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Pueblo chico, infierno grande. La Consulta Popular de Revocatoria a alcaldes distritales antes y después de la reforma de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos

Alva Mendoza, Almen Jair 11 June 2019 (has links)
La revocatoria de mandato a alcaldes distritales en el Perú es uno de los mecanismos de la democracia directa más usado en el mundo (Tuesta, 2014, p. 54). Por tal motivo, la presente tesis se pregunta sobre los determinantes de activación de Consultas Populares de Revocatoria (CPR) a alcaldes distritales durante los periodos 2011-2014 y 2015-2018 para, consiguientemente, responder sobre las similitudes y/o diferencias entre ambos periodos. El método de investigación utilizado es el análisis de conglomerados (clusters) que se realiza a partir de una base de datos novedosa que recoge información socioeconómica y política de los distritos (unidades de análisis) donde se activaron CPR en los periodos mencionados. De esta manera, se ha logrado un planteamiento teórico y empírico de las dinámicas de activación de CPR antes y después del último cambio legislativo que regula su uso. El argumento central de la tesis es que el cambio normativo no ha logrado modificar las dinámicas detrás de las revocatorias; puesto que, condiciones como la alta competitividad política acompañada por altos ingresos presupuestales y promotores de revocatoria altamente politizados siguen siendo los principales determinantes. Esta tesis busca aportar a la comprensión de la confluencia de determinantes sociales, económicos y políticas para la activación de CPR en los distritos del Perú.
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El control constitucional del objeto del referéndum: Una propuesta de nuevos parámetros para una mayor eficacia del derecho de participación ciudadana

Neyra Zegarra, Ana Cristina 31 March 2022 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar el referéndum en el Perú, en el marco del contexto internacional y del Derecho Comparado, centrándose en el control de constitucionalidad que se puede hacer respecto de los temas en consulta (objeto) para dar solución a dos problemas identificados: la oportunidad del control y el organismo competente. En relación con el momento en que se hace este control, se hace posteriormente a que la iniciativa cuente con un importante número de respaldos expresados a través de la recolección de firmas, y podría ser negativo, con lo que generaría un desincentivo a asumir la promoción de este tipo de iniciativas. De otro lado, respecto del organismo encargado de este control constitucional, se ha constatado que potencialmente hay un control originario y luego uno sucesivo, que puede recaer en el Jurado Nacional de Elecciones y los jueces constitucionales (en dos instancias) y finalmente en el Tribunal Constitucional. En ese sentido, el presente trabajo plantea que el control constitucional se haga mientras se realiza la recolección de firmas (una vez que se logre una cantidad similar a la requerida para presentar una demanda de inconstitucionalidad -5000 firmas) y que esté a cargo del Tribunal Constitucional, en instancia única, por la especialidad de sus funciones, como un control preventivo, a través de un procedimiento célere; por tanto, se incluyen propuestas de textos normativos para reformar la Constitución y la Ley Nº 263000, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, con dichos alcances.
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Informe jurídico sobre la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 00001-2022- PI/TC, caso de la regulación del referéndum

Aquije Cornejo, Alejandra Del Carmen 08 August 2023 (has links)
En el presente informe se analiza si la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Poder Ejecutivo en contra del artículo único de la Ley N° 31399 debe o no ser declarada fundada por el Tribunal Constitucional. Para ello, se hace uso de jurisprudencia nacional e internacional, así como de doctrina sobre la materia para determinar la existencia de vicios de inconstitucionalidad. En ese sentido, se concluye que la demanda debe ser declarada procedente en tanto cumple con los requisitos establecidos por el Nuevo Código Procesal Constitucional. Sin embargo, en el análisis de fondo, se identifica que la norma impugnada, en efecto, contraviene en su totalidad y directamente a la Constitución de 1993. De igual manera, se observa que la ley incurre en vicios de inconstitucionalidad material, debido a que vulnera el contenido constitucionalmente protegido del derecho a la participación política mediante referéndum y los principios de soberanía popular y democrático. Finalmente, debido a la naturaleza de la materia que se pretende regular, la norma incurre, asimismo, en un vicio de inconstitucionalidad formal al ser expedida siguiendo el procedimiento regulado para una ley ordinaria cuando, por el contrario, corresponde su incorporación al ordenamiento jurídico vía reforma constitucional (es decir, mediante el artículo 206 de la Constitución). Por todo ello, se afirma que la demanda de inconstitucionalidad debe ser declarada fundada y, en consecuencia, la Ley N° 31399, expulsada del ordenamiento jurídico. / This report analyzes whether or not the unconstitutionality claim filed by the Executive Branch against the sole article of Law No. 31399 should be declared founded by the Constitutional Court. For this, national and international jurisprudence is used, as well as doctrine on the matter to determine the existence of vices of unconstitutionality. In this sense, it is concluded that the claim must be declared admissible as long as it meets the requirements established by the New Constitutional Procedure Code. However, in the substantive analysis, it is identified that the challenged norm, in effect, completely and directly contravenes the 1993 Constitution. Likewise, it is observed that the law incurs defects of material unconstitutionality since violates the constitutionally protected content of the right to political participation through referendum and the principles of popular and democratic sovereignty. Finally, due to the nature of the matter that is intended to be regulated, the norm also incurs a formal unconstitutionality defect when it is issued following the regulated procedure for an ordinary law when, on the contrary, its incorporation into the legal system corresponds via constitutional reform (that is, through article 206 of the Constitution). For all these reasons, it is stated that the claim of unconstitutionality must be declared founded and, consequently, Law N° 31399, expelled from the legal system.
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El referéndum como mecanismo de cambio constitucional: tensiones y problemáticas a la luz del caso peruano y venezolano

Salinas Eduardo, Valerie Melanie 19 April 2024 (has links)
El problema que se aborda en este artículo es la viabilidad política y constitucional del uso del referéndum como mecanismo de cambio constitucional en el Perú. Esta es una polémica que se reavivó a raíz de la propuesta del ex presidente Pedro Castillo, la cual consistió en la realización de una reforma constitucional por medio de un referéndum para positivar la figura de la Asamblea Constituyente. Asimismo, el marco jurídico constitucional que generó interpretaciones divergentes ha sido el artículo 32, inciso 1 de la Constitución peruana, el cual reconoce que por medio de referéndum puede realizarse la reforma total de la Constitución. Además, aunque parezca una polémica nueva, en realidad, es antigua y ello se observa en las diferentes tendencias interpretativas generadas en el marco del Tribunal Constitucional peruano, las cuales son contrastadas en este artículo. A dicho contraste, se le suma el análisis de esta problemática en base al análisis de un caso latinoamericano: el del uso del referéndum en Venezuela para el cambio constitucional (1999). Por último, se debe mencionar que la finalidad del artículo es visibilizar las tensiones entre la democracia representativa y democracia directa, así como de reflexionar sobre cuál sería la interpretación más acorde con la protección del derecho de participación política ciudadana en el Perú. / The problem addressed in this article is the political and constitutional viability of referendum as a mechanism for constitutional change in Peru. This is a controversy that was revived as a result of the proposal of former president Pedro Castillo, which consisted of carrying out a constitutional reform through a referendum to affirm the figure of the Constituent Assembly. Likewise, the constitutional legal framework that generated divergent interpretations has been article 32, paragraph 1 of the Peruvian Constitution, which recognizes that a total reform of the Constitution can be carried out through a referendum. Furthermore, although it may seem like a new controversy, in reality, it is old and this is observed in the different interpretative trends generated within the framework of the Peruvian Constitutional Court, which are contrasted in this article. To this contrast, we add the analysis of this problem based on the analysis of a Latin American case: the use of the referendum in Venezuela for constitutional change (1999). Finally, it should be mentioned that the purpose of the article is to make visible the tensions between representative democracy and direct democracy, as well as to reflect on what would be the most consistent interpretation with the protection of the right of citizen political participation in Peru. / Trabajo académico
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El derecho fundamental al referéndum en el Perú: algunas reflexiones en torno a la sentencia del Expediente N° 00001-2022- PI/TC

Aquije Cornejo, Alejandra Del Carmen 30 May 2024 (has links)
El presente artículo analiza críticamente el fallo dado por el Tribunal Constitucional en el marco del Expediente N° 00001-2022-AI/TC. En ese sentido, se realiza un desarrollo del reconocimiento del referéndum como un derecho fundamental en el ordenamiento jurídico peruano y, posteriormente, se centra de manera específica en la existencia del derecho fundamental al referéndum de iniciativa ciudadana directa. Asimismo, el artículo aborda los métodos de interpretación más favorables para el reconocimiento efectivo de este derecho fundamental: la interpretación sistemática por comparación con otras normas, la interpretación ratio legis y el principio de interpretación pro homine o pro persona. Posteriormente, se expone el contenido del derecho fundamental al referéndum de iniciativa ciudadana directa y se desarrollan sus cuatro características principales: facultativo, decisorio o vinculante, directo o innovativo y, por último, colectivo. Además, se realiza un análisis de la constitucionalidad de la Ley N° 31399 para concluir que, en efecto, incurre en vicios de inconstitucionalidad total, directa, material y formal, por lo que el Tribunal Constitucional debió haber declarado fundada la demanda y, en consecuencia, dicha norma debió haber sido expulsada definitivamente del ordenamiento. Finalmente, se realiza una breve reflexión en torno al sistema representativo en contraposición al participativo en el Perú. / This article critically analyzes the ruling given by the Constitutional Court within the framework of File No. 00001-2022-AI/TC. In this sense, a development of the recognition of the referendum as a fundamental right in the Peruvian legal system is carried out and, subsequently, it focuses specifically on the existence of the fundamental right to the referendum of direct citizen initiative. Likewise, the article addresses the most favorable interpretation methods for the effective recognition of this fundamental right: systematic interpretation by comparison with other norms, ratio legis interpretation, and the principle of pro homine or pro person interpretation. Subsequently, the content of the fundamental right to a direct citizen initiative referendum is explained and its four main characteristics are developed: optional, decisive or binding, direct or innovative, and, finally, collective. Furthermore, an analysis of the constitutionality of Law No. 31399 is carried out to conclude that, in effect, it incurs defects of total, direct, material, and formal unconstitutionality, for which the Constitutional Court should have declared the claim founded and, consequently, said rule should have been definitively expelled from the system. Finally, a brief reflection is made about the representative system as opposed to the participatory system in Peru. / Trabajo académico

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