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Informe jurídico sobre la Resolución N° 2377-2021-SUNARP-TR

Cox Cruz, David Enrique 31 July 2024 (has links)
El presente informe jurídico versará sobre el análisis de la Resolución N° 2377- 2021-SUNARP-TR de fecha 05 de noviembre de 2021, mediante el cual se establece que se requiere se requiere un nuevo informe de verificación emitido por el verificador responsable para levantar las cargas técnicas impuestas debido a observaciones en el informe técnico, las cuales supuestamente infringieron normativas de edificación al usar una normativa técnica no vigente durante la ejecución de la fábrica objeto de regularización. Asimismo, el tribunal determinó que las declaraciones del verificador, emitidas bajo su responsabilidad, se basan en aspectos técnicos que el Registro no debe evaluar. Determinar si existen violaciones a las normativas urbanísticas o de edificación es responsabilidad exclusiva de los verificadores, como parte de su función detallada anteriormente. Además, indicó que el Registro no debe cuestionar las normativas legales o reglamentarias utilizadas por el verificador para certificar que los predios cumplen con los parámetros urbanísticos y edificatorios vigentes al momento de la construcción. En el presente informe se abordarán las limitaciones que sobre la calificación registral en el caso específico del informe técnico de verificación expedido por el verificador responsable en el contexto de la regularización de edificaciones conforme a las disposiciones establecidas en la Ley 27157. / This legal report will focus on the analysis of Resolution No. 2377-2021- SUNARP-TR dated November 5, 2021, which establishes the requirement for a new verification report issued by the responsible verifier to lift technical burdens imposed due to observations in the technical report, allegedly violating building regulations by using a non-current technical standard during the execution of the factory subject to regularization. Furthermore, the tribunal determined that the verifier's statements, issued under their responsibility, are based on technical aspects that the Registry should not evaluate. Determining whether there are violations of urban planning or building regulations is the exclusive responsibility of verifiers, as part of their detailed function mentioned above. Additionally, it indicated that the Registry should not question the legal or regulatory standards used by the verifier to certify that properties comply with urban planning and building parameters in force at the time of construction. This report will address the limitations on registry qualification specifically concerning the verification technical report issued by the responsible verifier in the context of building regularization under the provisions of Law 27157.
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Informe jurídico sobre la Resolución no. 0342-2024-SUNARP- TR a la luz del artículo 95 del Reglamento General de los Registros Públicos

De la Cruz Pita, Abner Amir 31 July 2024 (has links)
El presente trabajo se desarrolla con la finalidad de exponer la aplicación del artículo 95 del Reglamento General de los Registros Públicos. Dicha norma cumple una función esencial en el Registro, la cual es depurar los asientos bajo los supuestos que se establecen en ella. Es crucial considerar las implicancias de los efectos de las inscripciones, ya que el artículo en mención enerva dichos efectos. No obstante, es importante destacar que esta depuración se realiza de manera justificada, dado que no siempre acceden al Registro asientos que hayan sido parte de una calificación regular. En este contexto, resulta fundamental delimitar cuándo se puede o no cancelar un asiento en atención al artículo 95 del Reglamento General de los Registros Públicos. Esta delimitación es vital para garantizar la integridad y fiabilidad del Registro, asegurando que solo permanezcan inscripciones que cumplen con los criterios legales y reglamentarios establecidos.
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Calificación en registros públicos de laudos arbitrales expedidos por arbitros ad hoc, a propósito de la Red Orellana

Medina Chaupi, Mariela Nicolasa 22 March 2019 (has links)
Uno de los medios alternativos de resolución de conflictos más utilizado por particulares y empresas, cuando se encuentran involucrados bienes inmuebles, es el arbitraje ad hoc, por su dinamismo y otras ventajas frente a procesos judiciales. Es así que el arbitraje ad hoc, nace como un acuerdo entre particulares y para su ejecución requiere la intervención del Estado mediante instituciones como Registros Públicos. Sin embargo, dicho arbitraje fue utilizado y existe el riesgo que siga siendo utilizando por redes criminales para conseguir fines ilícitos; como es el caso de Red Orellana, quien actuó amparándose en la normativa vigente y de forma estructurada con la intervención de árbitros, notarios y trabajadores de Registros Públicos, afectando el derecho de terceros y la seguridad jurídica de la sociedad. Al respecto, los entes notariales y registrales vienen aplicando diversas normas que lejos de contribuir, han encarecido la resolución de conflictos mediante el arbitraje ad hoc, por lo cual, en el presente trabajo se expondrá las debilidades normativas y técnicas del arbitraje ad hoc aplicado a las transferencias de bienes inmuebles; a fin de proponer un registro obligatorio de árbitros ad hoc administrado por Registros Públicos, quien además de velar por el cumplimiento de los requisitos de los árbitros ad hoc, debe realizar un seguimiento continuo a los árbitros ad hoc registrados, además de atender y canalizar las denuncias ciudadanas ante entes jurisdicciones. Con esta propuesta se busca revalorizar el arbitraje ad hoc, evitar la impunidad, promover la participación de la ciudadanía y contribuir con la seguridad jurídica de la sociedad en el trafico inmobiliario. / Tesis
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Resolución Registral N° 473-2020-TR-T

Zorrilla Garay, Grecia Jimena 17 August 2021 (has links)
Por medio del presente trabajo, se llevará a cabo un análisis integral sobre una Resolución Registral de carácter compleja de índole comercial, el cual se encuentra vinculado con temas de derechos reales, derecho civil y su injerencia en sede registral. Las cuestiones controvertidas objeto del análisis serán tres: i) si, a efectos registrales, es necesario el consentimiento del propietario del suelo para los actos jurídicos que realice el superficiario; ii) si, en virtud del principio de tracto sucesivo, es necesario que se inscriba previamente el contrato de arrendamiento financiero aún cuando en el Decreto Legislativo N° 299 “Ley de Arrendamiento Financiero” se contempla que es un acto facultativo de inscripción; y, iii) si debe cumplirse la condición suspensiva de un contrato de cesión de posición contractual para que pueda inscribirse (anotarse) en los Registros Públicos. Dada la naturaleza de la operación que se pretende inscribir a Registros Públicos, es necesario profundizar en figuras jurídicas de derecho civil, derechos reales, y derecho registral. Para tales efectos, se ha utilizado la metodología de investigación analítica, dogmática, histórica y sistemática, para cada una de las cuestiones controvertidas, con la finalidad de lograr una investigación integral. Finalmente, se concluirá si ha sido o no correcta la decisión y el fundamento del Tribunal Registral, así como también se brindará una visión crítica a lo sostenido por las partes.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 444-2022- SUNARP-TR

Durand Torres, Diego Marcelo 30 July 2024 (has links)
El presente informe analiza la Resolución N° 444-2022-SUNARP-TR, mediante la cual el Tribunal Registral resolvió proceder con el cierre de una partida registral de una sociedad que cambió su domicilio al extranjero, aplicando de manera analógica el artículo 30 del Reglamento del Registro de Sociedades. De tal forma, de un asunto registral societario surgen temas y conceptos propios de la teoría del Derecho, tales como los vacíos y lagunas normativas; y el uso de la herramienta de integración jurídica por analogía para su solución. En tal sentido, el análisis efectuado explica estos conceptos y su relación con las facultades del Tribunal Registral para resolver situaciones en las que no existe una norma que expresa o directamente regule un supuesto, en este caso una reorganización transfronteriza del Perú al extranjero, pero sí existe una que regula un supuesto sustancialmente similar al no regulado. Ante ello, el informe concluye que el Tribunal Registral sí es competente para emplear la analogía en los casos que se le presenten y que en el caso de la resolución, debió realizar la analogía con los artículos 394 de la Ley General de Sociedades y los artículos 135 al 139 del Reglamento del Registro de Sociedades, ya que estos contienen un supuesto sustancialmente similar al presentado en la resolución y lo incluyen dentro de su ratio legis, no correspondiendo la analogía con el artículo 30 del Reglamento del Registro de Sociedades al regular un supuesto distinto al del caso. / This report analyzes the Resolution No. 444-2022-SUNARP-TR, by which the Registry Tribunal decided to proceed with the closing of a registry entry of a company that changed its domicile abroad, applying Article 30 of the Regulations of the Registry of Corporations by analogy. In such a way, from a corporate registration matter, issues and concepts of the theory of law arise, such as gaps and normative gaps; and the use of the legal integration tool by analogy for its solution. In this regard, the analysis explains these concepts and their relationship with the authority of the Registry Tribunal to resolve situations in which there is no regulation that expressly or directly regulates an event, in this case a cross-border reorganization from Peru to abroad, but there is one that regulates an event substantially similar to the one not regulated. Therefore, the report concludes that the Registry Tribunal is competent to use an analogy in the events presented to it and that in the case of the resolution, it should have made the analogy with articles 394 of the General Corporations Law and articles 135 to 139 of the Regulations of the Registry of Corporations, since these contain an event substantially similar to the one presented in the resolution and include it within its ratio legis, not corresponding the analogy with article 30 of the Regulations of the Registry of Corporations since it regulates an event different from the one in the case.
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Presupuestos para la debida inscripción registral de aportes reglamentarios en terreno a favor de las entidades municipales que derivan de las habilitaciones urbanas reguladas en el TUO de la Ley N° 29090 y su Reglamento

García Bendezú, Mercedes Elizabeth 26 May 2020 (has links)
El plan de investigación académica venido en desarrollo, propone opciones que tiene el gobierno local para inscribir aportes reglamentarios en terreno provenientes de Habilitaciones Urbanas a su favor ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, el cual se esboza con el fin de sanear registralmente la titularidad (dominio) de la Administración, o también, para que el administrado conozca de estas soluciones legales, las que plasmo a través de dos mecanismos, ya sea dentro del marco legal de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, la cual comprende la presentación de instrumento público notarial acompañado del acuerdo de concejo municipal y las credenciales del funcionario municipal interviniente; o, según el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF (Dictan medidas reglamentarias para que cualquier entidad pública pueda realizar acciones de saneamiento técnico, legal y contable de inmuebles de propiedad estatal), con la presentación de documento privado suscrito por el funcionario municipal con fecha cierta, donde se solicita la anotación preventiva de inscripción de dominio (30 días calendario y posterior inscripción definitiva. En consecuencia, ha de conocerse que el segundo cuerpo normativo señalado, tiene un carácter de salvavidas frente a la dificultad sobreviniente respecto a la formalidad requerida por el primer cuerpo normativo, siendo estas dificultades como, por ejemplo, la demora con la emisión del acuerdo de concejo debido a temas de logística por parte de los entes ediles u otros temas relacionados.
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Calificación en registros públicos de laudos arbitrales expedidos por arbitros ad hoc, a propósito de la Red Orellana

Medina Chaupi, Mariela Nicolasa 22 March 2019 (has links)
Uno de los medios alternativos de resolución de conflictos más utilizado por particulares y empresas, cuando se encuentran involucrados bienes inmuebles, es el arbitraje ad hoc, por su dinamismo y otras ventajas frente a procesos judiciales. Es así que el arbitraje ad hoc, nace como un acuerdo entre particulares y para su ejecución requiere la intervención del Estado mediante instituciones como Registros Públicos. Sin embargo, dicho arbitraje fue utilizado y existe el riesgo que siga siendo utilizando por redes criminales para conseguir fines ilícitos; como es el caso de Red Orellana, quien actuó amparándose en la normativa vigente y de forma estructurada con la intervención de árbitros, notarios y trabajadores de Registros Públicos, afectando el derecho de terceros y la seguridad jurídica de la sociedad. Al respecto, los entes notariales y registrales vienen aplicando diversas normas que lejos de contribuir, han encarecido la resolución de conflictos mediante el arbitraje ad hoc, por lo cual, en el presente trabajo se expondrá las debilidades normativas y técnicas del arbitraje ad hoc aplicado a las transferencias de bienes inmuebles; a fin de proponer un registro obligatorio de árbitros ad hoc administrado por Registros Públicos, quien además de velar por el cumplimiento de los requisitos de los árbitros ad hoc, debe realizar un seguimiento continuo a los árbitros ad hoc registrados, además de atender y canalizar las denuncias ciudadanas ante entes jurisdicciones. Con esta propuesta se busca revalorizar el arbitraje ad hoc, evitar la impunidad, promover la participación de la ciudadanía y contribuir con la seguridad jurídica de la sociedad en el trafico inmobiliario.

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