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Soy animal : mi historia como vegano y activista por los derechos animalesVásquez Tapia, Leonardo Andrés 06 1900 (has links)
Memoria para optar al título de periodista / Ser vegano sería lo contrario a ser “especista”, aquel que pone los intereses de la especie humana por sobre las demás. El término “especismo”, que fue acuñado por primera vez en 1970 por el psicólogo Richard D. Ryder, se utilizó para conceptualizar la discriminación que se ejerce hacia los individuos pertenecientes a otras especies. Según el docente de la facultad de Filosofía de la Universidad de Santiago de Compostela y experto en Ética Animal, Óscar Horta, el especismo es “la consideración de trato desventajosa de quienes no pertenecen a una determinada especie” (Horta, 2012, p.3). El vegano se distancia del ecologista, ya que considera que los animales deben ser defendidos como individuos que sienten y no como una mera parte del ecosistema. “Los animales no humanos no son una parte del entorno, sino individuos que, como nosotros, tienen la capacidad de sufrir y disfrutar” (p. 2). Horta ha criticado la posición que señala que los humanos merecen mayor consideración que los animales. “Estas posiciones asumen que los seres humanos cumplen ciertos criterios que implican necesariamente, de forma automática, que sus intereses serán más importantes que los del resto. Sin embargo, no nos dan ninguna razón basada en hechos susceptibles de ser comprobados de que tales criterios existan. Simplemente asumen que es así igual que asumen que sólo los humanos los satisfacen” (p. 4).
Sobre la idea de que los humanos son más importantes sólo por poseer ciertas capacidades cognitivas, Horta afirma que no es válido porque, si se tomara en cuenta ese argumento, “la gran mayoría de la humanidad tendría que subordinar sus intereses propios al de la minoría constituida por genios. Además, es de interés tener en cuenta que hay un gran número de seres humanos cuyas capacidades cognitivas no son las que asumen los defensores de la desconsideración de los animales no humanos. Este es el caso de los niños de corta edad, así como el de muchos adultos con diversidad funcional intelectual profunda. Si la desconsideración (y la explotación) de los animales no humanos se encuentra justificada porque no poseen ciertas capacidades, también lo estará la de todos estos seres humanos (cuyas facultades cognitivas, no olvidemos, a menudo están significativamente por debajo de las que poseen muchos animales de otras especies)” (p. 4).
Según los activistas por los derechos animales, este tipo de discriminación es tan injusta como el sexismo, el racismo y la homofobia. El investigador, psicólogo y catedrático de la Universidad de Harvard, Steven Pinker, argumentó de manera elocuente: “Quien se oponga a los derechos de los animales y sostenga que el hecho de ser persona se basa en ser miembro de la especie Homo Sapiens, no es más que un fanático de la especie, no más sensato que los fanáticos de la raza que otorgan mayor valor a la vida de los blancos que a la de los negros” (Pinker, p. 335).
El estilo de escritura predominante en este trabajo es el narrativo, ya que éste se ajustaba mejor a lo que quería hacer: relatar experiencias, pensamientos y sentimientos en torno a la problemática de los animales. La elección surgió al momento de darme cuenta de que quería comunicar con un mayor grado de libertad.
Sin perjuicio de lo anterior, el trabajo no ha perdido su enfoque periodístico, ya que existe un interés de informar de cómo se fueron desarrollando diversos acontecimientos a través de la observación. Como complemento necesario, se realizaron entrevistas a ciertas personas y se recurrió a diversas fuentes de información, tales como sitios web, diarios, revistas y libros.
Debo aclarar de antemano que lo relatado a continuación no pretende entregar verdades irrefutables, sino que sólo me he limitado a presentar una experiencia de vida, un punto de vista, una subjetividad frente a un tema.
Como el escrito nace de la experiencia, desde la voz de los recuerdos, y los recuerdos se difuminan con el paso del tiempo, algunos episodios no podrán ser relatados con todo el detalle que me gustaría. No obstante, por la misma razón otros podrán ser expresados con un mayor grado de minuciosidad.
La motivación que tuve para hacer este trabajo fue el poder expresar un genuino sentimiento hacia los animales y cómo éste me conllevó a tomar ciertas decisiones y acciones en mi vida. A su vez, me interesé en dejar algún registro del arduo trabajo que han realizado cientos de personas anónimas para defender a los que no pueden hacerlo por sus propios medios. Finalmente, tengo el sincero interés de que este relato pueda ser útil de alguna forma para lograr el tipo de sociedad que me gustaría ver algún día.
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Responsabilidad y sostenibilidad ecológica: una ética para la vidaEsquivel Frías, Leonora 09 May 2006 (has links)
Sostenibilidad implica muchas áreas de desarrollo: economía de países en desarrollo, recursos humanos y justicia social, pero aquí se trabaja la relación de este concepto con el medio ambiente. En la primera parte de la investigación se estudian los antecedentes de la ética ambiental y las tres posturas principales que definen nuestras actitudes hacia el medio ambiente: antropocentrismo, biocentrismo y ecocenrismo. Se menciona aquí el tema de los derechos de los animales como parte de la ética ambiental. En la segunda parte se hace un rastreo histórico del término sosteniblidad, definido como "aquel desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades", y se aborda desde un punto de vista filosófico: ¿qué es lo que hay que sostener y por qué? Si reconocemos que el medio ambiente es un bien básico, entonces su protección es un asunto de justicia distributiva. Una problemática como la del desarrollo sostenible en relación con el medio ambiente, no puede pasar por alto la cuestión de la atribución o negación los derechos de las generaciones futuras, tanto humanas como de plantas y animales, por ello que dentro del valor ético de la sosteniblidad se aborden asuntos de justicia intergeneracional e interespecífica, libertad, autonomía y solidaridad. La tercera parte propone a la responsabilidad como una virtud que nos ayuda a tener actitudes sostenibles, porque la justicia no basta. Es necesario cambiar las actitudes de las personas y se necesitan personas responsables, solidarias, para sostener la vida como bien básico. La responsabilidad es una virtud que ha de educarse. Sentirse responsable y hacerse responsables tanto de nuestros actos como de nuestras omisiones.Hoy en día la intervención humana se ha extendido incluso a la esfera de fenómenos que antes dependían de "lo natural": Manipulación genética de alimentos, alteraciones climáticas y de ecosistemas, y uso de bacterias para armamento, por mencionar algunos. El desarrollo tecnológico, así como los avances científicos en materia de genética, por ejemplo, han suscitado el surgimiento de nuevas preocupaciones éticas que invitan a un replanteamiento de los fundamentos de la ética tradicional. Hemos empezado a considerar moralmente temas que antes parecían incumbir sólo a la ciencia y a la tecnología, hemos visto la necesidad de establecer una base sólida para el tratamiento de cuestiones en las que anteriormente la filosofía había permanecido al margen, y todo ello nos ha obligado inevitablemente a preguntarnos si la ética empleada hasta ahora está a la altura de dichas preocupaciones y si es capaz de ofrecer soluciones a problemáticas cada vez más complejas. La valoración indirecta y antropocéntrica de la naturaleza orientada según necesidades y preferencias humanas, presenta riesgos constantes. Los intereses que predominan en las medidas políticas ambientales son a menudo intereses parciales y egoístas, ligados a un disfrute del que sólo gozarán algunos. A esto hay que agregar que la mayoría de las justificaciones basadas en intereses y valores humanos sólo pueden apoyar medidas de preservación sobre una base demasiado contingente y la preservación de la naturaleza no puede depender de algo tan inestable como los gustos y valores de uso.La crítica a la teoría ética tradicional y las éticas modernas que hace la ética ambiental se centra en el hecho de que en la tradición occidental la relación del hombre con el medio ambiente no se ha planteado específicamente como problema moral. Pero lo fundamentalmente novedoso de la ética ambiental o ecológica es precisamente la invitación que nos hace a examinar más profundamente nuestra manera de relacionarnos con el mundo natural. Contemplar al medio ambiente físico como susceptible de consideración moral supone un importante cambio en la concepción del "hombre como dueño y propietario del mundo".Los problemas que trata la ética ambiental no son muy distintos de los que siempre se ha ocupado la ética: justicia, libertad, bienestar, dignidad. Con lo cual la posibilidad de un desarrollo que satisfaga necesidades presentes de humanos, puede comprender también las necesidades presentes de los demás seres vivos. Mi objetivo es incluir en la esfera moral a los demás habitantes del planeta y a través del desarrollo sostenible dicha consideración de intereses es posible. / Sustainability can be and is related to many areas, such as the economy of developing nations, human resources, social justice, politics and so on but in this particular project the concept of sustainability is studied in relationship to the environment.The first part of the project explores the origins of environmental ethics and the three fundamental bases, anthropocentrism, biocentrism and ecocentrism, in which our human society's attitude towards environment is rooted. The possible attribution of rights to nonhuman animals is advocated here. In the second part, the concept of sustainability is analysed and defined as "development that meets the needs of the present without compromising the ability of future generations to meet their own needs." From a philosophical point of view the question we have to answer is "What do we have to sustain and why?" If we admit that the environment is a primary good, then its protection relates to distributive justice. Sustainable development and environment have direct implications with intergenerational and interspecies problems. The attribution of rights to future generations of human and nonhuman animals must be addressed from the perspective of values such as liberty, autonomy and solidarity.In the third part, responsibility is put forward as a virtue which makes the pursuit of sustainability desirable. Justice is not enough; it is essential to change people´s attitudes and develop responsible and co-operative individuals, individuals who affirm that life is a primary good. Responsibility is a virtue that can be transmitted through education; people must recognize their responsibility with respect to their acts and also to their omissions.In recent decades, human intervention in nature has increased and many would say that it has got out of control: global warming, genetically modified organisms, soil, air and water pollution are but a few examples. In this project I have started considering from an ethical standpoint issues formerly seen as exclusive to science or technology. Technological and scientific developments, such as genetic manipulation for example, have posed new moral dilemmas that force us to consider whether traditional ethics need to be revised and rewritten. I have investigated the validity of traditional moral philosophy in relationship to its capacity to give us solutions to more and more complex problems.It is my belief that the anthropocentric approach to the environment produces constant risks because it does not take nonhuman animals into moral consideration. While environmental politics are based exclusively on human desires, interests, needs and preferences, it is obvious that nature will be valued only in relation to what we can obtain from it. However human desires are often selfish, partisan and elitist. And they are almost always short-sighted and unstable. I hold that to take the interests of other nonhuman beings into consideration is an essential part of the theory and practice of a relatively new discipline which we might call environmental or ecological ethics.My criticism of traditional ethics in relation to the environment is based on the fact that traditionally the relationship between Man and Nature is not seen as moral issue. Environmental or ecological ethics urges us to study and analyse - morally - the way in which we interact with the natural world. The moral consideration of the environment represents a very important change in the actual paradigm of the human being as master and owner of the world.Environmental ethics makes reference to questions not very different from the ones studied by traditional ethics: justice, liberty, dignity, and welfare. It is my belief that progress or development which satisfies the needs of present human beings must or should also satisfy the needs of other sentient creatures.My objective is the inclusion of the natural world into the moral community; with the right implementation of sustainable development it is possible to do so.
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Protección jurídica de los animales en Chile : el caso de las mascotas y animales de compañíaAguilar Arrué, Alejandro, Bravo Fuenzalida, Benjamín January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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La comisión por omisión en el delito de maltrato o crueldad animalCarvalho González, Estrella Dalva De January 2016 (has links)
Tesis (para optar al grado de magíster en derecho penal) / Todo acto cruel o inhumano realizado contra los animales, constituye delito, sea
que su autor realice acciones u omisiones, cuyo resultado sea afectar el bienestar
animal del sujeto pasivo. A nivel doctrinal y jurisprudencial, no ha existido dificultad al
considerar que ciertas acciones agresivas en contra de los animales satisfacen el delito
de Maltrato o Crueldad Animal, tipificado en el artículo 291 Bis del Código Penal. No
obstante, tanto la doctrina como la jurisprudencia son deficitarias respecto al desarrollo
de las hipótesis de comisión omisiva, que es precisamente la forma más frecuente de
atentado lesivo en contra de los animales. Esto se traduce, en definitiva, en la omisión
de los deberes de cuidado y de atención que satisfagan las necesidades de cada
especie.
La presente investigación tiene por objeto defender la idea de que la omisión
cruel o abusiva en contra de los animales, es constitutiva del delito de maltrato o
crueldad animal; evidenciar la calidad de sujeto de derecho de los animales en la
esfera del derecho penal, planteando una posición de garante cuya fuente es la ley, y
que en vista a la existencia de un vínculo especial entre un humano y el animal, obliga
al primero a impedir la lesión del segundo. Para ello se analizará jurisprudencia de
nuestros tribunales, doctrina nacional y extranjera, se indagará el sentido de la ley
conforme normas y principios de interpretación; proporcionando una mirada distinta de
la posición jurídica de los animales, y las obligaciones que como humanos contraemos
con los mismos.
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Protección jurídica de los animales en Chile : el caso de las mascotas y animales de compañíaAguilar Arrué, Alejandro January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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Informe jurídico sobre la resolución N° 00022-2018-PI/TCMeléndez García, Mariana 10 May 2023 (has links)
El presente informe tiene como objetivo analizar la inconstitucionalidad de la
Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº30407, Ley de
Bienestar y Protección Animal, la cual excluye a las corridas de toros, peleas
de toros, peleas de gallos y demás espectáculos declarados de carácter
cultural por la autoridad competente. El análisis jurídico comprende en
determinar cuál es el estado actual de los animales dentro del ordenamiento
jurídico a partir de las resoluciones emitidas por el Tribunal Constitucional,
siendo la de mayor relevancia la del Expediente Nº00022-2018-PI/TC.
Se utilizará el principio de proporcionalidad como un parámetro indispensable
de constitucionalidad para evaluar la actuación de los poderes públicos, sobre
todo cuando ésta afecta el ejercicio de los derechos fundamentales. Es decir, el
principio de proporcionalidad no debe ser entendido como la respuesta a todos
los problemas, sino como la técnica que nos permite determinar la idoneidad,
necesidad y proporcionalidad de las medidas legales que limitan o restringen
derechos fundamentales.
Además, se analizará si la declaración de las corridas de toros, peleas de toros
y peleas de gallos como espectáculos culturales por parte del Ministerio de
Cultura es determinante para declarar la constitucionalidad de la ley. Por último,
se cuestionará si es necesario realizar una reforma constitucional para
garantizar una protección efectiva de los animales. / The following essay aims to analyze the unconstitutionality of the First Final
Complementary Provision from Law Nº30407 Animal Welfare and Protection
Law, which exempts bullfights, cockfights and other animal related activities
proclaimed as cultural events from a competent lawful authority. The legal
analysis intends to determine the current status of animals within the legal
system, based on the resolutions issued by the constitutional court, being the
most relevant File No. 00022-2018-PI/TC.
The proportionality test will be utilized as an essential parameter of
constitutionality to evaluate the actions of public powers, especially when it
affects the exercise of fundamental rights. In other words, the proportionality
test should not be understood as the answer to all problems, but rather as the
mechanism that allows us to determine the suitability, necessity and
proportionality of the legal measurements that limit or restrict fundamental
rights.
Furthermore, it will analyze whether the declaration of bullfights and cockfights
as cultural events by the Ministry of Culture is a decisive factor to declare the
constitutionality of the law. Finally, it will be argued if it is necessary to propose
a constitutional reform in order to provide an effective protection for all animals.
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Análisis de la Ley 30407 : problemas y soluciones a la regulación actual del bienestar animal en animales de compañíaVillanueva Caceres, Gabriela Alejandra 14 September 2021 (has links)
Este trabajo busca analizar la eficacia y avances respectos a la regulación animal
para los animales de compañía en el Perú. Para ello, se evaluará la Ley 30407,
Ley de protección y bienestar animal, aprobada en enero de 2016, la cual es la
norma marco más importante para asegurar la integridad de los animales
domésticos, silvestres y de compañía. Ante ello, se medirán los avances en
materia de protección jurídica animal a nivel nacional comparándolo con la
regulación internacional, en especial con normas europeas y latinoamericanas,
a fin de evaluar los retos y posibles soluciones.
Del análisis de la Ley 30407, se desprende que esta norma presenta vacíos y es
insuficiente por carecer de los lineamientos y métodos técnicos para asegurar el
bienestar de los animales de compañía. Por ello, se propone la publicación de
un reglamento para complementar lo dispuesto en la mencionada Ley, o la
adopción de una mesa de trabajo especializada para emitir los instrumentos
técnicos necesarios para ejecutar dicha Ley. Finalmente, se recomienda la
adopción de la Declaración Universal sobre el Bienestar Animal a fin de
complementar el marco normativo nacional vigente e incentivar la formulación de
mayores instrumentos legales que tengan como objetivo la protección y
bienestar de los animales. / This work addresses the efficiency and obstacles of the legal status of animals
and companion animals in Peru. The 30407 law, the animal protection and
welfare law, published in 2016, is the most important law in the legal framework
of animals and companion animals. Thus, it is required to analyze the
international animal law, in particular, the English laws and Latin American
regulations in order to evaluate our legal challenges and possible solutions.
After analyzing the 30407 law, it is possible to identify its weaknesses and
deficiencies since this law requires additional legal instruments to achieve animal
welfare. For those reasons, it is mandatory to adopt a property status of animal regulation that incorporates technical procedures or enforces working sessions
in order to develop the legal instruments needed to allow its implementation. In
addition, it is recommended to adopt the Universal Declaration on Animal Welfare
to complement the current Peruvian animal law framework and motivate the
development of new welfare reforms.
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Maltrato y falta de respeto a la vida animal y la necesidad de analizar las causas que intervienen en el desarrollo de la conciencia ciudadanaGodenzi Alegre, Rosario 31 August 2022 (has links)
La presente investigación se desarrolla bajo el enfoque cualitativo cuya
orientación permite descubrir el sentido y el significado de las acciones humanas y
sociales. Se emplea el análisis de contenido para destacar relevantes aspectos
conceptuales, por lo que se aplica un estudio riguroso, ordenado y orientado a
obtener conclusiones con argumentos válidos, cuyas premisas o afirmaciones
sirvan de base o fundamento para posteriores investigaciones.
El objetivo es analizar cómo se favorece la conciencia ciudadana a partir de
la protección y el respeto a la vida animal, se describen las causas que originan la
falta de respeto a la vida animal en la ciudadanía, se identifica la ausencia de
lineamientos en el Diseño Curricular Nacional orientados a la protección y respeto
a la vida animal. Se describen los beneficios que brindan los animales al bienestar
emocional de la ciudadanía. Se justifica la investigación por ser conveniente y por
la relevancia social que alcanza. Para efectos de conocer los hallazgos,
encontramos la falta de empoderamiento de las potencialidades naturales de los
ciudadanos para la reflexión sobre un mundo que cambia día a día, que exige de un
impulso innovador en el que el eje medular del comportamiento ciudadano sea el
respeto, garantizando la primacía por hacer el bien, que solo a partir de la moralidad
podrá alcanzarse la calidad de vida esperada. La influencia positiva que producen
los animales menores a los ciudadanos con dolencias físicas o emocionales. Se
realiza una macrodescripción sobre los alcances de la bioética cuya razón de
existencia es el cuidado de la vida en el planeta. Se concluye que el
desconocimiento del ciudadano respecto a la sintiencia que poseen los animales no
humanos condiciona un tratamiento inhumano considerándolos entes a
disposición y dominio, es así que el antropocentrismo aparece como una constante
en la violencia y maltrato animal pasivo y activo. / This research is developed under a qualitative approach whose
orientation allows discovering the meaning and meaning of human and social
actions. Content analysis is used to highlight relevant conceptual aspects by
applying a rigorous and orderly study aimed at obtaining conclusions with valid
arguments, whose premises or affirmations will serve as the basis or foundation for
further research.
The objective is to analyze how citizen awareness is promoted from the
protection and respect of animal life, the causes that originate the lack of respect for
animal life in citizens are described, and the absence of guidelines in the curricular
design is identified national oriented to the protection and respect for animal life. The
benefits that animals provide to the emotional well-being of citizens are described.
The research is justified because it is convenient and because of the social
relevance it achieves. For the purposes of knowing the findings, we find the lack of
empowerment of the natural potential of citizens for reflection on a world that
changes day by day, which requires an innovative impulse in which the core axis of
citizen behavior is respect, guaranteeing the primacy for doing good, that only from
morality can the expected quality of life be achieved. The positive influence that
minor animals produce on citizens with physical or emotional ailments. A macro
description is made of the scope of bioethics whose reason for existence is caring
for life on the planet. It is concluded that the ignorance of the citizen regarding the
sentience that non-human animals have conditions an inhuman treatment
considering them available and dominating entities, anthropocentrism appears as a
constant in violence and passive and active animal abuse.
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Informe Jurídico sobre la Sentencia recaída en el Expediente N° 00022-2018-PI/TC: Demanda de inconstitucionalidad planteada contra la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30407 - Ley de Protección y Bienestar AnimalValdelomar Martinez, Danae Estefania 25 July 2024 (has links)
La protección jurídica de los animales es un tema que cada vez se hace más
visible a nivel internacional y nacional; ya sea a través de la normativa o la
jurisprudencia.
La categoría jurídica de los animales y, los derechos o principios asignados para
estos seres vivos son algunos temas de debates que tienen en cuenta un
aspecto en común: el bienestar animal.
Pero, ¿qué sucede cuando la protección y el bienestar animal se confronta con
otros derechos fundamentales que tienen las personas? En este informe jurídico
se analizará la sentencia recaída en el Expediente N° 00022-2018-PI/TC en el
cual se solicita la inconstitucionalidad de la Primera Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 30407 - Ley de Protección y Bienestar Animal. En esta
disposición se realiza una excepción, porque los animales que participan en la
tauromaquia, gallística y demás actividades que sean declaradas culturales por
el Ministerio de Cultura quedan fuera de su protección legal.
De esta manera, se analizará la normativa constitucional y legal relacionada a la
protección jurídica de los animales, se interpretará diferentes pronunciamientos
jurisprudenciales y se utilizará doctrina para determinar si dicha excepción es o
no inconstitucional. Específicamente, se abordarán temas sobre (i) el status
jurídico de los animales en el Perú, (ii) el desarrollo del derecho a la identidad
cultural como sustento de la excepción de la Ley N° 30407, y (iii) el desarrollo
normativo de la tauromaquia y gallística para determinar si existe compatibilidad
y relación con el bienestar animal. / The legal protection of animals is a topic that is becoming more and more visible
at the international and national level; either through regulations or jurisprudence.
The legal status of animals and the rights or principles assigned to these living
beings are some of the subjects of debates that have a common aspect in count:
animal welfare.
But, what happens when animal protection and welfare is confronted with other
fundamental rights that people have? This legal report will analyze the judgment
handed down in Case No. 00022-2018-PI/TC in which the unconstitutionality of
the First Final Complementary Provision of Law No. 30407 - Animal Protection
and Welfare Law is requested. An exception is made in this provision, because
animals participating in bullfighting, cockfighting and other activities that are
declared cultural by the Ministry of Culture are excluded from its legal protection.
In this way, the constitutional and legal regulations related to the legal protection
of animals will be analyzed, different jurisprudential pronouncements will be
interpreted and doctrine will be used to determine whether or not such exception
is unconstitutional. Specifically, we will address issues on (i) the legal status of
animals in Peru, (ii) the development of the right to cultural identity as a basis for
the exception of Law No. 30407 and, (iii) the regulatory development of
bullfighting and poultry to determine whether there is compatibility and
relationship with animal welfare.
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