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Análisis de la prisión preventiva en los casos Odebrecht: la aplicación del Acuerdo Plenario 01-2019

Mendoza Maldonado, Elizabeth 14 October 2020 (has links)
En el presente trabajo, se plantea la problemática respecto a la aplicación de la prisión preventiva en casos de relevancia nacional como los de la trama Odebrecht (Keiko Fujimori Higuchi, Luis Castañeda Lossio y el caso árbitros), emitidos tras la publicación del Acuerdo Plenario 01-19, pues éste último realiza un desarrollo pormenorizado de los requisitos legales para la imposición de la prisión preventiva, intentando solucionar el cuestionable uso excesivo y erróneo de esta medida excepcional. Para realizar el análisis, estos estándares se utilizan como indicadores de cumplimiento, denominados de la siguiente manera: sospecha fuerte, gravedad del delito, peligrosismo procesal, juicio de imputación, uso de declaraciones de postulantes y colaboradores eficaces, plazo de la prisión preventiva, examen de proporcionalidad, motivación y audiencia de prisión preventiva. Se encuentra que solo un auto realiza de forma suficiente el juicio de imputación: el de Keiko Fujimori. Solo este último logra sustentar con sospecha grave la participación de la imputada, realiza el examen de gravedad del delito, fundamenta el peligro de obstaculización y el peligro de fuga, cumple con motivar adecuadamente y realiza la corroboración externa de las declaraciones de postulantes y colaboradores eficaces. Además, se encuentra que, a diferencia de los demás autos analizados, el de Castañeda no fundamenta la razonabilidad del plazo de prisión preventiva. Se evidencia también que existe un problema respecto del análisis de proporcionalidad pues ningún auto desarrolla de forma satisfactoria este examen. Por último, el único indicador que se cumple de forma satisfactoria por los 3 autos es el de las formalidades y requisitos de la audiencia de prisión preventiva. En suma, la aplicación de la prisión preventiva en los casos analizados demuestra falencias en su uso por la inobservancia de los estándares esgrimidos en el Acuerdo Plenario y la intromisión de motivos extrapenales que justifican la imposición de la medida. / In this work, the problem regarding the application of preventive detention in cases of national relevance such as those of the Odebrecht plot (Keiko Fujimori Higuchi, Luis Castañeda Lossio and the arbitrators' case), published after the emission of the Plenary Agreement 01 -19, this one makes a detailed development of the legal requirements for the imposition of preventive detention, trying to solve the questionable excessive and erroneous use of this exceptional measure. To carry out the analysis, these standards are used as indicators of compliance, named as follows: strong suspicion, the seriousness of the crime, procedural dangerousness, impeachment trial, use of statements by effective applicants and collaborators, the term of preventive detention, the examination of proportionality, motivation and pretrial detention hearing. Only one case sufficiently carries out the imputation trial: that of Keiko Fujimori, this is the only one that achieved sustain with serious suspicion the participation of the accused, performs the serious examination of the crime, bases the danger of obstruction and the danger of runaway complies with the required motivation and performs external corroboration of the statements of effective applicants and collaborators. Furthermore, it is found that, unlike the other cases analyzed, Castañeda's case does not substantiate the reasonableness of the period of preventive detention. It is also evident that there is a problem concerning the proportionality analysis, as non case accomplish satisfactorily this test. Finally, the only indicator that is satisfactorily accomplished by the 3 cases is that of the formalities and requirements of the pretrial detention hearing. In sum, the application of preventive detention in the cases analyzed shows flaws in its use due to the non-observance of the standards used in the AP and the intrusion of extra-criminal reasons that justify the imposition of the measure.
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El criterio preponderante para configurar el peligro procesal de la prisión preventiva : a propósito del subprincipio de necesidad

Cadena Tinuco, Hussein 16 December 2020 (has links)
La conflictiva relación entre el derecho a la libertad individual de la persona y el encierro preventivo no cesa en la actualidad. Desde la vista de la doctrina y jurisprudencia nacional, se ha expuesto que la prisión preventiva es una medida sumamente excepcional que solo se invoca con el objeto de garantizar el desarrollo adecuado del proceso ante la verificación de un peligro procesal (fuga u obstaculización de la investigación). No obstante, esta medida no es la única para neutralizar el peligro procesal. El Código Procesal Penal (NCPP) regula varias medidas de coerción personal y, conforme al artículo 235° numeral 3, éstas son utilizadas en un marco de necesidad, sin embargo, no todas generan la misma consecuencia jurídica y neutralizan el mismo nivel de peligro procesal. En ese contexto, el peligro procesal es el presupuesto más importante dentro de las medidas de coerción personal y es la razón por la que se dicta. Asimismo, este presupuesto varía de acuerdo a la medida de coerción personal, es decir, el peligro procesal que neutraliza la prisión preventiva no es el mismo peligro que puede neutralizar las demás medidas de coerción personal. Por tanto, el peligro procesal de la prisión preventiva tiene un carácter desbordante que dista de las demás medidas de coerción personal, no obstante, ¿Qué circunstancia lleva a ese nivel de peligro procesal? El objetivo de esta investigación es probar que la circunstancia determinante que intensifica el peligro procesal y hace necesaria la utilización de la prisión preventiva, es la actitud del imputado frente al proceso penal. Este criterio incapacita a las demás medidas de coerción personal y hace necesaria la utilización de la prisión preventiva, consecuentemente, el peligro procesal de la prisión preventiva se debe estructurar sobre la base de este criterio.
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El razonamiento probatorio cautelar en la prisión preventiva para el caso del peligro procesal

Herrera Contreras, Hilhmar 04 May 2021 (has links)
La prisión preventiva en el ámbito procesal penal viene a ser una medida cautelar que tiene carácter personal y su finalidad es garantizar el proceso penal y el cumplimiento de una eventual pena que pudiera imponerse. Esta medida no puede, ni debe tener otra naturaleza que la pudiera convertir en una medida de seguridad y mucho menos, en una pena anticipada. En ese sentido, el objetivo del presente trabajo es determinar los fundamentos del estándar probatorio referido al peligro procesal en la medida cautelar de la prisión preventiva como justificación de las garantías del proceso penal; realizándose para tal fin una investigación jurídica de tipo dogmático, normativa, teórica y jurisprudencial, por lo cual, la presente investigación demostrara los abusos que se vienen cometiendo con la prisión preventiva en la actualidad, no siendo congruentes con las normas y derechos fundamentales de toda persona inmersa en un proceso penal. Concluyendo que los operadores de justicia deberían adoptar sus decisiones sobre la base de un debido razonamiento probatorio en cuanto al tercer presupuesto material de la prisión preventiva. En el presente trabajo analizamos la aplicación de un razonamiento probatorio cautelar y además estándares de prueba en materia de prisión preventiva, ello vinculado al peligro procesal, lo cual supondría una garantía al momento de resolver el requerimiento de esta medida cautelar. Así, pretendemos esclarecer cuestiones fundamentales para dictar esta medida de carácter excepcional, entendida como la más gravosa del proceso penal
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La utilización de la declaración del aspirante a colaborador eficaz para fundamentar la medida coercitiva de prisión preventiva: ¿vulneración a un derecho fundamental o incumplimiento del estándar probatorio?

Zevallos Prado, Oscar Aníbal 25 May 2020 (has links)
En el año 2016, la empresa ODEBRECHT mediante el documento denominado “Acuerdo de Declaración de Culpabilidad” confesó ante la justicia de EE.UU que había pagado sobornos en 12 países de Latinoamérica con la finalidad de obtener grandes proyectos de infraestructura. Uno de los países donde se había cometido este tipo de actos era el Perú, lo que motivo que se iniciaran investigaciones preliminares a funcionarios públicos, líderes de partidos políticos y empresarios reconocidos por delitos de corrupción y lavado de activos. En el marco de estas investigaciones, los jueces de investigación preparatoria vienen utilizando la información brindada por aspirantes a colaboradores eficaces como elemento de convicción para dictar medidas de prisión preventiva, sin aprobación judicial. Al final del presente trabajo, se ha determinado que la utilización de la declaración del aspirante, con los supuestos elementos de convicción que lo corroboran, no cumplen con el estándar probatorio de “sospecha fuerte” exigido por el Acuerdo Plenario Nº 1-2019/CIJ-116 y la Sentencia Plenaria Casatoria Nº 1- 2017/CIJ-443.
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El peligro de obstaculización en el mandato de prisión preventiva por delitos de función militar policial

Farfán Gamarra, Johhanna Nathalie 30 September 2021 (has links)
El presente trabajo tiene por finalidad, demostrar la necesidad de implementación de criterios de valoración del peligro de obstaculización en la Jurisdicción Militar Policial, toda vez que el Código Penal Militar Policial establece en su artículo 322 los requisitos de las medidas de coerción, sin embargo, no instituye criterios expresos para calificar el peligro de obstaculización y se aplica supletoriamente lo establecido en el artículo 270 del Código Procesal Penal, por lo que los autos de prisión preventiva no cuentan con una motivación adecuada o suficiente respecto a este peligro, dándolo por cierto, no precisándose los criterios objetivos y solidos de la existencia del peligro de obstaculización. Es por ello que resultaría necesaria la aplicación de los criterios establecidos por la Jurisdicción Ordinaria a fin de determinar las circunstancias que concurren para determinar el peligro procesal en su vertiente de peligro de obstaculización. Es así que, en el presente trabajo se realizara un análisis de los criterios de valoración adoptados por la Jurisdicción Ordinaria, que determina en específico que conductas del imputado constituyen serios elementos para la concurrencia del peligro de obstaculización, los mismos que deben ser valorados en conjunto, y de cómo estos podrían ser aplicados en la Jurisdicción Militar Policial

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