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Informe jurídico sobre la Resolución N°2756-2023/SPC-INDECOPI

Quiliche Duran, Sol Yahaira 09 August 2024 (has links)
En la presente investigación se realiza un análisis sobre el deber de idoneidad de la Asociación Promotora Educacional JLN Hope del Perú, representante del Centro Educativo Privado Hiram Bingham, en base a la devolución de la cuota de ingreso a los señores Luna y Arce padres de la menor de iniciales C.M.L.A. Para ello se utiliza lo mencionado por el Decreto Legislativo 1476, así como el Decreto de Urgencia 002-2020, cuyos algunos artículos, en razón a la cuota de ingreso, entran en vigor el 01 de marzo de 2021 junto con el Reglamento de la Ley 26549 “Ley de Centros Educativos Privados”. Teniendo en cuenta lo mencionado, se realiza un análisis tomando en consideración aspectos relevantes presentes en el caso en cuestión, lo cual nos permite evaluar el contrato firmado por las partes, así como el pronunciamiento del personal administrativo de la asociación. Como resultado del análisis, se tiene que la Asociación que actúa como representante de la institución vulnera el deber de idoneidad, pero no necesariamente en base al servicio brindado, sino al negar injustificadamente la devolución de cuota de ingreso, a pesar de que la estudiante no continuaría con sus estudios. Dicha vulneración a tal principio también se encuentra justificado a la determinación de una cláusula abusiva presente en el contrato firmado por las partes, como también la comunicación enviada por el personal administrativo de la asociación que coloca a las partes denunciantes en una situación de expectativa por la devolución. / In the present investigation, an analysis is carried out on the duty of suitability of the JLN Hope Educational Promotion Association of Peru, representative of the Hiram Bingham Private Educational Center, based on the return of the entrance fee to Messrs. Luna and Arce parents of the minor of initials C.M.L.A. For this purpose, what is mentioned in Legislative Decree 1476 is used, as well as Emergency Decree 002-2020, who’s some articles, due to the entry fee, come into force on March 1, 2021, along with the Regulations of the Law. 26549 “Private Educational Centers Law”. Taking this into account, an analysis is carried out taking into consideration relevant aspects present in the case in question, which allows us to evaluate the contract signed by the parties, as well as the statement of the association's administrative staff. As a result of the analysis, it is found that the Association that acts as a representative of the institution violates the duty of suitability, but not necessarily based on the service provided, but by unjustifiably denying the refund of the entrance fee, even though the student did not He would continue with his studies. Said violation of said principle is also justified by the determination of an abusive clause present in the contract signed by the parties, as well as the communication sent by the administrative staff of the association that places the complaining parties in a situation of expectation for the return.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 196- 2023/SPC-INDECOPI

Mejía Milla, Alexandra Cristina 12 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico versa sobre el análisis de la Resolución N° 00196- 2023/SPC-INDECOPI, a través de la cual la Sala Especializada en Protección al Consumidor emitió un pronunciamiento sobre el fondo del asunto revocando la decisión de primera instancia que había declarado fundada la denuncia, en consecuencia declaró infundada la misma por una presunta infracción al deber de idoneidad en tanto que el proveedor denunciado no incrementó de forma injustificada la deuda que el denunciante mantenía con su representada. Asimismo, durante el procedimiento se dieron circunstancias que pueden ser analizadas desde el punto de vista del Derecho Administrativo Sancionador tales como las figuras del allanamiento, medidas correctivas, nulidad de oficio, etc. Finalmente, si bien no fue materia de pronunciamiento por la Sala, se analizará si el denunciante calificaba para gozar del beneficio establecido en la Ley Nº 31050. / This legal report deals with the analysis of Resolution No. 00196-2023/SPCINDECOPI, through which the Specialized Consumer Protection Chamber issued a ruling on the merits of the matter revoking the first instance decision that had declared the complaint was founded, consequently it was declared unfounded due to an alleged complaint of the duty of suitability as long as the reported supplier did not unjustifiably increase the debt that the complainant maintained with its client. Likewise, during the procedure, circumstances arose that can be analyzed from the point of view of Administrative Sanction Law, such as the figures of the search, corrective measures, ex officio nullity, etc. Finally, although it was not the subject of a ruling by the Chamber, it will be analyzed whether the complainant qualified to enjoy the benefit established in Law No. 31050.
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La condición resolutoria como causa de extinción del contrato de trabajo

Mejía Mejía, Claudia Vanessa 09 October 2018 (has links)
La presente investigación abarca el estudio de la condición resolutoria en los contratos de trabajo como instrumento de extinción de la relación jurídica laboral. Se parte de la hipótesis de que el acto de autonomía de la voluntad por parte del sujeto trabajador, concretizado en la celebración del contrato condicionado, tendrá que observar estrictamente las características y los requisitos que lo dotan de validez, así como los requisitos adicionales propuestos en la segunda parte de la investigación, para que las consecuencias jurídicas del contrato de trabajo, mientras dure la incertidumbre de la condición resolutoria, desplieguen sus efectos sin interrupción alguna. Para ello, se analizará la categoría jurídica condición resolutoria como elemento accidental del negocio jurídico a la luz de las normas civiles existentes en nuestro ordenamiento interno y la doctrina civil nacional e internacional más autorizada en la materia, para luego establecer las características, requisitos y efectos para su configuración y validez, respectivamente. En ese sentido, el objetivo de este trabajo, el cual es indiscutiblemente conceptual (primer capítulo) y contextual (segundo capítulo), será unificar perspectivas y darle contenido a una categoría jurídica muy estudiada en el Derecho Civil comparado, pero que, a efectos de contextualizarla con situaciones concretas de nuestra realidad laboral, se confunde y mal aplica, utilizándose la condición resolutoria para fines que afectan la esencia e institucionalidad del Derecho del Trabajo mediante figuras como el abuso del derecho y/o poder de la parte más fuerte de la relación, el empleador. / Tesis
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Juego limpio: dumping anticompetitivo de software y su tratamiento legal

Ramírez Ramírez, Luis Gonzalo 09 July 2015 (has links)
En el marco de la creación e innovación, existen quienes crean obras y se benefician de la explotación de las mismas, quienes son usuarios de obras y claro, quienes son usuarios ilícitos de dichas obras y se aprovechan indebidamente de las mismas. En el caso de los programas de ordenador, el carácter utilitario de estas creaciones permiten que formen parte de nuestra vida cotidiana y de la vida empresarial, sea como producto estrella o como herramienta para las áreas de soporte al giro principal del negocio, de ahí que coadyuvan a generar valor en las empresas que luego repercute en el crecimiento económico del país, el incremento del acervo tecnológico, y la generación de beneficios a diversos grupos de interés (accionistas, gobierno, sociedad, comunidad, colaboradores, etc.) Este carácter particular de los programas de ordenador ha generado que se recoja su protección bajo el derecho de autor, aunque de una manera sui generis lo que se refleja en la existencia de presunciones de titularidad, cesión de derechos, contenidos de licencia, originalidad,y ha marcado la tendencia para que mayor cantidad de personas puedan tener acceso a bienes a través del denominado software libre. El problema del uso indebido de programas de ordenador configura delito a nivel penal como constituye también una infracción en la vía administrativa, sin perjuicio de las acciones civiles por daños y perjuicios que correspondan. Así, es posible que el uso no autorizado de programas de ordenador y los signos que los identifican puedan generar diversos procedimientos administrativos sancionadores que no se pueden acumular en uno solo dadas las competencias de las comisiones y direcciones del INDECOPI. Sin embargo, surge un problema en la legitimidad para obrar dado que se necesita acreditar la titularidad de un derecho de autor sobre un programa de ordenador o un derecho de propiedad industrial relacionado a signos que distinguen programas de ordenador o productos o servicios relacionados. Ello puede ser limitado dado que el uso no autorizado de programas de ordenador puede afectar a personas que no son titulares, pudiendo generarse un aprovechamiento del esfuerzo ajeno dado que no se obtiene la licencia respectiva y sin embargo se explotan bienes intelectuales de terceros pudiendo generar beneficios económicos indebidos, distorsiones en el mercado no deseadas, ventajas competitivas injustificadas y daños concurrenciales alejados de los deseados y perseguidos en relación a la buena fe comercial. La pregunta que nos formulamos entonces es si el programa de ordenador –softwareadquirido de manera ilícita puede configurar un acto de competencia desleal. De ser así, cuál es la relación entre la propiedad intelectual y la competencia desleal, qué supuesto de competencia desleal configuraría y qué tipo de concurso de infracciones ocurren a nivel administrativo. Para desarrollar y dar respuestas a estas inquietudes, comenzaremos por desarrollar el esquema legal en torno a la protección diferenciada y particular (sui generis) de los programas de ordenador bajo el derecho de autor, haciendo mención a los derechos de propiedad industrial que podrían estar relacionados, luego abordaremos el esquema legal de tipo penal civil y administrativo de protección de derechos en torno a los programas de ordenador que justifican la legitimación activa restringida al titular de derechos. Finalmente enfocaremos la aplicación de la normativa de competencia desleal para estos casos como una rama que tiene una relación de complementariedad con los derechos de propiedad industrial y derechos de autor que permita corregir este defecto en la normativa en cuanto a la legitimidad para obrar limitada exclusivamente a los titulares de derechos y que permita proteger el proceso competitivo y sus efectos en el mercado nacional e internacional. Si bien a nivel de jurisprudencia, legislación y doctrina existe literatura respecto a software y las consecuencias legales de su uso indebido bajo el derecho de autor, salvo el caso norteamericano existe muy poca referencia sobre las consecuencias de dicho uso indebido en el marco del Derecho de la Competencia Desleal, por lo que consideramos que este trabajo puede ser útil para abrir un nuevo debate que pueda repercutir en un mensaje más claro a todos los agentes del mercado acerca de la importancia de contar con las respectivas licencias de uso de dichos programas, no solamente para proteger el interés de un titular, sino para proteger la transparencia del proceso competitivo. / Tesis
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La diferenciación entre las marcas renombradas y las marcas notoriamente conocidas y el precedente KENT

Díaz Kong, Alejandra Saraí January 2018 (has links)
Dada la distinción doctrinal entre las marcas notoriamente conocidas, las cuales han obtenido gran reconocimiento en el sector donde se comercializan los productos o servicios y las marcas renombradas, las cuales han obtenido gran reconocimiento más allá del sector pertinente, la sala de propiedad Intelectual del Indecopi en el precedente de observancia obligatoria Resolución 2951-2009/TPI-INDECOPI, no solo no realiza la distinción entre ambas, sino que asigna el riesgo de dilución, riesgo reservado a las marcas renombradas, a las marcas notoriamente conocidas, perjudicando a diferentes actores del mercado, dada la protección excesiva a este tipo de marcas. / Trabajo académico
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El hábeas corpus contra actos de investigación preliminar

Placencia Rubiños, Liliana 13 November 2012 (has links)
La procedencia de la acción de garantía constitucional, hoy calificada de proceso constitucional de hábeas corpus, constituye un tema clave del Derecho contemporáneo. Sin embargo, el hábeas corpus durante la fase de la investigación preliminar del proceso penal peruano es uno de los problemas más acuciantes en la práctica constitucional penal de nuestros días. La procedencia o improcedencia del hábeas corpus contra actos de investigación preliminar es una cuestión no sólo importante para los derechos subjetivos de las personas sino también para el propio sistema jurídico. Esto por cuanto que, al afirmar derechos objetivos y valores, se apuesta por la consolidación del Estado Constitucional de Derecho. Actualmente asistimos a la vigencia de dos sistemas procesales penales. El nuevo sistema procesal penal, de corte acusatorio, se sustenta en la clara diferenciación de los roles de las partes y del juzgador. El Fiscal acusará, la defensa rechazará dicha acusación, y el Juez actuará en calidad de tercero o árbitro del conflicto penal. El antiguo sistema procesal penal, sobre la base del Código de Procedimientos Penales de 1940 –de clara inspiración inquisitiva–, y normas modificatorias de corte acusatorio, han generado un sistema procesal penal mixto. La etapa de la investigación preliminar en este sistema mixto está a cargo del Fiscal, según el diseño constitucional de la Carta Política de 1993. El Juez carece de control jurisdiccional de los actos de investigación directos, mas interviene cuando se trata de actos de investigación indirectos, a petición del fiscal. En buena cuenta, en la investigación preliminar del antiguo sistema procesal penal, no se configura control jurisdiccional de todos los actos de investigación preliminar, sino de actuaciones en estricto excepcionales. / Tesis
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La cura salió más cara que la enfermedad: A propósito del fideicomiso de Titulización a partir de la Resolución Nº691-2018-SUNARP-TR-A

Nostades Rivera, Glen Joy 10 February 2022 (has links)
El presente trabajo ofrece reflexionar respecto al tratamiento de inscripción registral concerniente a los fideicomisos de titulización de activos en nuestro país. Para ello, en principio, desarrollaremos los antecedentes de dicha institución jurídica, a fin de comprender su naturaleza jurídica, y su utilidad en el ámbito mercantil. Luego de ello, pretendemos abordar de forma específica el fideicomiso de titulización en nuestro país de modo tal que se desarrollará lo más resaltante de su regulación en la ley del Mercado de Valores. En ese sentido, de manera breve se describirá la distinción que establece la Superintendencia de Mercado de Valores entre los fideicomisos de titulización de oferta pública como de la privada, distinción que importa de cara a su tratamiento registral. En segundo lugar, se reflexionará a partir de la conceptualización de la calificación registral a la luz del artículo 2011º, de modo que servirá para analizar cómo se llevó a cabo la calificación en primera instancia a partir de los hechos que recaen en la Resolución N°691-2008-SUNARP-SN. Asimismo, de manera muy breve, se desarrollará la importancia de la predictibilidad en la función de la calificación a partir de los fundamentos de la mencionada resolución en el párrafo precedente. Por último, centraremos una postura de modo que permita aclarar si resulta o no conveniente inscribir el fideicomiso de titulización en el registro de personas jurídicas, partiendo de la premisa que las inscripciones de un fideicomiso de titulización deben darse de forma rápida, segura, y ordenada, propia y pertinente del dinamismo que fluye en el tráfico jurídico de bienes y mercantil. / This research work offers to reflect on the registration treatment concerning asset securitization trusts in our country. To do this, in principle, we Will develop the background of said legal institution, in order to understand its legal nature, and its usefulness in the comercial sphere. After that, we intend to specifically address the securitization trust in our country in such a way that the most important aspects oof its regulation Will be developed in the Securities Market law. In this sense, the distinction established by the Superintendency Of the Securities Market between public and private offering securitization trusts is briefly described, a distinction that matters in terms of their registration treatment. Second, it will reflecto n the conceptualization of the registry qualification in light of article 2011, so that it will serve to analyze how the qualification was carried out in the first instance based on the facts that fall on Resolution Nº691-2018-SUNARP-SN. Likewise, very briefly, the importance of prediction in the rating function will be developed base don the foundations of the resolution mentioned in the preceding paragraph. Finally, we will focus a position so as to clarify whether or not it is convenient to register the securitization trust in the registry of legal persons, based on the premise that the registrations of a securitization trust must be done quickly, safely, and in an orderly manner, own and pertinente of the dynamism that flows in the legal traffic of goods and mercantile.
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Análisis Jurídico de la Resolución del Tribunal Fiscal No. 00859-2-2018 – Arrastre de pérdidas de fuente extranjera

Sánches Montes, Alvaro José 10 February 2022 (has links)
En el presente informe se analiza la posibilidad que los contribuyentes domiciliados compensen, para fines de la determinación de su Impuesto a la Renta a pagar en el Perú, la renta de fuente extranjera de un determinado ejercicio con las pérdidas de fuente extranjera de ejercicios anteriores. En ese sentido, se parte de la premisa que el arrastre de pérdidas es un derecho de los contribuyentes domiciliados amparado en principios constitucionales como la capacidad contributiva, no confiscatoriedad e igualdad. En esa línea, dicho derecho también comprende el arrastre de pérdidas de fuente extranjera. En concordancia con ello, bajo una interpretación literal y teleológica del artículo 51° de la Ley del Impuesto a la Renta evidenciamos que dicha norma no prohíbe el arrastre de fuente extranjera. En consecuencia, atendiendo a su naturaleza de derecho sustentado en principios constitucionales y que no existe una prohibición explícita, se concluye que el arrastre de pérdidas de fuente extranjeras está permitido por la Ley del Impuesto a la Renta actual. / This legal report analyzes the possibility for domiciled taxpayers to offset, for purposes of determining their income tax payable in Peru, the foreign source income of a given year with the foreign source losses of previous years. In this sense, it is assumed that the carryforward of losses is a right of domiciled taxpayers protected by constitutional principles such as contributive capacity, non-confiscation and equality. Along these lines, this right also includes the carry forward of foreign source losses. Accordingly, under a literal and teleological interpretation of article 51 of the Income Tax Law, it is evident that such law does not prohibit the carryforward of foreign sources. Consequently, due to its nature as a right based on constitutional principles and the fact that there is no explicit prohibition, it is concluded that the carryforward of foreign source losses is allowed by the current Income Tax Law.
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Regulación del precedente administrativo en el Perú

Soncco Mendoza, Percy Milton 18 April 2023 (has links)
Los precedentes otorgan predictibilidad al sistema de administración de justicia y en el caso del Derecho Administrativo las necesidades son similares a las del ámbito jurisdiccional, y es necesario dotar de predictibilidad a las decisiones administrativas y ello otorga legitimidad a las decisiones de la administración pública, se requiere entonces que los criterios interpretativos de la administración se encuentren adecuadamente definidos y ello implica que la aprobación de precedentes administrativos –al margen de la especialización de las entidades administrativas– sea uniforme. En el ordenamiento jurídico administrativo peruano la emisión de precedentes vinculantes se ha desarrollado mediante resoluciones emitidas por la sala plena de los tribunales administrativos que establecen criterios interpretativos o mediante actos administrativos emitidos en casos concretos por la última instancia administrativa. Se plantea en el presente trabajo que la administración pública al establecer precedentes vinculantes vía acuerdos de sala plena sobre temas y no sobre casos concretos ejercería una potestad reglamentaria o cuasi legiferante que genera una zona gris que puede generar una grave afectación al principio del debido procedimiento administrativo y a la tutela jurisdiccional efectiva. Entonces, es necesario delimitar claramente la naturaleza del precedente y desde cuándo goza de vigencia un precedente vinculante a fin de garantizar adecuadamente la predictibilidad y uniformidad en el ordenamiento jurídico administrativo. / The precedents grant predictability to the justice administration system and in the case of Administrative Law the needs are similar to those of the jurisdictional sphere, and it is necessary to provide predictability to administrative decisions and this grants legitimacy to the decisions of the public administration, it is It then requires that the interpretative criteria of the administration be adequately defined and this implies that the approval of administrative precedents –regardless of the specialization of the administrative entities– is uniform. In the Peruvian administrative legal system, the issuance of binding precedents has been developed through resolutions issued by the full chamber of the administrative courts that establish interpretative criteria or through administrative acts issued in specific cases by the last administrative instance. It is proposed in the present work that the public administration, by establishing binding precedents via full court agreements on issues and not on specific cases, would exercise a regulatory or quasi-legislative power that generates a gray area that can seriously affect the principle of due administrative procedure. and effective judicial protection. Then, it is necessary to clearly define the nature of the precedent and since when a binding precedent has been in force in order to adequately guarantee predictability and uniformity in the administrative legal system. / Trabajo académico
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Dificultades en la aplicación del contrato de suplencia: análisis de situaciones problemáticas desarrolladas en la jurisprudencia y en la práctica

Gayoso Salazar, Hilda Uxúa 01 June 2021 (has links)
A propósito de la revisión de algunas situaciones encontradas en la jurisprudencia y en la práctica se analiza la aplicación de uno de los contratos a plazo fijo, el contrato de suplencia, entendido como una de las manifestaciones del Principio de Causalidad. Si bien muchas de estas dificultades nacen de la falta de claridad en la norma o de la ausencia de la regulación de algún aspecto, se propone elevar la observación a la luz de los Principios Laborales, como criterio de interpretación de las mismas. Para ello, se presenta una selección de jurisprudencia nacional y una situación de la que se ha tomado conocimiento en el ejercicio profesional. Es interesante el rol de la casuística, ya que permite relacionar la norma y los Principios con las particularidades de una situación en concreto. Teniendo presente que, tanto las normas como los Principios son referentes obligatorios y marcarán la pauta en las decisiones de los operadores de Justicia, la selección propuesta permite que el discernimiento se centre en los detalles, circunstancias, contextos y excepciones. Por último, se debe tener cuenta que, aunque este artículo se dedique exclusivamente al análisis y aplicación del contrato sujeto a modalidad por suplencia, muchos de los temas tratados se pueden aplicar a los demás tipos de contrato a plazo fijo, toda vez que forman parte de una relación género – especie.

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