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Informe Jurídico de la Resolución N° 0041-2024/SPCINDECOPI - Caso Almeyda vs. IMC Inmobiliaria S.A.C.

Champa Rodríguez, Milena Cristel 12 August 2024 (has links)
La cláusula ad corpus, comúnmente utilizada en contratos de compraventa de inmuebles en planos, permite a las inmobiliarias entregar propiedades con áreas inferiores a las especificadas, siempre que no excedan el 10% del área total acordada. Esta disposición ha suscitado numerosas controversias, especialmente cuando los consumidores reciben propiedades con dimensiones menores a las prometidas, planteando interrogantes acerca de la idoneidad del producto y la adecuada protección de los derechos del consumidor. El presente informe aborda la Resolución 0041-2024/SPC-INDECOPI, en la cual Corina Soledad Almeyda Loroña denunció a una inmobiliaria por la entrega de inmuebles con medidas inferiores a las acordadas. La defensa se apoyó en la inclusión de dicha cláusula, argumentando su validez contractual. Este caso subraya la importancia de evaluar si esta cláusula se alinea con los principios de buena fe y el deber de idoneidad, esenciales para proteger al consumidor en transacciones comerciales. Para ello, se analizará la razón de ser de la cláusula así como su finalidad. Se observarán las características del contrato sobre las cuales se enmarca la cláusula para finalmente analizar si nos encontramos ante una cláusula abusiva. Es crucial determinar si esta cláusula, originalmente diseñada para superar limitaciones en la medición de áreas en el pasado, sigue siendo adecuada y equitativa en un contexto donde la tecnología permite una estimación más precisa de las superficies, o si, por el contrario, solo genera una mayor vulneración de los derechos del consumidor. / The ad corpus clause, commonly used in off-plan real estate contracts, allows real estate companies to deliver properties with smaller areas than those specified, provided that they do not exceed 10% of the total area agreed upon. This provision has raised numerous controversies, especially when consumers receive properties with smaller dimensions than those promised, raising questions about the suitability of the product and the adequate protection of consumer rights. This report deals with Resolution 0041-2024/SPC-INDECOPI, in which Corina Soledad Almeyda Loroña denounced a real estate company for the delivery of properties with dimensions less than those agreed upon. The defense relied on the inclusion of such clause, arguing its contractual validity. This case highlights the importance of assessing whether this clause is in line with the principles of good faith and the duty of adequacy, which are essential to protect the consumer in commercial transactions. To this end, the raison and purpose of the clause will be analyzed. The characteristics of the contract on which the clause is framed will be observed in order to finally analyze whether we are dealing with an abusive clause. It is crucial to determine whether this clause, originally designed to overcome limitations in the measurement of areas in the past, is still adequate and fair in a context where technology allows a more accurate estimation of surfaces, or whether, on the contrary, it only generates a greater violation of the consumer's rights.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 3282-2023/SPC de INDECOPI

Sánchez Santos, Jazmín Daniela 12 August 2024 (has links)
El problema principal del caso de la Resolución 3282-2023/SPC-INDECOPI se centra en determinar si Decor Center infringió el deber de idoneidad y deber de información como proveedor, conforme al Código de Protección y Defensa del Consumidor del Perú. Los consumidores alegaron que no se les informó adecuadamente sobre las características del porcelanato, específicamente su pandeo, ni sobre el modo correcto de empleo de la fragua, según lo indicado en el etiquetado del producto. Los instrumentos normativos empleados fueron el Código de Protección y Defensa del Consumidor, específicamente los artículos relacionados con el deber de información y el deber de idoneidad de los productos. Asimismo, se hace empleo de la doctrina y jurisprudencia de Indecopi. La resolución destacó la obligación de los proveedores de ofrecer información clara y suficiente a los consumidores para que puedan tomar decisiones informadas, así como la necesidad de que los productos sean adecuados para los fines a los que están destinados. En conclusión, el caso subraya la importancia de la protección al consumidor en el contexto de las relaciones de consumo, donde la correcta aplicación de las normas busca equilibrar la libertad de mercado con la tutela de los derechos fundamentales de los consumidores. El análisis de la resolución considera la relación entre los deberes de información e idoneidad, y como la afectación del primero genera afectación en el segundo. / The main issue in Resolution 3282-2023/SPC-INDECOPI revolves around determining whether Decor Center breached its duty of suitability and duty of information as a provider, according to Peru's Consumer Protection and Defense Code. Consumers claimed they were not adequately informed about the characteristics of porcelain tiles, particularly their buckling, nor about the correct use of grout as indicated on the product labeling. The regulatory frameworks employed included the Consumer Protection and Defense Code, specifically the articles related to the duty of information and product suitability. Additionally, the resolution referenced Indecopi's doctrine and jurisprudence. It emphasized the providers' obligation to provide clear and sufficient information to consumers to enable informed decision-making, alongside ensuring products are fit for their intended purposes. In conclusion, the case underscores the importance of consumer protection within the framework of consumer relations, where proper application of regulations seeks to balance market freedom with safeguarding fundamental consumer rights. The resolution's analysis considers the interplay between the duties of information and suitability, highlighting how a breach in the former can impact the latter.
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Informe Jurídico sobre la Resolución No. 0142-2022/SDCINDECOPI

Soria Valeriano, Karla Patricia 12 August 2024 (has links)
La finalidad de la Ley de Represión de Competencia Desleal, aprobado por Decreto Legislativo 1044, es reprimir todo acto o conducta de competencia desleal que tenga como efecto distorsionar el adecuado funcionamiento del proceso competitivo, como lo son los actos de engaño. Por ello, en el presente informe jurídico se analiza la Resolución No. 0142- 2022/SDC-INDECOPI con el objetivo primordial de determinar si en el caso en concreto Molitalia S.A. cometió actos de competencia desleal en la modalidad de engaño a través de la publicidad en producto del Caramelo Pin Pop. Para cumplir este propósito, es indispensable realizar un análisis superficial e integral de la pieza publicitaria, conforme lo exige la normativa, para que a partir de ello se delimite el mensaje publicitario y luego verificar si este corresponde con la realidad. En este contexto, el presente informe pretende contribuir académicamente con la inclusión y desarrollo de dos categorías que han sido ampliamente reconocidas en los pronunciamientos del INDECOPI, para que sean evaluadas dentro de la interpretación obligatoria que indica la norma, los cuales son: la experiencia previa del consumidor y el contexto de mercado. De igual manera, se pretende evaluar si la denominación del producto “Caramelo duro tipo chupete sabor a fresa relleno con goma de mascar sabor a fresa” también se debe incluir para el análisis del mensaje publicitario. / The purpose of the Repression of Unfair Competition’s Law, approved by Legislative Decree 1044, is to suppress any act or conduct of unfair competition that distorts the proper functioning of the competitive process, such as acts of deception. Therefore, in this legal report, Resolution No. 0142-2022/SDC-INDECOPI is analyzed with the primary objective of determining whether Molitalia S.A. committed acts of unfair competition under the act of deception modality regarding the Caramelo Pin Pop product. To achieve this purpose, it is essential to conduct a superficial and integral analysis of the advertising piece, as required by law, to delineate the advertising message and subsequently verify its correspondence with reality. In this context, this report aims to contribute academically by including and developing two categories widely recognized in INDECOPI resolutions, which must be evaluated within the mandatory interpretation indicated by the law: consumer’s prior experience and market context. Furthermore, it is intended to assess whether the product denomination “Caramelo duro tipo chupete sabor a fresa relleno con goma de mascar sabor a fresa” should also be included for the analysis of the advertising message.
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Informe de relevancia jurídica de la Resolución 1492-2023/SPC-INDECOPI: Sue Uribe vs. Estudio Rodríguez Angobaldo S.A.C. y Enrique Varsi, por presuntas infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor durante la prestación de servicios legales

Sánchez Vargas, Karen Marilyn 12 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico tiene por finalidad realizar un análisis sobre la Resolución Nº 1492-2023/SPC-INDECOPI, cuya controversia fue generada por supuestas infracciones al Código de Protección y Defensa del consumidor, durante la prestación de servicios legales prestados por el Estudio Rodríguez Angobaldo a la sra. Sue Uribe en los años 2017 al 2019. Desde una dimensión material, analizaremos la relación de consumo que se habría configurado entre el Estudio y la Sra. Uribe. Posteriormente, revisaremos el alcance de los deberes y derechos existentes entre las partes, y si estas actuaron de forma razonable y diligente, mediante la observancia del cumplimiento de los deberes de idoneidad y de información. Con respecto al primero, nos enfocaremos en las obligaciones prestadas en el cumplimiento de estos servicios, las cuales pueden ser de medios o de resultados. Desde la dimensión procesal, nos centraremos en determinar si debió operar o no la excepción de prescripción formulada por los demandados, así como en analizar el uso de la teoría de la cognoscibilidad objetiva, propuesta por la Sala, para calcular el inicio del cómputo de plazo de prescripción. Por otro lado, con respecto al deber de información, buscamos dilucidar si el pretender realizar cobros por un servicio que se pactó a título gratuito y de manera voluntaria constituye o no una infracción a dicho deber. / The purpose of this legal report is to perform an analysis on Resolution No. 1492- 2023/SPC-INDECOPI, where the controversy was generated by alleged violations to the Code of Consumer Protection and Defense, in the provision of legal services rendered by Estudio Rodríguez Angobaldo to Ms. Sue Uribe during the years 2017 to 2019. From a material dimension, we will analyze the consumer relationship that would have been configured between the Firm and Ms. Uribe. Subsequently, we will review the scope of the duties and rights existing between the parties, and whether they acted reasonably and diligently, through the observance of compliance with the duties of suitability and information. With respect to the former, we will focus on the obligations rendered in the performance of these services, which may be of means or of results. From the procedural dimension, we will focus on determining whether or not the exception of prescription formulated by the defendants should have operated, as well as on analyzing the use of the theory of objective cognizability, proposed by the Tribunal, to calculate the beginning of the computation of the prescription period. Additionally, with respect to the duty of information, we seek to elucidate whether or not the attempt to charge for a service that was agreed for free and voluntarily constitutes a breach of such duty.
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Informe Jurídico sobre la Resolución Nº0086- 2023/SPC-INDECOPI

Raffo Villanueva, Pierina Doris 12 August 2024 (has links)
El presente trabajo destaca la importancia de proteger a los consumidores vulnerables, situación que se pudo ver reflejada a especialmente a raíz de la pandemia del COVID-19, y aboga por la necesidad de legislar al respecto. La resolución final confirmó que el banco infringió el Código de Protección y Defensa del Consumidor, pero solo bajo un incumplimiento en su deber de idoneidad, dejando de lado la desventaja en la que se encontraba la denunciante, al ser parte de un grupo vulnerable. Se propone así, que se tomen en cuenta las necesidades de los consumidores vulnerables en las políticas públicas y que se implemente una normativa más detallada para protegerlos. Por otro lado, se cuestiona si la sanción impuesta por el órgano resolutorio fue correcta, a fin de garantizar la protección los derechos de los consumidores vulnerables, y mitigar prácticas abusivas por parte de los proveedores. Finalmente, se concluirá que a pesar que la figura del consumidor vulnerable sea mencionada en ciertos textos normativos peruanos, esta no cuenta con leyes suficientes para protegerlos eficientemente. Así, se recomiendan medidas para garantizar un acceso equitativo en el mercado, como tambien una mejor atención al cliente para estos grupos, mediante una tutela reforzada. / This paper highlights the importance of protecting vulnerable consumers, a situation that was particularly evident, especially in light of the COVID-19 pandemic, and advocates for the need to legislate accordingly. The final resolution confirmed that the bank violated the Consumer Protection and Defense Code, but only in terms of its failure to fulfill its suitability duty, overlooking the disadvantage faced by the complainant as part of a vulnerable group. It is thus proposed that the needs of vulnerable consumers be taken into account in public policies and that more detailed regulations be implemented to protect them. Furthermore, there is a question about whether the sanction imposed by the resolving body was appropriate to ensure the protection of vulnerable consumers' rights and to mitigate abusive practices by providers. Finally, it will be concluded that despite the mention of vulnerable consumers in certain Peruvian regulatory texts, there are not sufficient laws to effectively protect them. Therefore, measures are recommended to ensure equitable market access and improved customer service for these groups through strengthened oversight.
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Informe jurídico sobre la Casación N° 2686- 2020-Lima

Cordero Gutierrez, Fiorella Ivette 09 August 2024 (has links)
En el presente informe jurídico, se analiza la interpretación del cuarto párrafo del artículo 17° del Decreto Supremo N° 024-2002-MTC, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito. Este reglamento regula la responsabilidad sobre la cobertura a los ocupantes de un vehículo que se encuentra desprovisto de SOAT. Las compañías de seguros argumentan que el SOAT no debería otorgar cobertura a las víctimas que se encuentren en vehículos no asegurados porque no forman parte del riesgo asegurado. Así, a pesar de que el SOAT tiene como objetivo principal proteger la vida y la integridad de las personas, el presente informe defiende que no debe extenderse la cobertura a los ocupantes de un vehículo no asegurado, ya que esto excede las obligaciones previstas para las aseguradoras y podría desestabilizar el sistema de seguros. En este contexto, se analiza el caso contenido en la Casación N° 2686-2020- Lima, donde AFOCAT La Primera rechazó pagar la indemnización por la muerte del señor Alejandro Sanga, quien viajaba en un vehículo sin SOAT. Finalmente, se ordenó a AFOCAT La Primera que le otorgara la cobertura, lo que llevó a un debate legal sobre dicha decisión. Siendo así, resulta necesario interpretar el artículo 17° de una manera que no imponga responsabilidades no previstas claramente en la normativa, protegiendo así la estabilidad del sistema de seguros. / The present legal report analyzes the fourth paragraph of article 17 of Supreme Decree N° 024-2002-MTC, which approves the Consolidated Text of the National Regulations on Civil Liability and Mandatory Traffic Accident Insurance. This regulation addresses the liability concerning coverage for occupants of a vehicle that lacks SOAT (Personal Accident Mandatory Vehicle Policy). Insurance companies argue that the SOAT should not provide coverage to victims in uninsured vehicles as they do not fall within the insured risk. Although the primary objective of the SOAT is to protect the life and integrity of individuals, this report contends that coverage should not be extended to occupants of an uninsured vehicle, as it exceeds the obligations provided for insurers and could destabilize the insurance system. In this context, the case contained in Cassation N° 2686-2020-Lima is analyzed, where AFOCAT La Primera refused to pay compensation for the death of Mr. Alejandro Sanga, who was traveling in an uninsured vehicle. Ultimately, AFOCAT La Primera was ordered to provide coverage, leading to a legal debate on this decision. Thus, it is necessary to interpret article 17 in a way that does not impose responsibilities not clearly stipulated in the regulations, thereby protecting the stability of the insurance system.
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Informe sobre la Resolución 2799-2023/SPC-INDECOPI

Peralta Gallardo, Clara Cristina 12 August 2024 (has links)
En el presente informe se analiza, en primer lugar, la competencia de la Comisión de Protección al Consumidor en el caso del producto “Ricocat Gourmet Paté Adultos con Salmón” y veinte productos adicionales de comida para animales, sobre los cuales se determina que su denominación corresponde al rotulado y no a publicidad, contrario a lo alegado por la denunciada pues habría señalado que era materia de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal. Asimismo, se analiza si los veintiún productos infringen el artículo 3 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, respecto a si los mismos presentan información falsa o que induce a error a los consumidores respecto a la naturaleza de los productos. En ese sentido, para el análisis se dividieron los productos en dos grupos, por un lado, aquellos que hacían referencia a un sabor determinado; y, por otro lado, un producto que hacía referencia a un ingrediente determinado. Siendo ello así, luego de análisis realizado en el presente informe, se determina que los veintiún productos materia de análisis no inducen a error a los consumidores en la medida que sí reflejan su verdadera naturaleza, en consecuencia, no se acredita la infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor. / This report analyzes, first of all, the jurisdiction of the Consumer Protection Commission in the case of the product “Ricocat Gourmet Paté Adultos con Salmon” and twenty additional animal food products, for which it is determined that their name corresponds to the labeling of the products and not to advertising, contrary to what was alleged by the defendant since she would have indicated that it was a matter for the Commission for the Supervision of Unfair Competition. Likewise, it is analyzed whether the twenty-one products violate article 3 of the Consumer Protection and Defense Code, regarding whether they present false information or that misleads consumers regarding the nature of the products. In this sense, for the analysis the products were divided into two groups: on the one hand, those that referred to a specific flavor; and, on the other hand, a product that referred to a specific ingredient. This being so, after the analysis carried out in this report, it is determined that the twenty-one products subject to analysis do not mislead consumers to the extent that they do reflect their true nature, consequently, the violation of the Code of Consumer Protection and Defense.
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Informe jurídico sobre la Resolución Nº 159- 2024/SPC-INDECOPI

Roca Arellano, Sthefanie 30 August 2024 (has links)
En el presente informe jurídico se analizará la resolución N.º 159-2024/SPCINDECOPI, sobre la denuncia presentada por el señor Leónidas Quicaño contra la CMAC Huancayo. La Sala Especializada en Protección al Consumidor concluyó que exigir un poder de representación a una persona con discapacidad, sin haber proporcionado los ajustes razonables necesarios, constituye un acto de discriminación en el consumo. En ese sentido, el objetivo principal de este informe será determinar si es correcto que se haya declarado fundada la denuncia presentada por el consumidor. Por ello, se desarrollará el contenido del principio de igualdad y el principio de no discriminación, con el fin de precisar que la infracción administrativa debe analizarse en consonancia con estos principios. Asimismo, se analizará la prohibición de discriminación en el consumo para determinar cómo se configura esta infracción. Además, se examinarán los derechos de las personas con discapacidad para establecer el alcance de su capacidad jurídica. Posteriormente, se analizará el caso del señor Quicaño para determinar si la exigencia de poderes de representación constituye un acto de discriminación en el consumo Finalmente, se concluirá que es correcta la posición de la Sala, dado que este tipo de exigencia desconoce la regulación actual sobre los derechos de las personas con discapacidad. Es un acto de discriminación en el consumo, porque lo que motiva esta exigencia es el prejuicio de creer que esta persona no tiene capacidad jurídica para manifestar su voluntad. / This legal report will analyze resolution No. 159-2024/SPC-INDECOPI regarding the complaint filed by Mr. Leónidas Quicaño against CMAC Huancayo. The Specialized Consumer Protection Court concluded that requiring a power of attorney from a person with a disability, without providing necessary reasonable accommodations, constitutes an act of discrimination in consumer affairs. The primary objective of this report is to assess the validity of the consumer's complaint. Accordingly, it will explore the principles of equality and nondiscrimination, emphasizing that the administrative violation should be analyzed in line with these principles. Moreover, it will delve into the prohibition of discrimination in consumer affairs to delineate how this violation is defined. Additionally, it will scrutinize the rights of persons with disabilities to establish the extent of their legal capacity. Subsequently, it will examine Mr. Quicaño's case to determine whether the requirement for powers of attorney constitutes an act of discrimination in consumer affairs. In conclusion, it will be concluded that the position of the Chamber is correct, given that such a requirement disregards the regulations governing the rights of persons with disabilities. This constitutes an act of discrimination in consumer affairs, rooted in the prejudice that this individual lacks the legal capacity to express their will.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica, N°1126 - 2012/CPC, E - 2732, denuncia interpuesta por la Sra. Elvira Orellana Balttolu de Tam contra el Sr. César Alberto Vargas Jesús por infracción a los artículos 19º y 150º del Código de protección y defensa del consumidor

Caballero Campos, Leonardo Alfredo 08 November 2024 (has links)
A través del presente trabajo se realiza un estudio al procedimiento sancionador, en materia de protección al consumidor, que tuvo lugar por la denuncia de la Sra. Elvira Orellana contra el Sr. César Vargas, por hechos que acontecieron en la compra de un cachorro de raza Yorkshire que falleció a los pocos días de haber sido adquirido. Las conductas infractoras que fueron observadas en el marco del procedimiento sancionador se relacionaron con vulneración a los artículos 19, 150 y 151 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, en razón de que se habría comercializado un cachorro en estado de salud no adecuado, no se habría cumplido con entregar un comprobante de pago por la adquisición del cachorro, y no contaría con un libro de reclamaciones en las instalaciones del local comercial. Desde una revisión a los aspectos materiales y formales que se dieron en el marco del procedimiento, se buscará dar respuesta a las siguientes preguntas: (i) ¿El Sr. Vargas incurrió en una vulneración al deber de idoneidad?; (ii) ¿Correspondía declarar la nulidad de la Resolución Final No 4524-2012/CPC?; y, (iii) ¿Correspondía declarar fundada la demanda contenciosa administrativa presentada por el Sr. Vargas? A efectos de responder las interrogantes planteadas anteriormente, se tendrá en consideración la normativa aplicable en materia de protección al consumidor y al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, el presente informe contemplará el estudio de jurisprudencia emitida por los órganos de protección al consumidor.
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Informe jurídico sobre la Resolución Nº 1585-2023/SPC-INDECOPI

Lavado Melo, Maritza Eliana 12 March 2025 (has links)
El presente informe gira en torno al análisis de la posición de la Sala Especializada de Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa del Consumidor (Indecopi) respecto al hecho de no prestar auxilio a un consumidor tras sufrir un accidente en el local comercial de un proveedor. Este órgano resolutivo indica que dicho hecho debe ser abordado bajo el deber de idoneidad, ya que se busca garantizar las expectativas que tiene el consumidor de recibir ayuda ante esa situación. Sin embargo, ¿realmente debe analizarse bajo ese criterio? La autora considera que no, dado que el hecho en cuestión contraviene el deber general de seguridad, pues al no asistir al consumidor genera en sí un riesgo injustificado para su salud, lo cual debe ser prioritario en cualquier evaluación. Asimismo, en la medida que los denunciados suscribieron un contrato de asociación en participación, resulta importante desarrollar en detalle lo que abarca dicho contrato. Al profundizar sus términos y condiciones, permite determinar con mayor precisión cómo se distribuyen los riesgos y beneficios, y cuál es el alcance de las responsabilidades de cada uno de los involucrados. Esto es fundamental para asegurar una evaluación justo y completa de las circunstancias del caso. / The present report revolves around the analysis of the position of the Specialized Consumer Protection Chamber of the National Institute for the Defense of the Consumer (Indecopi) regarding the failure to assist a consumer after suffering an accident at the commercial premises of a provider. This decision-making body indicates that such an event should be addressed under the duty of suitability, as it seeks to guarantee the consumer's expectations of receiving help in such a situation. However, should it really be analyzed under that criterion? The author considers that it should not, given that the event in question contravenes the general duty of safety, as failing to assist the consumer generates an unjustified risk to their health, which should be a priority in any evaluation. Furthermore, as the respondents entered into a partnership agreement, it is essential to elaborate on what this contract entails. Delving into its terms and conditions allows for a more precise determination of how risks and benefits are distributed and the extent of each party's responsibilities. This is fundamental to ensuring a fair and comprehensive evaluation of the circumstances of the case

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