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Informe Jurídico de la Resolución N° 0041-2024/SPCINDECOPI - Caso Almeyda vs. IMC Inmobiliaria S.A.C.Champa Rodríguez, Milena Cristel 12 August 2024 (has links)
La cláusula ad corpus, comúnmente utilizada en contratos de compraventa de
inmuebles en planos, permite a las inmobiliarias entregar propiedades con áreas
inferiores a las especificadas, siempre que no excedan el 10% del área total
acordada. Esta disposición ha suscitado numerosas controversias,
especialmente cuando los consumidores reciben propiedades con dimensiones
menores a las prometidas, planteando interrogantes acerca de la idoneidad del
producto y la adecuada protección de los derechos del consumidor. El presente
informe aborda la Resolución 0041-2024/SPC-INDECOPI, en la cual Corina
Soledad Almeyda Loroña denunció a una inmobiliaria por la entrega de
inmuebles con medidas inferiores a las acordadas. La defensa se apoyó en la
inclusión de dicha cláusula, argumentando su validez contractual.
Este caso subraya la importancia de evaluar si esta cláusula se alinea con los
principios de buena fe y el deber de idoneidad, esenciales para proteger al
consumidor en transacciones comerciales. Para ello, se analizará la razón de ser
de la cláusula así como su finalidad. Se observarán las características del
contrato sobre las cuales se enmarca la cláusula para finalmente analizar si nos
encontramos ante una cláusula abusiva. Es crucial determinar si esta cláusula,
originalmente diseñada para superar limitaciones en la medición de áreas en el
pasado, sigue siendo adecuada y equitativa en un contexto donde la tecnología
permite una estimación más precisa de las superficies, o si, por el contrario, solo
genera una mayor vulneración de los derechos del consumidor. / The ad corpus clause, commonly used in off-plan real estate contracts, allows
real estate companies to deliver properties with smaller areas than those
specified, provided that they do not exceed 10% of the total area agreed upon.
This provision has raised numerous controversies, especially when consumers
receive properties with smaller dimensions than those promised, raising
questions about the suitability of the product and the adequate protection of
consumer rights. This report deals with Resolution 0041-2024/SPC-INDECOPI,
in which Corina Soledad Almeyda Loroña denounced a real estate company for
the delivery of properties with dimensions less than those agreed upon. The
defense relied on the inclusion of such clause, arguing its contractual validity.
This case highlights the importance of assessing whether this clause is in line
with the principles of good faith and the duty of adequacy, which are essential to
protect the consumer in commercial transactions. To this end, the raison and
purpose of the clause will be analyzed. The characteristics of the contract on
which the clause is framed will be observed in order to finally analyze whether we
are dealing with an abusive clause. It is crucial to determine whether this clause,
originally designed to overcome limitations in the measurement of areas in the
past, is still adequate and fair in a context where technology allows a more
accurate estimation of surfaces, or whether, on the contrary, it only generates a
greater violation of the consumer's rights.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 3282-2023/SPC de INDECOPISánchez Santos, Jazmín Daniela 12 August 2024 (has links)
El problema principal del caso de la Resolución 3282-2023/SPC-INDECOPI se
centra en determinar si Decor Center infringió el deber de idoneidad y deber de
información como proveedor, conforme al Código de Protección y Defensa del
Consumidor del Perú. Los consumidores alegaron que no se les informó
adecuadamente sobre las características del porcelanato, específicamente su
pandeo, ni sobre el modo correcto de empleo de la fragua, según lo indicado en
el etiquetado del producto.
Los instrumentos normativos empleados fueron el Código de Protección y
Defensa del Consumidor, específicamente los artículos relacionados con el
deber de información y el deber de idoneidad de los productos. Asimismo, se
hace empleo de la doctrina y jurisprudencia de Indecopi. La resolución destacó
la obligación de los proveedores de ofrecer información clara y suficiente a los
consumidores para que puedan tomar decisiones informadas, así como la
necesidad de que los productos sean adecuados para los fines a los que están
destinados.
En conclusión, el caso subraya la importancia de la protección al consumidor en
el contexto de las relaciones de consumo, donde la correcta aplicación de las
normas busca equilibrar la libertad de mercado con la tutela de los derechos
fundamentales de los consumidores. El análisis de la resolución considera la
relación entre los deberes de información e idoneidad, y como la afectación del
primero genera afectación en el segundo. / The main issue in Resolution 3282-2023/SPC-INDECOPI revolves around
determining whether Decor Center breached its duty of suitability and duty of
information as a provider, according to Peru's Consumer Protection and Defense
Code. Consumers claimed they were not adequately informed about the
characteristics of porcelain tiles, particularly their buckling, nor about the correct
use of grout as indicated on the product labeling.
The regulatory frameworks employed included the Consumer Protection and
Defense Code, specifically the articles related to the duty of information and
product suitability. Additionally, the resolution referenced Indecopi's doctrine and
jurisprudence. It emphasized the providers' obligation to provide clear and
sufficient information to consumers to enable informed decision-making,
alongside ensuring products are fit for their intended purposes.
In conclusion, the case underscores the importance of consumer protection
within the framework of consumer relations, where proper application of
regulations seeks to balance market freedom with safeguarding fundamental
consumer rights. The resolution's analysis considers the interplay between the
duties of information and suitability, highlighting how a breach in the former can
impact the latter.
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Informe Jurídico sobre la Resolución No. 0142-2022/SDCINDECOPISoria Valeriano, Karla Patricia 12 August 2024 (has links)
La finalidad de la Ley de Represión de Competencia Desleal, aprobado por
Decreto Legislativo 1044, es reprimir todo acto o conducta de competencia
desleal que tenga como efecto distorsionar el adecuado funcionamiento del
proceso competitivo, como lo son los actos de engaño.
Por ello, en el presente informe jurídico se analiza la Resolución No. 0142-
2022/SDC-INDECOPI con el objetivo primordial de determinar si en el caso en
concreto Molitalia S.A. cometió actos de competencia desleal en la modalidad de
engaño a través de la publicidad en producto del Caramelo Pin Pop. Para cumplir
este propósito, es indispensable realizar un análisis superficial e integral de la
pieza publicitaria, conforme lo exige la normativa, para que a partir de ello se
delimite el mensaje publicitario y luego verificar si este corresponde con la
realidad. En este contexto, el presente informe pretende contribuir
académicamente con la inclusión y desarrollo de dos categorías que han sido
ampliamente reconocidas en los pronunciamientos del INDECOPI, para que
sean evaluadas dentro de la interpretación obligatoria que indica la norma, los
cuales son: la experiencia previa del consumidor y el contexto de mercado. De
igual manera, se pretende evaluar si la denominación del producto “Caramelo
duro tipo chupete sabor a fresa relleno con goma de mascar sabor a fresa”
también se debe incluir para el análisis del mensaje publicitario. / The purpose of the Repression of Unfair Competition’s Law, approved by
Legislative Decree 1044, is to suppress any act or conduct of unfair competition
that distorts the proper functioning of the competitive process, such as acts of
deception.
Therefore, in this legal report, Resolution No. 0142-2022/SDC-INDECOPI is
analyzed with the primary objective of determining whether Molitalia S.A.
committed acts of unfair competition under the act of deception modality
regarding the Caramelo Pin Pop product. To achieve this purpose, it is essential
to conduct a superficial and integral analysis of the advertising piece, as required
by law, to delineate the advertising message and subsequently verify its
correspondence with reality. In this context, this report aims to contribute
academically by including and developing two categories widely recognized in
INDECOPI resolutions, which must be evaluated within the mandatory
interpretation indicated by the law: consumer’s prior experience and market
context. Furthermore, it is intended to assess whether the product denomination
“Caramelo duro tipo chupete sabor a fresa relleno con goma de mascar sabor a
fresa” should also be included for the analysis of the advertising message.
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Informe de relevancia jurídica de la Resolución 1492-2023/SPC-INDECOPI: Sue Uribe vs. Estudio Rodríguez Angobaldo S.A.C. y Enrique Varsi, por presuntas infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor durante la prestación de servicios legalesSánchez Vargas, Karen Marilyn 12 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico tiene por finalidad realizar un análisis sobre la
Resolución Nº 1492-2023/SPC-INDECOPI, cuya controversia fue generada por
supuestas infracciones al Código de Protección y Defensa del consumidor,
durante la prestación de servicios legales prestados por el Estudio Rodríguez
Angobaldo a la sra. Sue Uribe en los años 2017 al 2019.
Desde una dimensión material, analizaremos la relación de consumo que se
habría configurado entre el Estudio y la Sra. Uribe. Posteriormente, revisaremos
el alcance de los deberes y derechos existentes entre las partes, y si estas
actuaron de forma razonable y diligente, mediante la observancia del
cumplimiento de los deberes de idoneidad y de información. Con respecto al
primero, nos enfocaremos en las obligaciones prestadas en el cumplimiento de
estos servicios, las cuales pueden ser de medios o de resultados.
Desde la dimensión procesal, nos centraremos en determinar si debió operar o
no la excepción de prescripción formulada por los demandados, así como en
analizar el uso de la teoría de la cognoscibilidad objetiva, propuesta por la Sala,
para calcular el inicio del cómputo de plazo de prescripción. Por otro lado, con
respecto al deber de información, buscamos dilucidar si el pretender realizar
cobros por un servicio que se pactó a título gratuito y de manera voluntaria
constituye o no una infracción a dicho deber. / The purpose of this legal report is to perform an analysis on Resolution No. 1492-
2023/SPC-INDECOPI, where the controversy was generated by alleged
violations to the Code of Consumer Protection and Defense, in the provision of
legal services rendered by Estudio Rodríguez Angobaldo to Ms. Sue Uribe during
the years 2017 to 2019.
From a material dimension, we will analyze the consumer relationship that would
have been configured between the Firm and Ms. Uribe. Subsequently, we will
review the scope of the duties and rights existing between the parties, and
whether they acted reasonably and diligently, through the observance of
compliance with the duties of suitability and information. With respect to the
former, we will focus on the obligations rendered in the performance of these
services, which may be of means or of results.
From the procedural dimension, we will focus on determining whether or not the
exception of prescription formulated by the defendants should have operated, as
well as on analyzing the use of the theory of objective cognizability, proposed by
the Tribunal, to calculate the beginning of the computation of the prescription
period. Additionally, with respect to the duty of information, we seek to elucidate
whether or not the attempt to charge for a service that was agreed for free and
voluntarily constitutes a breach of such duty.
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Informe Jurídico sobre la Resolución Nº0086- 2023/SPC-INDECOPIRaffo Villanueva, Pierina Doris 12 August 2024 (has links)
El presente trabajo destaca la importancia de proteger a los consumidores
vulnerables, situación que se pudo ver reflejada a especialmente a raíz de la
pandemia del COVID-19, y aboga por la necesidad de legislar al respecto. La
resolución final confirmó que el banco infringió el Código de Protección y Defensa
del Consumidor, pero solo bajo un incumplimiento en su deber de idoneidad,
dejando de lado la desventaja en la que se encontraba la denunciante, al ser
parte de un grupo vulnerable. Se propone así, que se tomen en cuenta las
necesidades de los consumidores vulnerables en las políticas públicas y que se
implemente una normativa más detallada para protegerlos. Por otro lado, se
cuestiona si la sanción impuesta por el órgano resolutorio fue correcta, a fin de
garantizar la protección los derechos de los consumidores vulnerables, y mitigar
prácticas abusivas por parte de los proveedores. Finalmente, se concluirá que a
pesar que la figura del consumidor vulnerable sea mencionada en ciertos textos
normativos peruanos, esta no cuenta con leyes suficientes para protegerlos
eficientemente. Así, se recomiendan medidas para garantizar un acceso
equitativo en el mercado, como tambien una mejor atención al cliente para estos
grupos, mediante una tutela reforzada. / This paper highlights the importance of protecting vulnerable consumers, a
situation that was particularly evident, especially in light of the COVID-19
pandemic, and advocates for the need to legislate accordingly. The final
resolution confirmed that the bank violated the Consumer Protection and Defense Code, but only in terms of its failure to fulfill its suitability duty, overlooking the
disadvantage faced by the complainant as part of a vulnerable group. It is thus
proposed that the needs of vulnerable consumers be taken into account in public
policies and that more detailed regulations be implemented to protect them.
Furthermore, there is a question about whether the sanction imposed by the
resolving body was appropriate to ensure the protection of vulnerable consumers'
rights and to mitigate abusive practices by providers. Finally, it will be concluded
that despite the mention of vulnerable consumers in certain Peruvian regulatory
texts, there are not sufficient laws to effectively protect them. Therefore,
measures are recommended to ensure equitable market access and improved
customer service for these groups through strengthened oversight.
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Informe jurídico sobre la Casación N° 2686- 2020-LimaCordero Gutierrez, Fiorella Ivette 09 August 2024 (has links)
En el presente informe jurídico, se analiza la interpretación del cuarto párrafo del
artículo 17° del Decreto Supremo N° 024-2002-MTC, que aprueba el Texto Único
Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros
Obligatorios por Accidentes de Tránsito. Este reglamento regula la
responsabilidad sobre la cobertura a los ocupantes de un vehículo que se
encuentra desprovisto de SOAT.
Las compañías de seguros argumentan que el SOAT no debería otorgar
cobertura a las víctimas que se encuentren en vehículos no asegurados porque
no forman parte del riesgo asegurado. Así, a pesar de que el SOAT tiene como
objetivo principal proteger la vida y la integridad de las personas, el presente
informe defiende que no debe extenderse la cobertura a los ocupantes de un
vehículo no asegurado, ya que esto excede las obligaciones previstas para las
aseguradoras y podría desestabilizar el sistema de seguros.
En este contexto, se analiza el caso contenido en la Casación N° 2686-2020-
Lima, donde AFOCAT La Primera rechazó pagar la indemnización por la muerte
del señor Alejandro Sanga, quien viajaba en un vehículo sin SOAT. Finalmente,
se ordenó a AFOCAT La Primera que le otorgara la cobertura, lo que llevó a un
debate legal sobre dicha decisión. Siendo así, resulta necesario interpretar el
artículo 17° de una manera que no imponga responsabilidades no previstas
claramente en la normativa, protegiendo así la estabilidad del sistema de
seguros. / The present legal report analyzes the fourth paragraph of article 17 of Supreme
Decree N° 024-2002-MTC, which approves the Consolidated Text of the National
Regulations on Civil Liability and Mandatory Traffic Accident Insurance. This
regulation addresses the liability concerning coverage for occupants of a vehicle
that lacks SOAT (Personal Accident Mandatory Vehicle Policy).
Insurance companies argue that the SOAT should not provide coverage to
victims in uninsured vehicles as they do not fall within the insured risk. Although
the primary objective of the SOAT is to protect the life and integrity of individuals,
this report contends that coverage should not be extended to occupants of an
uninsured vehicle, as it exceeds the obligations provided for insurers and could
destabilize the insurance system.
In this context, the case contained in Cassation N° 2686-2020-Lima is analyzed,
where AFOCAT La Primera refused to pay compensation for the death of Mr.
Alejandro Sanga, who was traveling in an uninsured vehicle. Ultimately, AFOCAT
La Primera was ordered to provide coverage, leading to a legal debate on this
decision. Thus, it is necessary to interpret article 17 in a way that does not impose
responsibilities not clearly stipulated in the regulations, thereby protecting the
stability of the insurance system.
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Informe sobre la Resolución 2799-2023/SPC-INDECOPIPeralta Gallardo, Clara Cristina 12 August 2024 (has links)
En el presente informe se analiza, en primer lugar, la competencia de la Comisión
de Protección al Consumidor en el caso del producto “Ricocat Gourmet Paté
Adultos con Salmón” y veinte productos adicionales de comida para animales,
sobre los cuales se determina que su denominación corresponde al rotulado y
no a publicidad, contrario a lo alegado por la denunciada pues habría señalado
que era materia de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal.
Asimismo, se analiza si los veintiún productos infringen el artículo 3 del Código
de Protección y Defensa del Consumidor, respecto a si los mismos presentan
información falsa o que induce a error a los consumidores respecto a la
naturaleza de los productos. En ese sentido, para el análisis se dividieron los
productos en dos grupos, por un lado, aquellos que hacían referencia a un sabor
determinado; y, por otro lado, un producto que hacía referencia a un ingrediente
determinado. Siendo ello así, luego de análisis realizado en el presente informe,
se determina que los veintiún productos materia de análisis no inducen a error a
los consumidores en la medida que sí reflejan su verdadera naturaleza, en
consecuencia, no se acredita la infracción al Código de Protección y Defensa del
Consumidor. / This report analyzes, first of all, the jurisdiction of the Consumer Protection
Commission in the case of the product “Ricocat Gourmet Paté Adultos con
Salmon” and twenty additional animal food products, for which it is determined
that their name corresponds to the labeling of the products and not to advertising,
contrary to what was alleged by the defendant since she would have indicated
that it was a matter for the Commission for the Supervision of Unfair Competition.
Likewise, it is analyzed whether the twenty-one products violate article 3 of the
Consumer Protection and Defense Code, regarding whether they present false
information or that misleads consumers regarding the nature of the products. In
this sense, for the analysis the products were divided into two groups: on the one hand, those that referred to a specific flavor; and, on the other hand, a product
that referred to a specific ingredient. This being so, after the analysis carried out
in this report, it is determined that the twenty-one products subject to analysis do
not mislead consumers to the extent that they do reflect their true nature,
consequently, the violation of the Code of Consumer Protection and Defense.
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Informe jurídico sobre la Resolución Nº 159- 2024/SPC-INDECOPIRoca Arellano, Sthefanie 30 August 2024 (has links)
En el presente informe jurídico se analizará la resolución N.º 159-2024/SPCINDECOPI,
sobre la denuncia presentada por el señor Leónidas Quicaño contra
la CMAC Huancayo. La Sala Especializada en Protección al Consumidor
concluyó que exigir un poder de representación a una persona con discapacidad,
sin haber proporcionado los ajustes razonables necesarios, constituye un acto
de discriminación en el consumo.
En ese sentido, el objetivo principal de este informe será determinar si es
correcto que se haya declarado fundada la denuncia presentada por el
consumidor. Por ello, se desarrollará el contenido del principio de igualdad y el
principio de no discriminación, con el fin de precisar que la infracción
administrativa debe analizarse en consonancia con estos principios.
Asimismo, se analizará la prohibición de discriminación en el consumo para
determinar cómo se configura esta infracción. Además, se examinarán los
derechos de las personas con discapacidad para establecer el alcance de su
capacidad jurídica. Posteriormente, se analizará el caso del señor Quicaño para
determinar si la exigencia de poderes de representación constituye un acto de
discriminación en el consumo
Finalmente, se concluirá que es correcta la posición de la Sala, dado que este
tipo de exigencia desconoce la regulación actual sobre los derechos de las
personas con discapacidad. Es un acto de discriminación en el consumo, porque
lo que motiva esta exigencia es el prejuicio de creer que esta persona no tiene
capacidad jurídica para manifestar su voluntad. / This legal report will analyze resolution No. 159-2024/SPC-INDECOPI regarding
the complaint filed by Mr. Leónidas Quicaño against CMAC Huancayo. The
Specialized Consumer Protection Court concluded that requiring a power of
attorney from a person with a disability, without providing necessary reasonable
accommodations, constitutes an act of discrimination in consumer affairs.
The primary objective of this report is to assess the validity of the consumer's
complaint. Accordingly, it will explore the principles of equality and nondiscrimination,
emphasizing that the administrative violation should be analyzed
in line with these principles.
Moreover, it will delve into the prohibition of discrimination in consumer affairs to
delineate how this violation is defined. Additionally, it will scrutinize the rights of
persons with disabilities to establish the extent of their legal capacity.
Subsequently, it will examine Mr. Quicaño's case to determine whether the
requirement for powers of attorney constitutes an act of discrimination in
consumer affairs.
In conclusion, it will be concluded that the position of the Chamber is correct,
given that such a requirement disregards the regulations governing the rights of
persons with disabilities. This constitutes an act of discrimination in consumer
affairs, rooted in the prejudice that this individual lacks the legal capacity to
express their will.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica, N°1126 - 2012/CPC, E - 2732, denuncia interpuesta por la Sra. Elvira Orellana Balttolu de Tam contra el Sr. César Alberto Vargas Jesús por infracción a los artículos 19º y 150º del Código de protección y defensa del consumidorCaballero Campos, Leonardo Alfredo 08 November 2024 (has links)
A través del presente trabajo se realiza un estudio al procedimiento sancionador, en
materia de protección al consumidor, que tuvo lugar por la denuncia de la Sra. Elvira
Orellana contra el Sr. César Vargas, por hechos que acontecieron en la compra de
un cachorro de raza Yorkshire que falleció a los pocos días de haber sido adquirido.
Las conductas infractoras que fueron observadas en el marco del procedimiento
sancionador se relacionaron con vulneración a los artículos 19, 150 y 151 del Código
de Protección y Defensa del Consumidor, en razón de que se habría comercializado
un cachorro en estado de salud no adecuado, no se habría cumplido con entregar
un comprobante de pago por la adquisición del cachorro, y no contaría con un libro
de reclamaciones en las instalaciones del local comercial.
Desde una revisión a los aspectos materiales y formales que se dieron en el marco
del procedimiento, se buscará dar respuesta a las siguientes preguntas: (i) ¿El Sr.
Vargas incurrió en una vulneración al deber de idoneidad?; (ii) ¿Correspondía
declarar la nulidad de la Resolución Final No 4524-2012/CPC?; y, (iii)
¿Correspondía declarar fundada la demanda contenciosa administrativa presentada
por el Sr. Vargas?
A efectos de responder las interrogantes planteadas anteriormente, se tendrá en
consideración la normativa aplicable en materia de protección al consumidor y al
Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General. Asimismo, el presente informe contemplará el estudio de jurisprudencia
emitida por los órganos de protección al consumidor.
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Informe jurídico sobre la Resolución Nº 1585-2023/SPC-INDECOPILavado Melo, Maritza Eliana 12 March 2025 (has links)
El presente informe gira en torno al análisis de la posición de la Sala
Especializada de Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa del
Consumidor (Indecopi) respecto al hecho de no prestar auxilio a un consumidor
tras sufrir un accidente en el local comercial de un proveedor. Este órgano
resolutivo indica que dicho hecho debe ser abordado bajo el deber de idoneidad,
ya que se busca garantizar las expectativas que tiene el consumidor de recibir
ayuda ante esa situación. Sin embargo, ¿realmente debe analizarse bajo ese
criterio? La autora considera que no, dado que el hecho en cuestión contraviene
el deber general de seguridad, pues al no asistir al consumidor genera en sí un
riesgo injustificado para su salud, lo cual debe ser prioritario en cualquier
evaluación.
Asimismo, en la medida que los denunciados suscribieron un contrato de
asociación en participación, resulta importante desarrollar en detalle lo que
abarca dicho contrato. Al profundizar sus términos y condiciones, permite
determinar con mayor precisión cómo se distribuyen los riesgos y beneficios, y
cuál es el alcance de las responsabilidades de cada uno de los involucrados.
Esto es fundamental para asegurar una evaluación justo y completa de las
circunstancias del caso. / The present report revolves around the analysis of the position of the Specialized
Consumer Protection Chamber of the National Institute for the Defense of the
Consumer (Indecopi) regarding the failure to assist a consumer after suffering an
accident at the commercial premises of a provider. This decision-making body
indicates that such an event should be addressed under the duty of suitability, as
it seeks to guarantee the consumer's expectations of receiving help in such a
situation. However, should it really be analyzed under that criterion? The author
considers that it should not, given that the event in question contravenes the
general duty of safety, as failing to assist the consumer generates an unjustified
risk to their health, which should be a priority in any evaluation.
Furthermore, as the respondents entered into a partnership agreement, it is
essential to elaborate on what this contract entails. Delving into its terms and
conditions allows for a more precise determination of how risks and benefits are
distributed and the extent of each party's responsibilities. This is fundamental to
ensuring a fair and comprehensive evaluation of the circumstances of the case
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