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La fe pública registral vista desde la Ley Nº 30313Torre Janampa, Myriam January 2017 (has links)
El articulo busca brindar un enfoque acerca de la aplicación del artículo cinco de la Ley N° 30313, Ley de Oposición al Procedimiento de Inscripción Registral en Trámite y cancelación del Asiento Registral por Suplantación de Identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículos 2013 y 2014 del Código Civil y de los artículos 4 y 55 y la quinta y sexta Disposiciones complementarias, transitorias y finales del decreto legislativo 1049, su contexto histórico y la esencia de la mencionada Ley.
Se brinda al lector una opinión acerca de las implicancias de la entrada en vigencia de la Ley N° 30313 y al mismo tiempo se otorga una serie de críticas que son relevantes para entender porque se considera que es Ley no es la solución idónea para los problemas de fraudes inmobiliarios.
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La tutela sumaria anticipatoria en el proceso civil de conocimiento como resultado de la técnica de la ponderación aplicada al conflicto entre el derecho del demandante a la efectividad de la tutela material y el derecho de defensa del demandado, en los casos en que la pretensión es suceptible de valoración económicaVega García, Manuel Augusto 06 September 2017 (has links)
La investigación aborda el problema jurídico que se presenta cuando un proceso
civil de conocimiento en el que se discuten pretensiones susceptibles de
valoración económica se prolonga más de lo debido, y se justifica en la
necesidad de encontrar una respuesta jurídica frente a este problema, una
respuesta que no se limite a la perspectiva legal del asunto, sino que se
fundamente en premisas constitucionales. La interpretación de la Constitución
se plantea entonces como un primer problema, superado el cual se desarrolla la
tesis de que, al menos en ciertos casos, el ordenamiento jurídico peruano ordena
la aplicación de medidas de anticipación de tutela en el proceso civil de
conocimiento en el que se discuten pretensiones susceptibles de valoración
económica. Esta es también la principal conclusión alcanzada: Que la respuesta
que el ordenamiento peruano brinda frente al problema de una duración excesiva
del proceso es, al menos en ciertos casos, la aplicación de medidas de
anticipación de tutela.
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La intervención de los organismos reguladores en los procesos arbitrales entre el Estado y la empresa privada a propósito del Decreto Legislativo N°1224Fernández Rodríguez, Yulli Silvana 08 May 2017 (has links)
El Decreto Legislativo N°1224 entró en vigencia el 25 de setiembre de 2015 y derogó el Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y servicios públicos aprobado mediante Decreto Supremo N° 059-96-PCM. Esta nueva ley mantiene el artículo que dispone que se podrán someter a arbitraje nacional o internacional las controversias de carácter patrimonial derivadas de las concesiones y establece en su artículo 23°:
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El plenario probatorio en la tutela ejecutiva en la búsqueda de la ponderación del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva del ejecutante y del derecho de defensa del ejecutadoCastillo Yasuda, Germán Gino 16 May 2016 (has links)
Dentro del contexto de un Estado Constitucional de Derecho es de
vital importancia el sometimiento del poder del Estado a la Constitución; por
lo que este sometimiento, denominado principio de constitucionalidad,
involucra al legislador y a todos los operadores jurídicos. Este principio de
constitucionalidad implica que el proceso judicial, como herramienta del
Estado para la tutela de los derechos, debe contar con un diseño legal que le
permita contener y cumplir las garantías procesales constitucionales que
legitimen su validez, a través del respeto a la realización del derecho a
acceder al proceso, el derecho al juez natural predeterminado por ley, el
derecho de defensa, el derecho a la prueba, el derecho a la motivación de
las decisiones, el derecho a la efectividad de la tutela jurisdiccional, por citar
alguna de ellas.
Es en este contexto, esto es, la vigencia principio de
constitucionalidad en el ámbito del Derecho Procesal, que analizaremos la
validez constitucional de la limitación del derecho de defensa en la Tutela
Ejecutiva, tal como, actualmente, se encuentra regulado en el artículo 690-D
del Código Procesal Civil, en la denominada “contradicción” del ejecutado.
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Análisis del impacto actual de las audiencias arbitrales virtuales en la práctica común y la garantía del debido procesoLozano Valentín, Viviana Alexandra 01 April 2024 (has links)
Las audiencias arbitrales virtuales arribaron y/o tuvieron mayor exposición con la
pandemia mundial del Covid-19, por lo que sus particularidades han ido
evolucionando con el transcurso del tiempo. En la actualidad incluso aún
persisten ciertas controversias sobre el cumplimiento de las garantías procesales
durante el desarrollo de estas.
En el presente trabajo académico se realizará un análisis respecto al impacto de
las audiencias arbitrales virtuales en base a la práctica común de este acto,
teniendo en cuenta que el contexto social ha cambiado considerablemente hasta
el momento, generando así distintas adaptaciones en su uso, por lo será
relevante observar si el desarrollo de estas audiencias dentro del marco de la
virtualidad cumple específicamente con asegurar el derecho debido proceso con
el que cuentan las partes dentro de un arbitraje.
En ese sentido, se examinarán distintos supuestos en los que el cumplimiento
del referido derecho pueda resultar afectado, entre los que resaltan la falta de
conocimiento tecnológico y los problemas de conexión, tanto como por el lado
de las partes como por el de los árbitros, ya que estos son los actores principales
del proceso arbitral. Asimismo, se abordará la pregunta sobre la posibilidad de
la anulación de laudos arbitrales en estos casos, teniendo en consideración los
límites existentes de este medio impugnativo.
Por tanto, para alcanzar el desarrollo de este análisis se ha revisado la normativa
vigente correspondiente, jurisprudencia sobre arbitraje y distintos textos
académicos que guardan relación con las problemáticas propuestas, lo cual
otorga un mayor respaldo a las conclusiones de este trabajo. / The virtual arbitral proceedings emerged and/or had greater exposure with the
global Covid-19 pandemic, causing their particularities to evolve over time.
Currently, certain controversies persist regarding compliance to procedural
guarantees during the course of these proceedings.
In this academic report, an analysis will be conducted regarding the impact of
virtual arbitral proceedings based on the common practice of this act, considering
that the social context has significantly changed over time resulting in different
adaptations in its usage. It will be relevant to observe if the development of these
proceedings within the virtuality framework ensures the due process rights that
parties have within an arbitration.
In this regard, different scenarios will be examined in which the compliance of the
referred right may be affected, including the lack of technological knowledge and
connectivity problems which stand out as for the parties and the arbitrators, as
they are the key actors of the arbitral process. Likewise, the question of the
possibly annulment of arbitral awards will be addressed, taking into consideration
the existing limitations of these challenge mechanism.
Therefore, to achieve the development of this analysis, the relevant current
regulations, arbitration jurisprudence and different academic texts related to the
proposed issues have been reviewed. This provides greater support to the
conclusions of this report. / Trabajo académico
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Criterios para la determinación de la competencia judicial internacional : un estudio desde el divorcio internacionalCabello Matamala, Carmen Julia 03 August 2016 (has links)
Permítannos compartir con ustedes algunas inquietudes que motivaron el
desarrollo de esta investigación, formulándonos en principio la siguiente
interrogante, ¿Por qué resulta relevante el tratamiento de la competencia
judicial internacional, y particularmente si la vinculamos a temas de familia?
Al respecto, pueden invocarse argumentos como los siguientes:
1.- La diversidad de tratamiento legislativo: Existen dificultades y severas
discrepancias en las legislaciones mundiales en cuanto a la regulación de
la familia matrimonial y no matrimonial, encontrándose divergencias en
varios de sus institutos y particularmente en el divorcio, apreciándose que
los ordenamientos se desplazan entre los regímenes restrictivos de
carácter sancionador, los mixtos que contemplan causales específicas
inculpatorias, admitiendo la convención de los cónyuges para relajar o
liquidar el vínculo matrimonial, los que suscribiéndose a modalidades
remedio, establecen causales objetivas de resquebrajamiento de la unión
matrimonial, incorporando los más atrevidos la denominada causal de
divorcio quiebre o de matrimonios desquiciados que de modo genérico
pueden consentir cualquier supuesto como amparable para declarar la
disolución del vínculo matrimonial, así como incluso el divorcio unilateral.
Ello más allá de la iniciativas que admiten divorcios privados, acordados
por autoridades públicas no judiciales “ Se trata de divorcios acordados por
notarios (Cuba, Marruecos, Egipto y recientemente el Perú por Ley 29227
del 15 de mayo de 2008), alcaldes(Japón, Perú Ley 29227), gobernadores
civiles(Noruega), autoridades administrativas (Dinamarca), Ministerio de
Justicia y Asuntos Eclesiásticos (Islandia), autoridades registrales
(Méjico)”1
Esta diversidad también se refleja en las normas conflictuales de Derecho
Internacional Privado estatales cuya opción por los factores de conexión es
distinta, así como ante la insuficiencia de normas supranacionales de
Derecho Procesal Civil Internacional que determinen criterios de
competencia comunes, que posibiliten la internacionalidad de los derechos
válidamente adquiridos, y que en el caso que estudiaremos conduzcan a la
estabilidad del estado civil y familiar de las personas, y no permitan que
hayan ciudadanos que desde el punto de vista de un Estado estén por
ejemplo divorciados y desde otros ordenamientos jurídicos permanezcan
casados, con todos los efectos negativos que importa para los demás
miembros de la familia, así como para la seguridad de sus relaciones
económicas y jurídicas.
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Corre INDECOPI, corre: ¿resulta eficaz el procedimiento sumarísimo de protección al consumidor?Pacheco Gómez, Rosario de los Milagros 09 March 2017 (has links)
En la película “Corre, Lola, corre” del director alemán Tom Tykwer, dos amantes disponen
tan sólo de unos minutos para cambiar el curso de sus vidas. Lola, la protagonista de la
película, recibe una llamada desesperada de su novio Manni, quien acaba de perder una
pequeña fortuna que pertenece a un jefe de la mafia para el que trabaja. Si Lola no consigue
el dinero en veinte minutos, Manni sufrirá las consecuencias. Desde ese momento, Lola
empieza (literalmente) una incesante y desesperada carrera en búsqueda del dinero que le
permitirá salvar a su novio de la muerte.
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El funcionamiento de la autonomía de los particulares en un contexto de desigualdad económica: a propósito del primer pleno casatorioGonzáles Escudero, Damián Augusto 31 October 2016 (has links)
Cuando cursaba el segundo semestre en la Facultad de Derecho de la PUCP me inscribí en el
curso de negocio jurídico. Las expectativas eran muy pocas dado que el semestre anterior el
primer curso de Derecho civil había sido decepcionante para mí. El hecho de que una clase se
limitara a ser una paráfrasis de lo que decía cada uno de los artículos del código civil me
resultaba insuficiente, sabía que había teorías que se encontraban inmersas y expresadas en el
articulado, quería conocer todo ese desarrollo doctrinario. Las clases de negocio jurídico
fueron lo contrario, se presentaba la teoría, había desarrollo doctrinario y sobre todo una visión
crítica de lo presentado en el código civil. En ese momento, caí en cuenta de un punto que ha
marcado mi carrera: si bien el Derecho constitucional ha saltado a la primera plana gracias a la
actual vigencia de los derechos fundamentales, el Derecho civil no pierde la centralidad ya que
es donde se regulan las relaciones entre los particulares.
Ese semestre, el profesor nos presentó el caso que había dado lugar al primer pleno casatorio:
el derrame de mercurio en la localidad de Choropampa. Se lesionaban todo tipo de derechos,
tanto individuales como colectivos. La situación quedó presente en mí, conforme fui
avanzando en mi formación civilista encontraba nuevas formas de enfocar la problemática de
Choropampa, ya sea desde la perspectiva de los contratos o de la responsabilidad civil.
Inclusive, cuando ya había culminado mis estudios en la Facultad, e ingresado al programa de
maestría en Derecho civil, el caso seguía presente. En el segundo semestre, pero esta vez de la
maestría, debía escoger un tema de tesis. Le comenté al Dr. Leysser León mi deseo de ser
asesorado por él, a lo que accedió y me propuso una línea de investigación a propósito del
primer plano casatorio: cómo la autonomía de los particulares se lesiona en nuestro
ordenamiento. A primera vista me sorprendió la propuesta porque se trata de un enfoque
distinto sobre una institución que se ha caracterizado por ser de una de las más teóricas,
además de que en los cursos y en la doctrina nacional no se le estudia a profundidad. Se me
planteó como un reto que no podía negar. Ahí comenzó la gestación de esta tesis.
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La nulidad de sentencia por omisión de prueba de oficio. Un problema de motivaciónLuyo Tocasca, Juan Alberto 27 August 2024 (has links)
La prueba de oficio ha sido limitada en su dimensión civil por parte del legislador
peruano, otorgándose diversas limitaciones en su sola ejecución y generando que sea
vista como salida de última instancia ante la falta de medios de prueba que generen
convicción en el juez. Sin embargo, a partir de otros instrumentos jurídicos, así como
de pronunciamientos ciertamente confusos sobre la materia, se ha esquivado la
aplicación de la regla del artículo 194° del Código Procesal Civil que prohíbe anular
una sentencia por ausencia de esta incorporación oficiosa. Esto ocurre, ante la
necesidad imperiosa de subsanar otros defectos procesales existentes, como la
motivación de resoluciones judiciales, o, inclusive, la valoración conjunta de la prueba,
cuyo único remedio recae en la aplicación de la institución procesal de la prueba de
oficio, como salida natural frente a estos defectos. Tal es así, que la motivación de
resoluciones judiciales ha sido reconocida por el Tribunal Constitucional como parte
esencial del derecho al debido proceso, presente en el inciso 3 del artículo 139° de la
Constitución Política del Perú, cuya inobservancia trae consigo, indefectiblemente, la
nulidad de la sentencia. En ese contexto, y dada la imposibilidad de emplear un
razonamiento de comparación jurídica de precedentes vinculantes para inaplicar el X
Pleno Casatorio Civil, se concluye que es posible declarar la nulidad de la sentencia
por falta de prueba de oficio, sin embargo, dicha fundamentación debe estar conexa a
otra infracción normativa, como la motivación de resoluciones judiciales. / The ex officio evidence has been limited in its civil dimension by the Peruvian
legislator, granting various limitations in its sole execution and causing it to be seen as
a last resort solution due to the lack of means of evidence that generate conviction in
the judge. However, based on other legal instruments, as well as certainly confusing
pronouncements on the matter, the application of the rule of article 194 of the Civil
Procedure Code that prohibits annulling a sentence due to the absence of this
unofficial incorporation has been avoided. This occurs, given the imperative need to
correct other existing procedural defects, such as the motivation of judicial resolutions,
or, even, the joint evaluation of the evidence, the only remedy for which lies in the
application of the procedural institution of ex officio evidence, as natural solution to
these defects. So much so, that the motivation of judicial resolutions has been
recognized by the Constitutional Court as an essential part of the right to due process,
present in paragraph 3 of article 139 of the Political Constitution of Peru, the nonobservance
of which inevitably brings with it, the annulment of the sentence. In this
context, and given the impossibility of using a reasoning of legal comparison of binding
precedents to disapply the be connected to another regulatory violation, such as the
motivation for judicial resolutions. / Trabajo académico
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“Las reglas IBA para la prueba en el arbitraje y las reglas sobre la testimonial en el proceso civil peruano"Avendaño Valdez, Juan Luis 31 August 2017 (has links)
This work addresses the problem of why witness testimony is not valued as evidence on civil
procedures. This situation is different from what occurs in court procedures on criminal and
labour law matters, or even in arbitration procedures. Research aims to discover the reasons for
this difference, by comparing the rules of evidence of the Peruvian civil procedure with those of
the International Bar Association - IBA.
The comparison proved to be useful as it finds the causes on the breach of the principle of truth
and on the lack of technical knowledge for the use of testimony as a valuable means of
evidence.
The author highlights the advantages of certain features contained in the rules of evidence of the
IBA, which he proposes to incorporate into the Peruvian civil procedure.
Accordingly, the author suggests that the Peruvian civil procedure could incorporate features
such as witness written statement and cross-examination, as well as other types of
interrogatories which all together could help overcoming the problems found in Peru which
limit the use of witness testimonials. / Tesis
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