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La indemnización justipreciada recibida por una expropiación y su afectación al impuesto a la rentaNúñez-Ju, Carmen-Asunción January 2016 (has links)
El presente trabajo comprenderá dos capítulos. El primer capítulo de carácter general, el cual es trascendental para el posterior capítulo, abarcará el ámbito de aplicación del Impuesto a la Renta, las teorías más difundidas de renta. Asimismo, el concepto de renta enfocado tanto para rentas no empresariales como empresariales, siendo que en ésta última, se enfatizará el penúltimo párrafo del artículo 3° del TUO de la LIR. El segundo capítulo, de carácter más definido, tratará cuestiones más específicas, empezando por qué es lo que se entiende por expropiación y su regulación en el Perú; posteriormente, se tratará de la indemnización justipreciada o justiprecio y su posible afectación o no al Impuesto a la Renta, tomándose en cuenta argumentos a favor y en contra de ello. / Trabajo de investigación
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El tratamiento tributario de los consorcios en la legislación del impuesto a la rentaMejia-Ninacondor, Victor, Mejia-Ninacondor, Victor January 2016 (has links)
El presente trabajo se circunscribe al estudio del tratamiento que la legislación del impuesto a la renta en el Perú dispensa a los contratos de consorcio. / Trabajo de investigación
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Análisis crítico de la deducción de gastos por RSE: ¿el gasto es asumido por la empresa, el estado o la sociedad?Huamán Luna, Sandra Margarita 26 November 2019 (has links)
Constantemente se discute la naturaleza de los gastos por Responsabilidad Social
Empresarial y su deducción para efectos del Impuesto a la Renta de Tercera
Categoría, pues no se encuentran permitidos expresamente en la lista taxativa
contenida en el artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta, tampoco no admitidos
restrictivamente en el artículo 44° del mismo cuerpo normativo. Frente a dicha
cuestión, denotamos la presencia de dos posiciones contradictorias sobre el correcto
tratamiento tributario aplicable en estos supuestos. La primera calificada como una
postura abierta, consiste en no categorizar determinados gastos en la legislación
tributaria. Por otro lado, la segunda posición considerada como cerrada, insiste en
señalar expresamente los tipos de gastos que se pueden deducir o el sector que
estaría habilitado para hacerlo. Ello genera incertidumbre en los contribuyentes tras la
existencia de criterios amplios y restringidos de la aplicación del denominado principio
de causalidad consagrado en la legislación tributaria y más aún cuando en la
actualidad las empresas- asumiendo su rol como motor de desarrollo de la sociedadhan
ido adoptando de manera progresiva y dinámica las prácticas de RSE dentro de
sus decisiones estratégicas, originando innovadoras formas de hacer empresa bajo el
contexto de un libre mercado e involucradas con necesidades sociales, ambientales,
éticas, etc. Es así que, partiendo del entendimiento e interiorización a nivel
internacional y local sobre la RSE frente a su carácter pluridimensional y la ausencia
de su definición normativa, el presente trabajo de investigación analiza críticamente y
con un debido fundamento tributario y constitucional -a la luz del Principio de
Solidaridad vinculado estrechamente con el deber de contribuir y la capacidad
contributiva - la procedencia de la deducción de gastos por RSE, para servir como un
criterio en la resolución de casos y abrir el camino a nuevas investigaciones. / Sapakutinmi rimanku maymantan paqarimon gastos por Responsabilidad Social
Empresarialmanta hinallataq tukuy pisiyay Impuesto a la Renta de Tercera
Categoriamanta, chaymi manan tarikunchu qelqasqa artículo kinsachunkaqanchisniyoq
(37°) Hatun Kamachi Impuesto Rentapi, manan amatasqachu artículo
tawachunkatawapipas (44°) chay Hatun Kamachikuyki. Chay sasachakuykunapi
tarinchis iskay qhawaykuna mana tupaq allin ruway tratamiento tributariomanta. Kay
qhawaykunamanta hukñinmi kichasqa qhaway chaymi kan mana aqllay Hatun
Kamachi Tributariomanta. Hinallataq kay iskay qhawayqa wisk‟asqan chay qelqasqa
ñinmi tipos de gastosmanta Hatun Kamachipi o atikunmi ruwanapaq. Kaymi
paqarichimun mana allin yachayta contribuyentekunapi chay nisqa principio de
causalidadmi Hatun Kamachi Tributariomantapi rikhurichimun huk qhaway kichasqata
huk qhaway wisk‟asqata kunanmi chay empresakuna wiñachin llaqtakunata
hinallataqmi hap‟inku ruwanankupi prácticas de RSEpi paqarichimunku musuq ruway
empresakunata ukhu libre mercado nisqapi qhawarispa llaqtakuna munasqanta.
Hinallataq qallarispa kay yachaymanta hatun suyukunapi llaqtakunapi RSEmanta
askha kurkunmanta mana qelqasqachu Hatun Kamachikuypi, Kay llank‟ayqa kuskiyta
munan hamut‟ayta hatun qhawaywan tiyanmi Constitucional Tributariopi k‟anchay
Principio de Solidaridadwan kushka deber contribuirwan capacidad contributivawan
ima, atikunmi pisichiyta gastos por RSEmanta yanapamanpaq hampinampaq
casokunata hinallataq kicharinqa ñanta musuq kuskikunata RSEmanta. / Trabajo de investigación
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Informe sobre la Sentencia de Casación No. 2743-2009 LIMAMendieta Vigo, Gloria Elisa 25 February 2021 (has links)
En el presente informe se analizan los alcances de la aplicación del denominado principio de
causalidad configurado en nuestro ordenamiento jurídico, a partir de un caso concreto sobre
la deducción de gastos de mantenimiento y mejoramiento de carreteras efectuada por una
empresa del sector minero a efectos de determinar el Impuesto a la Renta empresarial. Se
parte por reconocer que el principio de causalidad tiene un carácter dinámico en el tiempo y
que, a su vez, la doctrina y la jurisprudencia han ido dotando de contenido, estableciéndose
así dos interpretaciones de aquel principio materia de estudio, esto es, una restrictiva y otra
amplia. En virtud a dicho principio, resulta imprescindible examinar su configuración
objetiva y subjetiva respecto a los criterios de necesidad, normalidad y razonabilidad, así
como las prohibiciones previstas expresamente en la Ley del Impuesto a la Renta (IR). A su
vez, se destaca el criterio de la potencialidad que podría resultar conveniente con la finalidad
de calificar un gasto como causal a pesar de que necesariamente no tiene un efecto directo
en la generación de renta y/o mantenimiento de la fuente productora en sentido estricto, sino
más bien uno indirecto toda vez que existen distintas formas o estrategias que realizan- hoy
en día- las empresas para desarrollar sus actividades empresariales con el objetivo de
procurarse réditos aun cuando estos no se produzcan en los hechos. Finalmente, se plasman
reflexiones sobre los gastos de índole social o los llamados “gastos de responsabilidad social
empresarial (RSE)”, tal como podría ser el caso de los gastos de mantenimiento de carreteras,
y su deducción para efectos del Impuesto a la Renta empresarial, invocando el texto
normativo vigente del artículo 37 de la Ley del IR, puesto que el reconocimiento de una
interpretación amplia del principio de causalidad, como se establece en la Casación materia
de estudio, permite la calificación de tales gastos que implementan prácticas de RSE como
causales.
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Informe jurídico sobre la Resolución de observancia obligatoria del Tribunal Fiscal No.00358-1-2023Valverde Berlanga, Eva Judith 07 August 2023 (has links)
En el presente informe, se analiza el extremo de la Resolución de observancia
obligatoria del Tribunal Fiscal No.00358-1-2023 respecto de si la presentación
de una declaración jurada rectificatoria en la que se aceptan los importes
observados por gastos no acreditados con documentación fehaciente por la
Administración en el marco de un procedimiento de fiscalización impide o no la
aplicación de la norma de Tasa Adicional del Impuesto a la Renta. Para ello, se
ha dividido el presente informe en tres secciones. La primera sección versa sobre
la fehaciencia del gasto (cuestiones generales, medios probatorios y
consecuencias jurídicas). La segunda sección gira en torno a la norma de
aplicación de la Tasa Adicional del Impuesto a la Renta, específicamente, sobre
la presunción relativa que contiene y su carácter de norma antielusiva específica
en el ordenamiento peruano. Por último, y en base a las anteriores secciones, la
tercera sección busca responder si es que los gastos no acreditados con
documentación fehaciente que son aceptados mediante declaración rectificatoria
en el marco de una fiscalización son susceptibles de posterior control tributario
o no. Para el desarrollo de este informe jurídico, se han empleado las diversas
fuentes del derecho (la doctrina, la jurisprudencia y la legislación). / In this report, the Resolution of obligatory observance of the Tax Court No.00358-
1-2023 is analyzed regarding whether the presentation of a rectifying affidavit in
which the amounts observed for expenses not accredited with reliable
documentation are accepted by the Administration in the framework of an
examination procedure prevents or not the application of the Additional Rate of
Income Tax rule. To this end, this report has been divided into three sections.
The first section deals with the reliability of the expense (general issues, evidence
and legal consequences). The second section revolves around the rule of
application of the Additional Rate of Income Tax, specifically, on the relative
presumption that it contains and its nature as a specific anti-avoidance rule in the
Peruvian legal system. Lastly, and based on the previous sections, the third
section seeks to answer whether the expenses not accredited with reliable
documentation that are accepted by means of a rectifying declaration in the
framework of an examination are susceptible to subsequent tax control or not.
For the development of this legal report, the various sources of law (doctrine,
jurisprudence and legislation) have been used.
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Nueva configuración del Establecimiento Permanente de construcción y de servicios en nuestra Ley del Impuesto a la Renta a propósito del Decreto Legislativo No.1424Peña Alarcón, Victoria Eugenia 13 July 2022 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene como objetivo analizar de manera crítica la inclusión de
los nuevos supuestos de establecimientos permanentes en el artículo 14-B de la Ley del Impuesto
mediante el Decreto Legislativo No.1424, en específico, por la ejecución de una obra o proyecto
de construcción o instalación (EP construcción) y por la prestación de servicios (EP servicios),
cuando su duración sea superior a 183 días calendario dentro de un plazo cualquiera de 12 meses.
Ello con la finalidad de determinar si la problemática detectada por el legislador fue solucionada
con esta modificación normativa. Para llevar a cabo este trabajo de investigación, se aborda el
originen, finalidad y regulación del establecimiento permanente en el Derecho Internacional
Tributario, así como en nuestra legislación y jurisprudencia interna; asimismo, se recurre a la
legislación comparada para identificar las razones por las que los países de la muestra decidieron
incluir una definición de establecimiento permanente en su regulación y la regulación de los
elementos configurativos de los EP construcción y EP servicios. Como resultado de la presente
investigación, se identifica que, pese a la reciente modificación normativa, existen vacíos
normativos respecto a los elementos configurativos de dichos establecimientos permanentes, que
podrían generar inseguridad jurídica en las empresas extranjeras al no conocer con exactitud si
pudieran ser considerados sujetos domiciliados en el país. Además, se proponen soluciones
normativas y/o interpretativas, que se encuentran acordes con el principio de reserva de ley.
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La deducción adicional del Impuesto a la Renta de trabajoArévalo Mogollón, Jorge Gabriel 06 February 2019 (has links)
La presente investigación tiene por objeto determinar si desde el punto de vista jurídico
resulta procedente establecer una deducción adicional del Impuesto a la Renta,
sustentada en comprobantes de pago, como incentivo para que los sujetos que obtienen
rentas de trabajo exijan la emisión de comprobantes de pago y, si la deducción adicional
de 3 UITs establecida por el artículo 46 de la Ley del Impuesto a la Renta, modificado
por Decreto Legislativo Nº 1258, cumple con este propósito y, por ende, si fomenta o no
el cumplimiento tributario. Al respecto, se concluye que es posible condicionar las
deducciones del Impuesto a su sustentación mediante comprobantes de pago como una
medida de carácter extra fiscal, en la medida que se respete el mínimo inafecto, se
establezca un control documentario de las operaciones objeto de tal deducción y se
realice una adecuada custodia de la información tributaria, sin embargo, que las
exigencias establecidas en el mencionado Decreto Legislativo Nº 1258, referidas al
carácter electrónico de los comprobantes de pago y los medios de pago que deben
utilizarse aun con independencia de su importe, como también la naturaleza de los
servicios en virtud de los cuales puede sustentarse dicha deducción, no constituyen un
incentivo jurídico adecuado para que los generadores de rentas de trabajo exijan
comprobantes de pago por los consumos que realizan.
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Una aproximación a la correcta aplicación de las reglas de conexión de la fuente en la ley del impuesto a la renta peruanaGutiérrez Sandoval, Francis Andrea, Ramírez Ayala, Yajahida Magdiel 16 April 2021 (has links)
El análisis de las reglas de conexión resulta fundamental para efectos de determinar el
gravamen del Impuesto a la Renta tanto de sujetos domiciliados como no domiciliados.
Es por ello que la presente investigación se centra en analizar la aplicación de estas
reglas de conexión de la fuente con el fin de determinar si una renta califica como de
fuente peruana o no.
Para efectos de este análisis, hemos observado que, a la fecha, existen diversos
pronunciamientos, a nivel de la Administración Tributaria y el Tribunal Fiscal, que
resultarían cuestionables dado que carecen de un desarrollo jurídico. Asimismo, a nivel
jurisprudencial no se ha establecido un criterio uniforme que nos permita aplicar de
manera correcta las reglas de conexión. Es por ello que, en el presente trabajo de
investigación, buscamos plantear una propuesta para su aplicación haciendo uso de los
diversos instrumentos jurídicos permitidos por el Derecho Tributario.
En línea con ello, basamos nuestra conclusión en la aplicación del principio de
especialidad, en base al cual existe una regla de conexión a analizar para cada tipo de
renta a fin de determinar si califica o no como de fuente peruana; no debiendo aplicarse
más de una regla de conexión a un mismo supuesto generador de renta; y siendo
aplicable, la regla específica según la renta de la que se trate, por sobre la regla general. / Trabajo de investigación
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El rol de la normativa contable en el Impuesto a la Renta y sus contingenciasRomero Rodríguez, Carol 24 March 2022 (has links)
El presente trabajo académico consiste en la descripción y análisis del rol de la normativa
contable en el Impuesto a la Renta y las contingencias que esta relación trae, debido a que esta
no siempre es tan armoniosa. A pesar de que existen referencias en las normas tributarias hacia
la normativa contable, o de la aplicación de la última como norma jurídica, la relación entre
ambas, así como la naturaleza de la normativa contable, no es del todo claro. Es importante
precisar esta relación, esclarecer cuál es el impacto que tiene una sobre la otra. De esta manera,
se podrá entender cuál es el papel que tiene la norma contable a fin de poder servir como fuente
en la resolución de casos prácticos tributarios, según el cual, dependiendo de cómo se aproxime
la normativa contable, podría cambiar el análisis del Impuesto a la Renta.
Para esto, en el presente trabajo se empieza explicando las remisiones de otras Fuentes del
Derecho en el Código Tributario, analizando si se podría interpretar que la normativa contable
está dentro de ellas. Luego, se comentan sobre los envíos de la Ley del Impuesto a la Renta y
su Reglamento hacia la normativa contable. Posteriormente, se analizan algunos
pronunciamientos en donde la SUNAT y el Tribunal Fiscal han intentado delinear esta relación,
teniendo en algunos casos posturas contradictorias. Por último, se brindan algunas ideas de
propuestas de solución para entender a la normativa contable dentro de la normativa tributaria,
y así tener una armonización de las posturas que la Administración ha ido adoptando en los
últimos años.
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Análisis del principio de causalidad de los gastos de publicidad de las empresas del sector farmacéutico peruano en la determinación del impuesto a la rentaVásquez Tarazona, Rina Eloha 22 February 2017 (has links)
El Impuesto a la Renta (“IR”) es uno de los principales tributos, en términos de
recaudación para el Estado peruano, ello, debido a que el impacto de la carga impositiva
del impuesto, incide en su mayoría, sobre la renta neta de las empresas domiciliadas en
el país.
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