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Áreas de desarrollo indígena en el norte de chile. Negociaciones y disputas en torno a espacios territorialesAvendaño Pinto, Sergio January 2009 (has links)
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La implementación de "la consulta" del convenio 169 de la OIT en Chile: las implicancias para la gran mineríaCorvalán San Martín, Claudia January 2015 (has links)
Magíster en Estudios Internacionales / El Convenio N° 169 sobre los Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) fue adoptado por los países socios de di-cho organismo en 1989 con el objetivo de proteger y reconocer los derechos de los pue-blos originarios. Por primera vez, un instrumento internacional, de carácter vinculante para los Estados miembros de la OIT, reconoce a los pueblos indígenas como sujetos colecti-vos de derechos, les otorga el derecho a consulta, participación y autogestión, reconoce derechos sobre territorios y recursos humanos así como derechos sociales y culturales.
Chile demoró 20 años en ratificar el Convenio 169 y finalmente entró en vigencia, con es-tatus de ley, en septiembre de 2009. Pero su entrada en vigencia ha significado un gran desafío para el país, para las comunidades indígenas y para las empresas mineras que se han visto afectadas por procesos de judicialización que retardan las inversiones en el sector. Junto con la ratificación del Convenio, Chile ha tenido que cumplir con una serie de obligaciones que incluyen la adopción de medidas especiales para ser incorporadas en el ordenamiento jurídico nacional. En este sentido se dictaron dos normas internas que permiten su aplicación: el Decreto Supremo N°66, que regula el Procedimiento de Consul-ta Indígena y el D.S. N°40 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Este último reco-noce la obligación de los órganos del Estado, con competencia ambiental, de contribuir al desarrollo de los pueblos indígenas según lo establecido en el Convenio 169, aplicando la consulta indígena, a través del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) cuando existan proyectos de inversión susceptibles de afectarles, como lo son práctica-mente todos los proyectos de la gran minería.
Por el impacto socio ambiental que provocan los proyectos mineros y por estar a menudo ubicados en zonas de ocupación indígena, la aplicación de la consulta ha generado con-flictos entre las empresas mineras y comunidades indígenas que han provocado la parali-zación judicial de proyectos, afectando de esta manera el desarrollo del norte de Chile.
A través del estudio se busca determinar cómo la industria extractiva puede conciliar el derecho a consulta y participación que otorga el Convenio 169 a los pueblos originarios, con la realización de nuevos proyectos mineros. Para analizar esta problemática estudia-remos particularmente el artículo 6 del Convenio que contiene los principios generales de
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la consulta y la finalidad de acuerdo que ésta persigue. Estudiaremos también el artículo 7 donde se hace referencia al derecho al autogobierno de comunidades indígenas y les otorga el derecho a conocer los impactos ambientales de los proyectos de desarrollo que afecten sus territorios. También indagaremos en el artículo 15 que se refiere específica-mente a los recursos naturales que se encuentran en las tierras indígenas y el derecho de estas comunidades a participar en su utilización, administración y conservación.
Con este nuevo escenario que contempla la implementación obligatoria de la consulta indígena para los proyectos mineros, el presente estudio indagará en la siguiente pregun-ta de investigación que guía la tesis: ¿Cómo es que el sector extractivo puede realizar nuevos proyectos mineros con éxito si incorpora, en su planificación temprana, mecanis-mos y acciones que permitan el diálogo permanente con las comunidades indígenas? La hipótesis de la investigación señala que a partir de la implementación de la consulta del Convenio 169, el sector extractivo podrá realizar nuevos proyectos mineros si incorpora en su planificación mecanismos y acciones que permitan el dialogo permanente con las comunidades indígenas. En este sentido, el estudio apunta a determinar las acciones que el sector minero puede desarrollar y en efecto está implementando para conciliar el dere-cho a la consulta con el desarrollo de sus proyectos. Esta pregunta se aborda al describir el proceso de implementación del Convenio 169 en Chile y el mecanismo de consulta, explicando la importancia que tiene la minería para el desarrollo del país, determinando las dificultades del sector minero para realizar la consulta, identificando las objeciones de las comunidades indígenas a la aplicación de la consulta y describiendo los mecanismos que han usado las empresas mineras para cumplir con lo preceptuado por la ley.
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Factores externos en la formación del Estado plurinacional de Bolivia : un estudio de casoOyarzo Varela, Cristina January 2014 (has links)
Magíster en Estudios Internacionales / La investigación que presentamos a continuación trata de la incidencia de factores externos al Estado nación en el proceso de transformación que ha vivido Bolivia desde principios del 2000 y que ha llevado a la formación del Estado Plurinacional. Los factores externos que hemos pesquisado son, por un lado las consecuencias de la síntesis globalización-neoliberalismo y por otro, la emergencia indígena latinoamericana, que se trabajan a partir de la revisión de los hitos que conducen a la plurinacionalidad, principalmente la Guerra del Agua, la Guerra del Gas, la elección de Evo Morales Ayma y la Asamblea Constituyente para llegar al Estado Plurinacional.
La compleja articulación de estos fenómenos internacionales y regionalesestablece un escenario propicio en América Latina para que, junto a factores internos en nuestro caso de estudio, se produzca una modificación de la forma en que se piensa el Estado y su vínculo con la nación.
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Potestad de los pueblos indígenas sobre los recursos naturalesTorres Sánchez, María D'Jalma 16 September 2015 (has links)
Con ocasión de mi visita al pueblo Kandozi, en Loreto en el 2010, conocí el
problema de salud que viene sufriendo dicho pueblo con posterioridad a la
llegada de terceros en su territorio, debido a las actividades extractivas de una
empresa petrolera. El 90% del pueblo Kandozi viene sufriendo la enfermedad
de Hepatitis B. Dicha enfermedad puede llevar a los Kandozi a la extinción.
Esta situación me motivó a estudiar sobre los derechos de los pueblos
indígenas.
Más adelante, tuve la oportunidad de conocer el caso de las comunidades
campesinas y rondas campesinas de las provincias de Celendín, HualgayocBambamarca y Cajamarca de la región Cajamarca, quienes se autoidentifican
como descendientes de los pueblos indígenas Chachapoyas, Coremarcas,
Caxamarcas y otros. Actualmente, el Estado busca imponer por la fuerza el
megaproyecto minero Conga a tales pueblos. Dicho megaproyecto supone el
secamiento de todo el sistema hídrico que constituye la base de la subsistencia
social, económica y cultural de las comunidades y rondas mencionadas. La
imposición de este megaproyecto por el Estado ha tenido como resultado, a la
fecha, la muerte de cinco personas y un número indeterminado de heridos,
teniendo entre sus víctimas mujeres, niños, niñas, ancianos y ancianas. / Tesis
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Derecho a la identidad culturalHuanacuni Mamamni, Fernando January 2010 (has links)
A través del proceso histórico del Derecho a la Identidad como un Derecho Humano Fundamental y el pleno ejercicio de ese derecho, nos remitimos a la historia de los Pueblos Indígenas Originarios de Bolivia en su expresión y reconocimiento a partir de la Constitución de 1826, las reformas constitucionales de 1994 y la actual Constitución. Con certeza podemos señalar que desde los primeros antecedentes legislativos del nacimiento del Estado Boliviano (1826), ha dado continuidad al desconociendo originado desde la colonia, de la identidad de los pueblos indígena Originarios de Bolivia. Todo este desconocimiento se ha traducido en políticas de Estado, que han venido excluyendo el derecho a la identidad de los pueblos indígenas originarios campesinos. Con la Constitución Política del Estado promulgada el 7 de febrero de 2009, se han hecho importantes avances en este tema, la Constitución actual no sólo reconoce la existencia de los Pueblos Indígenas Originarios Campesinos, sino que reconoce y garantiza el respeto a su Identidad, es el tiempo de ejercer estos derechos y asegurar el cumplimiento de esta garantía. La identidad cultural es un derecho frente a la invasión globalizadora, homogeneizante. Cuando hablamos de identidad, nos referimos a una identidad cultural milenaria. Estamos siendo sometidos en la actualidad a mirarnos nuevamente en un modelo que devasta nuestra historia como pueblo, que niega la producción cultural que nace de la vida, de lo que hacemos unos con otros y no contra otros. Esta identidad cultural definida como el derecho colectivo de los pueblos de preservar y dinamizar sus propios modos de hacer, de pensar y sentir respecto de la realidad.
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Pueblos indígenas y medios públicosPonte, Rafael 10 April 2018 (has links)
En las dos últimas décadas se ha producido avances en cuanto al reconocimiento jurídico internacional del derecho a la comunicación de las poblaciones indígenas. Sin embargo, persisten aún serias limitaciones en el acceso y ejercicio de este derecho en algunos países de América Latina. En el Perú, los medios de comunicación estatales no contemplan nodos de producción regional y subregional necesarios para la elaboración de programaciones televisivas y radiofónicas que expresen la gran diversidad sociocultural existente especialmente en las regiones andinas y amazónicas, abriendo espacios a voces y rostros históricamente marginados del espacio público en nuestro país.
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Miradas y alteridad: La imagen del indígena latinoamericano en la producción audiovisualCarreño, Gastón January 2007 (has links)
El trabajo que se presenta a continuación, aborda un fenómeno complejo y de múltiples lecturas, ya que cruza a diferentes culturas por medio de la imagen. El fenómeno en cuestión es la representación del indígena latinoamericano en la producción audiovisual, abarcando desde las películas hechas en cine hasta las realizadas en video . Para ello se establecerá un contexto general de las producciones sobre pueblos originarios, así como sus características más importantes, para después llegar a las películas y videos de la región, analizando algunos casos particulares. De esta manera, se pretende observar los dispositivos que estarían operando en la construcción visual de estos pueblos, lo que claramente adquiere una dimensión intercultural (entre la sociedad productora de la imagen y la cultura representada)
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Perspectivas organizacionales, un acercamiento etnográfico en la asamblea territorial de la ecozona Matilla del Adi Jiwasa OrajeSandoval Tripailaf, Cecilia del Pilar January 2012 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Psicología Comunitaria
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Dos caras : la protección de los derechos de los pueblos indígenas según el Tribunal Constitucional peruanoVerona Badajoz, Ricardo Aarón 22 October 2014 (has links)
Tesis
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Las Naciones Unidas y el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas en países independientes (1945-2016)Mendoza Chávez, Luis Enrique 22 August 2017 (has links)
La investigación plantea la relevancia del estudio del derecho a la libre determinación de
los pueblos indígenas en el seno de las Naciones Unidas (1945-2016). Tiene como
principal objetivo demostrar la existencia de una evolución del derecho a la libre
determinación de los pueblos indígenas. La investigación traza una línea de continuidad
entre el principio de libre determinación de los pueblos y el derecho a la libre
determinación de los pueblos indígenas, entendido como un derecho mediante el cual
determinan libremente su condición política y persiguen su desarrollo social, económico y
cultural. La tesis tiene un enfoque de derechos humanos, multiculturalista e
historiográfico. En una primera etapa (1945-1966), las Naciones Unidas reconoce el
derecho de libre determinación de los pueblos, entendido como la posibilidad de ejercer el
derecho de secesión, y deja a la jurisdicción interna de los Estados la posibilidad del
reconocer la existencia de pueblos indígenas subestatales. En una segunda etapa (1966-
1989), las Naciones Unidas extiende los alcances de la primera etapa en el sentido de
que se diseñan criterios para el reconocimiento de la existencia de pueblos indígenas,
aunque sin mención explícita a su derecho de libre determinación. Y en una tercera etapa
(1989-2016), las Naciones Unidas reconoce explícitamente el derecho de libre
determinación de los pueblos indígenas, entendido como libre determinación interna, es
decir en el marco de Estados Plurinacionales. Esta evolución se manifiesta en un conjunto
de hitos jurídicos, como es el caso de la Carta de las Naciones Unidas (1945), el
Convenio 107 sobre poblaciones indígenas y tribales (1957), los Pactos Internacionales
(1966), el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales (1989), la Declaración de las
Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007), y en la existencia
de una institucionalidad indígena en la ONU / Tesis
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