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Informe sobre Resolución 2623-2018/SPC-INDECOPIRubio Chuquihuaccha, Yosselyn Alexandra 19 February 2021 (has links)
En el año 2017 la reconocida empresa Gloria fue denunciada por la Asociación Peruana de
Consumidores y Usuarios (ASPEC) pues estaría comercializando el producto “Pura Vida
Nutrimax” con la denominación “Leche evaporada parcialmente descremada con leche de
soya, maltodextrina, grasa vegetal, minerales (Hierro y Zinc) y enriquecida con vitaminas (A
y D)”, la cual no reflejaría la verdadera naturaleza del producto. Por ello, es importante
determinar si se habría vulnerado obligaciones impuestas por el Código de Protección y
Defensa del Consumidor, como el deber de idoneidad e información. Para ello buscamos
responder tres interrogantes: ¿la denominación utilizada por Gloria refleja la verdadera
naturaleza del producto?, ¿cuál es la competencia de Digesa e Indecopi con respecto a
determinar la verdadera naturaleza del producto?, ¿es correcto alegar el principio de
confianza legítima para eximir de responsabilidad a Gloria? A partir de ello, concluimos que
se habría vulnerado el principio de confianza legítima pues la autoridad competente habría
inducido a error al administrado, por tanto, no le corresponde ser sancionado.
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Cuando tu costumbre es mi discriminación: análisis aplicado al consumo en el sector de restaurantes a partir de la denuncia contra La Rosa Náutica.Aceijas Silva, José Luis 24 September 2021 (has links)
El presente artículo busca analizar aspectos esenciales de la Resolución Nº 2758-2019/SPCINDECOPI, la cual declara fundada la denuncia contra el restaurante “La Rosa Náutica” por
cometer actos de discriminación en el consumo en contra de las mujeres al entregarles Cartas
– Menú sin precio cuando acudían a su local en pareja; desde un enfoque más profundo donde
la cultura y las costumbres influyen al sector gastronómico de nuestro país. Ante esto, la
Resolución surge en un contexto social de fortalecimiento de la protección y el amparo de
los derechos de las mujeres, lo cual ha influido en la Sala Especializada decidiendo multar
al restaurante sin tener en cuenta ciertas consideraciones (como la elección del consumidor,
las costumbres socioculturales del país, la libertad de desarrollo del mercado, entre otros)
que serán analizadas en el esquema. Se estudia, además, como es que la posición, fundamento
y argumentos de La Rosa Náutica han sido determinados a partir de un desarrollo de
estrategias comerciales basadas en su libertad. Luego, se establece si la discriminación en el
consumo está siendo desarrollada e implementada de manera adecuada o existe aún un
cuestionable apartamiento sobre la esencia de la protección de los derechos a la libertad y a
la dignidad de las personas. Finalmente, se demuestra que la responsabilidad administrativa
puede llegar a verse afectada e, incluso, eximida por la costumbre.
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Competencia desleal en el rubro de telecomunicaciones : Análisis, crítica y propuesta normativa a partir de la revisión de resoluciones del INDECOPIPoletti Ugaz, Ana Lucía 04 April 2019 (has links)
El presente artículo académico tiene como finalidad analizar la represión de la
competencia desleal en el mercado de las telecomunicaciones. En tal sentido,
evaluaremos las resoluciones emitiditas por el Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual (en adelante, Indecopi), en
las cuales se demuestran falencias en el entendimiento de conceptos técnicos así
como de la dinámica en el mundo de las telecomunicaciones. Bajo dicho marco,
advertimos una valla en materia de conocimiento por lo que el principal
cuestionamiento del trabajo es conocer si el Indecopi pueda especializarse en temas
de telecomunicaciones o de caso contrario, a razón de la evolución constante del
mercado, en virtud de las nuevas tecnologías, termine ganándole. Por lo antes
expuesto, nuestra propuesta es que, sea el Organismo Supervisor de la Inversión
Privada en Telecomunicaciones, quien regula el mercado de telecomunicaciones, sea
el competente y especializado para conocer las controversias en materia de
competencia desleal.
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Informe sobre la Resolución N° 0213-2015/SPC-INDECOPIMorán Cavero, Adolfo Antonio 19 February 2021 (has links)
El presente informe analiza los problemas jurídicos relativos a la afectación a los derechos
de los consumidores en el marco de la prestación de servicios financieros por parte de una
empresa bancaria. En concreto, sobre la limitación al derecho a efectuar pagos anticipados
o prepagos reconocido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, así como
respecto a la obligación de la empresa bancaria de brindar acceso inmediato al libro de
reclamaciones. De esta manera, se presentan los principales hechos y argumentos sobre
la limitación al derecho a efectuar el pago anticipado de un consumidor en específico (El
Sr. Gamarra) en uno de los establecimientos comerciales de Mibanco por parte del
personal de la denunciada. Al respecto, la Sala Especializada en Protección al
Consumidor del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del
INDECOPI concluye que Mibanco limitó el derecho al pago anticipado, debido a que su
personal le indicó al Sr. Gamarra que (i) debía estar presente el asesor de su cuenta para
proceder con su solicitud, (ii) que debía pagar un número de cuotas determinadas antes
de proceder con el pago anticipado, y (iii) que debía presentar la solicitud de pago
anticipado en una fecha determinada. Del mismo modo, se concluye que Mibanco
infringió con lo establecido en el artículo 150 del Código de Protección y Defensa del
Consumidor al no haber brindado al Sr. Gamarra acceso inmediato a su libro de
reclamaciones virtual luego de que éste lo exigiera por no permitírsele efectuar el pago
anticipado de su crédito. Sobre lo analizado, concluyo que se sancionó adecuadamente a
Mibanco por la infracción al artículo 86 del Código de Protección y Defensa del
Consumidor. Sin embargo, en lo relativo al acceso al libro de reclamaciones, debió
sancionarse por infracción al artículo 152.
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Análisis de la compensación bancaria sobre las "Cuentas de haberes" a la luz del ordenamiento jurídico peruanoRamos Romaní, Bayron Félix 25 July 2019 (has links)
El presente trabajo tiene como finalidad realizar un análisis crítico de la compensación
bancaria regulada en el numeral 11 del artículo 132 de la Ley N° 26702, Ley General
del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, con la finalidad de absolver la siguiente interrogante: ¿Las entidades
financieras se encuentran facultadas para compensar sus acreencias sobre los fondos
de las llamadas cuentas de haberes de sus clientes? En ese sentido, se desarrollará
los principales conceptos y características de la compensación y la remuneración en la
doctrina y el ordenamiento jurídico peruano, y la posición sobre el tema del Instituto
Nacional de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual, y de la Corte Suprema
de Justicia. En ese sentido, se llegará a la conclusión que la compensación bancaria
sobre las cuentas de haberes sí está permitida en nuestro ordenamiento jurídico, ya que
dichas cuentas son depósitos irregulares y los fondos depositados no gozan de carácter
remunerativo. Además, se evidencia que la problemática que se podría generar en torno
a los reclamos sobre compensaciones en las cuentas de haberes es mínima, siendo en
la mayoría de los casos resueltos en la etapa conciliatoria. Por tal motivo, la
compensación bancaria no se encuentra dentro del supuesto de prohibición establecido
en el Código Civil ni en la Ley N° 26702. / Trabajo de investigación
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Informe Jurídico sobre Resolución Final N° 370-2013/CPC del Expediente N° 2715-2012/CPCArroyo Méndez, Claudia Rosario 20 February 2023 (has links)
A lo largo de desarrollo del siguiente informe jurídico se analizará el expediente
administrativo en materia de protección al consumidor, el cual refleja la denuncia
interpuesta por la señora Carmen María Del Rosario Bejarano Flores contra
CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA NUEVA ACROPOLIS S.A.C., con el fin de
determinar si la denunciada cumplió con todos los requisitos para obtener la
Conformidad de Obra del departamento N°301, ubicado en el proyecto
inmobiliario de la denunciada, debido a que, como consecuencia, la denunciada
entregó un departamento con un área o metraje diferente al indicado en contrato
suscrito con la denunciante.
Los temas a desarrollar permitirán confirmar que el departamento entregado a la
señora Bejarano la Municipalidad de Surquillo no debió otorgarle la Conformidad
de Obra; acto seguido, si la medida correctiva estuvo bien aplicada.
De esta manera, a lo largo del presente trabajo, se podrá observar y cuestionar
el análisis de los temas controvertidos analizados por el órgano resolutivo, siendo
importante la revisión e interpretación del marco regulatorio a fin de determinar
si el análisis y resolución emitida por la Sala Especializada en Protección al
Consumidor estuvieron bien enfocados; sin perjuicio del enfoque en aras de
resguardar la protección de los derechos de la denunciante como consumidora. / Through the following legal report, the administrative file on consumer protection
will be analyzed, which reflects the complaint filed by Mrs. Carmen María Del
Rosario Bejarano Flores against CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA NUEVA
ACROPOLIS S.A.C., it seeks to determine if the defendant complied with all the
requirements to obtain the Building Compliance of apartment No. 301, located in
the real estate project of the denounced.
The issues to be developed will make it possible to confirm that the apartment
delivered to Mrs. Bejarano by the Municipality of Surquillo should not have
granted her the Building Compliance; immediately afterwards, if the corrective
measure was well applied.
In this way, throughout this work, it will be possible to observe and question the
analysis of the controversial issues analyzed by the resolving body, being
important the review and interpretation of the regulatory framework in order to
determine if the analysis and resolution issued by the Commission of Consumer
Protection, was well focused, without prejudice to the focus in order to safeguard
the protection of the rights of the complainant as a consumer.
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El carácter público de la información concursal : Perspectivas y balances a propósito de la publicación del precedente aprobado por Resolución N° 0888- 2014/SCOGonzales Cruz, Luis Antonio 10 April 2019 (has links)
Mediante la presente monografía se ha evaluado el impacto en el ámbito concursal del
precedente aprobado por la Sala Especializada en Procedimientos Concursales mediante la
Resolución N° 0888-2014/SCO del 22 de diciembre de 2014, a través del que se determinó
que, de conformidad con el artículo 13.1 de la Ley General del Sistema Concursal, los
terceros interesados y la ciudadanía en general, en ejercicio del derecho de acceso a la
información pública, pueden acceder a la información concursal. En tal sentido, sobre la
base del análisis de la información concursal solicitada en ejercicio del derecho de acceso a
la información pública durante los años 2016 y 2017, se ha concluido que el impacto del
precedente en cuestión fue bastante positivo en lo que respecta al ejercicio del derecho en
cuestión, necesario para que la ciudadanía fiscalice el correcto funcionamiento de la
autoridad concursal; sin embargo, la emisión de dicho pronunciamiento contiene algunos
aspectos cuestionables, siendo necesario que el Indecopi adopte mecanismos tendientes a
garantizar un adecuado ejercicio del derecho en cuestión, y procure un adecuado
tratamiento de la información confidencial.
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La efectividad de las medidas correctivas complementarias en los casos por incumplimiento al Deber de InocuidadReynaga Cordero, Lucy 23 March 2022 (has links)
Consumidor regulan la vigilancia sanitaria de los productos alimenticios; para ello se ha
otorgado a la Dirección General de Salud Ambiental – Digesa y al Instituto Nacional de
Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi las
competencias de control y vigilancia sanitaria en tema de alimentos y bebidas.
El presente trabajo académico se propone desarrollar, primero, las diferencias entre el Deber
de Idoneidad, Inocuidad y Seguridad; segundo, analizar las competencias otorgadas en
materia de alimentos a la Digesa y al Indecopi; tercero, busca reflexionar acerca de la
aplicación de uno de los supuestos de las medidas correctivas complementarias. Para tal
efecto, se ha recurrido a diferentes fuentes doctrinales, marcos normativos y a Resoluciones
emitidas por el Indecopi desde el 2017.
Todo ello con la finalidad de poder demostrar la relevancia de la actuación del Indecopi y la
Digesa en materia de la vigilancia y control sanitario en los alimentos y bebidas. Asimismo,
demostrar si efectivamente se cumple el objetivo que tienen las medidas correctivas
complementarias; y, finalmente, exhibir el rol principal que cumple la Digesa en este tipo de
casos. / The Food Safety Law, as well as its Regulations; and the Consumer Protection and Defense
Code regulates the sanitary surveillance of food products; For this, the General Directorate
of Environmental Health - Digesa and the National Institute for the Defense of Competition
and the Protection of Intellectual Property - Indecopi have been appointed the powers of
health control and surveillance in the area of food and beverages.
This academic work aims to develop, first, the differences between the Duty of Suitability,
Innocuousness and Security; second, it analyzes the powers granted to Digesa and Indecopi
in matters of food; third, it seeks to reflect on the application of one of the assumptions of
the complementary corrective measures. For this purpose, different doctrinal sources,
regulatory frameworks, and Resolutions issued by Indecopi have been used since 2017.
All this to be able to demonstrate the relevance of the actions of Indecopi and Digesa in
matters of health surveillance and control in food and beverages. Likewise, demonstrate
whether the objective of the complementary corrective measures is being met; and, finally,
show the main role played by Digesa in this type of case.
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La compensación bancaria en cuenta de remuneraciones : desde la olvidada garantía legal al abuso del derechoLópez Huamán, David Edilberto 04 April 2019 (has links)
En el presente año, se difundió la Casación N° 11823-2015, la cual estableció que las
entidades financieras no podían cargar irrestrictamente las deudas de sus clientes sobre
las remuneraciones depositadas en las cuentas sueldo que estos mantenían en la misma
entidad. En virtud a ello, se manifestaron quienes respaldaban la compensación irrestricta
a las remuneraciones y quienes estaban en contra de la misma. Por ello, urgía analizar los
diversos pronunciamientos emitidos por la autoridad nacional de consumo que recogían
dichas posiciones. La conclusión de aquello fue que el INDECOPI, al resolver las
denuncias de los consumidores sobre compensaciones, ha interpretado erróneamente las
normas que regulan dicha figura, vulnerando la garantía legal que protege a los
consumidores financieros. La autoridad de consumo debió comprender que el inciso 11)
del artículo 132° de la Ley del Sistema Financiero, que faculta a las entidades financieras
a efectuar la compensación con los activos de sus usuarios, contiene expresiones que no
se definen en dicho cuerpo normativo, por lo que resultaba necesaria la remisión al inciso
9) del artículo 1290° del Código Civil. Asimismo, a fin de comprender la prohibición
establecida en el Código Civil, debía remitirse al artículo 648° del Código Procesal Civil,
el cual detalla los límites a la compensación, entre ellas, que solo son compensables las
remuneraciones hasta la tercera parte por el exceso de 5 URP de estas. En suma, en lo que
concierne a los descuentos sobre las remuneraciones con sumas adeudadas por el
trabajador a una entidad financiera, sólo serán constitucionalmente válidos los descuentos
previstos en la ley y los aceptados por escrito por el trabajador que no impliquen una
retención o descuento mayor a la tercera parte por el exceso de 5 URP sobre sus
remuneraciones.
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Informe sobre el Expediente de relevancia jurídica N° 973-2004-0-1801- JP-CA-04, demanda de nulidad de la Resolución N° 0387-2004/TDCINDECOPI, seguidos por el Banco de Crédito del Perú contra el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI)Tinoco Gutarra, Aarom Estanislao 12 January 2024 (has links)
El objetivo del presente informe es analizar y formular una postura con respecto a los
fundamentos y principales problemas jurídicos identificados en el procedimiento contencioso
administrativo, por la nulidad de la Resolución N° 0387-2004/TDC-INDECOPI, seguidos por
el Banco de Crédito del Perú contra el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de
la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). A lo largo del informe, luego de
presentar los antecedentes y las principales actuaciones procesales, se desarrollarán los
siguientes tópicos: i) El deber de idoneidad de los proveedores y deber del Estado de
proteger, en base al artículo 65 de la Constitución; ii) La polémica del contrato por adhesión
en torno a la doctrina tradicional del contrato; y, por último, (iii) ¿La intangibilidad de los
contratos o el límite a la libertad contractual? En cuanto a las áreas involucradas en el
presente informe, se verán temas relacionados al derecho civil, derecho administrativo y
protección al consumidor. Con respecto a la metodología utilizada, se hizo consulta de
diversas fuentes de doctrina, así como la búsqueda de jurisprudencia para sustentar nuestras
conclusiones, donde enfatizaremos nuestra postura con respecto a los fundamentos
desarrollados por las partes y las Salas, así como nuestras reflexiones sobre las instituciones
jurídicas involucradas en el presente proceso.
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