• Refine Query
  • Source
  • Publication year
  • to
  • Language
  • 33
  • Tagged with
  • 33
  • 33
  • 33
  • 33
  • 23
  • 23
  • 23
  • 23
  • 23
  • 21
  • 21
  • 20
  • 20
  • 17
  • 9
  • About
  • The Global ETD Search service is a free service for researchers to find electronic theses and dissertations. This service is provided by the Networked Digital Library of Theses and Dissertations.
    Our metadata is collected from universities around the world. If you manage a university/consortium/country archive and want to be added, details can be found on the NDLTD website.
11

Informe sobre la Resolución Directoral General Nº 0017- 2023-MTPE/2/14

Reyes Tello, Mario Guillermo Jofral 07 August 2023 (has links)
El caso versa sobre la improcedencia de la solicitud de huelga nacional indefinida presentada por la Confederación General de Trabajadores del Perú en contra del Secretario General de la organización sindical por parte del gobierno de Dina Boluarte y de medios de comunicación. En ese sentido, el objetivo del presente informe jurídico reside en determinar la conformidad de las huelgas políticas de acuerdo al ordenamiento normativo peruano. / The case deals with the inadmissibility of the request for an indefinite national strike presented by the General Confederation of Workers of Peru against the General Secretary of the union organization by the government of Dina Boluarte and the media. In this sense, the objective of this legal report is to determine the conformity of political strikes according to the Peruvian legal system.
12

La redefinición del derecho de huelga a partir del empleo de las tecnologías de información y comunicación en los conflictos colectivos de trabajo

Chuqui Espinoza, Sheyla Jazmine 30 March 2023 (has links)
Las tecnologías de la información y comunicación son una realidad constante y han generado repercusiones en las relaciones laborales. En la huelga como manifestación más crítica de los conflictos colectivos de trabajo, objeto de la presente investigación, las tecnologías de la información y comunicación suponen una redefinición del derecho desde dos ámbitos: El ejercicio del derecho de parte de los trabajadores, y la respuesta del empleador frente a una medida de presión social como la huelga. En el ejercicio de la medida de parte de los trabajadores, las tecnologías de información y comunicación evidencian no solo un rol flexibilizador y masificador de sus efectos para un mayor alcance, sino que también, permite redefinir el derecho a propósito de su repercusión en quienes materializan la medida e, incluso, desarrollan sus actividades laborales a partir de las tecnologías de información y comunicación. Desde el ámbito del empleador, dicha intervención también repercute en la generación de una nueva manifestación como respuesta a la huelga desde el lado del empleador: el esquirolaje tecnológico. Es objeto de la presente investigación, analizar en qué supuestos es posible concretar el esquirolaje tecnológico sin mermar el ejercicio libre del derecho de huelga. Así las cosas, el lector de la investigación podrá comprender cómo el empleo de las tecnologías de información y comunicación deviene en un redimensionamiento de una institución jurídica como el derecho de huelga. / Information and communication technologies are a constant fact and have effects in employment relationships. In the strike as the most critical manifestation of collective labor conflicts, which is the object of this investigation, information and communication technologies represent a redefinition of the right of strike from two areas: The exercise of the right by the employees, and the response of the employer against a work stoppage such as a strike. In the strike as a labor right of the employees, the information and communication technologies show not only a flexible and massifying role of their effects for a greater scope, but also, it allows redefining the right regarding its repercussion on those who materialize the strike and even on those who carry out their work activities based on information and communication technologies. From the employer's perspective, said intervention also has an impact on the generation of a new response to the strike from the employer's side: technological strike breaking. The object of this investigation is to analyze in which cases it is possible to achieve technological strike breaking without violating the free exercise of the labor right to strike. Thus, the reader of this investigation will be able to understand how the use of the information and communication technologies leads to a redefinition of a legal institution such as the right to strike.
13

El derecho de huelga de cara a los fenómenos de descentralización productiva

Siguas Hernández, Juan Daniel 21 May 2021 (has links)
El uso cada vez más extendido de estrategias de descentralización productiva hace que se configuren estructuras empresariales bastante más complejas que la noción tradicional de empresa. A pesar del impacto que tienen estas nuevas realidades económicas sobre el desarrollo de las relaciones de trabajo, nuestro ordenamiento jurídico no brinda respuestas suficientes y adecuadas a los desafíos que estos nuevos paradigmas productivos plantean al ejercicio de los derechos laborales, incluyendo los derechos colectivos. En ese sentido, y teniendo en cuenta que nuestra regulación laboral poco o nada dice acerca del ejercicio del derecho de huelga en escenarios de descentralización productiva, en el presente trabajo analizamos si las estructuras empresariales que se configuran a partir de las técnicas de descentralización pueden llegar a ser ámbitos del derecho de huelga. Para ello, primero hacemos un repaso del tratamiento doctrinario y legal de los dos principales fenómenos de descentralización productiva que tienen lugar en nuestro país (las redes empresariales formadas a partir de la subcontratación y los grupos de empresas) y analizamos de qué manera ambos fenómenos impactan en el ejercicio de la libertad sindical y en la propia dinámica de los conflictos colectivos. Seguidamente, desarrollamos algunas nociones básicas relacionadas con el derecho de huelga, hasta llegar a abordar los fundamentos que, a nuestro entender, justifican la proyección de este derecho hacia los ámbitos complejos del grupo o la red. De este modo, concluimos que el grupo de empresa y la red empresarial pueden ser ámbitos del derecho de huelga, en aquellos casos en los que surjan conflictos colectivos en tales escenarios o cuando los trabajadores en conflicto están intensamente vinculados con la actividad productiva global que, más allá de barreras formales, se desarrolla en el conjunto del grupo o la red.
14

Propuesta normativa para la inclusión de las modalidades atípicas de la huelga en nuestro ordenamiento jurídico

Ciriaco Bellido, Carlos Ernesto 27 February 2020 (has links)
A pesar del reconocimiento del más alto rango del derecho de huelga, este ha caído en una crisis que ha sido objeto de estudio por parte de la doctrina, desde su poca efectividad hasta las barreras y restricciones por parte de la legislación y que ha generado un gran desincentivo para las organizaciones sindicales. Asimismo, de conformidad con los conceptos que se asumen del derecho de huelga, se han tenido como novedosas algunas modalidades para mejorar las relaciones al interior de una relación de trabajo y ajustar las necesidades existentes a la actualidad, es por ello se acude a una relación costo - beneficio y por ello, los trabajadores buscan maneras y soluciones que perjudiquen al empleador para que estos, atiendan sus pedidos y reclamos. Es de recalcar, no existe otra modalidad que la cesación total de actividades fuera del centro de trabajo para diversas legislaciones internacionales. Es muy importante darse cuenta, que el permitir la regulación de las modalidades atípicas de la huelga daría paso a revalorizar el derecho de huelga, en tanto, esta vuelva a tener relevancia en el marco de las relaciones colectivas de trabajo. Asimismo, permitiría que los trabajadores tengan un medio alternativo para hacer frente a sus reclamos y ocasionar un perjuicio económico al empleador, ya que aquí lo transcendental es ocasionar un daño lícito al empleador, y no tener un obstáculo por parte del propio empleador o del marco restrictivo del Estado a través de sus normas. Por ello, el presente trabajo pretende desarrollar algunas propuestas normativas a fin de lograr dicho cometido.
15

Protección de los derechos de negociación colectiva y huelga en las redes empresariales y los grupos de empresas. Posibles respuestas desde la jurisprudencia.

Siguas Hernández, Juan Daniel 25 January 2023 (has links)
La presente investigación se propone encontrar herramientas que permitan asegurar el efectivo ejercicio de los derechos de negociación colectiva y de huelga en las estructuras empresariales complejas, como las redes empresariales y los grupos de empresas formados a partir de estrategias de descentralización productiva. Ello tras constatar que, a pesar del impacto que las nuevas formas de organización empresarial tienen sobre el conjunto de relaciones laborales, el ordenamiento jurídico nacional poco o nada dice acerca del ejercicio de la libertad sindical y de los derechos colectivos en dichos escenarios. En ese sentido, se parte de analizar los derechos de negociación colectiva y de huelga desde la perspectiva de los derechos fundamentales, subrayando la importancia que tienen las obligaciones y prohibiciones legales que se establecen como garantías sustantivas de tales derechos. Seguidamente, se examinan las principales construcciones jurisprudenciales y legislativas que, a nivel comparado, se han elaborado con el propósito de que las instituciones del derecho del trabajo puedan hacer frente a los desafíos que les plantean las realidades empresariales complejas. A partir de ello, se concluye que la tesis del “empleador putativo o instrumental”, sin perjuicio de las limitaciones que presenta su aplicación, permite que los jueces lleven a cabo una reinterpretación de las actuales garantías sustantivas de los derechos de negociación colectiva y de huelga, a fin de que dichas garantías sigan teniendo sentido o no resulten vaciadas de contenido frente a los fenómenos empresariales que aparecen como resultado de la descentralización productiva. / This research aims to find tools to ensure the effective exercise of collective bargaining and strike rights in complex business structures, such as business networks and groups of companies formed from productive decentralization strategies. This after noting that, despite the impact that the new forms of business organization have on all labor relations, the national legal system says little or nothing about the exercise of freedom of association and collective rights in these scenarios. In this sense, it is based on analyzing the rights of collective bargaining and strike from the perspective of fundamental rights, emphasizing on the importance of the legal obligations and prohibitions that are established as substantive guarantees of such rights. Subsequently, are examined the main jurisprudential and legislative constructions that, at the comparative level, have been elaborated with the purpose of enabling labour law institutions to face the challenges posed by complex business realities. From this, it is concluded that the thesis of the "putative or instrumental employer", despite the limitations presented by its application, allows judges to carry out a reinterpretation of the current substantive guarantees of the rights of collective bargaining and strike, so that these guarantees continue to fulfill their function or are not emptied of content infront of business phenomena that appear as a result of productive decentralization.
16

Informe jurídico sobre la Casación Laboral N° 25646-2017

Palacios Lévano, Claudia 20 August 2021 (has links)
La Casación Laboral N° 25646-2017-Arequipa se focaliza en el conflicto que surge entre el empleador (Minera Cerro Verde) y el trabajador (Zenón Mujica) quien es sancionado por no haber prestado sus servicios el 8 y 9 de abril de 2016, fecha en la que decidió ejercer su derecho a la huelga junto con otros trabajadores del sindicato al que pertenece. Este caso es considerado como uno de los muchos casos en los que se declara la improcedencia e ilegalidad de la huelga. La improcedencia e ilegalidad están sujetas al cumplimiento estricto de requisitos señalados en el T.U.O de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y de su reglamento a fin de obtener una decisión que declare la procedencia por parte de la Autoridad Administrativa del Trabajo. A través de una metodología teórica e histórica, en el presente trabajo cuestionamos la exigencia de tales requisitos desde el ámbito del derecho constitucional y sus métodos de interpretación. / The judicial review N° 25646-2017-Arequipa focuses on the conflict between an employer (Cerro Verde Mining Corp) and its employee (Zenon Mujica). Zenon Mujica is sanctioned for not working on April 8th and 9th, 2016, when he was exercising his right to riot with other workers from the labor union that he is associated with. This case is considered to be one of the many cases in which the right to strike has been limited based on inadmissibility and illegality. These two classifications can be avoided once the labor organization accomplishes the fulfillment of all the requirements set forth in the strict regulation of the national labor law (LRCT). However, if the labor union fails to accomplish every requirement, the organization is not allowed to execute their right to strike. The following academic work uses a theorical and historical methodology to question the inflexibility of the requirements to practice the right to strike from a constitutional law perspective and its interpretation methods.
17

El esquirolaje interno en el sistema inspectivo ¿Configura una infracción muy grave?

Fernández Huayta, Carolina 27 February 2020 (has links)
Actualmente y en nuestro país, existen dudas y desconocimiento respecto a la regulación del esquirolaje interno como una infracción administrativa dada la ausencia de esta práctica en la regulación de la Ley de Inspección del Trabajo. Esta falta de regulación coadyuva al incremento de la informalidad en nuestro país y en su aplicación, dado el desconocimiento en la comisión de dicho acto y por ende, la lesión al derecho a la huelga. Vulneración que tiene lugar dado que es el empresario quien usa determinados mecanismos, a fin de reemplazar a los huelguistas por otros trabajadores o por los que prestan servicios dentro la empresa. Cabe indicar que si no efectúa dicha práctica, existiría una baja en la producción, situación que corresponde al fin licito del ejercicio de toda huelga. Sin embargo, los pronunciamientos administrativos en materia de sustitución de trabajadores, emitidos hasta la fecha, difieren en demasía. Algunas resoluciones administrativas sancionan esta práctica como una infracción muy grave, en virtud a que consideran que el articulo 25.9 es una cláusula de interpretación analógica. No obstante, otros consideran la ausencia de su regulación, dado que si se determina que es una infracción se estaría permitiendo la vulneración de los principios contenidos en el procedimiento administrativo; es decir, el principio de tipicidad y legalidad. Además, el problema no solo abarca estos puntos, también perjudica la labor preventiva de los inspectores del trabajo dado que al no tener una posición univoca en la aplicación de sanciones en esquirolaje interno, estarían desinformando a las empresas en virtud a la no sanción dada la ausencia de regulación. Por lo que, a través del presente trabajo, se pretende demostrar que el esquirolaje interno no se encuentra regulado en ley de inspección del trabajo y que es necesario su regulación dado que afecta el derecho a la huelga, libertad sindical y negociación colectiva. El método que se utilizará en el presente trabajo será el teórico-dogmático. Para ello se utilizará, principalmente, el análisis crítico de la legislación, jurisprudencia y doctrina, nacional y extranjera. Tal análisis será de forma deductivo e inductivo. 1 Finalmente, al concluir la presente investigación, el lector podrá advertir que el esquirolaje interno y su ausencia de regulación, constituye un pilar fundamental en nuestro ordenamiento jurídico laboral dado que permitirá analizar dicho concepto y así, constatar la necesidad de su regulación en la ley de inspecciones dado que esta la entidad que vela por los derechos laborales. Asimismo, si existen otros mecanismos que puedan tutelar debidamente el derecho a la huelga ante la práctica del esquirolaje interno.
18

La responsabilidad del empleador frente a un esquirolaje interno “impropio”

Pacheco Chile, Gabriela Milagros 29 November 2023 (has links)
La presente tesis plantea analizar un supuesto de esquirolaje interno, al cual denominaremos esquirolaje interno “impropio”, ello porque la acción de sustitución la asumen, por voluntad propia, los trabajadores que no se encuentran dentro del ámbito de la huelga – trabajadores no huelguistas, con ese fin, desarrollaremos como esta figura se materializa en el escenario de una huelga legal y concretamente, estableceremos si la responsabilidad de este acto contrario al derecho de huelga, le puede ser atribuible al empleador. Para ello, como parte de un marco teórico previo, identificaremos conceptos importantes respecto al derecho de huelga, así como algunas reflexiones vinculadas entre este derecho y la libertad de empresa, advirtiendo algunos hechos adoptados por el empleador frente al desarrollo de una huelga que naturalmente, le genera un daño. Asimismo, analizando el alcance de los efectos de la huelga, definiremos que derechos les corresponden a los trabajadores no huelguistas, en ese escenario de conflicto. Luego, a partir del poder de dirección propio del empleador, identificaremos conceptos esenciales relacionados a las facultades del empleador como titular de la organización productiva, para así, plantear que el empleador es responsable de todo acto contrario al derecho de huelga, más aún si proviene de sus trabajadores, en tanto, al tener la conducción y dirección de sus actividades, debe adoptar una conducta diligente y activa, evitando que se realice cualquier actividad que pueda ser contraria al derecho de huelga y a los efectos que de ella deriven. Como complemento, examinaremos el esquirolaje interno “impropio” como una infracción administrativa a la luz del principio de culpabilidad, específicamente en relación a los principios de la personalidad de las sanciones y la exigencia de dolo o culpa. / This thesis aims to analyze a case of internal scab, referred to here as "improper" internal scab. This term is used because it involves the substitution action taken voluntarily by workers who are not part of the strike, referred to as non-striking workers. The primary objective is to investigate whether the responsibility for this action, which contradicts the right to strike, can be attributed to the employer. To achieve this goal, we will first establish a theoretical framework by identifying key concepts related to the right to strike. We will also explore the interconnectedness of this right with the freedom of business, taking into consideration actions taken by the employer during a strike that may naturally result in harm. Additionally, we will analyze the rights afforded to non-striking workers within this conflict scenario. Subsequently, we will delve into the employer's managerial authority, highlighting essential concepts related to their role as the head of the productive organization. Our objective is to argue that the employer should be held accountable for any actions that go against the right to strike, particularly if these actions are undertaken by their employees. Given their responsibility for guiding and overseeing the activities of their workforce, employers should exercise due diligence and actively prevent any activities that contravene the right to strike and its potential consequences. To supplement this examination, we will scrutinize "improper" internal scabbing as an administrative offence in light of the principle of culpability, with a specific focus on principles of sanctions and the requirement of intent or guilt related to this phenomenon.
19

Derecho de huelga, esquirolaje e inspección laboral

Huarcaya Lizano, Carlos Gustavo Martín 16 October 2015 (has links)
La huelga, como derecho fundamental, es una medida de presión que adoptan las organizaciones sindicales ante la existencia de un conflicto colectivo con su empleador, por el cual deciden alterar la prestación de servicios que le brindan. Ante una huelga, los empleadores buscan enervar sus efectos posibles y el mecanismo típico es el reemplazo de los trabajadores que acatan la huelga. Tradicionalmente, la inspección laboral consideraba como ilegal solo aquellos actos relacionados con la contratación de nuevos trabajadores o terceros para reemplazar a los huelguistas (esquirolaje externo) pero hay algunos criterios que aparecen a finales de la primera década de este siglo que condenan el esquirolaje interno y desde el segundo semestre del 2011 las fiscalizaciones laborales han considerado con mayor frecuencia como actos lesivos al ejercicio de la huelga el reemplazo de huelguistas con trabajadores que no acatan la huelga (esquirolaje interno). El criterio administrativo antes citado motivó esta investigación. Actualmente existen procesos inspectivos y hasta judiciales donde se analizan si determinados actos del empleador atentan o no contra el ejercicio de la huelga, que serán abordados en esta investigación. El conflicto de derechos fundamentales de los trabajadores en huelga y de los empleadores (libertad de empresa) así como de las personas que optan por no apoyar la huelga (libertad de trabajo) es, probablemente, la controversia más relevante que se plantea en una huelga. El sindicato y trabajadores buscan presionar y causar un daño a la empresa mientras que la empresa tratará de continuar con sus operaciones vinculando, directa o indirectamente, a los trabajadores que acuden al centro de trabajo durante la huelga. De estos temas trataremos en esta tesis, apoyándonos, centralmente, en los criterios administrativos de la inspección en el trabajo que es el campo donde, con mayor frecuencia, se han visto los casos de esquirolaje.
20

El derecho de huelga vs el derecho de continuar laborando, una mirada bajo la perspectiva del test de ponderación

Ortega Cordero, Ricardo Julio 10 April 2017 (has links)
¿Derecho de huelga o derecho de continuar laborando?; durante el ejercicio del derecho de huelga, es común encontrar situaciones en las cuales intereses de los huelguistas entran en conflicto con derechos de terceros; uno de estos casos se presenta respecto de los trabajadores que no se encuentran de acuerdo con la medida de paralización –trabajador no huelguista- y que desean continuar laborando a fin de seguir generando los ingresos económicos necesarios para garantizar su subsistencia y la de su familia. Según nuestra legislación, cuando la huelga es decidida por la mayoría de trabajadores de un determinado ámbito, suspende la relación laboral del total de trabajadores que lo comprende; incluyendo la de aquellos que no se encuentren de acuerdo con la medida de paralización; en este orden de ideas, el presente artículo, a través del llamado test de proporcionalidad, determinará si la privación legal del artículo 62 del D.S. 011-92-TR, resulta una medida realmente indispensable para alcanzar los fines perseguidos por el ejercicio de la huelga o si por el contrario, se estaría vulnerando de manera innecesaria el derecho de aquellos que desean continuar trabajando. / Right to strike or right to continue working? During the exercise of the right to strike, it is common to find situations in which the interests of the strikers conflict with the rights of third parties; One of these cases is presented in respect of workers who do not agree with the stoppage measure - non-striking worker - and who wish to continue working in order to continue generating the economic income necessary to guarantee their subsistence and that of their family. According to our legislation, when the strike is decided by the majority of workers in a given area, it suspends the employment relationship of the total number of workers who comprise it; including those who do not agree with the stoppage measure. In this context, this article, through the so-called proportionality test, will determine whether the legal deprivation of Article 62 of D.S. 011-92-TR, is a truly indispensable measure to achieve the aims pursued by the exercise of the strike or if, on the contrary, the right of those who wish to continue working would be unnecessarily violated.

Page generated in 0.0912 seconds