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Análisis económico de operaciones de intermediación y cobranza de seguros desde una perspectiva de precios de transferencia

Miuccio Huaman, Luis Miguel 17 January 2023 (has links)
El presente Trabajo de Suficiencia Profesional (en adelante, TSP) tiene por objeto presentar, a partir de la experiencia profesional ganada en precios de transferencia para PricewaterhouseCoopers (PwC), un proyecto realizado para analizar transacciones de intermediación y cobranza de seguros entre dos empresas pertenecientes a un mismo grupo económico. La complejidad de estas transacciones permitió utilizar un método que no es empleado usualmente, debido a la dificultad del análisis económico que se debe realizar, llamado partición de utilidades. Es así que para comprobar el valor de mercado de las operaciones mencionadas se hizo uso de la normativa de precios de transferencia plasmada en la Ley del Impuesto a la Renta, los Lineamientos emitidos por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), y entrevistas/reuniones con el cliente que contrató el asesoramiento. En particular, este TSP se centró en el análisis de las transacciones de intermediación y cobranza realizadas en el ejercicio fiscal 2021, encontrando puntos de atención importantes para el mejor manejo del negocio de bancaseguros respecto a la política de precios de transferencia del grupo.
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Los intereses presuntos en los préstamos a título gratuito entre partes vinculadas y el principio de igualdad tributaria

Escobar Honorio, Blanca Elena 19 January 2024 (has links)
La importancia de la aplicación de las normas de precios de transferencias se presenta por la búsqueda de una justicia tributaria para todos. Esto implica que, algunos contribuyentes que tienen partes vinculadas, para huir de la tributación, podrían fijar como precio de sus operaciones y/o transacciones uno diferente al valor de mercado, de tal forma que logran pagar como tributo un importe menor al que le correspondería pagar. En cambio, las empresas independientes (no vinculadas), se rigen por la ley de la oferta y demanda del mercado, para cuando fijan sus precios. Sin embargo, una legislación no puede generalizar y considerar que todas las empresas vinculadas realizan las operaciones con precios por debajo del valor de mercado. Nadie niega que algunas empresas con partes relacionadas suelen realizar la tan conocida planificación fiscal agresiva, aprovechándose de los vacíos normativos que existen en las legislaciones tributarias de algunos países para eludir los impuestos que realmente les corresponde pagar o adrede trasladan parte de sus operaciones a países con baja o nula imposición con la finalidad de disminuir la base imponible gravable; y, por ende, obtener mayores utilidades y/o beneficios. Es ante este escenario, que se analizó el artículo 26 de la Ley del Impuesto a la Renta, sustituido por el Decreto Legislativo N° 945, en la cual se establece la presunción de intereses, específicamente su último párrafo, donde se dispone que se aplicará presunción relativa, es decir que se admitirá prueba en contrario, para demostrar con los libros de contabilidad del deudor que el préstamo es a título gratuito, siempre que se realice entre partes independientes, pero si dicha operación se realiza entre partes vinculadas, no podrá demostrar que la misma fue a título gratuito, debiendo aplicarse las normas de precios de transferencia para determinar el valor de mercado de la operación y pagar el correspondiente impuesto a la renta. Es debido a ello, que el objeto de estudio del presente trabajo de investigación es determinar si aquella imposibilidad que tienen las partes vinculadas de demostrar que realizaron un préstamo a título gratuito y la consecuente aplicación de las normas de precios de transferencia para determinar el valor de mercado de dicha operación, vulnera el principio de igualdad tributaria; toda vez, que cuando las misma operación lo realizan partes independientes tienen la posibilidad de desvirtuar aquella presunción de intereses prevista en el artículo 26 de la Ley del Impuesto a la Renta. Para ello, se analizó la doctrina, la jurisprudencia y la normatividad sobre precios de transferencia. En efecto, en nuestra investigación se concluye que se vulnera el principio de igualdad después de haber realizado el test de proporcionalidad y que la posición de la SUNAT considera que, a los préstamos otorgados a título gratuito entre partes vinculadas, debe aplicarse lo dispuesto en el artículo 32°-A de la LIR, no admitiendo por ninguna circunstancia demostrar lo contrario, ello evidencia un trato discriminatorio con respecto a los préstamos realizado a título gratuito entre partes independientes. Por último, a efecto de buscar una solución al problema se propuso que se derogue el párrafo final del artículo 26° de la LIR para los préstamos entre partes vinculadas, estableciendo la posibilidad de admitirse pacto en contrario, esto es, en la medida que se pueda demostrar con documentos fehacientes que efectivamente no se cobró intereses por el préstamo, por lo debería modificarse dicho artículo, eliminándose su último párrafo.
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The secondary adjustment on transfer pricing, notes about its nature and poor regulation in Peru / El ajuste secundario en materia de precios de transferencia, notas sobre su naturaleza y deficiente regulación en el Perú

Tartarini Tamburini, Tulio 12 April 2018 (has links)
This article addresses the subject of secondary adjustment on transfer pricing, focusing on its nature and its regulation in Peru. To do this, the author explains the concept and purpose of transfer pricing and also elaborates some terminological precisions concerning adjustments on transfer pricing, defining the primary adjustments, the compensating ones, the correlative ones and, in more depth, the secondary ones. Likewise, the author explains the way secondary adjustments of transfer prices are regulated by the Peruvian Income Tax Law. / El presente artículo aborda la temática del ajuste secundario en materia de precios de transferencia, enfocándose en su naturaleza y su regulación en el Perú. Para ello, el autor explica el concepto y la finalidad de los precios de transferencia, así como también realiza algunas precisiones terminológicas en materia de ajustes de precios de transferencia, definiendo los ajustes primarios, los compensatorios, los correlativos y, con mayor profundidad, los secundarios. Asimismo, el autor explica la manera en que los ajustes secundarios de los precios de transferencia están regulados en la Ley del Impuesto a la Renta peruana.
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Incidencia de las guías de precios de transferencia de la OCDE que recogen los resultados de las acciones 8 - 10 del plan BEPS como herramienta interpretativa en el Perú

Villagra Cayamana, Renée Antonieta 11 November 2021 (has links)
El trabajo se justifica en el desconocimiento que tienen los operadores del derecho sobre el papel de las Guías de Precios de Transferencia de la OCDE en el Perú, así como de las medidas que como consecuencia de las Acciones 8 a 10 del Plan BEPS contra el desvío de utilidades y la erosión de la base, han sido incorporadas a la legislación. En tal sentido, se identifican las normas introducidas en nuestro sistema legislativo con posterioridad al Plan BEPS a partir del ejercicio 2016 y también los lineamientos no recogidos por el legislador, para conocer sus alcances, particularidades y evaluar la conveniencia de su incorporación. Adicionalmente, se delimitan los alcances de las Guías como herramientas interpretativas del sistema de precios de transferencia vigente en el país dentro del sistema de fuentes. Se demuestra la hipótesis de que se han emitido diversas disposiciones que se desvían de las Guías 2017 que recogen los Resultados de las Acciones 8-10 del Plan BEPS; entre otras, se identifica a (i) la norma antielusiva general incorporada en el Código Tributario que no forma parte de las normas de precios de transferencia; (ii) el tratamiento de los servicios intragrupo que en nuestro país se limita a restringir el costo y gasto; (iii) el régimen de los servicios intragrupo de bajo valor añadido que no sigue el diseño ni la calidad de safe harbour previsto por la OCDE; y (iv) el tratamiento de los intangibles que no se ha recogido en la normativa peruana. / This research is justified in the ignorance that the operators of the law have about the role of the Transfer Pricing Guides of the OECD in Peru, as well as the measures that, as a consequence of Actions 8 to 10 of the BEPS Plan against profit shifting and base erosion, have been incorporated into the legislation. In this sense, we identify the domestic law and regulations introduced after the BEPS Plan since 2016, as well as aspects of the new guidelines not followed by the law makers, in order to know their scope, particularities and evaluate the convenience of their incorporation. Additionally, the Guidelines role is delimited as an interpretive tool of the transfer pricing system in force in Peru, within the source system. The hypothesis is demonstrated in the sense that various law provisions issued post-BEPS deviate from the OCDE Guidelines, among others, it identifies (ii) the general anti-avoidance rule incorporated in the Tax Code that is not part of the transfer pricing rules; (ii) the treatment of intra-group services that in our country is limited to restricting the costs and expenses; (iii) the regime of the Low added value intra-group services that do not follow the design or quality of safe harbor envisaged by the OECD; and (iv) the treatment of intangibles that has not been included in Peruvian regulations.

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