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Propuesta de casebook para el derecho de las obligaciones : obligaciones de medio y resultadosAraya Ratto, Pablo Esteban January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / La presente memoria de prueba tiene por finalidad entregar un casebook para facilitar el
estudio de las obligaciones de medios y resultados.
Para ello, se realizó una revisión exhaustiva de las decisiones de los tribunales de
justicia del país en el período 2000-2018 y se sistematizaron las mismas para elegir
seis casos que fueron desarrollados con mayor profundidad a lo largo del trabajo.
Se concluyó que (i) la jurisprudencia reciente acoge la distinción de las obligaciones de
medio y resultados de manera expresa y de manera conteste; (ii), las Cortes aceptan la
distinción en el contenido de ambas obligaciones, al diferenciar entre aquellas
obligaciones donde se asegura un resultado determinado y donde un resultado no se
encuentra asegurado, sino el deudor se encuentra obligado a poner a disposición su
conocimiento y destreza para que por medio de un actuar diligente se intente arribar a
dicho resultado; (iii) los Tribunales no suelen justificar normativamente la recepción de
la clasificación de obligaciones de medio y resultados; (iv) En relación con los criterios
que permiten determinar si estamos frente a una obligación de medios o resultados, la
jurisprudencia le entrega un alto valor a la voluntad de las partes; (v) La carga de la
prueba no tiene una postura clara al respecto en la jurisprudencia en los juicios de
responsabilidad civil
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Análisis de las causales del recurso de nulidad contemplado en al artículo 34 de la Ley no. 19.971 sobre arbitraje comercial internacional y su aplicación por parte de nuestros tribunales superiores de justiciaSazo Gaete, Camilo Ignacio January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / 6
ABSTRACT
Mediante el presente trabajo se repasa la historia fidedigna de la Ley N° 19.971 sobre Arbitraje Comercial Internacional, con especial énfasis en los motivos que tuvo nuestro legislador para adoptar en su integridad una “ley modelo” proveniente desde el extranjero. Luego se centra en analizar cada una de las causales de nulidad que esta Ley contempla en su artículo 34 y que pueden servir de base para la anulación de un Laudo arbitral dictado en conformidad a la misma ley. En el análisis de cada causal se hace referencia a los aportes doctrinarios, tanto nacionales como extranjeros, que han servido para precisar el alcance de cada una de ellas. Este aporte doctrinario se hace especialmente latente en una tan causal amplia e indeterminada como la del “orden público.” También se hace alusión a la naturaleza jurídica de este arbitrio procesal.
Finalmente se analizan los seis fallos de nuestra Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago que se han pronunciado en virtud de esta acción de nulidad, depurando de la parte considerativa de cada fallo los hechos más relevantes para efectos de la investigación y analizando críticamente el razonamiento de la Corte en cada caso concreto. De esta forma se concluye que nuestro Tribunal Superior ha hecho, en líneas generales, una correcta aplicación de esta acción de nulidad, restringiendo su interpretación y aplicación a los casos en que verdaderamente ésta procede, evitando así la tendencia de las partes litigantes a querer extender este tipo de arbitrios a fines que no se condicen con la naturaleza de un procedimiento arbitral y con los fines propios de esta acción de nulidad en específico.
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Informe sobre la Casación Nº 2264-2010 HUAURAEscudero Guffanti, Ana Paula 31 July 2023 (has links)
El presente informe se analizará la Casación Nº 2264-2010 HUAURA emitida por la Sala Civil
Permanente de la Corte Suprema de Justicia de Lima, a razón del proceso de Divorcio
interpuesto por el señor Ruiz Palacios, estando a que las sentencias de los órganos inferiores
contravinieron las normas el debido proceso al inaplicar el artículo 333 y realizar una
incorrecta valoración de los medios probatorios obrantes en el expediente, impidiendo al
demandante tener una sentencia conforme a ley. A través del presente informe, se analizará
lo resuelto en el proceso en el juzgado y la Sala Superior, así como lo resuelto por la Sala
Suprema en casación, para poder identificar problemas jurídicos y brindar una respuesta a
los mismos. El análisis se centra en el error por parte de los órganos inferiores al momento
de identificar las causales de divorcio y su aplicación y la incorrecta valoración de los medios
de prueba. / This report will analyze Cassation Nº 2264-2010 HUAURA issued by the Permanent Civil
Chamber of the Supreme Court of Justice of Lima, in regards to the Divorce process filed by
Mr. Ruiz Palacios, being that the statements made by the Lower Courts contravened the rules
of the due process by the misapplication of article 333 and, thus, made an incorrect
assessment of the evidence offered in the file, which resulted in preventing the plaintiff from
having a sentence in accordance with the law. Through the aforementioned report, an analysis
will be provided in regards to the resolution made by the Court and the Superior Chamber, so
as what was resolved by the Supreme Chamber in Cassation, looking forward to identifying
legal loopholes and issuing a tackling response to them. The analysis will pivot in the mistake
made by the Lower Courts when recognizing the grounds of divorce and their further
application, as well as the mistaken assessment of the means of proof.
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Deberán pagar justos por pecadores? : el tercero de buena fe como límite a la extinción de dominioZare Velásquez, Daniela Isabel Jose 24 March 2022 (has links)
La Extinción de Dominio ha surgido como una gran herramienta de
política criminal para prevenir y luchar contra la corrupción y la
criminalidad organizada, excluyendo del sistema legal todos los activos de
procedencia o destinación ilícita, para evitar, precisamente, que estos sean
introducidos al comercio nacional. No obstante, siendo este un instituto
reciente en el ordenamiento peruano, la norma actual aún no ha sido capaz
de abordar adecuadamente los aspectos más importantes, como, por
ejemplo, la situación de los terceros de buena fe (problema de
interpretación de la norma). Comenzando con que se requiere por Ley
que la buena fe esté debidamente acreditada, pero sin explicar qué implica
esto, ni qué posibilidad hay de afectaciones a los derechos de los terceros
que creen haber actuado bajo un nivel de probidad o debida diligencia. El
propósito de este artículo es justamente ello, plantear en principio qué se
debe entender como tercero de buena fe, y con ello determinar qué zonas
grises se mantienen en la norma peruana actual. De esa forma llegar a
propuestas válidas y efectivas para un instituto en ascenso que, aplicándolo
bien, conseguiría alcanzar sus propósitos. En ese sentido, recurriendo a la
experiencia colombiana, determinar qué es lo que requiere nuestra propia
norma de extinción de dominio para que, en el tema de los terceros de
buena fe, se tenga muy bien regulados los supuestos y no se deriven
situaciones que perjudiquen a inocentes. / Domain Extinction has emerged as a great criminal policy tool to prevent
and fight corruption and organized crime, excluding from the legal system
all assets of illicit origin or destination, precisely to prevent them from
being introduced into national commerce. However, as this is a recent
institute in the Peruvian legal system, the current standard has not yet been
able to address adequately the most important aspects, such as, for
example, the situation of third parties in good faith (problem of
interpretation of the rule). Starting with the fact that good faith is
required by law to be duly accredited, but without explaining what this
implies, or what possibility there is of affecting the rights of third parties
who believe they have acted under a level of probity or due diligence. The
purpose of this article is precisely this, to propose in principle what should
be understood as a third party in good faith, and thereby determine which
gray areas are maintained in the current Peruvian standard. In this way,
arrive at valid and effective proposals for a rising institute that, applying it
well, would achieve its purposes. In this sense, using international
experiences such as the Colombian one, determine what our own rule of
domain extinction requires so that, in the matter of third parties in good
faith, the assumptions are very well regulated and that they do not derive
situations that harm innocent people.
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Informe sobre Resolución 2623-2018/SPC-INDECOPIRubio Chuquihuaccha, Yosselyn Alexandra 19 February 2021 (has links)
En el año 2017 la reconocida empresa Gloria fue denunciada por la Asociación Peruana de
Consumidores y Usuarios (ASPEC) pues estaría comercializando el producto “Pura Vida
Nutrimax” con la denominación “Leche evaporada parcialmente descremada con leche de
soya, maltodextrina, grasa vegetal, minerales (Hierro y Zinc) y enriquecida con vitaminas (A
y D)”, la cual no reflejaría la verdadera naturaleza del producto. Por ello, es importante
determinar si se habría vulnerado obligaciones impuestas por el Código de Protección y
Defensa del Consumidor, como el deber de idoneidad e información. Para ello buscamos
responder tres interrogantes: ¿la denominación utilizada por Gloria refleja la verdadera
naturaleza del producto?, ¿cuál es la competencia de Digesa e Indecopi con respecto a
determinar la verdadera naturaleza del producto?, ¿es correcto alegar el principio de
confianza legítima para eximir de responsabilidad a Gloria? A partir de ello, concluimos que
se habría vulnerado el principio de confianza legítima pues la autoridad competente habría
inducido a error al administrado, por tanto, no le corresponde ser sancionado.
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Seguridad jurídica vs. derecho de propiedad : remedios que tiene el falso representado en la falsa representación anómalaBuendia de Los Santos, Lillian Loana 04 February 2020 (has links)
La finalidad del presente trabajo es advertir acerca de los remedios que pueden ser utilizados
por el falso representado en el caso de la falsa representacion anómala; una nueva modalidad
de estafa que utiliza la falsa representación como instrumento para despojar de su propiedad a
incautos propietarios.
En virtud de ello, para dar solución a dicha problemática, hemos identificado mediante el
examen de distintas casaciones y jurisprudencias tanto nacionales como extranjeras, que ante el
supuesto de la falsa representacion anómala, existe discordacia entre la jurisprudencia y la
doctrina porque en algunas sentencias se otorgan los efectos de la nulidad y en otras, los de la
ineficacia. No obstante, consideramos que se estructura un supuesto de falsa representación
distinto a lo regulado por el Art. 161° del Código Civil. En tanto, nos encontramos frente a un
caso en el que existe una falsificación de documentos (en nuestro caso, del poder de
representación), en el que no se puede utilizar el remedio de la ratificación porque, el contrato
celebrado reviste una finalidad ilícita; es decir, que la causa del contrato va en contra de una
norma imperativa penal que regula la figura de la estafa sobre bienes inmuebles (Art. 196-A
inciso 4 del Codigo Penal). En consecuencia, los remedios de la ratificación, confirmación y
conversión son excluidos.
Por último, somos de la opinión, que el falso representado tendría como único remedio el de
la restitución por medio de la figura del enriquecimiento sin causa, debido a que, el falso
representante y el tercero contratante se han confabulado para enriquecerse a costa del falso
representado, quien ha visto mermado su patrimonio. Ello, origina que el derecho de
propiedad del falso representado deba de ser preferido por el ordenamiento jurídico, al
evidenciarse la mala fe del tercero adquiriente en la primera compraventa. Sin embargo,
también analizaremos el caso en que en la segunda compraventa nos encontremos frente a un
tercer adquriente de buena fe.
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Implicancias jurídicas de un objeto social no determinado: análisis en torno a la normativa societaria y registral en el PerúArce Guzmán, Andrea Paola 14 November 2023 (has links)
Conocer las actividades que desarrolla una sociedad, no solo permite atraer el capital de futuros
inversionistas sino que brinda seguridad a los socios que deciden participar al interior de una
sociedad. De igual manera, para la ejecución de las actividades que forman parte del objeto social,
es importante conocer qué permisos son necesarios para operar en el mercado y; si buscamos
realizar un efectivo control de riesgos, debemos identificar la tipología aplicable al sector en el que
opera una sociedad, no solo a partir de las normas de compliance en materia de derecho penal sino
también en temas de protección al consumidor y publicidad. Estos momentos, en la historia de una
sociedad, son relevantes para demostrar la importancia del contenido del objeto social. Por otro
lado, a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Registral y de acuerdo a la normativa aplicable, existe
una tendencia desde hace más de veinte años, a fin de evitar expresiones de carácter genérico en la
redacción del objeto social o parte de este, que no permitan identificar las actividades que
desarrolla una sociedad y que, podría terminar afectando los intereses de los socios, en especial,
de los minoritarios, quienes podrían optar por separarse. En este sentido, la presente investigación
tiene por objetivo demostrar cuáles son las consecuencias negativas que acarrea un objeto social
que no está redactado de forma clara, ya sea al interior de la sociedad o frente a terceros, a partir
de la casuística presentada en las diferentes resoluciones emitidas por el Tribunal Registral de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP. Asimismo, se busca demostrar
cómo la determinación de un objeto social permite establecer un mayor control de riesgos en la
sociedad. Es por ello que, a fin de evitar expresiones que no logren identificar las actividades de
una sociedad, se formulan recomendaciones y lineamientos para la uniformización de criterios en
la redacción del objeto social.
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Responsabilidad contractual : proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementariasBaeza Salas, Nicolás Alfredo, Lema Albornoz, Nicolás Alfredo January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / En el marco del proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y
Jurisprudencia del Código Civil, y en específico del Tomo V, “Contratos parte General”;
la exhaustiva revisión de los dictámenes, tanto de las diferentes Cortes de
Apelaciones, como de los veredictos esgrimidos por la Excelentísima Corte Suprema
de Justicia, arrojó un sinnúmero de nuevas consideraciones y criterios en la aplicación
de los distintas leyes e instituciones jurídicas.
Es tarea de esta memoria estudiar y analizar adecuadamente la evolución de la
jurisprudencia en materia de responsabilidad contractual desde la segunda mitad de la
década de los noventa hasta nuestros días, de manera tal que los renovados
argumentos esgrimidos por los Tribunales de Justicia orienten precisamente a todos
aquellos que ejerzan la práctica jurídica.
Para esto hemos dividido el amplio espectro de concepciones relacionados a la
responsabilidad contractual en 15 diferentes tópicos, a saber: 1) Teoría de la
imprevisión, 2) Responsabilidad profesional, 3) Cláusula exoneratoria de
responsabilidad, 4) Riesgo, 5) Resolución, 6) Excepción de contrato no cumplido, 7)
Intereses, 8) Intervención de terceros, 9) Culpa, 10) Caso fortuito, 11) Mora, 12)
Reajustes, 13) Causalidad, 14) exigibilidad de la obligación y 15) Cúmulo de
responsabilidad.
Esta labor no es sino la fase final de un arduo proceso investigativo que incluyó, en
una primera etapa, una búsqueda y recopilación de sentencias ligadas a los temas
globales relacionados al área de contratos y obligaciones; y posteriormente un
completo estudio, en la forma de fichas de análisis especializadas, que contiene una
relación de los hechos y de la historia procesal de cada caso en particular.
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Responsabilidad civil extracontractual : proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementariasFertilio Olmos, Pía Constanza, Frigerio Dattwyler, Catalina Carla January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias juridicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Durante los años 1973 a 1990 se instauró en nuestro país un régimen militar. En tal período, se producen una gran cantidad de violaciones a los Derechos Humanos cometidas por agentes del Estado en Chile, quien ha reconocido su responsabilidad principalmente en el informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación. Como consecuencia de tales violaciones, los familiares de las víctimas han presentado numerosas demandas por indemnización de perjuicios por los daños causados por los agentes del Estado en el ejercicio de sus funciones por la muerte y/o desaparición de sus seres queridos.
Ante tal escenario, los tribunales superiores de justicia han adoptado por declarar la acción prescrita, aplicando las normas civiles por tratarse de una acción de naturaleza patrimonial, no dando lugar a la indemnización de perjuicios; o bien, por aplicar las normas de derecho internacional declarando la imprescriptibilidad de este tipo de acciones dada la primacía del derecho internacional por sobre el derecho interno.
Nuestro análisis se basará en la procedencia de las normas civiles de prescripción respecto de la responsabilidad extracontractual de Estado de Chile por los ilícitos cometidos en el período del régimen militar, fundado en el estudio de sentencias de la Corte Suprema, especialmente durante el año 2009. La elección del año estudiando se basa en que durante ese período, la Corte Suprema falló nueve litigios de hechos similares relacionados con el tema que convoca nuestra memoria. Dentro del universo de sentencias recopiladas y posteriormente extractadas, no fue posible encontrar fallos atingentes además de los seleccionados
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Informe Jurídico sobre problemas procesales advertidos en la Casación N° 4416-2018 PunoGonzalez Fretel, Cesar Daniel 31 July 2023 (has links)
El presente informe jurídico se centra en constatar si es adecuada la posición
que asumen las Salas Civiles de la Corte Suprema en los casos de
reconocimiento de unión de hecho ante consorte fallecido, teniendo como
objeto el análisis del que se presenta en la Casación N° 4416-2018 Puno.
Para alcanzar dicho propósito se parte del análisis de categorías jurídicas como
la carga de la prueba, las cargas dinámicas probatorias y la valoración de la
prueba, siempre en el marco del proceso judicial de reconocimiento de unión
de hecho.
Asimismo, se formulan otras tres cuestiones relevantes, cuyo análisis otorga
mayor sustento a nuestra cuestión principal detallada en el primer párrafo; para
lo cual, nos apoyamos en las reglas jurídicas del Código Procesal Civil y del
Código Civil como norma sustantiva, además del siempre necesario soporte en
la jurisprudencia de los tribunales de cierre y en las fuentes doctrinarias más
especializadas.
Finalmente, al culmino del presente informe jurídico, llegamos a la conclusión
de que la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la
República mantiene una posición tradicional y bastante conservadora respecto
de la carga de la prueba en los procesos de reconocimiento judicial de unión de
hecho ante consorte fallecido. Razón por la cual se hace precisión en las
cargas dinámicas probatorias y su eventual uso en cuanto se apruebe el
Proyecto del Nuevo Código Procesal Civil. / This legal report focuses on verifying whether the position assumed by the
Supreme Court in cases of recognition of partnership of the marriage when one
spouse has deceased, with the purpose of analyzing the one presented in
Cassation No. 4416-2018 Puno.
To achieve this purpose, it is based on the analysis of the legal categories of the
burden of proof, the dynamic loads probative and the assessment of the
evidence, always within the framework of the judicial process of recognition of
partnership of the marriage.
Likewise, three other relevant questions are formulated, whose analysis gives
greater support to our main question detailed in the first paragraph; for which,
we rely on the legal rules of the Civil Procedure Code and the Civil Code as a
substantive rule, in addition to the always necessary support in the
jurisprudence of the high courts and in the most specialized doctrinal sources.
Finally, at the end of this legal report, we came to the conclusion that the Main
Civil Chamber of the Supreme Court of Justice maintains a traditional and quite
conservative position regarding the burden of proof in judicial recognition
processes of partnership of the marriage when one spouse has deceased.
Reason for which precision is made in the dynamic loads probative and their
eventual use as soon as the Project of the New Civil Procedure Code is
approved.
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