31 de la CDN Niños, Niñas y Adolescentes tienen derecho al descanso, esparcimiento, juego y participar de actividades artísticas y culturales (Consejo Nacional de la Infancia, 2015a). El Comité del Niño alerta sobre el escaso reconocimiento que los Estados otorgan a este derecho, traduciéndose en ausencia de inversiones, legislación protectora débil e invisibilidad de los niños en la planificación nivel nacional y local(UNICEF, 2015b). El objetivo de este estudio es analizar la oferta programática que implementa Chile para el cumplimiento del derecho a la recreación en NNA y cómo desde este enfoque contribuye al cumplimiento de las líneas del Plan de acción Nacional 2018-2025. Este análisis se realiza bajo el enfoque de derechos en las políticas de infancia, utilizando metodología cuantitativa, de tipo descriptiva y exploratoria. Se analiza la totalidad de programas de la base de programas sociales del Ministerio de Desarrollo Social, vigentes hasta 2017 respecto al ámbito de estudio. Los resultados muestran que, desde el diseño de objetivos, los programas se relacionan con el Plan Nacional de Niñez y Adolescencia 2018-2025. Sin embargo, éstos conciben el derecho a la recreación como un medio para solucionar problemas emergentes y no como un fin en sí mismo, es decir, el derecho a la recreación aún no es prioridad en los programas/políticas. Acorde a la información que se tiene, los programas no muestran definición exacta de los rangos etarios, éstos son muy variables, se evidencia una oferta programática limitada para los NNA entre 0-5 años de edad, aun siendo la primera infancia esencial en el desarrollo de los NNA. La periodicidad de las actividades realizadas por los programas es muy esporádica, y no tienen en cuenta la opinión de los NNA para su formulación. El 47% de los programas se implementaron en las quince regiones del país, sin embargo, sólo el 12% cubrió cerca del total de comunas. La cobertura por programa respecto a la población potencial es muy mínima, ésta oscila entre 1%-21%, sin embargo, respecto a la población objetivo, la cobertura efectiva es alta, en su mayoría mayor a 100%, ello se debe a factores como: eventos al aire libre (que no está en función de cupos y de los cuales no llevan registro, sólo existe una estimación de participantes por m2), estimación inicial de participantes se fue a la baja lo que explica que los programas estan instrumentalizados en función de las metas asociadas a la institución que tienen que ver con el bolsillo. El presupuesto por programa muestra orientación hacia el desarrollo de alto rendimiento, pues se refleja mayor presupuesto al programa que tiene la menor cantidad de beneficiarios. A 28 años de la ratificación de la CDN, los programas y políticas chilenas no llevan a la práctica en su totalidad el enfoque de derecho en los NNA ni conciben a todos los derechos por igual, normalmente priorizan el derecho a la salud y educación. / Fondecyt N° 11160330 "Cambio en las políticas hacia la infancia y adolescencia en Chile. Análisis de los marcos interpretativos de instituciones y actores relacionados"
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Derecho al recurso en Chile : una mirada desde el sistema internacional de derechos humanos

Numi Capra, Rafael January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este ensayo intenta resolver -mediante un estudio y razonamiento argumental en base a convenciones internacionales (con especial atención en la Convención Americana de Derechos Humanos), la legislación chilena vigente, la jurisprudencia tanto internacional como nacional y las opiniones de la doctrina más autorizada en el tema; interrogantes muy debatidas en las últimas décadas en América Latina, tales como la existencia o no de un derecho al recurso, la posibilidad de aplicar las garantías judiciales mínimas de las convenciones internacionales a materias extra sancionatorias, la compatibilidad de los valores de la oralidad e inmediación con los recursos ordinarios, o la eventual vulneración de las normas internacionales procesales en nuestros procedimientos reformados, para, finalmente, determinar qué figura recursiva se adapta mejor a las exigencias del debido proceso y el juicio justo.
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Juridicidad del derecho humanitario internacional : el caso de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Poblete Correa, Diego, Arancibia Rathgeb, Sebastián January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Con este trabajo investigativo pretendemos constatar que las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son ambiguas e imprecisas, encaminadas a enarbolar propósitos y principios más que normas jurídicas, con el único objetivo de castigar por castigar. Así, la anteposición de principios -mal interpretados por la Corte Interamericana- respecto de normas jurídicas consolidadas, da pie a una supremacía de la subjetividad, privando al Derecho Internacional de certeza, seguridad y confianza, características todas que lo deberían configurar.
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Relevancia en las empresas de implementar en su gestión políticas de responsabilidad social corporativa con enfoque de derechos humanos a favor de la comunidad LGTBI en el Perú

Reyes Mercedes, Allison Karen 08 February 2019 (has links)
En el transcurso de la última década, hemos podido presenciar como diversos países han ido incorporando dentro de su legislación el matrimonio entre las personas del mismo sexo o figuras legales como la unión civil, que permiten la igualdad entre las parejas que pertenecen a la comunidad LGTBI con las parejas heterosexuales al adquirir los mismos derechos y deberes con el matrimonio. En el caso del Perú, el proceso de reconocimiento de los derechos de las personas LGTBI basadas en la igualdad y no discriminación ha sido distinto, el rechazo a cualquier tipo de implementación de políticas públicas o legislación que fomente el respeto y la protección de los derechos de las personas LGTBI ha mostrado el rechazo de una gran parte de la sociedad civil, la cual se ve evidenciada en diversos diagnósticos que indican que el optar por una orientación sexual distinta a lo establecido por la sociedad puede generar rechazo, inclusive el odio injustificado de las personas generando reacciones violentas. Por lo que, el esfuerzo del Estado peruano no ha sido suficiente para garantizar la protección de los derechos de la comunidad LGTBI, se presenta la oportunidad de que otros miembros de nuestra sociedad tomen iniciativa de propulsar el respeto de los derechos humanos. Es así que, la empresa comienza a involucrarse en el respaldo de minorías a través de políticas de gestión internas enfocadas en la igualdad y no discriminación de sus trabajadores que pertenecen a la comunidad LGTBI, siendo la consecuencia que el trato igualitario de propague en sus diversos grupos de interés con los que desarrolla su actividad económica. / Trabajo de investigación
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La paridad como medida necesaria para la participación política de las mujeres en condiciones de igualdad

Bermudez Valdivia, Violeta 11 February 2019 (has links)
La igualdad como derecho y principio fundamental de los Estados democráticos trasciende el concepto de igualdad ante la ley y exige a la sociedad y a los poderes públicos hacer que esa igualdad formal tenga concreción en la vida de las personas. Este derecho-principio fue reconocido tardíamente a las mujeres, quienes aún no ejercen, plenamente, su derecho a la participación política en condiciones de igualdad. Este es el marco en el que se inscribe la presente tesis que explora la teoría de la igualdad introduciendo el aporte de las mujeres, y examina la evolución de este derecho en el campo de la participación política. La hipótesis planteada es que con la consagración de la paridad se podrá garantizar la presencia efectiva de las mujeres en los espacios de decisión y de gobierno, que promueva un valor esencial en todo estado democrático de derecho: la participación política en condiciones de igualdad. La investigación concluye en que es necesario que los Estados, incluido el Perú, adopten medidas más efectivas para lograrlo. La paridad es la medida necesaria para el avance efectivo en la participación política de las mujeres, en condiciones de igualdad. En ese sentido, a través de un estudio histórico, crítico, analítico y actual del ordenamiento jurídico peruano, como del derecho constitucional comparado sobre la materia, desarrolla los argumentos que validan a la paridad como una propuesta compatible con el marco constitucional peruano, que contribuirá a la consolidación del Estado Democrático de Derecho. / Tesis

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